aviso

martes, 14 de febrero de 2017

ANSES, SALIÓ LA LISTA DE PAGOS DE SENTENCIAS DE FEBRERO DEL 2017

Salió prontamente la lista de pagos de retroactivos de sentencias correspondientes a febrero del 2017.

Para ver las listas cliquear Aquí

199 comentarios:

  1. Hola, no es posible ver la lista de febrero.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Seguramente es porque no tienes el adobe acrobat para ver archivos pdf, te pongo el link para bajarlo o elije el que maás te guste de todos los programas para abrir archivos pdf

      https://get.adobe.com/es/reader/

      Eliminar
    2. Hola soy Mónica tengo juicio por reajuste de haberes y sale trámite resuelto, como sigue, gracias

      Eliminar
    3. hola charly soy de tucuman yo tengo desde el año pasado sentencia firme soy ex pensionado y me figura la sentencia difinitiva que me deben abonar y que se libra oficio masivo anses y figura la firma del juzgado federal y del actual director de anses que pasos debo seguir porque mi abogado hace mas 7 meses que me esta dando vueltas y solo me saca dinero .... ESPERO TU RESPUESTA GRACIAS.

      Eliminar
  2. hola charly mi abogada no me da el numero del expediente y en anses como tengo abogada no dan informacion ,ella dise que esta en liquidacion pero nunca se fija nada.,.... no esta por abecedario los apellidos en la lista de febrero como puedo hacer para fijarme tengo que leer uno por uno? gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, es verdad ha salido en orden por los últimos números de beneficio no de expediente, y en el 130 o en la UDAI si el expedinete está en la ANSES abierto te deben decir como está el trámite y el número completo del expediente, que tengas abogado no tiene nada que ver, ya que es un juicio y es lógico que un abogado lleve la causa.

      Eliminar
  3. Hola Charly que tal, como estas mi consulta es la siguiente, mi abuelo le hizo un juicio por reajuste a Anses en el año 98 (si van a ser 20 años) , en el 2002 falleció lamentablemente sin poder cobrar como la mayoria , el juicio continuó y recien en el 2015 tuvo sentencia del juzgado y camara obligando a pagar el retroactivo. Por via administrativa de Anses antes de ello habia sido tambien "resuelto favorablemente" pero desde hace 3 años no hay noticias de nada actualmente según la consulta online se encuentra en EXP EJECUCION LEYES ESPECIALES ,
    DGSJ-INICIACION , y sinceramente ya no se que pasos continúan , vos tenes idea como seguir ? Cuanto crees que faltara ? Te lo voy a agradecer mucho , saludos !

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Ignacio, esto lo debe cobrar la pensionada y deberías hablarlo con el letrado que llevo el juicio ya que debe de haber presentado los papeles de fallecimiento en el juzgado, si no hay pensionada, eso pasa a los herederos forzoso, y se debe presentar la declaración de herederos, eso debe hacerlo el abogado que lleva la scesión y el letrado que llevo adelante el juicio si es el mismo ese letrado.

      Eliminar
    2. Gracias por responder, si ya se hizo la declaratoria de herederos, ya que tampoco mi abuela pudo cobrar ese dinero, estando en este estado "EXP EJECUCION LEYES ESPECIALES - DGSJ-INICIACION " faltara mucho para llegar al cobro charly ?

      Eliminar
    3. Y sí Ignacio, se va a demorar ya que aquí no hay prioridades por edad avanzada, enfermedad terminal etc.

      Eliminar
    4. Buenas tardes. ANSeS tiene la mala costumbre de no pagar en los casos que han fallecido los beneficiarios.

      Le recomiendo presentar la declaratoria en el reajuste, y ejecutar. Una vez aprobada la liquidación, embargo y envio de los fondos al sucesorio

      Eliminar
  4. HOLA CHARLY,
    TE MOLESTO CON LA SIG. PGTA:
    A MI PADRE LE OFRECEN LA " REP. HIST"( LO VI EN " MI ANSES").
    PERO SU EXPTE ESTA EN DIGITALIZACION DESDE 21-11-16
    EN EL 130 ME DICEN QUE DEBE RENUNCIAR A LA " REP.HIST" PARA QUE NO QUEDE DEMORADO EN DIGITALIZACION

    ESTO ES ASI???
    SUS ABOGADOS DAN RESPUESTAS MUY POBRES, APRENDO MAS EN TU BLOG QUE CON ELLOS O CON EL 130.
    Y OTRA DUDA, CUANTO MAS PODRIA DEMORAR EN DIGITALIZACION?
    GRACIAS X ACLARAR SIEMPRE MIS DUDAS.
    MI PADRE NO ACEPTARA LA " REP.HIST" DADO QUE ES UNA MISERIA LO QUE OFRECEN.
    TE AGRADEZCO PROFUNDAMENTE LA LECTURA DE ESTAS LINEAS.
    GLADYS M.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gladys, dudo mucho que la digitalización se apure al renunciar a la Reparación Historica, además si aún no la acepto que tiene que ver, realmente algunas respuestas son tiradas de los pelos.

      Eliminar
    2. HOLA CHARLY, FINALMENTE, LOS ABOGADOS PRESENTARAN HACIA EL 6-3-17 LA EJECUCION DE SENT.
      TENDRÁS IDEA DE CTO DEMORA?
      ELLOS LE DICEN " 4 MESES"( PERO ACÁ, VOS SIEMPRE APORTAS MEJORES DATOS).
      POR DÓNDE SIGO EL TRAM. DE EJEC??? SERA POR LA CAM. DE SEG.SOCIAL????
      MUCHISIMAS GRACIAS POR ACOMPAÑARME A MI Y A MI PAPA EN ESTE LAAAARRRGOOOO CAMINO.
      GLADYS M.

      Eliminar
    3. Hola Gladys, creo que van a ser más que cuatro meses ya que el juzgado debe intimar al ANSES a presentar la liquidación en tiempo y forma y ANSES hara presentaciones para postergarlo, más hay que descontar los feriados, los fin de semana y uno que otro paro, si creo puede llevar hasta un año.
      El trámite se sigue en el mismo juzgado si no me equivoco.

      Eliminar
    4. HOLA CHARLY, HOLA A TODOS.
      MI PADRE TUVO UN ACV, ESTÁ MUY COMPLICADO...10 AÑOS Y CASI ,CASI, COBRA SU JUICIO...
      DE QUÉ LE SIRVE AHORA?
      CON INCAPACIDAD MOTORA Y NEUROLÓGICA... TRABAJÓ COMO GERENTE POR MÁS DE 40 AÑOS.
      POR MI PADRE, Y POR LOS PADRES DE TODOS DESEO PROFUNDAMENTE QUE LA JUSTICIA REACCIONE, Y ANSES TAMBIÉN.
      OJALÁ EL SR DIRECTOR DE LA ANSES LEYERA ESTE MARAVILLOSO BLOG, CREO QUE LO DEBERÍA CONTRATAR A UD. Y AL DR. GABRIEL DE INMEDIATO.
      ABRAZOS PARA TODOS, SIGAN LUCHANDO.
      GLADYS M.

      Eliminar
    5. Hola Gladys, lo lamento muchisimo, te agradezco los elogios, pero jamás nos contratarían ya que ellos no quieren pagar nada, están peor que nunca, incluso ponen que fue otorgadas jubilaciones y pensiones y cuando llegan a cobrar les dicen que está retenido el pago y cuando preguntan argumentan que estaba mal liquidado, es muy lamentable

      Eliminar
  5. Hola Charly! Para alguien que salió en este listado, cómo son los pasos a seguir? Cobra el monto total de la sentencia? Gracias!!!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Ale, ahora si estás en el listado y no figura NO Beneficia ( a esos no les pagan nada)deberías cobrar el retroactivo que generalmente se paga en una entidad bancaria diferente a donde se cobra el haber mensual y al mes siguiente ver la mejora en su haber jubilatorio, ahora después su abogado deberá hacer si ya no los hizo los calculos para ver si está bien liquidado o debe reclamar en el juzgado que no se liquido bien la sentencia.

      Eliminar
    2. Ok,a ver si entendí, entonces el monto debería ser el de la sentencia judicial y no el monto de la Reparación Historica que era la mitad de la otra. Es así? Muchísima gracias por tu ayuda!

      Eliminar
    3. Es correcto Ale, deberían pagar la sentencia completa, aunque no lo hacen y el abogado deberá reclamar la diferencia porque no cumple con lo ordenado en la sentencia.

      Eliminar
    4. Ojo, si se acepto la rep historica, aunque salga en listado ANSES no lo paga

      Eliminar
    5. Ok, muchas gracias Charly y Gabriel!

      Eliminar
  6. Perdón tengo el recurzo finalizado ,pasaron los 120 dias con intimación incluída,que tengo que esperarar mi abogado no se comunica y transcurre el tiempo sin novedad.

    ResponderEliminar
  7. Hola Charly! Gcias x tu tiempo. Yo tengo sentencia definitiva en mi juicio. Anses apelo5y pasó a la cámara 1. Rechacé la reparación histórica, pero todo sigue igual desde 12/15. Cómo sigue mi tema? Te agradezco mucho!!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Lolydop, su tema sigue en la instancia judicial, se debe expedir la Camara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, y esperar que cuando salga la sentencia de está segunda instancia ANSES no presente un recurso extraordinario(Rex) para elevarlo a la Corte Suprema, cosa que por suerte los jueces de la Camara están rechazando, lo único que consiguen es retrasar un poco más el juicio.

      Eliminar
    2. Hola Charly! Acaba de salir mi exp de cámara 1 dps de 3 años. Dice: cambio de expediente "inicio trámite" que significará? Inicié el juicio en 2013. Tuvo fallo definitivo y había apelado Anses.Gracias Charly x tu respuesta!!!!

      Eliminar
    3. Hola Charly!.. vuelvo sobre mi tema. Esta semana hubo cambio en mi juicio . Salió de cámara 1 donde durmió 3 años. Con el título de cambio de exp "inicio tramite".. que significará?.. ah.. rehusé reparación histórica en su momento. Gracias X tu respuesta!!!!

      Eliminar
    4. Hola Lolydop, supongo que se está refiriendo al expediente por sentencia judicial que se abre en ANSES luego de quedar la sentencia firme (sentencia definitiva no significa firme, se puede apelar), está bien, ahora su letrado deberá contar los 120 días hábiles para solicitar la ejecución de sentencia y pedido de embargo

      Eliminar
    5. Ahora si eso le salió en la parte judicial, no tengo idea es la primera ve que tengo conocimieento

      Eliminar
    6. Pido disculpas estoy publicando doble x equivocación. Perdón q te insista Charly. El fallo definitivo salió antes q Anses apelara. Ahí pasó a Cámara1 (3 años sin movimiento). Esta semana hubo çambio de exp. a INICIO TRAMITE .. no encuentro q significa ese rubro. Ya salió de la Cámara?.. Perdón x mi ignorancia. No me permite mandarte una captura. Aclaro: el exp. estaba en ofic GO6 y pasó a GS1. Gracias y perdoná tanta molestia!!

      Eliminar
    7. ACA PUDE COPIAR COMO FUE EL JUICIO

      GS1
      21/02/2018 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE INICIO TRAMITE
      GS1
      21/02/2018 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
      G06
      18/12/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
      G06
      18/12/2015 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE RECURSO DE APELACION
      G06
      18/12/2015 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE ELEVACION A CAMARA
      G06
      18/12/2015 FIRMA DESPACHO SE DA CUMPLIMIENTO CON LA ELEVACION
      71 / 71
      G06
      21/10/2015 EVENTO COMENTARIO - PARA ELEVAR
      G06
      9/10/2015 FIRMA DESPACHO APELA DEMANDADA

      Eliminar
    8. Hola Lolypod, está perfecto, una sentencia definitiva se puede apelar y es lógico que se apele una sentencia definitiva ( no se puede apelar algo que no se emitió) lo que no se puede apelar es una sentencia definitiva firme.
      En su caso figura inicio de trámite porque se ha iniciado la apelación en la Sala 1 de la Camara de Apelaciones ahora hay que esperar las sentencias de los tres jueces y luego cuando salga esta nueva sentencia definitiva, como siempre ANSES va a apelar nuevamente presentando un Recurso Extraordinario (Rex) que normalmente la Camara Rechaza y deja firme la sentencia definitiva.

      Eliminar
    9. Mil gracias Charly!!!.. clarito como el agua. Entonces me hago a la idea que van a pasar unos años más antes de que cierre mi juicio.. x "desacatada"!!. Un abrazo grande y si en ese momento estoy tdvia en este plano te voy a participar el resultado.

      Eliminar
  8. Buenas tardes Charly, consulto por mi papa, juicio de 13 años x reajuste de haberes con sentencia firme de 09/2015. Aun no cobra y la abogada no le dice nada. Por lo que pude averiguar estaba en sector liquidación y en diciembre paso a reversión de haberes. Que recomendas q haga? Muchas gracias

    ResponderEliminar
  9. Hola Patricio, no conozco la oficina de reversión de haberes eb los expedientes por juicio por reajuste de haberes, solo la de control de deudas previsionales o Verificación de deudas previsionales que viene después de salir con el codigo 40 de Computos y liquidaciones, lo que debería haber hecho la letrada es haber iniciado la ejecución de sentencia al haber pasado los 120 días hábiles, algunos no lo realizan pensando que va a salir pronto ya que la ejecución lleva su tiempo, puede pasar hasta un año.

    ResponderEliminar
  10. hola charly, te consulto lo siguiente, me liquidaron sentencia judicial en febrero 2017, menos de lo que fija la justicia y con descuento de impuesto a las ganancias. te agradeceré me puedas responder estas dos consultas: 1) es posible solicitar la devolución de lo retenido por imp. a las ganancias en base a los fallos al respecto de las 3 salas de apelaciones ???, 2) anses presentó la liquidación en el juzgado, cuanto es el plazo para apelar la misma ???. una vez mas muchisimas gracias por tu preocupación y ayuda !!!!

    ResponderEliminar
  11. hola charly, te consulto lo siguiente, me liquidaron sentencia judicial en febrero 2017, menos de lo que fija la justicia y con descuento de impuesto a las ganancias. te agradeceré me puedas responder estas dos consultas: 1) es posible solicitar la devolución de lo retenido por imp. a las ganancias en base a los fallos al respecto de las 3 salas de apelaciones ???, 2) anses presentó la liquidación en el juzgado, cuanto es el plazo para apelar la misma ???. una vez mas muchisimas gracias por tu preocupación y ayuda !!!!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Hector, mirá con respecto al impuesto a las ganancias creo que hay dos fallos uno a favor y otro en contra, eso si el doctor Gabriel lo lee debe tener más información, con respecto a la liquidación es tu abogado que debe presentar la impugnación y presentar el calculo que debe ser.

      Eliminar
    2. gracias charly una vez más, con respecto a ea impugnación hay un plazo legal para presentarla o puede hacerse en cualquier momento ?? , con respecto al imp. a las ganancias quedo en aguardo del aporte del Dr. Gabriel Greizerstein sobre el tema. nuevamente miles de gracias por tus aclaraciones y tu ayuda en favor de los jubilados.

      Eliminar
    3. Hola Hector, si debe de haber un tiempo pero realmente no se de cuanto es

      Eliminar
    4. Buenas tardes.
      Cuando ANSeS presenta la liquidacion en el Juzgado, siempre dan traslado a la parte actora. Depende la forma en que este redactado el proveido, va a depender la notificacion y el plazo.

      Su letrada tiene que impugnarla y reclamar lo que corresponda.

      Eliminar
    5. muchas gracias dr. gabriel, con relación a la retención del imp. a las ganancias podrá brindarme alguna información. desde ya muy agradecido.

      Eliminar
    6. Los juzgados no tienen un criterio uniforme.

      Se termina siempre en Càmara. En muchos casos se logra que se reintegren los importes descontados.

      Eliminar
  12. Hola charly, mi madre tiene juicio desde 2006 contra anses por reajuste de haberes, verifique en consulta de expediente y sale: Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente. Ultimo pases: DGSJ-EVALUACION “B” desde 19/11/15, estado- Tramite Resuelto. Pero a ella no le han notificado nada y en Anses de Catamarca no le dan información.Me podrias decir que significa el mensaje y que pasos seguir.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Geovarius, deberías hablar con tu letrado, ya que es raro que este aprobado y como última entrada sea Evaluación B.

      Eliminar
    2. Buenas tardes. Seria importante saber si esta mirando el expediente correcto, el 150. Sino, puede estar mirando el 146 o 357 de reajuste, o incluso el que da origen al beneficio de jubilacion o pension

      Eliminar
  13. hola clarly la abogada no nos explica mucho pero tanto que le preguntamos a nuestra necesidad de muy malos modos nos dice que el expediente esta en liquidacion pero que el anse le tiene que pasar el presupuesto y como los archivos se quemaron hay muchos que no se encuentran puede ser? el juicio esta desde 2004

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, mirá no importa cuando empezo en estos caso sino cuando salió la sentencia definitiva y está quedo firme, el comienzo solamente para calcular el retroactivo ya que es desde dos años antes de comenzar el juicio que en su caso se computa desde el 2002, si su juicio tiene sentencia firme con fecha anterior al incendio es imposible ya que su expediente debia estar tratandose en ANSES y no en el archivo donde es que se produjo el incendio.
      Es cierto que muchos expedientes se han incendiado y deben reconstruirlos que lleva un gran tiempo, es más con el de mi padre adujeron que lo habían perdido y se los intimo tanto desde la justicia que finalmente aparecio una parte (como puede ser que aparezca solo una parte, rarisimo)así que ANSES hace lo que se le canta.

      Eliminar
  14. Hola Charly , me contacto para preguntarte si sabes porque no puedo ver el exp. de mi padre que falleció y siempre tengo que ir a alsina 250 o una udai esta en liquidación iniciación, gracias

    ResponderEliminar
  15. Hola queria saber si me podrias decir porque n o puedo ver el exp de mi padre que fallecio en la pagina de anses y si cuando voy a alsina 250 gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Hernan, seguramente es porque no te han dado bien el número de expediente.

      Eliminar
    2. Desde que cambiaron la forma de consulta de expedientes, la mayoria de los 150 no se ven mas.

      Incluso con clave de la seguridad social NO aparecen.

      Los empleados de Alsina 250 estan sobrecargados de consultas, por culpa del mal manejo que se ha hecho con la pagina de consulta de expedientes

      Eliminar
  16. Hola Charly, nunca me pagaron el PAP (Prestacion adicional por permanencia) como puedo saber si me corresponde, gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gloria, yo lo desconozco, no se si te podrá ayudar el doctor Gabriel Greizerstein

      Eliminar
    2. Buenas tardes. Corresponde si tiene aportes posteriores al 94 que NO hayan sido ingresados por AFJP

      Eliminar
  17. hola charly, como te va? ya te consulte varias veces y te vuelvo a consultar porque me aclaras mas las dudas q la abogada de mi papa. te comento la situacion de mi papa, victor jose viola 77 años expte. CSS 114426/2009 sentencia firme de 12/2015, en 11/2016 dice PASE ARCHIVO DEL JUZGADO FEDERAL N_ 3 DE LA SEGURIDAD SOCIAL. la abogada presento en septiembre certificados medicos en anses por lo cual abrieron un expte q puedo ver en la pagina de mi anses.024-20-05933900-2-811-1. por lo que me has dicho antes es solo q le aprobaron la apertura del expte pero aun no es q le reconozcan los certificados medicos. ahora en febrero aparecio otro con el nro 024-20-05933900-2-404-1 que dice ultima dependencia rh-reajuste anticipado. lo que mi padre nunca pidio, solo fue a poner su huella en anses pero no firmo nada ni fue con abogado ni nada. decia q habia sido resuelto favorablemente, ahora dice q cambio el tipo de tramite... no entiendo... la abogada me dijo q no es nada. sabes alguna manera de ir viendo la etapa de ejecucion por algun lado? nose en q fecha empezo tampoco la ejecucion. muchas gracias. carina.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Carina, al no haber movimiento en el juzgado incdica que aún no ha iniciado la ejecución de la sentencia, y para ver el expediente va a tener que ir a una UDAI y solicitar que le pasen bien el número de espediente del reajuste por sentencia judicial.

      Eliminar
  18. charly, a mi papa le pagan una sentencia, hoy fui al banco a averiguar los pasos y me dicen que tiene que firmar el formulario 54/12 de anses aceptando la sentencia, es así no encuentro el formulario para ver que es, el abogado debe cobrar el 12% que dictamina Anses?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, desconozco cual es ese formulario, normalmente se firman unos papeles cuando se cobra que habitualmente no es en el banco que se cobra el haber jubilatorio sino en uno del centro, al cual lo obligan a abrir una cuenta o hacer un deposito en plazo fijo.
      No se de donde saca ese porcentaje ya que el juzgado fija un porcentaje que debe pagar ANSES por haber perdido el juicio y su papá debera abonarle el porcentaje al cual arreglaron cuando iniciaron el juicio que ronda entre el 20% y el 30% de acuerdo al letrado

      Eliminar
    2. ANSES no dictamina NUNCA los honorarios del abogado. ANSES es la CONTRAPARTE

      Eliminar
  19. Hola Charly!

    El expediente de mi Viejo paso a Cámara 3 para que den la Sentencia Firme claculo. Ahora parece que él prefiere adherirse a la Reparación Histórica. En ese caso, le tiene que pagar al abogado? Gracias!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Ale, obviamente va a tener que abonarle, ya que él ha cumplido con su trabajo, además lo necesita para desistir del juicio y aceptar y homologar ante la justicia la Reparación Historica, que Dios dirá cuando se la pagan, que no crea que es instantaneo.

      Eliminar
    2. Es más, puede leer aqui en este blog las personas que han firmado hace meses y aún no han visto un peso ya que va por orden de prelación

      Eliminar
    3. Si su padre esta en juicio, no le aconsejo adherirse a la reparación sin hablar con SU letrado. En primer lugar, los procesos judiciales una vez terminados tienen un plazo determinado para el pago. La reparaciòn historica NO. Esto quiere decir, que si ANSeS quiere empezar a pagarle a su papa dentro de 5 años, lo puede hacer, y no hay forma alguna de reclamar.

      No me crea a mi, informese, lea la ley y reglamentación.

      Una nota de color, la rep historica no cobrada no parece pasar a pension. Herencia, menos.

      Eliminar
  20. hola charly te comento mi esposo tiene juicio pero le danuna actualisacion de su haber por la reparacion 8400 pesos pero no le dan el reajuste que tiene que tener ademas el tiene 85 de edad enfermo el no quiere la reparacion juicio 2013 y 2016 Lembo miguel aurelio 4944999

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María del Carmen, por el documento o el nombre yo no tengo acceso a nada, yo no trabajo en ANSES, además no entiendo que es lo que me pones y te agrego por las dudas que aunque salga en las listas si no rechazo la Reparación Historica no le pagan.

      Eliminar
  21. Hola Charly!!! te cuento mi duda, mi abuelo con 96 años espera juicio por reajustes de anses. El juicio se inicio en 2007. ya le dieron sentencia apelaron y ahora hace 8 meses comenzo a moverse la causa otra vez. Lo ultimo que salio es esto.
    V02
    13/02/2017 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
    V02
    13/02/2017 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2
    V03
    21/12/2016 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2
    V03
    29/11/2016 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 3
    V02
    29/11/2016 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 3
    V02
    28/10/2016 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2
    V03
    28/10/2016 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2
    V03
    20/10/2016 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 3
    V02
    19/10/2016 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 3
    V02
    14/10/2016 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2
    GS1
    13/10/2016 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2
    GS1
    13/10/2016 EVENTO PASE
    GS1
    13/10/2016 EVENTO A SENTENCIA

    Faltara mucho para que cobre? Me fijo todos los dias porque me vive preguntando. El esta ilusionado en cobrar antes de que le pase algo. Y es obligatorio pagarle al abogado el 30% q el estaba de acuerdo en su momento y sin consultarnos firmo.Yo lo escuche a Basavilvaso y dijo q se debe pagar lo que disponga el juez. Muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Marianela, está en la Camara de Apelaciones de la Seguridad Social en la Sala 1ª y cuanto puede demorar en que salga la sentencia definitiva y quede firme es hacer futurología ya que despues que quede firme y se notifique ANSES tiene 120 días hábiles para pagar y si no lo hace se puede ejecutar esa sentencia que también lleva su tiempo (varios meses, puede llegar a un año ya que depende de los tiempos judiciales y del juzgado)
      En cuanto al pago al abogado a lo que se refiere Basavilvaso es la parte que le corresponde pagar a la ANSES ya que los juicios los pierde el estado y lo pagamos todos y el 30% es lo pactado entre el cliente y el letrado, es un arreglo entre partes, no tiene nada que ver

      Eliminar
  22. pero faltan muchos pasos para q diga sentencia firme? o lo que diga? Mi preginta es mas alla del tiempo, por cuantos pasos mas debe pasar. Muchas gracias y perdon la molestia

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Marianela, ahora ingresó a las vocalias que son los despachos de los jueces (tiene tres jueces) cada uno emite una sentencia (relatorias) que luego se djuntan las tres relatorias y el veredicto final que es la sentencia definitiva, últimamente ANSES ante esta nueva sentencia definitiva, presentaba hasta hace muy poco un Recurso Extraordinario (Rex) (antes esto no era habitual) para elevarlo a la Corte, pero los jueces los estaban rechazando, lo que lograban es dilatar el juicio y que demore más en quedar firme la sentencia, luego se comunica a la fiscalia y finalmente cuando queda firme se pasa el expediente con la sentencia definitiva firme al juzgado de primera instancia de origen y se comunica a las partes, en ese momento, cuando ANSES es comunicado de la sentencia definitiva firme se comienzan a contar los 120 días hábiles, espero haber sido claro

      Eliminar
  23. muchas gracias. Si muy claro

    ResponderEliminar
  24. hola charly: te cuento que a mi esposo le salio la jubilacion para cobrar el 20 de enero 2017 cuando fuimos a cobrar resulto que estaba retenida asi que no cobró estaba mal liquidado. nos dijeron que en marzo saldria llame al 130 y me dicen que aún no esta para cobrar en marzo y que no saben cuando. que puedo esperar. gracias por tu atención

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María, desgraciadamente no se puede hacer nada, para colmo ya me he enterado de varios casos así tanto jubilaciones como pensiones, y esto no lo entiendo ya que el año pasado era exlicable ya que se había cambiado el calculo supuestamente para que sea una jubilación mayor, pero ahora no tiene ninguna explicación

      Eliminar
  25. Buenas tardes, cuanto tarda un expediente en liquidacion del anses? Falta mucho para cobrar?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, que es un reajuste de haberes por sentencia judicial, una Reparación Histórica, una jubilación, una pensión?

      Eliminar
    2. Es el reajuste de haberes por sentencia judicial

      Eliminar
    3. Hola, bueno en ese caso al llegar a os 120 días hábiles de notificado ANSES su abogado puede iniciar la ejecución de la sentencia que eso lleva varios meses, no le puedo decir cuanto puede demorar en Computos y Liquidaciones ya que puede entrer y salir de allí varias veces,no hay un tiempo estipulado, puede demorar muchos meses hasta años, por ello los abogados al pasar los 120 días hábiles inician la ejecución de la sentencia.

      Eliminar
  26. Hola Charly: acepté la reparación histórica en diciembre. Parece que las homologaciones se han demorado por dificultades en los juzgados. Como soy mal pensado creo que algunas cuantas saldrán cerca de las elecciones. Y aquí va mi pregunta: puedo anular mi aceptación de la Reparación cuando se me ocurra? Hasta donde entiendo, si un juicio no fue homologado ello debería ser posible

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Juan Luis, desconozco si luego que firmaste que aceptaste se puede ir para atras a pesar de no estar homologado, se que después de homologado seguro que no, pero como ya firmaste no lo sé, quizas el doctor Gabriel Greizerstein sepa más del asunto.
      Lo que no sé, ni entiendo es la prioridad de pagoya que conozco el caso de dos personas menores de 80 años que ya cobraron y otras de más de 80 que no cobraron

      Eliminar
    2. Si acepto la reparación por internet y luego puso la huella junto con su letrado, ANTES de la homologaciòn lo notifican para que ratifique o rectifique. En ese momento tiene 3 dìas para decir que se opone.

      Eliminar
  27. Hola Charly, respecto de la pregunta de 0.45 y tu posterior respuesta debo entender que aún teniendo sentencia firme y habiendo pasado los 120 días hábiles Anses puede demorar hasta años para pagar la Sentencia dictada por el Poder Judicial después de haber esperado 7 o más años con el juicio? no existe NADA NI NADIE que los obligue a cumplir? es una vergüenza el manejo diabólico de Anses, la vida de los jubilados se mide en minutos,horas, días, y nó en años!! Donde está el Sr Basavilvaso? cumple con su responsabilidad en función de defender a los jubilados? realmente Anses es el peor organismo del país, está especulando con la VIDA DE LOS JUBILADOS y eso no tiene perdón

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Estela, si se puede hacer algo, cuando se cumplen los 120 días hábiles tu letrado puede iniciar la ejecución de sentencia que demora unos meses como mucho que lleue al año, antes los abogados esperaban el pago, hoy muchos hacen la ejecución de sentencia.

      Eliminar
  28. Hola Charly, soy Estela. gracias por tu respuesta, el tema acá es que en cualquier juicio ordinario se RESPETA LA DECISIÓN DEL JUEZ Y SE PAGA INMEDIATAMENTE lo dispuesto a la parte demandante, en cambio con Anses es necesario ejecución de sentencia? que significa esto? cualquier persona medianamente inteligente entiende que es un manejo especulativo para no pagar, es indignante la operatoria puesta de manifiesto en contra de los jubilados, de ahí mi comentario sobre el Sr Basavilbaso el que indudablemente es un títere manejado por intereses del gobierno, una verdadera VERGÜENZA.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Estela, esto no es nuevo, no lo respetaban antes ni ahora, mi padre terminó el juicio en el 2009 y lo cobró casi 4 años después a pesar de tener una enfermedad terminal, no hay nada nuevo, esto no es de ahora, jamás respetaron los 120 días hábiles, como lo de no apelar, un compromiso solo en los papeles, solo lo cumplieron una vez, con la madre de la presidenta.

      Eliminar
    2. Charly hay un tramite por reajuste que inicia en Francisco Solano ,yo estoy en cap , me estoy fijando todos los dias en internet y nada ,el 130 tampoco , podre ir a la central de av cordoba o tengo que irme a Solano ? es de un pariente mio ! . Gracias,

      Eliminar
    3. Hola, no sé a que trámite se refiere, si es un pedido de reajuste administrativo, debe ir a donde lo presentó, pero a usted no le van a dar la información, solo a él, excepto que usted tenga un poder para representarlo, si es un reajuste de haberes por una sentencia judicial, el expediente debe estar en la calle Alsina.

      Eliminar
  29. Una vez más, muchas gracias Charly por tu amabilidad. Excelente esta página

    ResponderEliminar
  30. Hola Charly, mi papa tiene sentencia firme por reajuste de haberes, ya pasaron los 120 dias hábiles. Mi consulta es como se calcula lo q le correspondería cobrar ya q la abogada le dice que no sabe cuanto es y q muchas veces la liquidación es inferior a lo que debería ser. En ese caso cuales seria los pasos a seguir en caso de ser menor el monto y sin recomendas alguna formula para sacar lo q le correspondería. Muchas gracias por todo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Patricio, el calculo es bastante complejo ya que debe tener los importes de los haberes actualizados, así que eso normalmente lo hace el estudio juridio y si no tiene el personal normalmente lo mandan a aun estudio contable para que lo realice, el letrado debe verificar que el importe sea el que debería y sino cuando cobre luego presentar los calculos e impugnar el monto que presente ANSES como pago e indicar cual es el monto correcto en el juzgado y reclamar la diferencia en el juzgado (usted igual ya cobró lo que ANSES pagó, no tiene importancia, no anula el pedido de la diferencia)

      Eliminar
  31. QUERIDO CHARLY
    FINALMENTE MI PADRE FALLECIÓ ( POR UN ACV FULMINANTE).
    MURIÓ ESPERANDO COBRAR SU SENTENCIA( YA ESTABA EN DGJS "B", NO SE QUÉ SIGNIFICA)
    DIEZ AÑOS ESPERÓ Y 40 AÑOS APORTÓ COMO GERENTE DE PERSONAL.
    CÓMO SIGUE ESTO AHORA????
    QUÉ HAGO????
    ESPERO TU ASESORAMIENTO Y DEL DR GABRIEL.
    RUEGO PROFUNDAMENTE POR TODOS LOS JUBILADOS QUE ESPERAN COBRAR.
    A MI PAPA, LO MATO LA ANGUSTIA Y LA TRISTEZA...VER QUE NO PODIA CUMPLIR SUS SUEÑOS...
    YO SIEMPRE LE LEIA TU BLOG CHARLY.
    LES DEJO UN ABRAZO, SIGAN ACOMPAÑANDO A LOS JUBILADOS Y EXIJAMOS RESPETO PARA NUESTROS VIEJITOS.
    CARIÑOS.
    GLADYS MARTINEZ.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Estimada Gladys, lo siento muchísimo,la acompaño en el sentimiento, ahora si esá su madr ella al ser pensionad de él cobra, igual debe avisarle a su abogado ya que deberá hacer las presentaciones del caso y si este no fuera el caso debe hacerse la sucesión y presentar en ANSES la declaratoria de herederos.

      Eliminar
    2. Lamento mucho lo de su padre. Si su madre vive, debe solicitar la pensiòn derivada del beneficio de su padre, y subrogarse en el expediente judicial.-
      Si no hay nadie que reciba el beneficio de pensiòn, hay que hacer la sucesión, ejecutar sentencia en el reajuste y enviar los fondos al sucesorio

      Eliminar
  32. GRACIAS CHARLY Y DR GABRIEL.
    MI MADRE FALLECIÓ HACE 12 AÑOS, QUEDAMOS 3 HNOS.
    INTENTARE HACER LA SUCESION.
    ME VOY A PONER EN CONTACTO CON LOS ABOGADOS DE MI PADRE, YA QUE LE HABIAN DICHO QUE EN MARZO PRESENTABAN LA EJECUCION.
    SIGO EN CONTACTO CON UDS,QUE TANTO BIEN LE HACEN A TODOS LOS QUE ESCRIBIMOS AQUI.
    GRACIAS!!!!!

    ResponderEliminar
  33. Hola charly, cuando salen las sentencias de marzo ?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Cuando salen las sentencias de marzo ?

      Eliminar
    2. Que pregunta, que se yo, cuando tegan ganas, normalmente entre el 15 y el 20, pero puede ser después del 20 también, no tienen una fecha definida.

      Eliminar
    3. Buen día.

      Los montos ya los estan informando en Alsina 250. Se cobra a partir del 15

      Eliminar
  34. me dijeron que mi expte entro a la Anses el 15 de febrero del 2017 la sentencia definitiva fue 22 de agosto del 2017 cuandro cobrare?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, hay que contar a artir del 15 de febrero del 2017 los 120 días hábiles ya que la sentencia definitiva o tiene ningún valor hasta que está quede firme, y que seguramente fué cercana a diciembre del 2016, luego de pasados los 120 días hábiles su letrado puede y debería iniciar la ejecución de senencia.

      Eliminar
  35. hola, Mi Anses dice "Tramite resuelto"04 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.que debo hacer ahora? como empiezo a cobrar mi jubilacion?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, justamente lo que dice el enunciado si a los 30 días de resuelto no le llega ninguna comunicación deberá ir a la UDAI más cercana a su domicilio, igual puede ir a donde cobro y fijarse si ya figura el lugar y la fecha de cobro

      Eliminar
    2. Muchas gracias!!! y gracias por ser tan atento con la gente!!! Debés ser una GRAN persona!!! Suerte para vos!!!

      Eliminar
    3. De nada Sonia, fijate en Mi ANSES si ya sale en "Donde Cobro" si figura alli presentate en ese banco en la fecha indicada a cobrar, si no figura tendrás que ir a la UDAI

      Eliminar
  36. buenas noches Charly ya tengo sentecia firme y el dia 9de agosto de 2016 entro a la udai de esa fecha se cuentan los 120 días gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Darío, porque no averigüas bien, ya que no debería ingresar a la UDAI, esto debería ingresar en la calle ALSINA en la DGSJ.

      Eliminar
  37. Hola charly esto es en Rosario salio del juzgado federal 1 y ingreso en la udai rosario asi figura en el seguimiento del expediente

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Darío, desconozco como se manejan los expedientes del interior, pero supongo que sí, que se deben contar los 120 días hábiles desde que ANSES fue notificado.

      Eliminar
  38. Hola Charly te vuelvo a molestar por el tema de mi abuelo. Hace un tiempo te escribi contandote q estaba en juicio y no sabia cuanto faltaba. Al otro dia me aparecio esto y ayer lo q vas a ver.
    Van bien o no? No entiendo mucho y el abogado me dijo q llamara en un mes aprox. no me dio explicacion de nada. Mi abu tiene 96 años. Tiene prioridad en esos 120dias???

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Marianela, no se que has querido poner, ya que no leo nada agregado, existe una prioridad por edad y por salud pero ANSES es muy discrecional y hasta ahra no vi que le pagaran a nadie antes de los 120 días hábiles, solo a la madre de la ex presidente se le abono antes de ese tiempo.

      Eliminar
  39. perdon Charly me olvide de copy paste lo q salio.
    FECHA TIPO DESCRIPCION / DETALLE A FS.
    GS1
    15/03/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE A DESPACHO (rex)
    GS1
    6/03/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS1
    3/03/2017 RECEPCION PASE FISCALIA DE CAMARA N° 2
    GS1
    23/02/2017 PASE FISCALIA DE CAMARA N° 2
    GS1
    23/02/2017 PUBLICACION SENTENCIA SENTENCIA DEFINITIVA ANSES - 20/02/2017
    GS1
    23/02/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000007652234 - NOTIFICADO EL DIA: 23/02/2017 09:11
    GS1
    23/02/2017 EVENTO NOTIFICACION
    GS1
    23/02/2017 EVENTO NOTIFICACION AL FISCAL
    GS1
    23/02/2017 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
    GS1
    20/02/2017 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA
    GS1
    20/02/2017 FIRMA DESPACHO SENTENCIA DEFINITIVA ANSES
    57 / 57
    V02
    13/02/2017 PASE CAMARA

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Maianela, desgraciadamente ANSES apeló en la segunda instancia (esto no se veía antes, solo al principio y luego del compromiso que habían asumido era muy raro, hoy apelan todo en todas las instancias)presentando un Rex (Recurso Extraordinario)(!5 de marzo del 2017) para elevarlo a la Corte Suprema de Justicia, cosa que últimamente los jueces rechazan, pero conlleva una perdida de tiempo.

      Eliminar
  40. Hola Charly, desde el 7 de marzo de 2017 está mi expte por reajuste en Procesamiento de pago, de ahi sale al cobro? gracias. Gaspar

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gaspar, es la rimera vz que veo esto, siempre era Computos y Liquidaciones y luego Verificación (solo o de Deudas Previsionales); Puede ser.

      Eliminar
  41. Hola charly..... hay alguna novedad de las listas de marzo????

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Daniel, si ya salieron, en un rato las pongo , pero si quieres consultarlas puedes hacerlo en la pagina de ANSES (www.anses.gob.ar)

      Eliminar
  42. Oi Charly: estoy en la lista de "premiados" de marzo... Aunque mi última consulta de expediente viene con un 50 - (liquidación objetada x Control: debe reingresarse una vez corregida). Acaso debo esperar más o puedo cobrar lo que "viene" en mi liquidación. El que objeta la liquidación soy yo, por exigua. Abrazos mil. Y continúa en la lucha.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Giuseppe, que extraño que estes en las listas y tu liquidación haya sido objetada por el Control, salvo que lo hagan para que parezca que pagan a más gente de la que realmente cobra, si fue objetada normalmente no te pagan nada, debe volver a Computos y Liquidaciones y cuando la objetan es porque consideran que deben pagarte menos.

      Eliminar
  43. Hola Charly, mi condulta es la siguiente mi papá hacía 5 años que estaba con el juicio por el reajuste pero falleció el 22 de octubre del año pasado, y quería saber si mamá que fue su esposa por 47 años podía llegar a cobrarlo, papá siempre fue sólo a ver su abogado y no tengo ningún papel con el número de expediente y nose como manejarme si me orientarás te lo agradecería mucho, desde ya muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Claudia, mirá, si todavia está en juicio deberías comunicarte con su abogado ya ue debes informarle qque falleció y que incorpore a tu madre en la causa, ya que al ser pensionad si le corresponde, el retroactivo hasta el momento del fallecimiento y una ejora en el haber de la pensión, si ya terminó el juicio corre igual para la pensión y retroactivo ya que es heredable por la pensionada, para ver el juicio ingresar a www,pjn,gob,ar, alli en consulta de causas ( no se si es de capital o alguna provincia depende que jugado es , en capital y Gran Buenos Aires es la Camara Federal de la Seguridad Social, alli lo puede buscar por actor o sea el nombre y apellido de su padre.

      Eliminar
  44. Te comento que llamar al abogado fue lo primero que hice y le dije para ver como hacía para que lo pueda cobrar mamá y me dijo que no se podía que primero tenía que hacer una sucesión y me pidió creo que 4000 para iniciar el trámite y que me acerqué al estudio cuando tenga la plata, la verdad después de comentarlo con otras persona empecé a dudar por eso te preguntaba porque mucho no entiendo y mamá no camina esta en silla de ruedas y le pidieron tantos papeles que recién está tramitando la pension

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, si esta casada legalmente y le sale la pensión no necesita hacer la sucesión, se lo paga directamente ANSES, la sucesión se debe hacer cuando no hay pensionada y quedan los hijos solamente, ellos deben presntar en ANSES la declaratoria de herederos ya que ANSES lo deposita en el juzgado donde se lleva acabo la sucesión.

      Eliminar
  45. maria del carmen biondi8 de abril de 2017, 22:27

    Hola te comento 26 de junio 2013 le salio a sentencia y el 19 de abril del 2016 fue a sentencia y el 4 de abril de 2017fue a camara3 sala 1 a mi esposo con 85 de edad todavia esta esperando que se resuelva lo del juicio esta enfermo MUY DELICADO tiene epop y eficema cuanto mas yiene que esperar LEMBO MIGUEL AURELIO DNI 4944999 ESPERO SU RESPUESTA

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María del Carmen, no le puedo decir nada, son los tiempos procesales, en estos momentos está para dictar sentencia en la Camara de Apelaciones, desgraciadamente hoy día cuando saga a sentencia ANSES va a apelar presentando un Recurso Extraordinario (Rex) que va a ser rechazado pero que lamentablemente prolonga el juicio un poquito más, lo siento no puedo decirle más.

      Eliminar
  46. hola charly lo molesto porque otra vez me dicen que mi esposo estaría cobrando su jubilacion el mes que viene lo tienen así desde enero'17. figura con código 94 (acordado condicional) el abogado lo hizo enviar una carta documento el mes pasado intimando el pago pero Ud. sabrá que eso no sirve para nada. encima yo lo tenía en mi obra social (IOMA) y este mes lo dieron de baja porque para ellos el está jubilado. lo que encima que no cobra su jubilacion nos genera otro gasto ya que lo debo tener como afiliado voluntario en mi obra social. en el Pami tambien figura como jubilado pero no puedo acceder a los servicios porque no tiene recibo de sueldo. la verdad ya no sabemos que hacer. conoce otros casos como este? que podemos hacer? gracias por escuchar

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, por lo que he oido esto pasa en los casos que se acogieron a una moratoria y ponen acordado conicional hasta que AFIP no ecomunica el pago de la primera cuota, he escuchado de personas que han ido con el recibo de pago y una copia y adjuntado la misma al expediente (tiene que ir a la UDAI dnde inició el trámite)y en algunos caso se aceleró el proceso pero no en todos.

      Eliminar
  47. hola charli mi madre ganó juicio contra anses ahora el expediente está en préstamo cuanto demora para cobrar el expediente hace del 04/04/2017 que está en préstamo gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, realmente nunca escuche o vi un expediente en prestamo, no tengo idea que significa, si su juicio tiene sentencia firme habría que ver cuando se cumplen los 120 días hábiles para iniciar la ejecución de sentencia.

      Eliminar
  48. maria del carmen biondi16 de mayo de 2017, 21:26

    hola charly te coemnto que en dia de hoy mandaron una nota en la camara federal esto es lo que colocaron AGREGUESE LA ACTUACION AGENDADA Y HAGASE SABER QUE LO PETICIONADO SERA ATENDIDO EN LA MEDIDA DE LAS POSIBILIDADES CON ARREGLO A LO DISPUESTO POR RESOLUCION CSJN 3907 -16 DE FECHA 15'12'16 ATENTO AL CUMULO DE TAREAS QUE PESAN SOBRE EL TRIBUNAL ME PODES CONTESTAR POR FAVOR QUE ES ESTO LEMBO MIGUEL AURELIO

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Miguel, esta resolución habla de prorroga para dictar sentencia, así que están diciendo que van a demorar en dictar sentencia.

      Eliminar
  49. Estimado Charly tengo un juicio con sentencia judicial a mi favor que se encuentra en la oficina de la Direc.Gral.de Liquidación de Sentencias del ANSES calle Alsina 250 Bs.As., que opinión te merece esperar por secula seculorum una liquidación tal cual lo dice la Sentencia o adherirme a la Reparación Histórica ofrecida por el gobierno, que tengo entendido que te liquidan un poco menos y te pagan el cuotas. Hay un software en Internet para determinar cual seria el monto a cobrar que no sea la de Reparación Histórica sino la sentencia dictada por la Cámara Federal N°1 de los Tribunales Federales, en caso de saber mucho agradeceré que me informes.Muchas gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, yo no puedo decirte nada más que te asesores bien ya que si ya tienes sentencia firme y el expediente está en ANSES pasado los 120 ías hábiles puede iniciar la ejecución de sentencia, en la reparación historica tienen 3 años para pagarla y no puede hacer nada para adelantarla si no le pagan

      Eliminar
  50. Hola Charly, mi papá falleció en enero del 2014 pensando que ya cobraba el juicio ya que en septiembre del 2013 habia sentencia definitiva, pero como el anses apeló el juicio siguió y mi mamá es pensionada ahora, resulta que el 8/5/17 vuelve a haber sentencia, ésto es lo que figura en el expediente
    DESCRIPCION / DETALLE A FS.
    GS2
    12/05/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS2
    8/05/2017 PASE FISCALIA DE CAMARA N° 2
    GS2
    8/05/2017 PUBLICACION SENTENCIA SENTENCIA - 08/05/2017
    GS2
    8/05/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000009258909 - NOTIFICADO EL DIA: 08/05/2017 08:40
    GS2
    8/05/2017 EVENTO NOTIFICACION
    GS2
    8/05/2017 EVENTO NOTIFICACION AL FISCAL
    GS2
    Ahora éste mes de junio que mi mamá fue a cobrar el mes le pagaron mas de lo que cobraba y dice repación historica, pero resulta que ella nunca acepto la reparacion, que tendría que hacer, porque mi mamá tiene casi 88 años y todavía sigue esperando. Si podrías darme una opinión te agradecería mucho.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, por lo poco que puedo ver su juicio tuvo aparentemente por lo que me dice (que tuvo na sentencia anterior) sentencia en segunda instancia, lamentablemente Anses presenta en muchos (casi todos) los casos un Recurso Extraordinario (Rex) para elevarlo a la Corte Suprema, pero esto normalmente lo rechazan y queda finalmente firme, lo único que logran es dilatarlo unos meses más.
      Ahora con respecto a la Reparación Histórica es muy complicado, me he enterado de personas a las cuales se la ofrecieron y luego se las negaron, otro que ya había homologado y luego les dijeron que no le correspondía porque hicieron mal el calculo y a pesar de estar homologado no le dan nada y hoy otra lectora escribió que hasta el mes pasado le pagaban y este mes se lo descontaron.

      Eliminar
  51. Muchas gracias Charly, pero usted cree que tardaría unos meses mas lo del juicio?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es muy posible que uno o dos más como mucho si ANSES presenta la apelación (Rex).

      Eliminar
  52. maria del carmen biondi14 de junio de 2017, 19:49

    buenas noches Charly te comento que todavia no tengo ninguna novedad sobre el juicio de mi esposo LEMBO MIGUEL AURELIO tiene 85 años y esta delicado de salud lo ultimo que colocaron de la camara es 18 de mayo del 2017 no se cuanto tenemos que esperar por esto el tiene 85 años de edad y esta muy delicado de salud no se sabe nada espero tener una respuesta gracias por todo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Maria del Carmen ya debería de salir la sentencia, ya te ponen que están abrumados de trabajo y para colmo cuando sale la sentencia en segunda instancia normalmente ANSES esta presentando un Recurso extraordinario (Rex)para elevar la causa a la Corte Suprema de Justicia, por suerte los jueces de Camara lo están rechaando pero lamentablemente se pierde entre uno o dos meses gracias a esta estratagema.

      Eliminar
  53. maria del carmen biondi21 de junio de 2017, 15:10

    hola charly te comento que entre en la camara federal y hoy vi algo me podes comentar que es lo que pasa LEMBO MIGUEL AURELIO expediente 75705 del 2011

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María del Carmen, es el procedimiento habitual, se notifica a la fiscalía, aún la sentencia no ha quedado firme, todavía Anses puede presentar la apelación a través de un recurso etraordinario (Rex) que normalmente es rechaado y cuando quede firme se remite al juzgado de primera instancia.

      Eliminar
  54. hola charly yo estoy cobrando la reparación histórica hace varios meses pero no fui al anses a firmar con un abogado
    me pueden dejar de pagar?
    gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Raquel, teoricamente si, ya que debería homologarlo ante la justicia.

      Eliminar
  55. Ante todo gracias por prestarme antecion. Mimadre tiene 91 años. Tiene sentencia definitiva desde hace dos. Por un lado estamos esperando el embargo al Anses que hicieron los abogados. Por otroa- lado le hicieron una oferta de repapracion historica . Como aqui el tiempo es lo que urge, quisiera saber que camino tomar. Me estan informando , lo cual no se si es correcto, que Anses no paga el retroactivo. Si fuere asi, estariamos perdiendo los derechos a juicio simplemnte por un aumento de haber. pero quisiera saber si esto es correcto, y si no fuera asi y estan pagando, en que plazo a partir de la aceptacion estaria cobrando dicho retroactivo que en nuestro caso es significativo.

    Por otro lado quisiera saber si los derechos sucesorios para reclamar en el caso de fallecimiento antes de que se pague totalmente el retroactivo se pierden en el caso de la reparacion. Desde ya muchas gracias. Mi nombre es Alicia

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Alicia, en el caso de su madre si le correspondería el retroactivo ya que tiene unos cuantos años de juicio, pero hay personas que homologaron en diciembre y aún no les han pagado nada ni mejorado nada y otros a pesar de haber homologado luego ANSES se retractó y alegó que hubo un error y que no les correspodía nada, además la sentencia judicial es heredable, por ahora la Reparación Histórica NO y en la ley no hay nada especificado al respecto

      Eliminar
  56. Buenos tardes, tengo sentencia favorable de la Camara II de seguridad social y fue notificada el 8/8/2017 mi abogada y el 15/8/2017 el expediente fue a letra y por lo que entiendo no fue notificada ANSES, le adjunto copia de los ultimos movimientos para recibir su opinion si es tan amable sobre si falta notificar a Anses para que continue el expediente su ruta y ver si Anses apela o no a la Corte, gracias por su respuesta
    GS2
    15/08/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS2
    8/08/2017 PASE FISCALIA DE CAMARA N° 2
    GS2
    8/08/2017 PUBLICACION SENTENCIA SENTENCIA - 08/08/2017
    GS2
    8/08/2017 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA
    GS2
    8/08/2017 FIRMA DESPACHO SENTENCIA
    89 / 91
    GS2
    8/08/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000011221386 - NOTIFICADO EL DIA: 08/08/2017 12:16
    GS2
    8/08/2017 EVENTO NOTIFICACION
    GS2
    8/08/2017 EVENTO NOTIFICACION AL FISCAL

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, se notificaron a las partes por medio de una cedula electrónica, se han notificado las dos partes al mismo tiempo

      Eliminar
    2. Ojo, la sentencia aún no está firme, ANSES puede presentar un Recurso extraordinario (Rex)para elevarlo a la Corte Suprema de Jussticia

      Eliminar
  57. Buenos días. ..agradecería me aclare una situacion: mi padre comenzó juicio en 2010 , fallecio y sigue el juicio mi madre..tiene sentencia favorable desde marzo de 2016 y ya recontra pasaron los 120 días. .en mayo del 2017 en el recibo de jubilación de mi madre aparece que cobra con aumento de acuerdo a sentencia y efectivamente cobra ese aumento, pero no el retroctivo de todos estos años..me puse en contacto con el abogado y me dijo que esta bien , que eso ocurre y espere que en algún momento la llamarán para pasárselo. .la verdad todo me suena muy raro y para colmo ahora mi madre esta gravemente enferma...que se puede hacer? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Ana, no es habitual que se aumente el haber y no paguen el retroactivo, lo que ocurre es que muchismas veces el retroactivo no se abona en el banco donde se cobra el haber jubilatorio sino uno en el centro (si es de capital) así que pudo haber sucedido que salió el cobro y no fue a cobrarlo, el banco al pasar los dias fijados devuelve el dinero, debería ir a una UDAI y averiguar que sucedió, debería ir su madre ya que a usted no le van a dar la información si no tiene un poder para poder tramitar que no es el mismo que para cobrar.

      Eliminar
  58. Buenas tardes ...agradeceria si me puede ayudar...mi padre enpezo su juicio po caso badano en 2007 . Fallecio en 2011 y mi madre sigue el juicio que tiene Sentencia firme desde marzo de 2012. Yo veo el expediente por internet y en este momento esta archivado "por falta de movimiento ". la abogado no nos dice nada , siempre contesta la secretaria y nos dice que anses es asi !!!! . De Anses la sitaron para decirle que no le corresponde la reparacion ...y le dijimos que tiene un juicio firme del 2012 que dice que si.que hay que esperar ...mi madre tiene 86 ...que puedo hacer. muchas gracias.

    ResponderEliminar
  59. BUENAS MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: QUE SIGNIFICA ESTO EN CASILLERO RH.( REPARACION HISTORICA)
    26/09/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE A DESPACHO (EN CASILLERO RH. (TERMINADOS))-----
    G06
    21/09/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    G06
    21/09/2017 EVENTO ACUERDO TRANSACCIONAL HOMOLOGADO
    G06
    21/09/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000012207215 - NOTIFICADO EL DIA: 21/09/2017 11:20
    G06
    21/09/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000012207213 - NOTIFICADO EL DIA: 21/09/2017 11:20
    G06
    21/09/2017 EVENTO NOTIFICACION
    G06
    21/09/2017 EVENTO SENTENCIA INTERLOCUTORIA
    G06
    21/09/2017 FIRMA DESPACHO HOMOLOGACIÓN RH. C/ JUICIO (SIN) SENTENCIA - WOLFSDORF
    2 / 3
    AGRADEZCO TU RESPUESTA

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, justamente eso que su Reparación Histórica ya se encuentra homologada, eso no quiere decir que ya le paguen ya que va por un orden de prelación, ni más ni menos.

      Eliminar
  60. buenas tardes: me jubile por discapacidad en el 2010, trabaje 22 años en un lab farmacéutico hasta que por un accidente en ruta perdí mi brazo izquierdo completo, inicie juicio por reajuste de haberes y el 29 de septiembre de 2010 salio una sentencia definitiva, que tengo que esperar ahora?. gracias mi correo es gustavo020207@hotmail.com

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gustavo, hay algo que no entiendo, s se jubiló en el 2010 como puede tener una sentencia del mismo año, dos por lo que pone sentencia definitiva no significa que este firme (seguro que no lo está ya que debe de haber sido apelada)así que habría que ver en que estado está su juicio, debería hablarlo con su letrado

      Eliminar
  61. Buenas tardes y gracias por su respuesta. Me explique mal, me jubile en el 2010, pero en el 2016 inicie juicio al anses por reajuste de haberes, el 29 de septiembre figura en la pagina de consultas web que mi juicio estaba ya con una sentencia definitiva, ya me explico mi abogado que seguramente anses apelaría, el detalle de lo que aparece el 29 de septiembre es FISC. DE 1RA INST.ANTE JUZG. FEDERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 2 y esto es lo que deseo saber que significa, no hay mas eventos luego de esto en ese informe. nuevamente gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gustavo, no lo sé porque está en la fiscalía pero posiblemente hayan apelado y sea la causa.

      Eliminar
  62. Hola Charly. Mi suegro falleció en sep/13. A la semana nos llama un abogado diciendo que tenía el reajuste para cobrar. Bueno cosa que mi marido en marzo14 inicia la sucesión para poder cobrar. Es único hijo. Y la madre también falleció. Ya salió la declaratoria. El expte esta en c omputos y liquidación desde julio 16. Sabrías decirme cuanto más tengo que esperar. La abogada no me dice nada. Ya pasaron más de tres años. Se cobra con retroactivo? Desde ya muchas gracias. Un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, el retroactivo se calcula desde dos años antes de iiciar el juicio hasta en este caso la fecha de fallecimiento, no sé si se agrega algún interes compensatorio desde el fallecimiento hasta el pago, normalmente los abogados ejecutan la sentencia , ya que cobrar en estos casos se convierten en eternos

      Eliminar
  63. Muchas gracias Charly. Ni idea si esto sale en algún momento entonces?

    ResponderEliminar
  64. Hola Charly. Consulta , a mi mama le comunico el abogado que su juicio ya esta con sentencia firme desde octubre 10 y que esta en la mejor situacion que puede estar . Menciono algo de 120 dias pero no lo aclaro . Tr molestaria explicarlo de manera completa para yo saber los pasos a seguir y poder ayudarla . Gracias Saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, por lo que pones el juicio recien tuv sentencia firme el 10 de octubre pero la fecha que realmente importa es la fecha en la cual ANSES fue notificada ya que a partir del día hábil siguiente a esa notificación se deben contar los 120 días hábiles para poder iniciar la ejecución de sentencia (no contar enero completo) y que el juez ordene el embargo.

      Eliminar
  65. Hola necesito saber sobre una sentencia firme de mi papá la cual Anses fue embargada quería saber cuánto tarda en pagar? Esto fue en el mes de agosto y todavía sigo esperando el embargo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Melissa, le voy a poner la contestación que dió el doctor Gabriel Greizerstein a otra consulta parecida
      "Buenas noches. Que lo haya pedido no significa que se lo hayan concedido. Una vez ordenado el embargo, tiene que estar firme y consentido el proveido que lo ordena. A posteriori, se envia oficio al banco nacion para que lo lleve adelante. El banco tarda unos 10 dias habiles. Una vez que se tiene saldo, hay que acreditarlo en autos. Cumplido, solicitar la transferencia acreditando cuenta. El juzgado puede intimar, u ordenar la transferencia. Si la ordena, una vez firme, se oficia al banco para que la realice. El banco se toma unos 10 dias mas para hacerla.

      RESUMIDAMENTE ese es el proceso. Puede variar segun el juzgado "

      Eliminar
  66. Buenas noches. Consulta....estoy viviendo en Montevideo y tengo una jubilación en Bs As por tal motivo presento la supervivencia en el Consulado Argentino.
    El tema es que se me venció el mismo y cuando lo renové me dijeron que el beneficio se activa en forma automática. Pero en la página de Anses siguen sin darme la fecha de pago. Idea del porqué?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, desonozco, debería consultarlo en el consulado o llamando a ANSES, le dejo un número telefónico

      ANSES. TELEFONO PARA LLAMADOS DESDE EL EXTERIOR

      La ANSES ha habilitado el número de teléfono

      (54) 11 4015 5825

      de acceso directo al 130, para residentes en el exterior que deseen consultar sobre temas varios en materia previsional.

      Eliminar
  67. Hola, agradecería me orienten. Mi tío inició juicio ante Anses, por ajuste retractivo. La Cámara Federal de Seg. Social falló a su favor. Pasaron los 120 días y el 14/12/2017 si inició ejecución de sentencia, corriendo traslado por 5 días para excepciones y presentación de liquidación. Ahora recibió mail con oferta de Reparacion Histórica y pago de retractivo. Qué le conviene hacer? Se deconoce la liquidación de Anses como para comparar la propuesta y también el tiempo de demora de esta ejecución de sentencia. Me podrían orientar. Muchísimas gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Elizabeth , si su abogado inicio la ejecución de sentencia el es el que tiene el importe que va a embargar a la ANSES y ya lo debería de haber presentado en el juzgado si inició dicha ejecución , asi que nadie mejor que él para consultarlo y mostrarle lo que le ofrecen que seguramente es muchisimo menor al monto que debe estar reclamando su abogado que es quien hizo el calculo de lo que le deben pagar fehacientemente y el juez aprobarlo para reclamar y embargar

      Eliminar
  68. Holai charly mi esposo falleció el 4 de julio le salió sentencia difinitiva Lembo Miguel Aurelio por favor entra en la cámara y me mandaron una resolución

    ResponderEliminar
  69. Holai charly mi esposo falleció el 4 de julio le salió sentencia difinitiva Lembo Miguel Aurelio por favor entra en la cámara y me mandaron una resolución

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María del Carmen, seguramente su abogado debe de haber presentado la defunción de su marido y ahora ANSES deberá abonarlo a su pensionada en este caso usted, la sentencia ya no es definitiva, sino que a quedado firme al rechaarse el Recurso Extraordinario, eso si su abogado deberá presentar una declaración juratoria que no ha aceptado la Reparación Historica
      según la notificación del 20 de febrero
      http://www.scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id=qApxyhoPtWcf6EAWSNtgA0nGRV7TgnCMMd7dt3h9tjE%3D&tipoDoc=despacho&cid=4569612

      Asi que ahora a esperar y sino iniciar la ejecución de sentencia y embargo

      Eliminar
    2. Gracias Charly ylo que pasa que mi abogado no está se fue de viaje en el escrito me dicen que puedo ir a paseo Colón o también a la calle Alsina que te parece gracias x todo

      Eliminar
  70. Hola preguntar lo siguiente: mi padre cobraba con rep historica que fue homologada en anses y termino el ecpediente electrónico con la aceptacion definitiva.Luego de cobrar varios meses fallece y al hacer la pension por viudez para mi madte dr la liquidan con el haber anterior.El nuevo habet con rep historica no figura.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, yo avisé desde el primer día que la Reparación Histórica no era heredable ni pasaba a la pensionada, pero era sobre el retroactivo, nunca me imagine que también iba a incluir la mejora, debería consultarlo con un abogado previsionalista, ellos le pueden decir mejor si puede hacer un reclamo administrativo o debe iniciarles un juicio de reajuste de haberes.
      Sugiero que si otros están en la misma situación compartan su experiencia.

      Eliminar
  71. Gracias por tu respuesta .Consulte en la Udai y me dijeron que en dos o tres meses me lo darían pero ya hice un reclamo con la obogada.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, no entiendo porque se lo van a pagar dentro de dos o tres meses si el calculo debían hacerlo sobre el último haber, es muy raro, por favor le pido que me diga que ocurrió ,si le pagaron o no el haber reajustado finalmente, muchas gracias.

      Eliminar
    2. Buenos días el día 14 tengo turno en la Udai para reclamo.Voy con la carta que mandaron de Anses y la liquidación que saque por int.En ambas no está la rep historica que era muy buena.Tengo la copia del eco electrónico con la homologacion aceptada.Cuando regrese de Anses contaré las novedades.

      Eliminar
  72. Hola Charly, soy hija discapacitada a cargo , fallecieron mis padres ANSES me negó la discapacidad de las 2 pensiones , fui a CAM.FEDERAL Y quisiera saber sobre mi expte. tiene sentencia definitiva con fallo favorable 03/11/2017 , se acabó el plazo para el recurso de Anses. Me dijeron que el expte. debe pasar a Anses para liquidar, te consulto cuanto tiempo demoran en hacer efectivo pago ? ExpTE N° 2838/15 Cámara Seg. Social. Muchas gracias .Irene

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Irene, es impossible sabrlo, está todo muy demorado, tengo conocimiento del caso de una chica que ya se van a cumplir tres años y aún no cobra, al principio era culpa de ANSES, en estos últimos meses es de ANSES y el juzgado

      Eliminar
  73. Muchisimas gracias Charly por la pronta respuesta. Te saluda Irene

    ResponderEliminar
  74. Hola Charly, muy buenos tus aportes, soy abogada y llevo el juicio de mi madre que tiene demorado hace mas de 200 dias la liquidación en Alsina 250, y tengo certeza que van a liquidar de menos, algun dia si lo hacen. Pregunta concreta: te parece que vayamos presentando liquidación conforme sentencia en el expte. judicial ya que no presentó Anses. Crees que puede darles pie para impugnar con chicanas y llevarnos a la corte de nuevo por la liquidación. Es evidente que no quieren pagar los juicios. Tienen orden de evitar como sea pagar desde arriba. Saludos cordiales

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, lo habitual que están llevando a cabo los abogados previsionales es al cumplirse los 120 días hábiles es iniciar la ejecución de sentencia prsentando el calculo de lo que debería pagar ANSES , previá aprobación de los peritos del juzgado se inicia la ejecución, ANES puede presentar algunos reparos pero todos terminan con el juez ejecutando el embargo (eto es ejecución de una sentencia firme, no puede elevarse a ninguna instancia)

      Eliminar
    2. Gracias Charly por tu respuesta. ¿En Bs As están dando embargos sobre cuentas de Anses? Yo estoy en el norte del país y los jueces federales aquí son bastante reacios a otorgarte embargo. Intiman indefinidamente, tienen miedo y no se animan a ejecutar como corresponde.

      Eliminar
  75. hola le consulto.
    El expediente dice:
    CI1 5/07/2017 FIRMA DESPACHO POR DEVUELTOS - REMISIÓN EXP.ADM.A ANSES....
    en otro
    19_PCF_PRE 18/03/2015 APEL. SENTENCIA DEFINITIVA RESUELTO

    Me puede explicar que es? Si ya esta el ajuste para cobrar.

    ResponderEliminar
  76. Hola.Charly
    Mi pregunta es, si ANSES está embargado por mi letrado y tiene multa por cada día que pasa. Cuánto tarda en pagar lo que le ordenó el juez.Saludos. Mariela

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, su abogado no embarga nada, es el juez el que embarga el monto que obtuvo y entrego su letrado de los calculos que a usted le debe pagar ANSES, eso se deposita en una cuenta del juzgado y luego se lo pagará a usted

      Eliminar
  77. Hola charCh desde la ulima nota de la cámara federal 21 de febrero no tengo novedades del juicio desde 2011 lembL Miguel Aurelio el falleció el 4 de julio 2017 y 21de junio la ulúlti setencia gracias por escucharme

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María del Carmen, ya le comenté que no se porue tiene tantas causas abiertas, en una de ellas ya hay sentencia firme de diciembre del año pasado a lo sumo febrero de este año, eso lo sabe su letrado cuando ANSES fue notificado y hay que esperar que se cumplan los 120 días hábiles, hay otro juicio que no se como sigue

      Eliminar
  78. Hola. Charly.Soy Mariela nuevamente.
    cuánto tarda en pagar ANSES cuando está embargado? Presentaron algo pero como todavía no está en letra no sabemos que es.Mi Tienen que pagar si o si no? Ya no pueden dar mas vueltas. Son un un verdadero desastre. Muchad Gracias! por contestar el mensaje. anterior. Saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Mariela, si el juez embargo al ANSES ya ANSES no le va a demorar nada, el que demora es el juzgado en ejecutar el embargo y en hacer efectivo el pago, ya todo depende del juzgado.

      Eliminar
  79. Hola. Charly
    Gracias por su repuesta.Seguiré esperando.
    Qué tenga un buen día! Mariela

    ResponderEliminar
  80. Hola, perdon la molestia, pero me odra informar cual seria la instancia en la que esta el juicio y cuanto falta para concluir! Muchas gracias.
    GS3
    6/06/2018 FIRMA DESPACHO INTIMACION COPIA WEB REX
    90 / 90
    GS3
    6/06/2018 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS3
    6/06/2018 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 18000018349653 - NOTIFICADO EL DIA: 06/06/2018 09:38
    GS3
    6/06/2018 EVENTO NOTIFICACION
    GS3
    6/06/2018 MOVIMIENTO EXPEDIENTE A DESPACHO
    GS3
    4/12/2017 PUBLICACION SENTENCIA SENTENCIA DEFINITIVA - 04/12/2017
    GS3
    4/12/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS3
    4/12/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000013854835 - NOTIFICADO EL DIA: 04/12/2017 11:49
    GS3
    4/12/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000013854831 - NOTIFICADO EL DIA: 04/12/2017 11:49
    GS3
    4/12/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000013854829 - NOTIFICADO EL DIA: 04/12/2017 11:49
    GS3
    4/12/2017 EVENTO NOTIFICACION
    GS3
    4/12/2017 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA
    GS3
    4/12/2017 FIRMA DESPACHO SENTENCIA DEFINITIVA
    89 / 89

    ResponderEliminar
  81. hola, que significa y cuanto falta, es el juicio de mi papa, le dejo los ultimos movimientosGS3
    6/06/2018 FIRMA DESPACHO INTIMACION COPIA WEB REX
    90 / 90
    GS3
    6/06/2018 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS3
    6/06/2018 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 18000018349653 - NOTIFICADO EL DIA: 06/06/2018 09:38
    GS3
    6/06/2018 EVENTO NOTIFICACION
    GS3
    6/06/2018 MOVIMIENTO EXPEDIENTE A DESPACHO
    GS3
    4/12/2017 PUBLICACION SENTENCIA SENTENCIA DEFINITIVA - 04/12/2017
    GS3
    4/12/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS3
    4/12/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000013854835 - NOTIFICADO EL DIA: 04/12/2017 11:49
    GS3
    4/12/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000013854831 - NOTIFICADO EL DIA: 04/12/2017 11:49
    GS3
    4/12/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000013854829 - NOTIFICADO EL DIA: 04/12/2017 11:49
    GS3
    4/12/2017 EVENTO NOTIFICACION
    GS3
    4/12/2017 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA
    GS3
    4/12/2017 FIRMA DESPACHO SENTENCIA DEFINITIVA
    89 / 89

    ResponderEliminar
  82. Hola charly. Soy elian .mi abuelo estaba en juicio con anses en el 98 ,el fallecio en el 2004 mi padre y tia hicieron la susuesion. Mi papa fallerio en el 2014 . la cuestion es que el abogado tambien fallecio en el 2015 ,mi tia nunca nos aviso parece que cobro el juicio.la pregunta es la mitad de mi papa nos corresponde a mi y mi hermano? . y como hizo ella para cobrar sin nosotros.muchas gracias

    ResponderEliminar
  83. Hola una consulta tramite una pensión el estado dice así su tramite ha sido resuelto si la fecha d resolución es mayor a 30y aún no se a notificado comuníquese en anses. Que salio de resolución ya van para 3 meses tengo el nro de benéfico pero todavía aún no sale la fecha d pago. Mi pregunta cuanto mas tardaría?

    ResponderEliminar
  84. Charly mi consulta soy jubilada en mi recibo me descuentan por moratoria $ 422, ajuste moratoria $ 609 y diferencia ajuste 96.- lo que hace un total de $ 1127.- fui a anses llame 130 nadie saber explicarme el motivo, no fui nunca monotributista ni autonoma, ni tengo propiedad....es abusivo ud podria informarme como reclamasr, desde ya agradesco su respuesta. mucha gracias

    ResponderEliminar
  85. Charly. Estoy en juicio con el ANSES desde el 15.5.2013. Rapidamente salio la primera sentencia definitiva el 21.10.2013. Espere casi 5 años hasta que saliera la segunda sentencia definitiva que fue el 9.3.2018, siempre apelando la ANSES. Desde 3el 11.4.2019 esta en CPCCV , autos a resover. Y ahora, como sigue y cuanto tiempo tengo de espera?. Gracias.

    ResponderEliminar
  86. Hola Charly te queria consultar yo tengo una minusvalia que inicie hace 7 años para que me la den con el 33 % la superintendencia de salud me la reboto 3 veces , inicie juicio y en tribunales me mandaron a medicos forenses que corresponde por mi abogada evaluarme ,hace 20 dias me aviso que gane por decicion de la camara con mas porcentaje y que a los 5 dias anses tenia para apelar , tambien se que ya apelaron a mi favor que tiempo tarda en que hagan la liquidacion , y hay algun lugar donde lo pueda ir siguiendo ya que no esta en la pagina de mi anses , desde ya espero tu respuesta . GRACIAS

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Anicris, dudo que hayan apeado a su favor, si apelaron seguramente es para no pagarle,debería fijarse como esta su juicio ya que cuando la sentencia queda firme a partir de ese momento se abre un expediente en ANSES, desconozco cuanto están pagando

      Eliminar
  87. ME OLVIDE DE SER ASI COMO ES LA LIQUIDACION , CUANTO TARDA YA QUE SALIO A MI FAVOR Y CUANTO SE ESTA COBRANDO POR MES UNA MINUSVALIA

    ResponderEliminar