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martes, 5 de octubre de 2010

PORQUE TAMBIEN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD NO CUMPLE LA LEY

Hoy en el programa DDT de Jorge Lanata vi con estupor como el jefe de política vial del gobierno de la ciudad a la consulta de si las faltas de transito prescribían a los dos años dando una explicación un poco confusa dijo que todo dependía del controlador y que no era automático, algo totalmente ilógicos ya que la Ley de Transito Nº 24.449 en el articulo 89 dice bien claro, inciso A) las faltas leves prescriben al año e inciso B) las graves y por sanciones prescriben a los dos años .
ARTICULO 89.-PRESCRIPCIÓN. La prescripción se opera:
a) Al año para la acción por falta leve;
b) A los dos años para la acción por falta grave y para sanciones. Sobre éstas opera aunque no haya sido notificada la sentencia.
En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio
contravencional, ejecutivo o judicial.

Por lo tanto , no entiendo, si el controlador decide quiere decir que no esta en juicio y solo se interrumpe en caso de juicio u otra falta grave. Esto demuestra que no le interesan cumplir la ley solo con fines recaudatorios y lo que es peor hace lo mismo que el poder central , que es no cumplir con las leyes y los fallos y hacer lo que quiere. 
http://www.barbotti.com/leytransito.htm

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