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jueves, 28 de marzo de 2019

ESTE POST ES UNA CONSULTA AL DOCTOR GABRIEL GREIZERSTEIN

Disculpe doctor que lo moleste pero tengo una pregunta que hace un tiempo que me gustaría si tiene la amabilidad de poder respondermela.
Anses ultimamente al rechazarsele el recurso extraordinario presenta un recurso de queja que ya se está convirtiendo habitual a pesar que la Corte ya falló y creo jurisprudencia, entonces quisiera saber si al presentar este recurso de queja ANSES tiene que abonar los $40.000 (aumentó según la acordada 42/2018) y si su respuesta es afirmativa los abogados de ANSES y el propio titular de ANSES no entraría dentro de la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público al presentar ese recurso ya que hay fallo de Corte que lo invalidaría y además desfalco del ANSES ya sé que suena a poco $40.000 con todos los recursos que cuenta ANSES, pero si lo multiplicamos por los miles de juicios si da una cifra significativa.
Desde ya agradeciendole por su amabilidad

114 comentarios:

  1. ANSeS presentó entre 11 y 12 mil recursos de queja.
    Se encuentran exentos del pago, por eso juegan de esa forma...

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    1. Hola Doctor!
      Escribo acá abajo porque no se como hacer una consulta nueva.voy a tratar de ser breve.
      Mi papá tiene 92 años, nos acogimos a la ley de reparación histórica, con todos los requisitos correspondientes, estoy cansada de preguntar al anses por el retroactivo, y el expediente está en el mismo lugar donde ingreso, el pjn tampoco me da respuesta. Ya no se q hacer, le mando unos screen donde están todos los datos, a ver si me puede ayudar. Nose cómo mandarle un screenpor acá, me parece más claro para usted verlos q si yo le cuento.
      Cómo puedo hacer para q los vea?

      Mil Gracias
      Mónica

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    2. Buen día Monica. Mandeme un mail a gabriel.greizerstein@gmail.com

      Cuenteme lo mejor posible, porque yo no se si es un acogimiento de alguien que tenia juicio, que no tenia, etc. Eso hace que varie la situación.

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    3. Hola Doctor soy Mónicale envié todo al correo q me indicó, pero no me llegó respuesta. No quiero ser molesta, pero es importante para mi lo q usted me diga.Gracias

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    4. Hola Doc, le mande un mail al mail q me indicó, pero no vi ninguna respuesta, No quiero ser pesada, le reenvío así lo tiene a mano, y quizás tenga un tiempito para responderme.
      Si no es así,
      Gracias igual!!!
      Mónica

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    5. Hola Monica, perdone, pero no pude averiguar que paso

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  2. Buenos Dias Doctor : acá estoy de nuevo para solicitar su comentario y orientación por expediente 76295 /2012 ..muchas gracias de antemano

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    1. Buenas noches. El exp se encuentra a resolver a ver si aprueban la liquidación

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  3. Hola Doctor soy Nancy no pude entrar en la otra modalidad sólo Anónimo. Le comento que tengo sentencia firme del año Pasado exp. 024-23-21436465-4-150-01 código 67 ahora Dice código 60 rechazo acción de amparo . Me lo explica por fa? Desde ya muchas gracias .����

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    1. Buenas tardes. Por favor paseme el exp judicial. Lamentablemente no puedo informarle mucho en base al expediente de ANSeS

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  4. Hola Dr. Tengo un expediente de Liquidación de sentencia judicial 150, con fecha de inicio 9-09-2017, la ultima dependencia que estuvo es la DRSJ - COMPUTOS Y LIQUIDACION A, y el 9 de abril aparece en estado del trámite - CODIGO 41, Resuelto desfavorablemente. Eso significa que no le van a pagar el reajuste de haberes??? puede no abonarlo al mismo habiendo una sentencia favorable???

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  5. Hola Dr. Tengo un expediente de Liquidación de sentencia judicial 150, con fecha de inicio 9-09-2017, la ultima dependencia que estuvo es la DRSJ - COMPUTOS Y LIQUIDACION A, y el 9 de abril aparece en estado del trámite - CODIGO 41, Resuelto desfavorablemente. Eso significa que no le van a pagar el reajuste de haberes??? puede no abonarlo al mismo habiendo una sentencia favorable???

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    1. Buenas tardes. La sentencia da PAUTAS no cifras. Puede suceder que una vez realizado el còmputo NO de diferencias, pero le aclaro que el 40% de los casos que anses liquida estan MAL liquidados. Hace poco me vino a ver un Sr. con la misma situación que tiene Ud. (segùn anses no le tienen que pagar nada) y en MIS còmputos le deben un millon y medio de pesos ...

      Digale a su abogado que haga el còmputo, no se puede confiar en lo que calcula anses

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  6. DR : donde está ?? donde está Charly ? que pasó ? un abrazo

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    1. Buenas tardes. No anduve bien de salud. Por suerte ya estoy trabajando normalmente

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  7. Hola Charly y Dr. Espero que estén bien, si decidieron cancelar el blog , está todo bien , están en su derecho. De todos modos, muchísimas gracias por todo lo hecho desde aquí durante tantos años.

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    1. Buenas tardes. No anduve bien de salud. Por suerte ya estoy trabajando normalmente (incluso hoy que hay paro)

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  8. Hola Cerámico, el blog está abierto, sino no se publicaría nada, los aportes del Dr son propios de él, que no es el administrador del blog, así que no tengo idea cuando contesta y si seguirá contestando

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    1. Sigo vivo! No anduve bien de salud, estuve sin venir a la oficina muchos dìas y eso hizo que se me atrase todo el trabajo. Ya volviò todo a la normalidad

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  9. Que bueno saber de usted !!! por favor cuenteme que opina del expediente
    76295/2012 ..muchas gracias...cuidese poor favorr..ud es muy importante para nosotros..

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    1. La Anses ha impugnado la liquidación. Yo no le puedo decir si lo que anses dice es real o no (muchas veces no lo es). Seguramente su letrado va a contestar y ahí Ud verá como sigue. Probablemente pase a resolver

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    2. gracias por su pronta respuesta ,muy amable, veremos que pasa..feliz dia del trabajo...!

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  10. Hola me podría informa sobre un expediente FCB 41470003/2011 hace 8 años que inicio mi mama. muchas gracias.

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    1. Buenas noches. Parece ya tener sentencia firme, pero no puedo darle muchos detalles sobre las pautas de sentencia.-

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    2. muchas gracias Dr.

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  11. tengo sentencia firme y aprobada la liquidacion pero ahora mi expediente dice TRASLADO DDA ANSES y despues en LETRAS

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  12. tengo sentencia firme y liquidacion aprobada y ahora dice en letras TRASLADO DDA ANSES

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  13. Buenas tardes mi nombre es Gustavo Noval, mi padre Domingo Noval tiene sentencia firme desde el 2014 por un ajuste de su jubilación. A la fecha por un lado el expediente en el anses está por la sentencia esta con código 40 desde el 12/04 encontrándose actualmente en la oficina de Control de deudas previsionales. Por otro lado el letrado que representa a mi padre presentó un pedido de embargo que el juzgado aprobó luego de varios idas/vueltas y el Anses contesta cuestionando temas varios sin poder avanzar por este lado. El expediente judicial es el nro. 49378/2007. Además mi padre esta con Alzheimer y cuenta con el correspondiente certificado de discapacidad otorgado por el GCBA. La pregunta es que puedo hacer para que mi padre cobré de una vez. Muchas gracias. Saludos

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    1. Buenas noches.
      Me parece que esta confundido.
      Aun no hay liquidación aprobada, por lo tanto no hay embargo ni embargo aprobado.
      Es un excelente juzgado, una vez que se logre aprobar la liquidación, no va a tener problema para que embarguen y cobrar.

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    2. Muchas gracias Doctor la liquidación fue aprobada por el juzgado ya que el Anses no respondió en el plazo establecido por el juzgado. Saludos

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    3. Buenas tardes. No, no funciona como Ud. piensa.

      No es suficiente que ANSeS no conteste en el plazo de notificaciòn, la liquidaciòn es revisada y aprobada o no por el Juzgado.

      A la primer liquidaciòn el Juzgado la rebota:
      Buenos Aires, 06 de diciembre de 2018 - LMSTéngase presente.Previo, toda vez que las actuaciones administrativas fueron remitidas a laANSeS y que resultan necesarias a efectos de controlar el cálculo practicado porcuanto no obran en autos constancias suficientes, autorícese a la parte actora aacompañar copias de la documentación requerida (cómputo ilustrativo yresolución que otorga el beneficio).Toda vez que la parte actora percibió desde el mensual 09/2017 hasta el6/2018 el reajuste anticipado código (001-020) “haber por reparación histórica”,hágase saber que deberá acompañar una nueva liquidación que conste de los tres anexos (caja, reajustado y retroactivo) computándolo a los percibidos.ELVIRA E. MULEIROJUEZA FEDERAL

      Su letrado presenta una nueva liquidación el 26/12/2018 de la cual se da traslado al anses el 12/03/2019

      ANSeS SI impugna esa liquidación y el juzgado provee

      Buenos Aires, 26 de marzo de 2019.- VNM En atención a lo dispuesto por las Resoluciones de laCámara Federal de la Seguridad Social nro. 11 del 24/2/10 y 23 del 23/5/11, 957del 24/9/14 téngase por presentado, por parte y por ratificado el domicilio.Siendo que las razones expuestas para solicitar lasuspensión de plazo no guardan relación con las presentes actuaciones, no halugar a la misma. A mayor abundamiento la demandada contó con tiempomás que suficiente como para organizar sus defensas, ello conforme los 120 díasque otorga el Art 22 de la ley 24463, modificado por la ley 26153, a partir delmomento de la recepción de las actuaciones administrativas.De la impugnación formulada córrase traslado a laaccionante por el término de diez días para que conteste específicamente y a susefectos. NOTIFIQUESE.A lo demás manifestado, téngase presente para suoportunidad. Téngase presente la reserva de caso federal. ELVIRA E. MULEIROJUEZA FEDERAL

      Eso es lo ùltimo.


      Como verà, NO hay liquidación aprobada.

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    4. Dr lo molesto nuevamente en la página del poder judicial apareció una impugnación a la liquidación presentada por la abogada de mi padre. Además adjuntan de acuerdo a su criterio todo los cálculos realizados por su área de sentencias judiciales, obteniendo el retroactivo y el ajuste del haber. Por otro lado desde el 12/04 el expediente en el Anses está con código 40. La pregunta es en su experiencia el Anses podría pagarle a mi padre el próximo mes de acuerdo a sus cálculos. Gracias. Saludos

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  14. Buenos dias Sr.Charly y Dr. Greizerstein, envie una nota pero no me la contestaron, tal ves no les llego, mi pregunta es la siguiente tengo un expediente judicial No.91079/11 con sentencia firme desde setiembre 2017, en el anses figura en estado 67 hace mas de un año, expediente 024230622508441501, cuando hablo con el abogado me dice que no combiene hacer la ejecucion, el juzgado es el numero 10, sera que tardan mucho la ejecucion en ese juzgado, me gustaria que me conteste que le parece para poder insistir en ejecutar, mi nombre es Marta, muchas gracias

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    1. Buenas tardes. Fijese que el Juzgado mismo le esta indicando que puede ejecutar:

      Buenos Aires, 28 de mayo de 2018.- VLFEn atención a lo peticionado y estado de autos, intimo al organismo demandado para que: 1) en el próximo haber a liquidar correspondiente al actor,proceda a su reajuste y 2) en el plazo de veinte (20) días practique liquidaciónde las sumas retroactivas adeudadas; todo ello de conformidad a las pautasestablecidas en las sentencia firme recaída en autos, bajo apercibimiento deejecución (arts. 499 y conc. del CPCC). NOTIFIQUESE al apoderado en autosde la demandada.Sin perjuicio de lo ordenado precedentemente, ante el incumplimientodel organismo ejecutado, hágase saber a la parte actora que en virtud de lonormado por el art. 503 CPCCN, se encuentra autorizada a la confección del pertinente cálculo.
      VIVIANA PATRICIA PIÑEIRO
      JUEZ FEDERAL


      Preguntele a su letrada si tiene los medios para ejecutar o no

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  15. Buenos días Dr. Le consulto por el expediente 040825/2014 este esta el liquidación estado 67 desde setiembre 2018. Nuestro abogado dijo que inicio la ejecución y que este mes ya debe estar finalizada.
    Quería preguntarle cuanto demora el embargo a Anses y si es posible que se cobre. Gracias

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    1. El expediente es PINTOS CARLOS DANIEL C/ ANSES S/REAJUSTES VARIOS?

      Porque ese aparece archivado desde febrero de 2018

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  16. Correcto Dr ese es el expediente. Puede indicarme que esta pasando? Me parece que el abogado no realizo ninguna gestión.

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    1. Yo no tengo forma de saber si presentò algo y todavìa el juzgado no hizo nada, solamente le comento lo que puedo ver.-

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  17. Buenas noches ya los eh consultado por el exp de mi Mama en otras oportunidades...en Junio se cumplen los 120 días que le dan a Anses lo que me llama la atención es que el exp paso a archivo y tdvia no esta la liquidación ( puede ser que lo este y que no aparezca en los movimientos?)el abogado no contesta... lo ultimo que nos dijo es que venia todo muy bien, le dejo el N°de exp 067474/15 me gustaría que me aclare el panorama un poco ... ni bien se cumplan los días le vamos a pedir al abogado que ejecute. Muchas gracias x todo!

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    1. Buenas noches. Esta remitido en diciembre, no pasaron los 120 días HABILES. No se cuenta la feria judicial, feriados, fines de semana ..

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    2. El exp judicial esta archivado y es lógico. Liquidación aca por ahora no va a haber
      Tiene exp 150 dentro de anses?

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    3. Lo que no me queda claro es cuales son los tiempos en que mi abogado tiene que presentar la liquidación... es después de transcurrido los 120 días hábiles o cuando? No entiendo lo que me pregunta de exp 150 de anses

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  18. Buenas tardes doctor...le comento en diciembre mi madre rechazo reparación histórica porque su juicio de reajuste iniciado hace 11 años tenía sentencia firme. El 15 de marzo de este año entró en código 17 en la DGSJ DIRECCION LEGAL INTERIOR y desde esa fecha que no se mueve el expediente. En junio se cumplirían los 120 días para ejecutar sentencia. Mi pregunta es la siguiente...faltará mucho para que anses se expida?? Le paso el número de expediente a ver que puede decirme usted 02 0 1045454 0... espero ese sea el número. Espero su respuesta. Gracias

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    1. Buenas noches. La verdad no se a que corresponde ese número. No es el judicial

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    2. Buenas noches. Esta remitido en diciembre, no pasaron los 120 días HABILES. No se cuenta la feria judicial, feriados, fines de semana ...

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    3. Oka muchas gracias...tendremos que esperar entonces

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    4. Igualmente le mande un mail con más datos....

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  19. Buenos días Dr..,la abogada de mi madre, presentó la liquidación para embargarle los fondos a Anses en los primeros días de Marzo de este Año y se le notificó al abogado de Anses. Pasó a Despacho, y contestó ayer el Prosecretario Administrativo lo sig: Por contestado el traslado conferido. Atento al estado de autos, pasen a resolver. Esto último que quiere decir..? Muchas gracias por su atención. Saludos

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    1. Buenas tardes. Con solo eso no le puedo contestar con certeza.

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  20. Buenas nochs, Dr. ¿Me podría decir en qué estado está el expediente de reajuste de PENSIÓN de mi marido? Ya que los hijos de él querían reclamar parte del retroactivo porque lo quisieron incluir en la sucesión
    CSS
    39697/2012

    Gracias!

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    1. Buenas tardes. Mirando simplemente la causa por internet no puedo hacer una interpretancion completa de lo que esta pasando. ME PARECE que se han intentado presentar los herederos, y les han dicho que NO se encuentran legitimados para continuar la causa porque existe una pensionada, que es Ud.

      Si entiendo bien, ahora la abogada ha presentado poder ante escribano, firmado por Ud.

      Si Ud. y los hijos de su marido NO se llevan bien, no se si es conveniente que esten patrocinados por el mismo abogado. Le recomiendo que se asesore al respecto con un abogado matriculado que se dedique a prevision social.

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  21. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  22. Buenas doctor, quería consultarle por un expediente que ya tiene sentencia firme y ante tantas apelaciones de anses el juez en vez de ejecutar lo derivó a los peritos. Esto demora mucho?
    gracias

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    1. Buenas tardes. Si, demora mucho porque estan tapados de trabajo los peritos.

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    2. Gracias doctor por la respuesta, desde mayo no tuvimos mas novedades, hay manera de ver si hay movimientos cuando se deriva a peritos

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  23. Buenas noches
    Podrian explicarme que significa: citación de venta( a la anses)?
    Estamos en esa instancia.
    Juicio desde 2009
    Gracias!
    GLADYS M.

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    1. Es imtimar en los términos del art. 505 del CPCCN a la accionada.
      Suele darse antes del embargo o de la transferencia

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  24. Estimado Dr. lo consulto, Mi padre tiene el exp.FPA 018393/2015 y tiene sentencia firme desde el 16/2/17, hace un par de dias consultando en MIanses estaba en estado 67 ( a liquidacion) y ahora esta en estado 17 ( evaluacion), esta bien eso? que debemos hacer?. Desde ya Muchas gracias Cesar

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    1. Buen día. En algunos juzgados del interior las cosas se manejan distinto, y no se Parana que actitud tiene respecto a las ejecuciones. Veo que se ha presentado una intimación para que ANSeS liquide, pero no le se decir si eso funciona en ese Juzgado.
      Los estados de ANSeS se han vuelto un poco impredecibles, y hace rato venían pagando MUY POCO, pero se ve que como nos acercamos a las elecciones estan abriendo la canilla

      Un saludo

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    2. Muchas gracias por su respuesta.
      saludos cordiales
      Cesar

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  25. Dr una pregunta mi expediente judicial esta en anses hace 2años para liquidar con codigo 67 es normal que tarden tanto para liquidar y actualisar el Haber es una renta vitalicia y que me pagan el minimo solo estoy cobrando 450$ falta la otra parte y de cuando seria por ejemplo el rectroactivo cuando me paguen mas omenos saludos Ana

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    1. Buen día. No tengo forma de saber que retroactivo le van a abonar, ya que depende de la sentencia obtenida. A partir de esa sentencia se efectua una liquidación que no es simple, y puede tener intereses o no.

      Siempre puede intentar intimar y solicitar audiencia en el expediente judicial

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    2. Gracias Dr es de lento a si anses para pagar las sentencias 2 3 4 años saludos

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  26. Dr: queria preguntarle como se realiza el pago para un beneficiario que reside en el exterior tras haber salido la resolución de juicio ,tiene que viajar a Bs.As.? y es verdad que si Anses no paga lo resuelto ,se demanda de nuevo ? gracias

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    1. Buenas tardes. Por lo que yo he visto hasta ahora, no lo mandan al paìs de residencia del beneficiario.
      Quizàs en algùn caso haya sucedido, pero yo no vi nunca uno.

      La gente en algunos casos viaja, y en otros simplemente otorga poder para que cobre otra persona que se encuentre en el paìs.-

      Si ANSeS paga mal se ejecuta, no es un juicio nuevo, se realiza en el mismo expediente.

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    2. Dr: muchas gracias de todo corazón, personas como Ud. nos dan un cariñito en el alma..

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  27. Hola Doctor, el pago de mi padre figura en el recibo de haberes disponible en la página del Anses para cobrar este mes de Junio 2019. ANSES depositó pero inhabilitó el depósito en el banco y todo volvió al código 50. La consulta es si se puede hacer alguna gestión en el Anses ó en el Juzgado Previsional para poder destrabar el problema. Gracias

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    1. Si el pago fue retenido, no hay nada que se pueda hacer en anses. 50 lo suelen usar para liquidaciòn parcial, quizás le modificaron el haber solamente. Mandan el expediente a control, y despùes en teorìa a reliquidar. Puede ser ràpido, o pueden pasar años ... nunca se sabe.

      En el Juzgado esta presentada la liquidaciòn que anses en este mes NO pagò. Todavìa no le dieron traslado

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    2. Muchas gracias Doctor mi abogada me plantea realizar la presentación de un escrito en el juzgado para continuar con el proceso para poder llegar al embargo, espero que la jueza tome la retencion del Anses como una estrategia para seguir dilatando el pago y permita ir por la vía del embargo. Yo quería ir personalmente a Alsina 250 para ver si me daban alguna explicación del motivo de la retencion pero por sus palabras entiendo que no tiene sentido. Gracias. Saludos

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    3. Buenas tardes. Junto con la presentaciòn que realicen, le recomiendo acompañar el RUB de ANSeS que dice RETENIDO. Lo puede obtener en Alsina 250.

      Un saludo

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    4. Gracias Doctor ya tenemos el Rub y le sugerí a la letrada de mi padre que adjunte el mismo al escrito que presentará la próxima semana.

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  28. Hace mas de un año espero mi pension derivada .esta en codigo 15 computo y liquidacion y esperando un jucio de mi esposo fallecido mi expediente. 024 27164572345 007 1 falta mucho para cobrar

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    1. Buenas noches. Yo no puedo obtener información de ANSeS. Le puedo aconsejar sobre lo que sea judicial, pero solamente si me acerca los datos necesarios.

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  29. Dr nuevamente lo molesto porque en el día de la fecha debían pagarle a mi padre su haber/aguinaldo y no lo hicieron porque quedaron enganchados con la retención por la liquidación de la sentencia que fue observada por la última área de control. La duda es como hago para conseguir que levanten la retencion del haber/aguinaldo y en donde lo debería gestionar. Gracias.

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    1. Buenas noches. Control de deudas previsionales, de la calle Parana, debe enviar a la calle Alsina las reactivaciones.

      En Alsina conocen bastante el tema porque pasa seguido.

      Le generan un expediente 088
      1ro. Procesamiento de Pagos
      2do. Área Central Autorizante
      3ro. (y último) Contabilidad. Esta oficina deja el expediente siempre en tránsito aunque esté allí y hay que esperar que pase a estado 40. Una vez que esté resuelto en 3 o 4 días aparece depositado.

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  30. Muchas Dr el día Viernes iré en forma personal a Alsina 250. Por otro lado el mismo día nuestra letrada presentará un escrito acompañado del Rub con la retención e informando además la del sueldo/aguinaldo. Gracias

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  31. Charly, el lunes 24 pasado estuve en ANSES, primero en Alsina y luego en Paseo COlon 329. En este último me informan que mi expediente fue dado de baja, estado 43, por error y no fue ingresado. Me informan que lo van a hacer. Pregunto que forma tengo de saber si es así, ya que después de 120 días hábiles me enteraré de algún resultado.
    Desde ya muchas gracias

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  32. Buenas noches Doctor!...Podria informarme porque no sale la lista del mes de Junio de las sentencias judiciales...Muchas gracias!...Espero su contestacion...

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    1. Buenas tardes. No se el motivo, pero Junio se pagò normalmente.

      Nosotros ya tenemos los montos de los casos que se van a cobrar a partir del 16 de julio.

      Para que no se le pase su cobro, tiene que controlar su expediente 150

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    2. Desde hace una semana que tampoco logro respuesta consultando el expediente 150

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    3. Buenas noches. No anda la consulta de expedientes

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  33. Hola Dr. , yo estoy entrando a mi expediente 150 desde MI ANSES, y no tuve problemas. Eso sí, no se si estarán volcando allí el recorrido del expediente. Saludos

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  34. Buenas noches le comento tengo un juicio desde el 2011 iniciado x mi esposo lamentablemente falleció el 4 de julio del 2017 y hasta la fecha ninguna novedad tuve que cambiar de abogado x que no trataba de averiguar x lo mío mi esposo Lembo Miguel Aurelio quiero saber si está ya para cobrar desde ya muchas gracias espero su respuesta

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    1. Buenas tardes. Los abogados nuevos que puso estan ejecutando la sentencia. Lleva un tiempo

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  35. Quisiera saber x un juicio del 2011 de mi esposo falleció el 4 de julio 2017 y hasta fecha ninguna novedad Lembo Miguel Aurelio

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  36. Dr. Gabriel G.
    Ud. Podría explicarme en qué situación se encuentra el expte de mi padre fallecido hace 2 años?
    Aquí paso los datos: J.Fed S.S.1
    Secret 2
    CSS 038495/2009
    Le agradezco la atención profundamente,ya que soy ignota en este área.
    Gracias al Sr. Charly por compartir este espacio.
    Gladys M.

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    1. Buenas tardes. Por lo que veo esta iniciada la ejecución, y presentada la liquidación
      Hay que esperar un poco. Tienen que aprobar esa liquidación, despues viene el embargo, y recien despues se mandan los fondos al sucesorio

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    2. Gracias Dr Gabriel, me pregunto...si todo ese trámite restante durará tanto como este juicio.
      Mil gracias por responder y acompañar.
      Gladys M.

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  37. Dr Gabriel
    consulto por CSS 070959/2014
    dado que no registra movimiento desde 29/12/17.
    Mi abogada no me da ningun tipo de explicacion clara.
    Es habitual que un expte esté tanto tiempo en esa situación???
    Gracias por la informacion que pueda brindarme.
    Guillermo L.

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    1. Buenas tardes. Figura un abogado en ese caso, y el titular es Lopez Mario Alberto
      Si es ese su expediente, se encuentra apelado por anses, es normal. La demora es de la Cámara

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  38. muchas gracias doctor gabriel por su atencion...!

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  39. Hola Dr lo molesto nuevamente, por un lado desde la retención de la liquidacion, el mes pasado, el expediente sigue en código 50 en el area de Procesamiento de Pagos. Por otro lado el 4/7 mi abogada presentó un escrito en el juzgado al que acompañó el Rub con el rechazo pidiendo la ejecución de la sentencia, sobre lo cual el juzgado autorizó no se ha expresado. La consulta es sobre si hay alguna cosa que podamos hacer para destrabar el pago. Gracias. Saludos. Gustavo

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    1. Buen día.

      En mayo, hay traslado de una impugnación de anses a la liquidación presentada por su abogado. (firma un hombre, no una mujer)

      Creo que como habían visto que ANSES estaba por pagar, se confiaron y no se contestó en su momento. Recién con fecha de hoy, se contesta a esa impugnación.

      ANSES cuando retiene un pago, puede tardar AÑOS en volverlo a pagar, y el número puede variar para arriba o para abajo.

      Por el otro lado, Uds todavía NO tienen una liquidación aprobada de forma judicial, por lo tanto no se puede todavía embargar, y conseguir la transferencia de fondos.

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  40. Muchas gracias Dr, por lo que menciona, lamentablemente veo que el tema se va para adelante y por más que uno quiera ser optimista no podrá cobrar mi padre en el corto plazo. Saludos

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  41. Buenas tardes, Charly y Dr Gabriel, los molesto nuevamente para preguntar cómo ven la situación de mi expediente judicial, van 9 años y quisiera saber cuánto más falta aproximadamente. Gracias por su tiempo!

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    1. Buenas noches. Se olvidó de poner los datos de su expediente.

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    3. Hola nuevamente. La ejecución se encuentra a resolver. Hasta ahora parece estar todo hecho con muy buen criterio.
      No le puedo decir un plazo orientativo hasta que no tenga aprobada la liquidación

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    4. Buenas tardes Dr Gabriel y Charly, ya tengo aprobada la liquidación por el juez, según lo manifestado por el juzgado, cuánto más aproximadamente tendría que esperar para cobrar? Y por otra parte preguntarles si el expediente por anses puede avanzar, en esta instancia sólo el judicial ?Muchísimas gracias!

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  42. Buen día Dr, luego de la retención realizada por el Anses por la liquidación del mes de Junio, aparece el beneficio de mi padre en la la lista de Sentencias del mes de Julio, por lo que quería consultarle si sería conveniente solicitar el Rub para ver si se detalla el pago. Gracias. Saludos

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    1. Buenas tardes. Si, antes que se le termine el plazo si realmente salio en julio. Igual me suena demasiado rapido

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    2. Dr a que se refiere con Antes que se le termine el plazo? Gracias.

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    3. Si salió en la lista de Julio tiene pocos días para cobrar, ya que ANSES cumplido el plazo retira el deposito

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    4. Gustavo, le aclaro un poco más todos los que aparecen en la lista y no les sale NO BENEFICIA comienzan a cobrar aproximadamente el 15 de julio y antes del 10 de agosto si no cobró, ANSES retira el dinero depositado en la cuenta y ojo antes ciertas personas cobraban el retroactivo en un banco del centro y no en la sucursal bancaria donde cobraba el haber, así que si quiere cobrar apurese.
      Dr Greizerstein, es cierto, es muy raro que haya salido tan pronto pero no nos olvidemos ue estamos en fecha preelectoral y este mes han sacado muchos más pagos de sentencias que en otros meses, es más este mes son 52 paginas, cuando normalmente no llegan a 40 y si nos fijamos los julios desde el 2017 hasta este del 2019 solo son 116 paginas de pagos de sentencia, o sea que este mes solo tiene casi el 50% de los pagos que ocurrieron en 3 julios

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  45. Hola le consulto de nuevo por Expediente FCB 41470003/2011 hace mas 3 meses que tiene que ir el abogado de Anses a buscar expediente, eso es lo que nos dice nuestro abogado.

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  46. Buenos días, me agradaría saber porqué todos periodistas, legisladores y otros confunden ley de privilegio con ley especial Yo creo que son dos cosas muy diferentes.Lo podrían aclarar ,por favor,muchas gracias

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  47. hola doctor soy un reciente juvilado anses me comunico que me presente el 15 de octrubre de 2019 fuy y la cuenta con retroactivo me sale inavilitado por anses fuy al anses y dicen que esta en reliquidacion hoy 5 de febrero de 2020 no puedo cobrar cuanto tiempo tengo que esperar para poder cobar y por hay voy a anses y me dicen que tengo que seguir esperando que hago le presento una demanda judicial poruqe ese dinero es mi sustento saludos

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  48. Hola dr,quería consultar que medida debe tomar mi madre dado que realizó un amparo desde el año 2006, si bien una parte lo ganó, pero sigue con los reclamos y la abogada no se está ocupando, ya no tiene la oficina, sólo tenemos el celular, tiene un programa de radio.En mayo de 2019 cuando la encontré me dijo que el hijo que se recibió de abog. estaba yendo a la corte todas las semanas para ver si había novedades, en septiembre del mismo año fuimos a la oficina del hijo y le dimos el n° de la causa de mi mamá, dijo que nunca lo había visto, que sino él se hubiese acordado´, entonces que hay que hacer porque no presentó nota durante más de 2 años, etc,etc. No se sabe a qué abog. recurrir ya que debe ser previsional y a la vez es una renta vitalicia previsional, antes Siembra y luego se hizo cargo Metlife, necesito una respuesta y mi mamá tiene problemas de salud como para estar esperando que su abogada se mueva un poco. Yo había leído que no informar al cliente es faltar a la ética profesional, como también es faltar a la ética ocuparse de muchas otras cosas que no tienen nada que ver con las causas que lleva(como la de mi mamá).Mi madre no la ve desde antes del 2012, por que había puesto a alguién que la reemplazó hasta hace 4 años.

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