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sábado, 30 de diciembre de 2017

FELICES FIESTAS PARA TODOS LOS LECTORES DE ESTE BLOG

Muy felices fiestas para todos los lectores de este blog, esperemos que el año qque está próximo a comenzar nos traiga cosas mejores aunque lo dudo muchisimo y disculpen mi sinceridad, ya que hemos visto la aprobación de una ley que no es buena para los jubilados, ni tampoco para los venideros jubilados.

10 comentarios:

  1. Antes que nada gracias esperemos tener un 2018 mejor alguno de nosotros, otra vez yo si ,agradecí antes de tiempo ,pues teniendo resuelto favorablemente el exp. hace casi 1 año no tengo novedades cuando pensé tener todo solucionado ,mi consulta es : mi abogado en todo el 2017 me dijo qué no convenía pedir el embargo judicial porque se tardaba mucho,ahora levanta la feria en febrero y presenta un embargo al anses dice que en 1 mes a más terdar me dan el beneficio ,algo no entiendo antes tardaba y ahora no ? me da la sensación que me está tomando el, pelo que no tengo ja,gracias Charly.

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    1. Hola Sergio, los embargos no salen tan rápido, se debe presentar la liquidación aprobarla el juez, iniciar el reclamo a ANSES, este va a tratar de dilatarlo lo más que pueda y después de varios reclamos el juez embargará, todo depende también del juzgado,algunos son un poco más rápidos y otros no, pero nunca en un mes, ni dos, ni tres, te diría de 6 meses para adelante

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  2. Charly, soy lector de este blog desde hace 2 años y quiero destacar tu preocupación y ocupación. Agradecer los deseos para el 2018 que te los retribuyo.

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  3. Me extraña que no se vean nuevos comentarios. Espero que aun tengas la paciencia y voluntad de responder.
    Ya te pregunté por mi expediente y me dijiste que ANSES habia apelado. Ahora apareció lo siguiente: ......... c/ ANSESs/REAJUSTES VARIOSBuenos Aires, de febrero de 2018.- De los agravios expresados, traslado a la contraria por el plazo dela ley.
    Me podrias explicar. Desde ya muchas gracias

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    1. Hol, si, siguen los comentarios y cada vez son más desgraciadamente, porque eso significa que siguen alargando los plazos, lo suyo significa que se presentó el causal de apelación y se da conocimiento a la parte contraria en los plazos de ley para que conteste, no se si son 5 o 10 días hábiles.

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  4. Hola CHARLY te imprimo el expediente, para saber si ya estoy para cobrarDependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 20.02.2018
    Dependencia Entrada: DGSJ-COORD ATENCION PUBLICO-ARCHIVO Fecha Entrada

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    1. Hola Gloria, habría que ver si ya no salió en las listas y segundo ver con que codigo está ya que si es 40 si va a cobrar pero si es 41 es que No Beneficia y no le pagan nada

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  5. Hola Charly. Feliz 2019!!Mi expediente, con juicio de ejecución (por reajuste de haberes), apareció primero con código 40, luego 50, y el 11/01/19 nuevamente 40. Lo último que figura es la salida de DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" del 16/01 y dependencia de entrada DGSJ-COORD ATENCION PUBLICO ARCHIVO sin fecha de entrada. Qué significa ésto último? Gracias

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    1. Hola Doris, si su expediente salio con código 40 quiere decir que fue aprobado, es beneficioso y está próximo a cobrar, debería comunicarse con su letrado.

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