Este blog sera un desahogo para poder quejarme de todo lo que vea mal y además de todas aquellas circunstancias que me entere o hechos en los cuales yo he sido testigo,no importa el signo politico, y siempre con pruebas.
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lunes, 22 de junio de 2015
ANSES, LISTA DE SENTENCIAS JUDICIALES DE JUNIO 2015
Salió la lista de pagos de sentencias correspondiente a junio del 2015, lamentablemente mi padre ha fallecido por lo tanto he estado un poco alejado y no la he actualizado en tiempo, sepan disculpar la demora.
Charly, la mento lo que le ha sucedido. Se dan cuenta que se vala gente esperando cobrar lo que toda una vida de trabajo les llevó conseguir, mientras el dinero que les corresponde desde el primer día se reparte en planes? Por otra parte les agradeceré si me pueden ayudar con este tema de las listas, mi padre ya hace un mes que tiene los papeles en ANSeS para que paguen la sentencia x reajustes, se que llevará mínimo 120 días hábiles pero en si la lista informan del COBRO por cada mes? y por otra parte cuanto estiman ustedes que pueda tardar los pagos desde entrada a anses al cobro o publicación de lista?
Hola Anita, muchas gracias, desde que ANSES se da por notificado de la sentencia judicial definitiva y que quede firme debería demorar 120 días hábiles, aunque esto nunca ocurre, como ejemplo a mi padre con una enfermedad terminal y 80 años le demoraron más de 3 años y medio.Eso es muy arbritario hay personas que cobran en un tiempo más o menos prudencial (nunca los 120 días habiles, no he conocido ningún caso) y otros que llevan muchos años para cobrar. Mucha suerte.
Soy Rosa, te he consultado muchas veces!!! lamento enormemente lo de tu querido papá, un cariño enorme, fuerza y gracias por todo lo que hacés por nosotros, un beso enorme!!!
Por lo menos ya que este es un año electoral esperamos que paguen las sentencias YA, porque aunque no tengan obligación los mayores de votar van ha hacerlo CON MUCHA BRONCA. ESPERAMOS PAGUEN YA y de dejen de vaciar ANSeS con los planes y que no se olviden los planeros que ellos cobran gracias a quienes se partieron el lomo laburando.- Charly sepa Usted disculpar mi bronca. Saludos Enrique
Hola Enrique, entiendo tu bronca, te comento que estoy recibiendo muchos comentarios de sentencias que se están alargando, que ponen como que no beneficia o que sale como aprobado pero les frenan el cobro al momento de ir a hacer efectivo el cobro del retroactivo, todo lo contrario a lo esperable en pleno proceso electoral. Mucha suerte.
Hola Charly. soy Inés, la docente. Recién llego del cementerio, porque mi amiga, Angelita de 98 años falleció ayer. Hace 5 años que la sentencia está en Anses, y dieron vueltas y vueltas y no pudo ser. Pidieron sueldos actualizados y no los entregaron. Que triste, haber trabajado tanto y retirarse como Jefa de Enfermería del Hospital Muñiz, y haber sido una profesional excelente. No pudo creer que pasen estas cosas. Te mando un abrazo.
Hola Charly, aparecí en el listado de pagos de mayo, pero no me citaron a cobrar, también estoy en el de junio, con la misma suerte, a que se debe esta falta de seriedad, hay mas casos como el mío? Gracias
Si, Charly por supuesto fui, mi expediente después de estar con Cº 40 en el mes de marzo, en el mes de abril lo pasaron a Cª 50, no obstante estoy en los listados de pagos de mayo y junio. Me dicen que no saben cuando puede resolverse. Realmente no entiendo
Es rarisimo, si figuras en las listas es porque deberías cobrar, además el codigo 50 significa inactivo, es de locos, no quiero pensar que las listas contengan mucha gente en la misma situación y los que cobran serían muchisimos menos que lo que nos quieren hacer creer, por lo menos de esas listas hay que descontar dos ya que figuras en dos listas y aún no te pagan, más la gente que cuando llega a cobrar le dicen que ANSES se lo congeló, no puedo creerlo, cobran muy pocos. Mucha suerte.
Hola Sulma, debe ser un retroactivo de alguna asignación familiar, no recuerdo cuando fué el último aumento. o al presentar la documentación tardan tres meses en otorgartela y te deben pagar esos meses, no sé cual es tu caso.
Hola Sulma, no sé a que arreglo llegaste con tu letrado, lo usual es que uno le abone un porcentaje determinado de lo que cobres, y ese porcentaje normalmente se pauta al iniciar el tramite, lo que he escuchado los porcentajes varían entre el 20 y el 30 % de lo cobrado. Mucha suerte.
mira, en realidad la ley creo que no permite que sea mas del 20%, en realidad creo qeu si un abogado te hace firmar un acuerdo por mas del 20% podes denunciarlo en el colegio de abogados. La gente no lo sabe y firma...sino la otra es ir por regulación judicial....vas a ver que ahi siempre el juez le regula alrededor del 15, 18, o por ahi...depende el trabajo que tuvo...
Yo he conocido varios casos que han cobrado el 30%, asi que si lo hacen es porque deben poder, y no creo que el colegio se meta en un acuerdo entre privados.
Según el Dr. HECTOR ZACARÍAS, que habla todas las semanas en un canal de Rosario la semana pasada justo le preguntaron esto e indicó que no debe ser más del 25% lo que cobre el abogado
la ley no lo permite, no pueden cobrar mas del 20%. Si lo hacen es otra cosa, pero uno podría reclamar y hacerles una denuncia que hasta les puede costar la matricula.
Según la pagina que has enviado no dice eso, dice esto: "CAPÍTULO II
Pactos
Requisitos esenciales
4.- Los profesionales podrán pactar con sus clientes que los honorarios por su actividad en uno o más asuntos o procesos consistirán en participar en el resultado de éstos.
En estos casos, los honorarios del abogado y del procurador, en conjunto y por todo concepto, no podrán exceder del cuarenta por ciento (40\%) del resultado económico obtenido, sin perjuicio del derecho de los profesionales a percibir los honorarios que se declaren a cargo de la parte contraria. Cuando la participación del profesional en el resultado del pleito sea superior al veinte por ciento (20\%), los gastos que correspondieren a la defensa del cliente y la responsabilidad de éste por las costas, estarán a cargo del profesional, excepto convención en contrario. Los asuntos o procesos previsionales, alimentarios y de familia, no podrán se objeto de pactos. Tampoco podrán pactarse honorarios exclusivamente con relación a la duración del asunto o proceso.
Renuncia anticipada o convenio inferior"
Y gracias a la ANSES todos los juicios terminan en segunda o tercera instancia
Segunda o ulterior instancia
14.- Por las actuaciones correspondientes a segunda o ulterior instancia, se regulará en cada una de ellas del veinticinco por ciento (25\%) al treinta y cinco por ciento (35\%) de la cantidad que deba fijarse para los honorarios de primera instancia. Si la sentencia apelada fuere revocada en todas sus partes en favor del apelante, el honorario de su letrado se fijará en el treinta y cinco por ciento (35\%).
Así que todo se toma según el criterio que se quiera tomar.
Estimado Charly Te pregunto que ocurre cuando necesitas realizar una segunda o una tercera Liquidación el abogado te sigue cobrando el 20% mi abogado dice que SI vos Que opinas
Como una segunda o tercera liquidación?, si acaso te refieres a que te liquidaron mal y realiza el reclamo y te pagan lo que falta logicamente te va a cobrar el mismo porcentaje sobre esa nueva liquidación ya que el cobra sobre el total que cobres, es como si te hubieran pagado todo de entrada y te da la misma cantidad.
Hola Charly, te hago una pregunta muy sencilla, tengo mi madre, con un juicio por reajuste, en etapa de ejecucion con sentencia firme, el mismo lleva 8 años!!!! hoy fui al ANSES y pedí la impresión de la última pantalla de OFICIOS JUDICIALLES, y figura el 30/6/2015 como" Para liquidar el expediente de un beneficio otorgado por ley 24.241 en el marco de una ejecución " - ultima dependnecia DGSJ - ASUNTOS LEGALES , que quiere decir???? porque tengo entendido que el abogado iba a pedir embargo. GRACIAS MIL- CARIÑOS INFINITOS Clarita
Hola Clarita, eso que dice de un beneficio otorgado por la ley 24.411, es la ley que se sanciono en septiembre del 1993 ya que hay jubilados por esta ley y las jubilaciones anteriores se regían por una ley anterior que creo que era la 18.038. y si aparentemente esta en Legales porque se debe de haber pedido el embargo, eso te lo debería informar tu letrado, no sé si lo podrías ver en el juzgado donde ssalió la sentencia definitiva que quedó firme. Mucha suerte
Buenas tardes, es lamentable que nuestros seres más queridos, padezcan el manoseo y la espera interminable. Mi padre, con 81 años y una operación de aorta, continúa sin fecha de liquidación. Qué debemos hacer?? Expediente XXXXX/2009 con Sentencia, a su favor; reclama un reajuste de haberes- Valoro su dedicación, pero creo que como Argentinos somos demasiado pacíficos, si nos uniéramos por este medio, tal vez, lograríamos otros resultados- Se me ocurren muchas ideas, y tal vez concrete alguna, ya que mi paciencia, honestidad, respeto, transmitido justamente por mi padre; caminando siempre por derecha, está llegando al límite- Saludos cordiales, que Dios lo bendiga.-
Lamentablemente no existe otra solución, las medidas extremas perjudican y no llevan a buen puerto, además de causar dolor a la persona que creemos estamos tratando de ayudar, es una verguenza que demoren tanto el pago de una sentencia, aunque no sé si ya ha quedado firme, pero aparentemente ha culminado y notificado este año, así que no estaría aún en ANSES , tendrías que hablar con el letrado ya que aparentemente aún no es competencia de ANSES y no se si ANSES a apelado un recurso extraordinario. Mucha suerte.
Charly me fijo en Anses web y aparece código 40 y que entró en proceso de pago!!! Me fijo mi liquidación previcional en mi Anses web y ya me aparece lo q voy a cobrar en el mensual julio tanto el aumento de haber como la sentencia con los descuentos de afip y pami tambiwn.
Barbaro Sulma, no sabía que esa información te la daban en la pagina web, consulta, ya que hay personas que el retroactivo no se lo abonan en el mismo lugar de cobro, alli te figura donde te lo van a abonar? Felicitaciones.
Entrando a la página de Anses podes ingresar a mi Anses completas unos datos y ya esta. Podes ver seguimiento de expedientes liquidación previcional y otros trámites dice el banco donde cobro mi haber. Charly siempre liquidan lo correcto?
Hola Sulma, si, donde cobras el haber si, pero donde cobras el retroactivo sale ya que a muchas personas se la abonan en otro banco que generalmente queda en el centro de la C.A.B.A,, en cuanto a que te abonen bien, hasta ahora no he escuchado a nadie que le hayan abonado lo que les corresponde, eso debe hacer el calculo tu letrado y en caso de c¡no coincidir hacer el reclamo por falta de cumplimiento de sentencia. Mucha suerte. y felicitaciones.
Mirá, solo conozco un caso en el cual cobro dentro de los 120 días hábiles y es por todos conocido el caso, el resto a todos le han pagado mucho después de los 120 días hábiles, a mi padre le pagaron después de más de tres años y medio de haberse notificado ANSES de la sentencia definitiva que quedó firme.
Gracias Sulma, sigue invicto los 120 días hábiles, mi padre le demoraron más de tres años y medio y eso que tenía presentado los informes de su enfermedad terminal.
Hola Charly. Soy Inés, la docente. Desde el 6/10/2014, el expediente está en verificación de sueldo. El abogado no sabe lo que pasa que no sale. Mientras tanto yo sigo esperando y cobrando $ 2219, ya que está congelado desde marzo de 2010 Además no sale en seguimiento de expedientes, figura como no hay información. Seguiré esperando. Saludos. Inés.
Hola Inés, no se porqué, pero ya he recibido muchos comentarios de que están frenando los pagos, algo raro en pleno período electoral, normalmente ocurría todo lo contrario para ganar votos. Mucha suerte.
Charly el dinero te lo depositan en la cuenta donde cobras la jubilación? En la carta dice el banco donde cobro yo mi haber todos los meses a partir de mañana ya lo podría cobrar dice la carta hasta el 10 de agosto. Se cumple todo eso? Gracias un besoo
Hola Sulma, si la carta dice que es el mismo banco, así debe ser, te recomiendo que vayas lo más pronto posible, si, es verdad que dan un tiempo para que lo cobres, luego de esa fecha lo retiran del pago, te felicito y mucha suerte
Desde el mes pasado en la cuenta MIANSES a mi marido le figura número de beneficiario, por lo tanto el reconocimiento para tener cobertura de PAMI, pero aún no figura lugar y fecha de cobro: Alguien sabe cuanto se tarda en cobrar y que lo carguen en la web de ANSeS? Además pagan desde que uno inició los trámites o desde que tiene número de beneficiario?
Desde ya muchas gracias a quien nos ayude. Saludos
Evangelina
P.D. El listado que publican Ustedes de ANSeS mensualmente es para quienes hicieron juicio o es un listado de quienes tienen otorgada una jubilación?
Hola EVangelina, seguramente pronto debera estar el pago ya que si fue aprobado y tienes número de beneficiario, así debería ser, el pago que te hacen es retroactivo al inicio de la jubilación, o sea desde que iniciaste los tramites y la lista que publicamos es la de los retroactivos y cambios de haber de aquellos que han iniciado juicio y tienen sentencia firme por reajuste de haberes (caso Badaro y otros).
Muchas gracias Charly por la información es que hay gente del mismo anses que me está mareando con respecto al retroactivo, me dicen que es solo desde fecha en que han puesto el número de beneficiario. Sobre que pronto estará el pago Dios te oiga, la verdad que a cada rato entro a mianses para ver lugar y fecha de cobro pero me sale que no tiene beneficio asociado, será que aún no han dado el ok o no se por que no se ve. Millines de gracias por la ayuda que nos brindas.
Hola Sulma, eso está ocurriendo mucho ultimamente, te recomiendo que te comuniques con tu abogado lo más pronto posible, ya que viene la feria judicial.
Hola soy Evangelina que he consultado ayer sobre fecha que se debe pagar retroactivo, pues bien hoy aparece en mi anses en liquidación previsional esto: Fecha Inicial de Pago 2013 Fecha Alta 01/08/2015
quiere decir que reconocerán desde 2013 el pago y que en agosto lo cobro?, ya que si entro por donde un cuando cobro aún no aparece nada.
Espero que el retroactivo sea desde 2013 por Dios.
Bueno gracias y disculpen que moleste con mis preguntas es que aquí veo que responde muy seriamente.
Hola Evangelina, si en el 2013 iniciaste el tramite te deben pagar desde el 2013 en adelante, es muy posible que sea a partir de agosto, habria que fijarse los primeros días de agosto o llamar, ya que según el monto se cobra a partir del 8 o 9 y la segunda (por cobrar más de $4.000) después del 20. Mucha suerte
ok gracias Charly si lo inicie en 2013 pero como por otros lados hasta enel mismo anses me decian que el retroactivo es desde que ponen numero de beneficiario, pero bueno me quedo con lo que me dices. Por fin una buna! Saludos Evangelina
Encomendé un abogado en previsional para que tramitara la actualización de mi jubilación, salio la sentencia a mi favor: me reuní con el abogado para regular los honorarios sobre la gestión me sentencio con un 30% de lo que voy a cobrar,a lo que le respondí que era demasiado y solamente le pagaría el 20%, se enojo y me respondió que si no le pago lo que el regula como honorario se presentara al Anses porque esta sobredimensiona la liquidacion que voy a cobrar . Me recomendó que no cobre lo liquidado porque tendré que devolverla. Que que resuelvo?
Dudo que este sobredinmensionada, ya que normalmente es todo lo contrario, pero lo normal es pactar antes los honorarios y conozco muchos que cobran normalmente el 30% de lo que uno cobra en mano, así que no sé, él hizo su trabajo, usted antes de iniciar debia haber acordado los honorarios, si no le gustaba, no debía de haberle dado el trabajo, queda en usted ver que hace.
Buenas tardes, mi padre inicio el juicio por reajuste en el 2009... en septiembre de este año, despues de todas las apelaciones y recursos q interpuso anses, por fin salio favorable y firme. Ahora, quisiera saber si me pueden orientar sobre el tiempo estimado q se esta tardando para lograr cobrar, se que es bastante, pero nose como ir viendo las listas de sentencias aprobadas para el cobro. nose si son las sentencias q publican en la pagina de anses todos los meses o esas son solo las de jubilaciones aprobadas? Despues de tanto tiempo uno va perdiendo las esperanzas, mi papa tiene 75 años, trabajo siempre, como petrolero hasta q tuvo un accidente que lo dejo sin un ojo... primero tardaron mas de dos años para darle la jubilacion y ahora van 6 esperando esto. da bronca!
Hola, es imposible decirte cuanto van a demorar, más por el cambio e gobierno, hoy en día están muy atrasados a mi padre que tenía una enfermedad terminal le demoraron más de tres años y medio en abonarlle desde que Anses se notificó de la sentencia, hoy día con muchisimas más sentencias atrasadas que antes, paros y asambleas es imposible arriesgar nada, se que si s poco el importe lo pagan antes.
Hola mi padre tiene 81 años y tiene sentencia firme de Marzo del 2013 hace unos días lo cito la abogada para hacerle firmar un pronto despacho y de paso le hizo firmar un convenio de honorarios, 20 % del retroactivo y la diferencia de lo que cobra y lo que va a cobrar del bruto de 2 sueldos, mas el 21 % de IVA y según me han comentado algunos jubilados, que les cobran el 21 % del monto total , lo cual me parece una verdadera estafa , además del 15 % que regulo el Juez , después de esperar años cobrando magras jubilaciones y esperando cobrar un juicio, después de haber trabajado toda una vida , los que tienen la suerte de llegar a cobrarlo , se lleva mas $$$ el abogado y la AFIP que el propio jubilado . UNA VERGUENZA !!!!!!!!!
Hola, tenían que haber preguntado antes de iniciar muchos cobran hasta el 30% del retroactivo solamente más impuestos, no me suena que sean responsables inscriptos para cobrar el 21%, consultenlo en la AFIP, y si se lo cobra y no correponde denuncielo, la regulación del juez la paga quien pierde no quien gana y en este caso es la ANSES.
Sólo se paga si hay un pacto de honorario con el abogado si no no !!!si no le gusta el monto que le dispuso el juez el abogado tendrá que explicar los motivos y si le corresponde un poco más lo paga el que pierde y los PACTOS DE HONORARIOS puede haber un tope pero por lo general a veces se hacen grupales de un mismo gremio y es un 5% a 15% y el abogado debe respetarlo
Y que no firme más nada!!! ,todo lo firmado se respeta de ambas parte perdón por meter la cuchara Charly pero me paso en persona y me hice respetar mi pacto aunque se enojo ,el pago viene para el titular del pago y que vaya con su FAMILIA NO CON ABOGADOS MI HUMILDE OPINION
Tienen como modalidad acompañar a los Jubilados a cobrar y le dicen que deben depositarle y firmar en sus cuentas de Banco con transferencia con montos altísimos y a los que les corresponde el retroactivo les queda NADA !!!!ABRAN SUS OJOS Y PELEEN POR sus DERECHOS MIL GRACIAS CHARLY POR PERMITIRME OPINAR
Buenas tardes. Mi marido ya tiene que cobrar la sentencia de reajuste jubilatorio. El juez fijo los honorarios en el 12% pero el abogado le hizo firmar por el 30% al iniciar el tramite. Que puede hacer? Gracias
Hola, usted o su marido llego y firmo un acuerdo por el 30% (una cifra que veo muy habitualmente)y es lo que usted acordo, el 12% que fija el juez son los honorarios que debe pagar la parte que perdió el juicio que en este caso es ANSES (ANSES debe pagar todas las costas del juicio excepto lo que usted acordo con su abogado que es ese 30%)además nadie lo obligo, usted podia no estar de acuerdo e ir a otro letrado a ver si le cobraba menos y si lo conseguia haberle dado el caso a ese que supuestamente le cobraría menos.
Lamento mucho tu pérdida, mucha fuerza charly !!
ResponderEliminarMuchas gracias Virginia, al final disfrutó muy poco su reajuste, pero algo pudo disfrutarlo.
EliminarSoy Inés, la docente. Lamento mucho el fallecimiento de tu padre. Mucha fuerza para seguir adelante. Saludos
ResponderEliminarMuchas gracias Ines, y suerte en lo tuyo, que también la necesitas.
EliminarCharly, la mento lo que le ha sucedido.
ResponderEliminarSe dan cuenta que se vala gente esperando cobrar lo que toda una vida de trabajo les llevó conseguir, mientras el dinero que les corresponde desde el primer día se reparte en planes?
Por otra parte les agradeceré si me pueden ayudar con este tema de las listas, mi padre ya hace un mes que tiene los papeles en ANSeS para que paguen la sentencia x reajustes, se que llevará mínimo 120 días hábiles pero en si la lista informan del COBRO por cada mes? y por otra parte cuanto estiman ustedes que pueda tardar los pagos desde entrada a anses al cobro o publicación de lista?
Saludos
Anita
Hola Anita, muchas gracias, desde que ANSES se da por notificado de la sentencia judicial definitiva y que quede firme debería demorar 120 días hábiles, aunque esto nunca ocurre, como ejemplo a mi padre con una enfermedad terminal y 80 años le demoraron más de 3 años y medio.Eso es muy arbritario hay personas que cobran en un tiempo más o menos prudencial (nunca los 120 días habiles, no he conocido ningún caso) y otros que llevan muchos años para cobrar.
EliminarMucha suerte.
Soy Rosa, te he consultado muchas veces!!! lamento enormemente lo de tu querido papá, un cariño enorme, fuerza y gracias por todo lo que hacés por nosotros, un beso enorme!!!
ResponderEliminarMuchas gracias Rosa, se está cumpliendo lo que ellos esperaban , que vayan falleciendo.
EliminarOjo, no lo digo por los empleados, ya que ellos reciben ordenes, lo digo por sus dirigentes.
EliminarPor lo menos ya que este es un año electoral esperamos que paguen las sentencias YA, porque aunque no tengan obligación los mayores de votar van ha hacerlo CON MUCHA BRONCA.
EliminarESPERAMOS PAGUEN YA y de dejen de vaciar ANSeS con los planes y que no se olviden los planeros que ellos cobran gracias a quienes se partieron el lomo laburando.-
Charly sepa Usted disculpar mi bronca.
Saludos
Enrique
Hola Enrique, entiendo tu bronca, te comento que estoy recibiendo muchos comentarios de sentencias que se están alargando, que ponen como que no beneficia o que sale como aprobado pero les frenan el cobro al momento de ir a hacer efectivo el cobro del retroactivo, todo lo contrario a lo esperable en pleno proceso electoral.
EliminarMucha suerte.
Hola Charly. soy Inés, la docente. Recién llego del cementerio, porque mi amiga, Angelita de 98 años falleció ayer. Hace 5 años que la sentencia está en Anses, y dieron vueltas y vueltas y no pudo ser. Pidieron sueldos actualizados y no los entregaron. Que triste, haber trabajado tanto y retirarse como Jefa de Enfermería del Hospital Muñiz, y haber sido una profesional excelente. No pudo creer que pasen estas cosas. Te mando un abrazo.
ResponderEliminarHola Ines, lamento mucho la perdida, mi más sentido pésame, si, desgraciadamente todo es así.
EliminarHola Charly, aparecí en el listado de pagos de mayo, pero no me citaron a cobrar, también estoy en el de junio, con la misma suerte, a que se debe esta falta de seriedad, hay mas casos como el mío? Gracias
ResponderEliminarSi apareces en la lista debes ir urgente a la UDAI para saber cuanto y donde cobras, ya que muchas veces la notificación NO LLEGA al domicilio.
EliminarSi, Charly por supuesto fui, mi expediente después de estar con Cº 40 en el mes de marzo, en el mes de abril lo pasaron a Cª 50, no obstante estoy en los listados de pagos de mayo y junio. Me dicen que no saben cuando puede resolverse. Realmente no entiendo
EliminarEs rarisimo, si figuras en las listas es porque deberías cobrar, además el codigo 50 significa inactivo, es de locos, no quiero pensar que las listas contengan mucha gente en la misma situación y los que cobran serían muchisimos menos que lo que nos quieren hacer creer, por lo menos de esas listas hay que descontar dos ya que figuras en dos listas y aún no te pagan, más la gente que cuando llega a cobrar le dicen que ANSES se lo congeló, no puedo creerlo, cobran muy pocos.
EliminarMucha suerte.
He recibido tu mensaje, consulta, ¿coincide tu número de beneficio real con el de la lista?
EliminarAnónimo cuanto hacve que tenias ganado el juicio hasta aparecer en lista de cobro de mayo y junio?
EliminarGracias
Roberto
El juicio lo gané en el año 2010, en diciembre de 2011 pasó a anses con sentencia definitiva
EliminarCharly aparece en recibo de cobros retroactividad de asignación? Que significa eso?
ResponderEliminarHola Sulma, debe ser un retroactivo de alguna asignación familiar, no recuerdo cuando fué el último aumento. o al presentar la documentación tardan tres meses en otorgartela y te deben pagar esos meses, no sé cual es tu caso.
EliminarCharly te hago otra pregunta en el caso de q anses pague mi sentencia, yo le debo pagar a mi abogado? O se encarga el Anses de abonarle al mismo
ResponderEliminarHola Sulma, no sé a que arreglo llegaste con tu letrado, lo usual es que uno le abone un porcentaje determinado de lo que cobres, y ese porcentaje normalmente se pauta al iniciar el tramite, lo que he escuchado los porcentajes varían entre el 20 y el 30 % de lo cobrado.
EliminarMucha suerte.
los % son del 20 al 25, puede estar reflejado en sentencia o partado de antemano con el letrado
ResponderEliminarYo conozco casos que cobran hasta el 30%.y normalmente está pautado de antemano con el letrado.
Eliminarmira, en realidad la ley creo que no permite que sea mas del 20%, en realidad creo qeu si un abogado te hace firmar un acuerdo por mas del 20% podes denunciarlo en el colegio de abogados. La gente no lo sabe y firma...sino la otra es ir por regulación judicial....vas a ver que ahi siempre el juez le regula alrededor del 15, 18, o por ahi...depende el trabajo que tuvo...
ResponderEliminarYo he conocido varios casos que han cobrado el 30%, asi que si lo hacen es porque deben poder, y no creo que el colegio se meta en un acuerdo entre privados.
EliminarSegún el Dr. HECTOR ZACARÍAS, que habla todas las semanas en un canal de Rosario la semana pasada justo le preguntaron esto e indicó que no debe ser más del 25% lo que cobre el abogado
ResponderEliminarSon opiniones, luego lo que ocurre es otra cosa, lo mismo con los 120 días hábiles.
Eliminarla ley no lo permite, no pueden cobrar mas del 20%. Si lo hacen es otra cosa, pero uno podría reclamar y hacerles una denuncia que hasta les puede costar la matricula.
ResponderEliminarhttp://www.cpacf.org.ar/lmp.php?sec=lmp_honorarios_y_aranceles
Según la pagina que has enviado no dice eso, dice esto:
Eliminar"CAPÍTULO II
Pactos
Requisitos esenciales
4.- Los profesionales podrán pactar con sus clientes que los honorarios por su actividad en uno o más asuntos o procesos consistirán en participar en el resultado de éstos.
En estos casos, los honorarios del abogado y del procurador, en conjunto y por todo concepto, no podrán exceder del cuarenta por ciento (40\%) del resultado económico obtenido, sin perjuicio del derecho de los profesionales a percibir los honorarios que se declaren a cargo de la parte contraria.
Cuando la participación del profesional en el resultado del pleito sea superior al veinte por ciento (20\%), los gastos que correspondieren a la defensa del cliente y la responsabilidad de éste por las costas, estarán a cargo del profesional, excepto convención en contrario. Los asuntos o procesos previsionales, alimentarios y de familia, no podrán se objeto de pactos. Tampoco podrán pactarse honorarios exclusivamente con relación a la duración del asunto o proceso.
Renuncia anticipada o convenio inferior"
Y gracias a la ANSES todos los juicios terminan en segunda o tercera instancia
Segunda o ulterior instancia
14.- Por las actuaciones correspondientes a segunda o ulterior instancia, se regulará en cada una de ellas del veinticinco por ciento (25\%) al treinta y cinco por ciento (35\%) de la cantidad que deba fijarse para los honorarios de primera instancia. Si la sentencia apelada fuere revocada en todas sus partes en favor del apelante, el honorario de su letrado se fijará en el treinta y cinco por ciento (35\%).
Así que todo se toma según el criterio que se quiera tomar.
Estimado Charly
ResponderEliminarTe pregunto que ocurre cuando necesitas realizar una segunda o una tercera
Liquidación el abogado te sigue cobrando el 20% mi abogado dice que SI vos
Que opinas
Como una segunda o tercera liquidación?, si acaso te refieres a que te liquidaron mal y realiza el reclamo y te pagan lo que falta logicamente te va a cobrar el mismo porcentaje sobre esa nueva liquidación ya que el cobra sobre el total que cobres, es como si te hubieran pagado todo de entrada y te da la misma cantidad.
EliminarHola Charly, te hago una pregunta muy sencilla, tengo mi madre, con un juicio por reajuste, en etapa de ejecucion con sentencia firme, el mismo lleva 8 años!!!! hoy fui al ANSES y pedí la impresión de la última pantalla de OFICIOS JUDICIALLES, y figura el 30/6/2015 como" Para liquidar el expediente de un beneficio otorgado por ley 24.241 en el marco de una ejecución " - ultima dependnecia DGSJ - ASUNTOS LEGALES , que quiere decir???? porque tengo entendido que el abogado iba a pedir embargo. GRACIAS MIL- CARIÑOS INFINITOS Clarita
ResponderEliminarHola Clarita, eso que dice de un beneficio otorgado por la ley 24.411, es la ley que se sanciono en septiembre del 1993 ya que hay jubilados por esta ley y las jubilaciones anteriores se regían por una ley anterior que creo que era la 18.038. y si aparentemente esta en Legales porque se debe de haber pedido el embargo, eso te lo debería informar tu letrado, no sé si lo podrías ver en el juzgado donde ssalió la sentencia definitiva que quedó firme.
EliminarMucha suerte
Muchas gracias!!!Charly cualquier cosa te informo, abrazos- Clarita
EliminarBuenas tardes, es lamentable que nuestros seres más queridos, padezcan el manoseo y la espera interminable. Mi padre, con 81 años y una operación de aorta, continúa sin fecha de liquidación. Qué debemos hacer?? Expediente XXXXX/2009 con Sentencia, a su favor; reclama un reajuste de haberes- Valoro su dedicación, pero creo que como Argentinos somos demasiado pacíficos, si nos uniéramos por este medio, tal vez, lograríamos otros resultados- Se me ocurren muchas ideas, y tal vez concrete alguna, ya que mi paciencia, honestidad, respeto, transmitido justamente por mi padre; caminando siempre por derecha, está llegando al límite- Saludos cordiales, que Dios lo bendiga.-
ResponderEliminarLamentablemente no existe otra solución, las medidas extremas perjudican y no llevan a buen puerto, además de causar dolor a la persona que creemos estamos tratando de ayudar, es una verguenza que demoren tanto el pago de una sentencia, aunque no sé si ya ha quedado firme, pero aparentemente ha culminado y notificado este año, así que no estaría aún en ANSES , tendrías que hablar con el letrado ya que aparentemente aún no es competencia de ANSES y no se si ANSES a apelado un recurso extraordinario.
EliminarMucha suerte.
Charly me fijo en Anses web y aparece código 40 y que entró en proceso de pago!!! Me fijo mi liquidación previcional en mi Anses web y ya me aparece lo q voy a cobrar en el mensual julio tanto el aumento de haber como la sentencia con los descuentos de afip y pami tambiwn.
ResponderEliminarBarbaro Sulma, no sabía que esa información te la daban en la pagina web, consulta, ya que hay personas que el retroactivo no se lo abonan en el mismo lugar de cobro, alli te figura donde te lo van a abonar?
EliminarFelicitaciones.
Sulma
ResponderEliminarcuanto tiempo pasó desde que anses recibió la sentencia de reajuste hasta que te figura ahora que te pagan?, fueron más de 120 días hábiles?
Entrando a la página de Anses podes ingresar a mi Anses completas unos datos y ya esta. Podes ver seguimiento de expedientes liquidación previcional y otros trámites dice el banco donde cobro mi haber. Charly siempre liquidan lo correcto?
ResponderEliminarHola Sulma, si, donde cobras el haber si, pero donde cobras el retroactivo sale ya que a muchas personas se la abonan en otro banco que generalmente queda en el centro de la C.A.B.A,, en cuanto a que te abonen bien, hasta ahora no he escuchado a nadie que le hayan abonado lo que les corresponde, eso debe hacer el calculo tu letrado y en caso de c¡no coincidir hacer el reclamo por falta de cumplimiento de sentencia.
EliminarMucha suerte. y felicitaciones.
Charly soy de un pueblito de Cordoba!!!
ResponderEliminarAhh, bueno, espero que cobres en el mismo lugar, e insisto, felicitaciones.
Eliminarrepito un mensaje para:
ResponderEliminarSulma
cuanto tiempo pasó desde que anses recibió la sentencia de reajuste hasta que te figura ahora que te pagan?, fueron más de 120 días hábiles?
Mirá, solo conozco un caso en el cual cobro dentro de los 120 días hábiles y es por todos conocido el caso, el resto a todos le han pagado mucho después de los 120 días hábiles, a mi padre le pagaron después de más de tres años y medio de haberse notificado ANSES de la sentencia definitiva que quedó firme.
EliminarMi juicio empezó en el año 93 hace 5 años tuve sentencia favorable del juzgado federal de Rosario.
ResponderEliminarGracias Sulma, sigue invicto los 120 días hábiles, mi padre le demoraron más de tres años y medio y eso que tenía presentado los informes de su enfermedad terminal.
EliminarGracias por vuestras respuestas
ResponderEliminarHola Charly. Soy Inés, la docente. Desde el 6/10/2014, el expediente está en verificación de sueldo. El abogado no sabe lo que pasa que no sale. Mientras tanto yo sigo esperando y cobrando $ 2219, ya que está congelado desde marzo de 2010
ResponderEliminarAdemás no sale en seguimiento de expedientes, figura como no hay información.
Seguiré esperando. Saludos. Inés.
Hola Inés, no se porqué, pero ya he recibido muchos comentarios de que están frenando los pagos, algo raro en pleno período electoral, normalmente ocurría todo lo contrario para ganar votos.
EliminarMucha suerte.
Charly el dinero te lo depositan en la cuenta donde cobras la jubilación? En la carta dice el banco donde cobro yo mi haber todos los meses a partir de mañana ya lo podría cobrar dice la carta hasta el 10 de agosto. Se cumple todo eso? Gracias un besoo
EliminarHola Sulma, si la carta dice que es el mismo banco, así debe ser, te recomiendo que vayas lo más pronto posible, si, es verdad que dan un tiempo para que lo cobres, luego de esa fecha lo retiran del pago, te felicito y mucha suerte
EliminarBuenos días,
ResponderEliminarNecesito que ayuden con una pregunta:
Desde el mes pasado en la cuenta MIANSES a mi marido le figura número de beneficiario, por lo tanto el reconocimiento para tener cobertura de PAMI, pero aún no figura lugar y fecha de cobro:
Alguien sabe cuanto se tarda en cobrar y que lo carguen en la web de ANSeS?
Además pagan desde que uno inició los trámites o desde que tiene número de beneficiario?
Desde ya muchas gracias a quien nos ayude.
Saludos
Evangelina
P.D. El listado que publican Ustedes de ANSeS mensualmente es para quienes hicieron juicio o es un listado de quienes tienen otorgada una jubilación?
Gracias
Hola EVangelina, seguramente pronto debera estar el pago ya que si fue aprobado y tienes número de beneficiario, así debería ser, el pago que te hacen es retroactivo al inicio de la jubilación, o sea desde que iniciaste los tramites y la lista que publicamos es la de los retroactivos y cambios de haber de aquellos que han iniciado juicio y tienen sentencia firme por reajuste de haberes (caso Badaro y otros).
EliminarMuchas gracias Charly por la información es que hay gente del mismo anses que me está mareando con respecto al retroactivo, me dicen que es solo desde fecha en que han puesto el número de beneficiario.
EliminarSobre que pronto estará el pago Dios te oiga, la verdad que a cada rato entro a mianses para ver lugar y fecha de cobro pero me sale que no tiene beneficio asociado, será que aún no han dado el ok o no se por que no se ve.
Millines de gracias por la ayuda que nos brindas.
Saludos
Evangelina
Hoy fui a cobrar y tengo el pago trabado!!! Figuró en lista y todo!!!
ResponderEliminarHola Sulma, eso está ocurriendo mucho ultimamente, te recomiendo que te comuniques con tu abogado lo más pronto posible, ya que viene la feria judicial.
EliminarHola soy Evangelina que he consultado ayer sobre fecha que se debe pagar retroactivo, pues bien hoy aparece en mi anses en liquidación previsional esto:
ResponderEliminarFecha Inicial de Pago 2013
Fecha Alta 01/08/2015
quiere decir que reconocerán desde 2013 el pago y que en agosto lo cobro?, ya que si entro por donde un cuando cobro aún no aparece nada.
Espero que el retroactivo sea desde 2013 por Dios.
Bueno gracias y disculpen que moleste con mis preguntas es que aquí veo que responde muy seriamente.
Evangelina
Hola Evangelina, si en el 2013 iniciaste el tramite te deben pagar desde el 2013 en adelante, es muy posible que sea a partir de agosto, habria que fijarse los primeros días de agosto o llamar, ya que según el monto se cobra a partir del 8 o 9 y la segunda (por cobrar más de $4.000) después del 20.
EliminarMucha suerte
ok gracias Charly si lo inicie en 2013 pero como por otros lados hasta enel mismo anses me decian que el retroactivo es desde que ponen numero de beneficiario, pero bueno me quedo con lo que me dices.
ResponderEliminarPor fin una buna!
Saludos
Evangelina
Encomendé un abogado en previsional para que tramitara la actualización de mi jubilación, salio la sentencia a mi favor: me reuní con el abogado para regular los honorarios sobre la gestión me sentencio con un 30% de lo que voy a cobrar,a lo que le respondí que era demasiado y solamente le pagaría el 20%, se enojo y me respondió que si no le pago lo que el regula como honorario se presentara al Anses porque esta sobredimensiona la liquidacion que voy a cobrar . Me recomendó que no cobre lo liquidado porque tendré que devolverla. Que que resuelvo?
ResponderEliminarDudo que este sobredinmensionada, ya que normalmente es todo lo contrario, pero lo normal es pactar antes los honorarios y conozco muchos que cobran normalmente el 30% de lo que uno cobra en mano, así que no sé, él hizo su trabajo, usted antes de iniciar debia haber acordado los honorarios, si no le gustaba, no debía de haberle dado el trabajo, queda en usted ver que hace.
EliminarBuenas tardes, mi padre inicio el juicio por reajuste en el 2009... en septiembre de este año, despues de todas las apelaciones y recursos q interpuso anses, por fin salio favorable y firme. Ahora, quisiera saber si me pueden orientar sobre el tiempo estimado q se esta tardando para lograr cobrar, se que es bastante, pero nose como ir viendo las listas de sentencias aprobadas para el cobro. nose si son las sentencias q publican en la pagina de anses todos los meses o esas son solo las de jubilaciones aprobadas? Despues de tanto tiempo uno va perdiendo las esperanzas, mi papa tiene 75 años, trabajo siempre, como petrolero hasta q tuvo un accidente que lo dejo sin un ojo... primero tardaron mas de dos años para darle la jubilacion y ahora van 6 esperando esto. da bronca!
ResponderEliminarHola, es imposible decirte cuanto van a demorar, más por el cambio e gobierno, hoy en día están muy atrasados a mi padre que tenía una enfermedad terminal le demoraron más de tres años y medio en abonarlle desde que Anses se notificó de la sentencia, hoy día con muchisimas más sentencias atrasadas que antes, paros y asambleas es imposible arriesgar nada, se que si s poco el importe lo pagan antes.
EliminarHola mi padre tiene 81 años y tiene sentencia firme de Marzo del 2013 hace unos días lo cito la abogada para hacerle firmar un pronto despacho y de paso le hizo firmar un convenio de honorarios, 20 % del retroactivo y la diferencia de lo que cobra y lo que va a cobrar del bruto de 2 sueldos, mas el 21 % de IVA y según me han comentado algunos jubilados, que les cobran el 21 % del monto total , lo cual me parece una verdadera estafa , además del 15 % que regulo el Juez , después de esperar años cobrando magras jubilaciones y esperando cobrar un juicio, después de haber trabajado toda una vida , los que tienen la suerte de llegar a cobrarlo , se lleva mas $$$ el abogado y la AFIP que el propio jubilado .
ResponderEliminarUNA VERGUENZA !!!!!!!!!
Hola, tenían que haber preguntado antes de iniciar muchos cobran hasta el 30% del retroactivo solamente más impuestos, no me suena que sean responsables inscriptos para cobrar el 21%, consultenlo en la AFIP, y si se lo cobra y no correponde denuncielo, la regulación del juez la paga quien pierde no quien gana y en este caso es la ANSES.
EliminarSólo se paga si hay un pacto de honorario con el abogado si no no !!!si no le gusta el monto que le dispuso el juez el abogado tendrá que explicar los motivos y si le corresponde un poco más lo paga el que pierde y los PACTOS DE HONORARIOS puede haber un tope pero por lo general a veces se hacen grupales de un mismo gremio y es un 5% a 15% y el abogado debe respetarlo
ResponderEliminarY que no firme más nada!!! ,todo lo firmado se respeta de ambas parte perdón por meter la cuchara Charly pero me paso en persona y me hice respetar mi pacto aunque se enojo ,el pago viene para el titular del pago y que vaya con su FAMILIA NO CON ABOGADOS MI HUMILDE OPINION
ResponderEliminarTienen como modalidad acompañar a los Jubilados a cobrar y le dicen que deben depositarle y firmar en sus cuentas de Banco con transferencia con montos altísimos y a los que les corresponde el retroactivo les queda NADA !!!!ABRAN SUS OJOS Y PELEEN POR sus DERECHOS MIL GRACIAS CHARLY POR PERMITIRME OPINAR
ResponderEliminarhola! queria preguntarle mi esposo es retirado de spf tiene un juicio con el estado ,2013 le salio con sentencia firme cuando deberia cobrar?
ResponderEliminarBuenas tardes. Mi marido ya tiene que cobrar la sentencia de reajuste jubilatorio. El juez fijo los honorarios en el 12% pero el abogado le hizo firmar por el 30% al iniciar el tramite. Que puede hacer? Gracias
ResponderEliminarHola, usted o su marido llego y firmo un acuerdo por el 30% (una cifra que veo muy habitualmente)y es lo que usted acordo, el 12% que fija el juez son los honorarios que debe pagar la parte que perdió el juicio que en este caso es ANSES (ANSES debe pagar todas las costas del juicio excepto lo que usted acordo con su abogado que es ese 30%)además nadie lo obligo, usted podia no estar de acuerdo e ir a otro letrado a ver si le cobraba menos y si lo conseguia haberle dado el caso a ese que supuestamente le cobraría menos.
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