Este blog sera un desahogo para poder quejarme de todo lo que vea mal y además de todas aquellas circunstancias que me entere o hechos en los cuales yo he sido testigo,no importa el signo politico, y siempre con pruebas.
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miércoles, 23 de agosto de 2017
ANSES PUBLICÓ LAS LISTAS DE PAGOS DE SENTENCIAS DE AGOSTO 2017
Anses publicó las listas de pago de retroactivos de sentencias judiciales correspondiente al mes de agosto del 2017
Estimado Charly: quisiera que por favor me aclare, dentro de sus posibilidades, el panorama del reclamo de reajuste de pensión de mi madre, el que lleva desde su inicio aproximadamente 8 años. Este expediente estuvo sin movimientos desde 2015 hasta el 11/08 pasado. Verdaderamente me averguenza muchísimo este laberinto judicial y burocrático al que someten a nuestros padres y abuelos, sin respetar tiempos legales ni mucho menos contemplar las situaciones humanas .
Estado del Trámite: 15 - Su trámite se encuentra en etapa de resolución. Para verificar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente. Fecha Estado: 14.08.2015 Fecha Inicio: 04.05.2015 Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Último Pase Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 11.08.2017 Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Entrada 17.08.2017 Instancia del expediente Su expediente se encuentra en la instancia resaltada en color verde Inicio de Prestacion Espera doc interna ANSES Espera doc Externa ANSES Determinacion de Derecho Citado y/o agregacion de doc Legales / Analisis de Especialista Computos y Liquidacion Tramite Resuelto Tomar Vista del Expediente Imprimir Volver
Hola Gabriel, buen día, mi nombre es Gustavo Noval, querría comunicarme con vos para contarte el caso de mi padre y ver si me podes ayudar con tus servicios. Gracias
Hola charly tengo juicio de 9 años y sentencia firme ya hace mas de tres años la abogada no me contesta mucho lamentablemente no me trata bien si pregunto mucho ,yo insisto a pesar de su trato cada dos meses me llego a su estudio y por el portero me dice que ahora intimaron Anses ,puede ser eso? le pregunte que hacia cuanto ,me dijo muy despetivamente tengo tanto que no recuerdo. Charly ese tramite de intimacion demora mucho anses suele resolver o lo demora mas , yo en mi ignorancia en el tema pense que debia hacer ejecucion de sentencia,tanta burocracia nos agota
Estimados Sres. Charly y Gabriel: en el día de ayer presentamos un pronto despacho en ANSES, a nombre de mi madre. Entendemos que el combo que suma (edad avanzada + enfermedades con riesgo de muerte + monto a ajustar + monto del retroactivo) tenemos mucho en contra, porque si bien mi madre atraviesa una crisis depresiva, tiene 62 años, la propuesta de rep. histórica es la siguiente: Haber sin reajuste Reparación Histórica
$15112,96
Haber con reajuste Reparación Histórica
$34664,30 Retroactivo $1.797.950,23 ...Soy Silvia, del mensaje anterior. Gracias
Silvia considerando los montos en juego, yo no aceptaria la reparación històrica. Le explico el motivo: por el alto monto, van a demorar mucho en pagarlo. Seguro los empleados de anses le van a decir que no, pero por escrito no le van a dar nunca una fecha.
Le repito lo que le decia antes: este cobro tendria que estarlo peleando de manera judicial.
Buenas tardes. Tengo la medida cautelar notificada hace más de dos años para que dejen de retener el importe del art.9 de la ley 24463. Actualmente ese expediente esta en "DGRS - COMPUTOS Y LIQUIDACIONES B". Tengo sentencia favorable de primera instancia; y caducidad de la apelacion de Anses en segunda instancia. Además como me canse de esperar, también les he hecho denuncia penal por incumplir orden judicial. Mi pregunta es: despues de computos y liquidacion dónde debería ir??? O qué más puedo hacer para que me paguen???
Buen dia. Es la primera vez que escucho que concedan la eliminacion del tope con una medida cautelar, atento se confunde con la accion de fondo. Lo que ha hecho hasta ahora es correcto. Yo pediria en el expediente judicial la aplicacion de sanciones conminatorias en cabeza del responsable del organismo.
Estimado Charly le copio la resolución y sentencia a mi favor, pero no tengo ninguna noticia del Anses, que me indique como está el trámite, Hago saber a Ud- que en el Expte Nro. WWWWW / 2013 caratulado: WWWWW c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS en trámite ante este Tribunal, se ha dictado la siguiente segun copia de sentencia que se adjunta. Según copia que se acompaña. Queda Ud. legalmente notificado Fecha 13 de noviembre de 2013
Por las citas y consideraciones expuestas, FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. WWWW contra la Administración Nacional de la Seguridad Social y reconocer el derecho al cálculo del haber conforme el 82% de la remuneración correspondiente a los últimos cargos desempeñados, y las diferencias resultantes, conforme los considerandos de este decisorio; 2) Fijar un plazo de ciento veinte días para el cumplimiento de la sentencia, los que se computarán desde que quede firme el pronunciamiento; 3) Imponer las costas por su orden (Conf. art. 21 de la ley 24.463); 4) Regular los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en el 18 % de las sumas efectivamente percibidas por el actor al que deberá adicionarse el I.V.A., en caso de corresponder (cfr. “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación” sent. del 16/06/93 de la CSJN, Fallos 316:1533). Respecto de los emolumentos de los profesionales intervinientes por la demandada, deberá estarse a lo normado por el art. 2º de la ley 21.839. Regístrese, notifíquese y previa citación fiscal, archívense.-
Hola Daniel, por lo que pone esto es una sentencia en primera instancia (2) Fijar un plazo de ciento veinte días para el cumplimiento de la sentencia, los que se computarán DESDE QUE QUEDE FIRME el pronunciamiento)la cual seguramente fue apelada y hoy se encuentra en segunda instancia, igual le digo que si es un juicio iniciado en el 2013 y tiene sentencia en primera en el mismo año tuvo un tratamiento muy rápido ya que normalmente duran en primera más de un año. Por lo tanto hasta que no haya sentencia firme en ANSES no va haber nada.
hola carly le consulto lo sigiente me cito la abogada y tengo al cobro 11600 y me corresponde 357000 me dijo que despues quecobre hace el reclamo el reclamo y me dijo que lo van a pagar muchas gra cias mi ex 89612 2011
Hola, supongo que esoe once mil son de haber jubilatorio y los trecintos cincuentaysiete mil de retroactivo, el retroactivo normalmente no se abona en el lugar de cobro de la jubilación, se efectua en otro banco, debería averiguar en que institución bancaria se lo abonan, y si no le pagan lo que corresponde luego la abogada debe reclamar.
Te comento, el 31 de agosto la juez federal publica: .... atento al estado de autos, remitansen las actuaciones administrativas a la Anses a fin de dar cumplimiento con la sentencia dictada.
El 11 del corriente el prosecretario administrativo de la cámara federal, dió cumplimiento con la remisión de las actuaciones administrativas a la Anses.
Charly Gabriel buen día, como están? les cuento resumido mi caso sentencia firme desde 03/2016, transcurrido los 120 días hábiles se inició el pedido de ejecución de la sentencia en el mes de 10/2016- Siguió corriendo x las dos vías se presento a pedido del juez q no había suscripto ni homologado la reparación histórica. El dia 12/09 aparece un crédito q desconozco en la cta bancaria de haberes jubilatorios e ingresando en la pag de anses figura p sept un haber muy superior con un item q dice haber x reparación histórica. Le consulta a mi abogado y me dice q no hay q hacer nada q dieron la reparación hist compulsivamente q después lo van a descontar q si no voy a homologar no se dá x aceptada, mi consulta es si esto es así si no la debo rechazar de alguna manera tengo miedo q al no hacer nada pueda quedar como q se acepta implícitamente. Espero haber sido clara y agradezco todo los comentarios y/o sugerencias q me puedan dar desde ya le agradezco , Saludos Laura
Hola Charly, mi juicio por reajuste está en etapa de ejecución de sentencia, la Jueza intimó a Anses por el plazo de diez días para presentar alguna objeción a la liquidación presentada por mi letrado,la cual se ajusta a la sentencia y fue aceptada como correcta, vencido dicho plazo la Jueza hizo "no a lugar" a una solicitud de ampliación del plazo aduciendo Anses que necesita "organizarse" para hacer efectivo el pago, la Jueza se responsabiliza para "arbitrar los mecanismos necesarios para el cumplimiento" y declara "firme y consentida su resolución y que continúen los autos en el estado en que se encuentren". La fecha es el 28/8, cómo sigue el proceso? cuanto tiempo tardará en hacerse efectivo el pago? mi letrado dice que a lo sumo en 60 días, es correcto? Gracias por responderme
Me suena a la Jueza del Juzgado 5. Es como dice Charly. Aprobada la liquidacion se pide el embargo. Efectivizado el mismo y acompañada la constancia de saldo, se intima a la accionada en los terminos del art 505. Vencido el plazo o contestadas las excepciones de ANSeS se pide pasen a resolver, y una vez consentida y notificada la resolucion se pide la transferencia
Hola Charly y Dr Gabriel, soy anónimo 19.35 gracias por sus repuestas, efectivamente se trata del Juzgado 5, al parecer es uno de los más expeditivos. Mi pregunta puntual es cuanto tiempo demora el proceso a a partir de solicitar el embargo (art 502,503 y 504) ya que mi letrado me dijo 60 días, les recuerdo que la Jueza lo resolvió el 28/8. Muchísimas gracias nuevamente
Gracias Dr Gabriel, entiendo que los plazos de la Justicia son muy lentos pero de acuerdo al estado en que se encuentra mi juicio debo suponer que sólo resta proceder al embargo y su posterior resolución por parte de la Jueza según dicho por Ud en los términos del art 505 de ley 24241. Después de haber esperado más de siete años...entiendo que resta un tramo significativamente menor. Gracias por permitirme consultarle.
Buen dia. El problema es que no se puede saber por anticipado como va a desarrollarse cada paso, por ende es muy dificil calcular cuanto demora cada uno. Es el Juzgado mas rapido del fuero y el mas prolijo. El art 505 es del Codigo Procesal
Buenas tardes Dr Gabriel, gracias por responder mi inquietud. Efectivamente el art 505 pertenece al CPCCN, lo que sucede es que con mi juicio he incursionado en cuanta ley y art. existen y como no soy abogada, de ahí mi confusión. Su opinión respecto del Juzgado 5 me produce inmensa satisfacción. Solo me restará continuar viendo la página del Poder Judicial. Gracias nuevamente por su atenta consideración. Estela.
hola! no se si es el lugar, pero quería consultarles por el trámite jubilatorio que inició mi papá en febrero. De estado 15 computos y liquicacion paso a 44 - Su trámite ha recibido dictamen por parte del área legal, y continúa su tratamiento para su posterior resolución. Por favor vuelva a consultar próximamente. El no ha cumplido con la edad (tiene 63) pero varios años trabajados en el exterior en pozos petroleros por lo que le computan doble. Anses ya solicitó a la empresa que lo empleaba el detalle de esos años ya que no había sido registrado con los códigos vigentes de ese momento. es normal q pase de 15 a 44? gracias! silvina
Charly me podrias deir que pasos faltan todavia, es para una tia que ya tiene 90 años, muchas gracias Último Pase Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Salida: 13.09.2017 Dependencia Entrada: DIR.RESOL. SENTENCIAS JUDICIALES Fecha Entrada 14.09.2017
Consulto ... desde el momento que la Cámara Federal remitió el expediente al Anses para que la sentencia se cumpla ..... a partir de ése día de presentado empiezan a correr los 120 días hábiles?
Hola Ursulalos 120 días hábiles comienzan a contabilizarse el día hábil siguiente de la cedula de notificación de que la sentencia ha quedado firme, no antes
Hola Charly necesito saber que significa expediente paralizado...... G08 21/09/2017 EXPEDIENTE PARALIZADO LEGAJO: 774/17 G08 21/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE PARALIZADO G08 15/09/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA G08 15/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE SENTENCIA FIRME G08 15/09/2017 EVENTO NOTIFICACION G08 15/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE EN ETAPA DE EJECUCION G08 11/09/2017 FIRMA DESPACHO DEVOLUCIÓN ADMINISTRATIVO 118 / 118 G08 8/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE DEVOLUCION ELEVACION G08 8/09/2017 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8 - SECRETARIA Nº 1
Es raro, ya que normalmente al haber una sentencia firme, el expediente queda en letra a la espera de ser archivado, paralizado normalmente es cuando el expediente no tuvo más movimientos pero sin llegar a sentencia, no lo sé en este caso.
Buen dia. Me parece que volvio de Camara, devolvieron el administrativo y lo paralizaron. Quizas todo un poco rapido, pero no tiene mucho sentido que lo dejen en letra considerando que ahora la pelota esta en manos de anses
Buen dia. No va a lograr nada comunicandose con ANSeS.
La gente se olvida que ANSeS es su CONTRAPARTE. Ud le esta haciendo JUICIO al anses. Si Ud. le hace juicio a su vecino, no va y le pregunta si tiene novedad sobre el avance del caso.
Consulte con su letrado, que es el unico que esta de su lado
Hola de nuevo. Lo unico confiable que le puede dar anses (y se lo dan porque estan obligados a hacerlo) es un estado de tramite 150 impreso. Desconfie de lo que le digan en el aire.
Dr. Gabriel o Charly: Desde el 1º de octubre estoy tratando de entrar a Mi Anses en la Internet (como siempre lo hago) y no abre ni da explicaciones. Vivo en el exterior y es mi fuente de información (además de ustedes). Abrazos.
Hola Giuseppe aqui le pongo el link copielo y peguelo en su navegador, si no puede ingresar es muy posible que lo haya bloqueado su proveedor de internet, a mi m ha pasado aquí y tuve qu llamar a mi proveedor.
hola charly soy ernesto, quiero que me aclares algunas dudas segun tu experiencia y buena voluntdad, hice juicio ya hace unos 8 o 9 años, tengo sentencia favorable de la corte suprema, y el expediente paso al anses con codigo 67 y fue a liquidacion de haberes b, de ahi salio a iniciacion y y fue a liquidacion de haberes a, estubo unos meses y ahora salio de esa oficina con codigo 40, y actualmente se encuentra en iniciacion, como sigue esto ahora, hable con mi abogado y me dice que despues del 15 de cada mes sale el rud o algo por el estilo donde va a ver cuanto es lo que me liquidan, hasta hace una semana me salia la reparacion historia que nunca acepte ni rechase, y ahora me sale un cartel que dice: de acuerdo con los datos existentes en anses este caso es de mayor complejidad y es necesario mas tiempo para el analis, pienso pór lo que lei en sus comentarios que me letrado recharo la reparacion para poder cobrar el jucio, bueno la pregunta es la siguiente de acuerdo a su expererien y sabiduria, si tengo un codigo 40 y creo que todavia falta pasar por la oficina previcional por lo que lei en sus asesoramiento, faltara mucho para poder cobrar y si es verdad lo del ruf, cuando se podra saber el importe, desde ya muchas gracias por su amabilidad y atencion.
Hola Ernesto, primero su abogado no puede rechazar la Reparación Histórica, solo usted puede hacerlo, segundo, esta perfecto lo que le dio su letrado, el pedirá el RUB ( Registro Unico del Beneficiario) en cuanto puee demorar es imposible saberlo pero podría ser entre 60 a 90 días
Hola soy Alfredo, como están charly y Gabriel les hago una consulta ya que son tan amables , yo inicié hace unos años juicio por mis haberes, después de tanto tiempo ya salió de liquidación de haberes A con el código 40, Y mi abogado ya tiene el RUB donde dicen cuanto voy a cobrar, la pregunta es la siguiente el importe es similar al que me ofrecían en la reparación histórica que rechase, porque tenía sentencia favorable, puede ser que el importe sea similar al de la reparación histórica, yo pensaba que iba a ser mucho mayor al ofrecimiento pero hay casi nada de diferencia, como siempre aconsejaron en los medios no aceptar porque el importe era menor, puede ser eso un importe similar, gracias, Y más o menos cuando cobraré según sus conocimientos, muy amables y le mando un abrazo
Hola Alfredo, no debería ser igual, esto debe cotejar su abogado con los calculos que debe hacer para ver cuanto realmente le corresponde según la sentencia y si hay diferencia se puede reclamar esa diferencia, eso debe hablarlo con su letrado
Hola Alfredo, disculpa, por error se ha borrado tu nueva consulta, si, se cobra y luego si los calculos de su abogado demuestran que es mayor la diferencia se reclama ante el mismo juzgado porque no han cumplido totalmente con la sentencia y se presenta el calculo de lo que debería ser.
gracias charly sos muy amable, ahora espero que no se demore el pago y despues de tantos años de espera lo pueda cobrar, y si hay alguna diferencia la reclamare porque me corresponde, esdecir cobrare lo que me ofrecen y reclamare la diferencia, una cosulta si hubiere diferencia tendre que esperar años como lo hice en el juicio? gracias
Hola mi nombre Cristina ya hace como un año pedi reajuste de sueldo y reotractivos quisiera saber si ya voy a tener novedad mi num de cuil 27184724761 desde ya gracias mi correo crisechavabsso@gmail.com
Hola Cristina, yo no trabajo en ANSES, no puedo saber nada con el DNI (sería mejor que no lo pongan ) (tampoco contesto personalmente a mails)lo habitual es que ese reclamo administrativo sea rechazado y con ese rechazo iniciar un juicio. Saludos.
Hola mi nombre es Fernanda y soy de Mendoza , inicie el trámite por la pension derivada por fallecimiento en Junio de este año ,soy discapacitada e incapacitada total para trabajar. Presenté todo lo que me pidieron e incluso hasta mas , el último estado de ayer viernes 3 de noviembre de 2017 dice que ya recibio dictamen del área legal y que continua su curso para la posterior resolución eso que significa? he consultado por todos lados y nadie explica bien que es , necesito cobrarla ya que tengo a cargo a mi hija de 10 años y soy madre soltera dependi toda mi vida de mi madre y ella falleció en Mayo de este año. Necesito su respuesta señor Charly es urgente!!!
Hola María Fernanda, desgraciadamente esto lleva su tiempo, son todos tramites burocraticos que demoran, supongo que ya ha pasado por el cuerpo médico que dictamina la discapacidada, de laoficina que salió es la que indica si legalmente le corresponde, así que está llevando su curso normal yo conozco el caso de una chica discapacitada que debe cobrar la pensión de su padre jubilado, también discapacitada total y ya pasaron más de 2 años y aún no le fue otorgada
hOLA! GRACIAS DESDE YA POR SU AMABLE APORTE. ESTE ES EL ESTADO DE EXPEDIENTE DE MI PADRE. SU ABOGADA NO ES MUY ATENTA, Y YO ESTOY LEJOS Y NO ENTIENDO NADA. EN MI ANSES APARECE ASI: Estado del Trámite: 40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 45 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente. Fecha Estado: 20.12.2017 Fecha Inicio: 15.02.2017 Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Último Pase Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 11.12.2017 Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Entrada 19.12.2017 CÓMO SIGUE ESTO AHORA? QUE DEBE ESPERAR? CUANDO SE ACTUALIZARÍA SU HABER JUBILATORIO? AL MISMO TIEMPO QUE PAGUEN EL RETROACTIVO? MUCHISIMAS GRACIAS. AH! MI PADRE TIENE 62 AÑOS
Hola Gisella, me resulta etraño que en tan poco tiempo hayan resuelto favorablemente, pero si es así calcule que entre 60 y 90 días para cobrar, en algunos casos se paga el retroactivo en un banco diferente de donde cobra el haber y luego cobra el haber mejorado.
Hola, es imposible decirle cuanto va a demorar en una oficina puede estar hasta 3 meses y luego puede salir aprobada, desaprobada, puede ir a verificación y volver a computos, o puede salir sin tratamiento, ir a inciación y devuelta a Computos y Liquidaciones, al día de hoy muchos abogdos al cumplirse los 120 días hábiles de la notificación por parte de Anses de la sentencia firme deciden iniciar la ejecución de la sentencia para cobrar o embargar a ANSES
Es muy raro que en tan poco tiempo haya salido favorable, más que dice que ingresó a Computos y no que salió de alli, es muy raro todo, lo normal es que cuando sale de Computos pongan que salió favorable o desfavorable, pero nunca cuando ingresa
Hola buenas tardes mi consulta es se equivocaron en liquidar el año pasado y pasó a requilización. Y ahora estoy en computos y liquidaciones "b" .... es x juicio de reajuste de haberes. Cuál es el siguiente paso? Ya me pagan. ..hace más de.seis.años que espero
Hola, todavia debe pasar por varias oficinas, siempre y cuando salga favorable (codigo 40) su letrado debería de haber iniciado la ejecución de sentencia al haberse cumplido los 120 días hábiles, hoy ANSES demora mucho más que antes los pagos de sentencias, y ni hablemos la Reparación Histórica
Muchísimas gracias x contestar ya se pasaron más 120 días.. lo que note que en menos.de.una semana me lo pasaron a computos y liquidaciones b y con una fecha de entrada y salida de.una semana. Tengo que estimar ?
No, cuando se cumplen los 120 días hábiles desde que ANSES fue notificada de la sentencia firme se puede ejecuar la sentencia, su abigado le presenta al juzgaado el calculo con el importe que le corresponde cobrar,el juzgado corron¡borará que está bien hecho el calculo, luego el juez intima a ANSES a que abone ese importe y posteriormente que ANSES presente varios recursos y no pague, el juzgado embargara por ese monto a la ANSES
Quisiera saber que significa el Código 44 y fue enviado a la anterior Delegación de donde había venido, ya pasaron 9 meses de su inicio de Jubilación con 45 años y medios de aportes Certificados correctamente, ya presente Nota de Pronto Despacho el 4/5/2018 y ahí salió el Dictamen con Cod. 44 luego de pasar por 3 delegaciones de Rosario. Fecha Estado 07.05.2018 Fecha Inicio 07.09.2017 44 - Su trámite ha recibido dictamen por parte del área legal, y continúa tratamiento para su posterior resolución. Por favor vuelva a consultar próximamente. Último Pase 8/5/2018 Gracias por lo que puedan Informarme. Luis
Hola Luis, realmente no entiendo porque le han puesto este codigo "44 Rectificación Ingreso Viaje ", asi que no lo sé, lo único que sé es que están frenando muchos expedientees, sobre todo los de un alto monto.
Bueno, estuve indagando y tambien parece que significa que ha recibido dictamen del area legal pero no indica si fue aprobado o no, si está aprobado esta siguiendo su curso y debería salir pronto
Hola buenas tardes tengo una duda empece el juicio por reajuste de haberes en el 2009 en 2015 lo gane me apelaron y el 3/12/2018 otra vez las 3 camaras dieron por finalizado el juicio a mí favor ...me podrían decir cuál es el estimativo del dinero que me Tendrían que abonar,y en tiemot que lo cobraria...desde ya muchas gracias.
Buen dia, en julio de 2017 comienzo a cobrar mi haber con la reparacion historica, luego de que se homologara el convenio en la justicia, cobre normalmente hasta junio de 2018, fecha en la cual y sin aviso previo ni notificacion alguna dejaron de pagarme dicho importe. En la pagina aparece como que esta el expediente en estudio en DRSJ ¦ ANALISIS DE LIQUIDACIONES, yo igual hice un reclamo en la UDAI, y por la pagina en Mi anses y no consigo ninguna respuesta. Agradeceria saber si existe alguna manera de que me contesten si seguire cobrando o no . para poder resolver alguna otra accion. Desde ya muchas gracias.Mi numero de beneficio es 15092076740.
Debe contar los 120 días hábiles para recién iniciar el proceso de ejecución de sentencia, ANSES puede demorar años en pagarle, incluso puede considerarse que no beneficia y no le da nada
Buen día. Consulto. Mi padre de 77 años, tiene Sentencia Firme publicada el 26/12/2017, en Juicio por Reajuste de Haberes (Juicio iniciado en el 2009). Tiene fecha de notificación de sentencia e inicio de ruta administrativa en Anses el 02/07/2018. Hoy el expediente ha pasado del Área Evaluación “A” al área Iniciación (el 14/05/2019). Nuestra incertidumbre es saber:…-¿qué significa que esté en esa área (inicio de qué?); -¿cuántas áreas u oficinas más faltan para que pase ese expediente y sea finalmente notificado y autorizado el pago? Además necesitamos saber -¿si el cómputo final de la liquidación sólo la determina el Anses o la abogada también tiene injerencia en este cálculo??? La abogada y su equipo en el estudio, no nos dan ninguna información del proceso ni aclara dudas, solamente insiste en que hay que esperar, pero realmente para una persona de 77 años que hace 10 que espera se le devuelva lo que le corresponde, esa incertidumbre (además de la poca empatía de la abogada) y espera, desespera. Gracias y esperamos respuesta.
Buen día. Consulto. Mi padre de 77 años, tiene Sentencia Firme publicada el 26/12/2017, en Juicio por Reajuste de Haberes (Juicio iniciado en el 2009). Tiene fecha de notificación de sentencia e inicio de ruta administrativa en Anses el 02/07/2018. Hoy el expediente ha pasado del Área Evaluación “A” al área Iniciación (el 14/05/2019). Nuestra incertidumbre es saber:…-¿qué significa que esté en esa área (inicio de qué?); -¿cuántas áreas u oficinas más faltan para que pase ese expediente y sea finalmente notificado y autorizado el pago? Además necesitamos saber -¿si el cómputo final de la liquidación sólo la determina el Anses o la abogada también tiene injerencia en este cálculo??? La abogada y su equipo en el estudio, no nos dan ninguna información del proceso ni aclara dudas, solamente insiste en que hay que esperar, pero realmente para una persona de 77 años que hace 10 que espera se le devuelva lo que le corresponde, esa incertidumbre (además de la poca empatía de la abogada) y espera, desespera. Gracias y esperamos respuesta.
Buenas tardes mí expediente está en el código 44 hace un año q lo inicie y todavía no tengo respuesta podrían informarme cuánto más va a tardar ? Muchas gracias
Buen día, quisiera saber que quiere decir el código 60 Rechazo Acción de Amparo 60 - Su tramite de Sentencia Judicial se encuentra en etapa de analisis. Para constatar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente o para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130. Dependencia Salida: DGSJ-EVALUACION "B" Fecha Salida: 25.06.2019 Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Entrada 25.06.2019
BUENAS TARDES. QUISIERA CONSULTAR SOBRE PENSIÓN DERIVADA. MI PADRE FALLECIÓ EL PASADO 16/6/2019. MI MADRE INICIO EL TRAMITE PARA PODER COBRAR SU JUBILACIÓN. TIENE FECHA DE INGRESO DE TRAMITE EL DÍA 19/7/2019. CASUALMENTE ES LA FECHA DE LA ULTIMA REVISIÓN; SEGÚN DICEN QUE ESTA "ESTANCADA" PORQUE MI PADRE REALIZÓ SU JUBILACIÓN POR MORATORIA. LA VERDAD NO ENTIENDO. QUISIERA SABER SI HAY ALGUNA MANERA DE SABER CUÁNTO ADEUDA DE ESA MORATORIA PARA PODER CANCELARLA Y QUE EL TRAMITE AVANCE. CABE ACLARAR QUE EN ANSES NO ME SUPIERON ASESORAR EN NADA. MUCHAS GRACIAS.
hola tengo el reajuste fallo badaro de mi pariente en Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES B Fecha Salida: 11.05.2021 Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION... quiere decir que puede salir el otro mes, ?
Lamento informarle que nada que ver, estaba en cómputos,pero no pudo ser evaluada, así que volvió a iniciación y deberá volver en algún momento a cómputos, le aviso que falta pasar por varias oficinas y puede demorar años en salir
Hola una consulta mi pensión directa con moratoria esta en estado 44 anterior 82 y anterior 42 con numero de beneficio la inicie en julio , quiero saber que significa estado 44
Estimado Charly: quisiera que por favor me aclare, dentro de sus posibilidades, el panorama del reclamo de reajuste de pensión de mi madre, el que lleva desde su inicio aproximadamente 8 años. Este expediente estuvo sin movimientos desde 2015 hasta el 11/08 pasado. Verdaderamente me averguenza muchísimo este laberinto judicial y burocrático al que someten a nuestros padres y abuelos, sin respetar tiempos legales ni mucho menos contemplar las situaciones humanas .
ResponderEliminarEstado del Trámite: 15 - Su trámite se encuentra en etapa de resolución. Para verificar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente.
Fecha Estado: 14.08.2015 Fecha Inicio: 04.05.2015
Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A"
Último Pase
Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 11.08.2017
Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Entrada 17.08.2017
Instancia del expediente
Su expediente se encuentra en la instancia resaltada en color verde
Inicio de Prestacion Espera doc interna ANSES Espera doc Externa ANSES Determinacion de Derecho Citado y/o agregacion de doc Legales / Analisis de Especialista Computos y Liquidacion Tramite Resuelto
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Se encuentra en còmputos. No hay forma de saber a ciencia cierta cuanto va a demorar. El expediente judicial en que instancia esta?
EliminarHola Gabriel, buen día, mi nombre es Gustavo Noval, querría comunicarme con vos para contarte el caso de mi padre y ver si me podes ayudar con tus servicios. Gracias
EliminarSaludos
Hola charly tengo juicio de 9 años y sentencia firme ya hace mas de tres años la abogada no me contesta mucho lamentablemente no me trata bien si pregunto mucho ,yo insisto a pesar de su trato cada dos meses me llego a su estudio y por el portero me dice que ahora intimaron Anses ,puede ser eso? le pregunte que hacia cuanto ,me dijo muy despetivamente tengo tanto que no recuerdo. Charly ese tramite de intimacion demora mucho anses suele resolver o lo demora mas , yo en mi ignorancia en el tema pense que debia hacer ejecucion de sentencia,tanta burocracia nos agota
ResponderEliminarEstimados Sres. Charly y Gabriel: en el día de ayer presentamos un pronto despacho en ANSES, a nombre de mi madre. Entendemos que el combo que suma (edad avanzada + enfermedades con riesgo de muerte + monto a ajustar + monto del retroactivo) tenemos mucho en contra, porque si bien mi madre atraviesa una crisis depresiva, tiene 62 años, la propuesta de rep. histórica es la siguiente:
ResponderEliminarHaber sin reajuste
Reparación Histórica
$15112,96
Haber con reajuste
Reparación Histórica
$34664,30
Retroactivo
$1.797.950,23
...Soy Silvia, del mensaje anterior. Gracias
Silvia considerando los montos en juego, yo no aceptaria la reparación històrica. Le explico el motivo: por el alto monto, van a demorar mucho en pagarlo. Seguro los empleados de anses le van a decir que no, pero por escrito no le van a dar nunca una fecha.
EliminarLe repito lo que le decia antes: este cobro tendria que estarlo peleando de manera judicial.
Le envio un saludo, y espero su respuesta
Buenas tardes. Tengo la medida cautelar notificada hace más de dos años para que dejen de retener el importe del art.9 de la ley 24463. Actualmente ese expediente esta en "DGRS - COMPUTOS Y LIQUIDACIONES B". Tengo sentencia favorable de primera instancia; y caducidad de la apelacion de Anses en segunda instancia. Además como me canse de esperar, también les he hecho denuncia penal por incumplir orden judicial. Mi pregunta es: despues de computos y liquidacion dónde debería ir??? O qué más puedo hacer para que me paguen???
ResponderEliminarNi idea
EliminarBuen dia. Es la primera vez que escucho que concedan la eliminacion del tope con una medida cautelar, atento se confunde con la accion de fondo.
EliminarLo que ha hecho hasta ahora es correcto. Yo pediria en el expediente judicial la aplicacion de sanciones conminatorias en cabeza del responsable del organismo.
Estimado Charly le copio la resolución y sentencia a mi favor, pero no tengo ninguna noticia del Anses, que me indique como está el trámite,
ResponderEliminarHago saber a Ud- que en el Expte Nro. WWWWW / 2013 caratulado:
WWWWW c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
en trámite ante este Tribunal, se ha dictado la siguiente
segun copia de sentencia que se adjunta. Según copia que se acompaña.
Queda Ud. legalmente notificado
Fecha 13 de noviembre de 2013
Por las citas y consideraciones expuestas, FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda
interpuesta por el Sr. WWWW contra la Administración Nacional de la Seguridad Social y reconocer el derecho al cálculo del haber conforme el 82% de la remuneración correspondiente a los últimos cargos desempeñados, y las diferencias resultantes, conforme los considerandos de este decisorio; 2) Fijar un plazo de ciento veinte días para el cumplimiento de la sentencia, los que se computarán desde que quede firme el pronunciamiento; 3) Imponer las costas por su orden (Conf. art. 21 de la ley 24.463); 4) Regular los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en el 18 % de las sumas efectivamente percibidas por el actor al que deberá adicionarse el I.V.A., en
caso de corresponder (cfr. “Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación” sent. del 16/06/93 de la CSJN, Fallos 316:1533). Respecto de los
emolumentos de los profesionales intervinientes por la demandada, deberá estarse a lo normado por el art. 2º de la ley 21.839.
Regístrese, notifíquese y previa citación fiscal, archívense.-
Hola Daniel, por lo que pone esto es una sentencia en primera instancia (2) Fijar un plazo de ciento veinte días para el cumplimiento de la sentencia, los que se computarán DESDE QUE QUEDE FIRME el pronunciamiento)la cual seguramente fue apelada y hoy se encuentra en segunda instancia, igual le digo que si es un juicio iniciado en el 2013 y tiene sentencia en primera en el mismo año tuvo un tratamiento muy rápido ya que normalmente duran en primera más de un año. Por lo tanto hasta que no haya sentencia firme en ANSES no va haber nada.
Eliminarhola carly le consulto lo sigiente me cito la abogada y tengo al cobro 11600 y me corresponde 357000 me dijo que despues quecobre hace el reclamo el reclamo y me dijo que lo van a pagar muchas gra cias mi ex 89612 2011
ResponderEliminarHola, supongo que esoe once mil son de haber jubilatorio y los trecintos cincuentaysiete mil de retroactivo, el retroactivo normalmente no se abona en el lugar de cobro de la jubilación, se efectua en otro banco, debería averiguar en que institución bancaria se lo abonan, y si no le pagan lo que corresponde luego la abogada debe reclamar.
EliminarHola Charly, buen día!
ResponderEliminarTe comento, el 31 de agosto la juez federal publica: .... atento al estado de autos, remitansen las actuaciones administrativas a la Anses a fin de dar cumplimiento con la sentencia dictada.
El 11 del corriente el prosecretario administrativo de la cámara federal, dió cumplimiento con la remisión de las actuaciones administrativas a la Anses.
Luego de ésto, tienes idea que sigue?
Saludos y gracias por tu tiempo.
Ursula
A partir del momento que ANSES las recibe, tiene 120 dias habiles para dar cumplimiento con la sentencia y liquidar a su favor en caso que beneficie
EliminarMuchas gracias Dr. por responder
EliminarCharly Gabriel buen día, como están? les cuento resumido mi caso sentencia firme desde 03/2016, transcurrido los 120 días hábiles se inició el pedido de ejecución de la sentencia en el mes de 10/2016- Siguió corriendo x las dos vías se presento a pedido del juez q no había suscripto ni homologado la reparación histórica. El dia 12/09 aparece un crédito q desconozco en la cta bancaria de haberes jubilatorios e ingresando en la pag de anses figura p sept un haber muy superior con un item q dice haber x reparación histórica. Le consulta a mi abogado y me dice q no hay q hacer nada q dieron la reparación hist compulsivamente q después lo van a descontar q si no voy a homologar no se dá x aceptada, mi consulta es si esto es así si no la debo rechazar de alguna manera tengo miedo q al no hacer nada pueda quedar como q se acepta implícitamente. Espero haber sido clara y agradezco todo los comentarios y/o sugerencias q me puedan dar desde ya le agradezco , Saludos Laura
ResponderEliminarBuenos dias. Es como dice su letrado. Ud no necesita hacer nada.
EliminarHola Charly, mi juicio por reajuste está en etapa de ejecución de sentencia, la Jueza intimó a Anses por el plazo de diez días para presentar alguna objeción a la liquidación presentada por mi letrado,la cual se ajusta a la sentencia y fue aceptada como correcta, vencido dicho plazo la Jueza hizo "no a lugar" a una solicitud de ampliación del plazo aduciendo Anses que necesita "organizarse" para hacer efectivo el pago, la Jueza se responsabiliza para "arbitrar los mecanismos necesarios para el cumplimiento" y declara "firme y consentida su resolución y que continúen los autos en el estado en que se encuentren". La fecha es el 28/8, cómo sigue el proceso? cuanto tiempo tardará en hacerse efectivo el pago? mi letrado dice que a lo sumo en 60 días, es correcto?
ResponderEliminarGracias por responderme
Hola, y si la juza ya hizo no a lugar al pedido de ANSES ahora solicitará el embargo de la cifra presentada por su letrado
EliminarMe suena a la Jueza del Juzgado 5. Es como dice Charly. Aprobada la liquidacion se pide el embargo. Efectivizado el mismo y acompañada la constancia de saldo, se intima a la accionada en los terminos del art 505. Vencido el plazo o contestadas las excepciones de ANSeS se pide pasen a resolver, y una vez consentida y notificada la resolucion se pide la transferencia
EliminarHola Charly y Dr Gabriel, soy anónimo 19.35 gracias por sus repuestas, efectivamente se trata del Juzgado 5, al parecer es uno de los más expeditivos. Mi pregunta puntual es cuanto tiempo demora el proceso a a partir de solicitar el embargo (art 502,503 y 504) ya que mi letrado me dijo 60 días, les recuerdo que la Jueza lo resolvió el 28/8. Muchísimas gracias nuevamente
EliminarHay muchos factores. No se puede poner un plazo
EliminarGracias Dr Gabriel, entiendo que los plazos de la Justicia son muy lentos pero de acuerdo al estado en que se encuentra mi juicio debo suponer que sólo resta proceder al embargo y su posterior resolución por parte de la Jueza según dicho por Ud en los términos del art 505 de ley 24241. Después de haber esperado más de siete años...entiendo que resta un tramo significativamente menor. Gracias por permitirme consultarle.
EliminarBuen dia. El problema es que no se puede saber por anticipado como va a desarrollarse cada paso, por ende es muy dificil calcular cuanto demora cada uno. Es el Juzgado mas rapido del fuero y el mas prolijo.
EliminarEl art 505 es del Codigo Procesal
Buenas tardes Dr Gabriel, gracias por responder mi inquietud. Efectivamente el art 505 pertenece al CPCCN, lo que sucede es que con mi juicio he incursionado en cuanta ley y art. existen y como no soy abogada, de ahí mi confusión. Su opinión respecto del Juzgado 5 me produce inmensa satisfacción. Solo me restará continuar viendo la página del Poder Judicial. Gracias nuevamente por su atenta consideración. Estela.
EliminarHola Charly perdón mi insistencia y ansiedad soy Laura escribí ayer me podrían orientar no sé si debo hacer algo gracias
ResponderEliminarhola! no se si es el lugar, pero quería consultarles por el trámite jubilatorio que inició mi papá en febrero. De estado 15 computos y liquicacion paso a 44 - Su trámite ha recibido dictamen por parte del área legal, y continúa su tratamiento para su posterior resolución. Por favor vuelva a consultar próximamente.
ResponderEliminarEl no ha cumplido con la edad (tiene 63) pero varios años trabajados en el exterior en pozos petroleros por lo que le computan doble. Anses ya solicitó a la empresa que lo empleaba el detalle de esos años ya que no había sido registrado con los códigos vigentes de ese momento. es normal q pase de 15 a 44? gracias! silvina
Charly me podrias deir que pasos faltan todavia, es para una tia que ya tiene 90 años, muchas gracias
ResponderEliminarÚltimo Pase
Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Salida: 13.09.2017
Dependencia Entrada: DIR.RESOL. SENTENCIAS JUDICIALES Fecha Entrada 14.09.2017
Hola Gloria es imposible saberlo, ya ue depende de o que resuelva la direccion de resoluciones de sentencias judiciales
EliminarCharly, buen día!
ResponderEliminarConsulto ... desde el momento que la Cámara Federal remitió el expediente al Anses para que la sentencia se cumpla ..... a partir de ése día de presentado empiezan a correr los 120 días hábiles?
saludos y gracias por tu tiempo
Hola Ursulalos 120 días hábiles comienzan a contabilizarse el día hábil siguiente de la cedula de notificación de que la sentencia ha quedado firme, no antes
EliminarHola Charly necesito saber que significa expediente paralizado......
ResponderEliminarG08
21/09/2017 EXPEDIENTE PARALIZADO LEGAJO: 774/17
G08
21/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE PARALIZADO
G08
15/09/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
G08
15/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE SENTENCIA FIRME
G08
15/09/2017 EVENTO NOTIFICACION
G08
15/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE EN ETAPA DE EJECUCION
G08
11/09/2017 FIRMA DESPACHO DEVOLUCIÓN ADMINISTRATIVO
118 / 118
G08
8/09/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE DEVOLUCION ELEVACION
G08
8/09/2017 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8 - SECRETARIA Nº 1
Es raro, ya que normalmente al haber una sentencia firme, el expediente queda en letra a la espera de ser archivado, paralizado normalmente es cuando el expediente no tuvo más movimientos pero sin llegar a sentencia, no lo sé en este caso.
EliminarBuen dia. Me parece que volvio de Camara, devolvieron el administrativo y lo paralizaron. Quizas todo un poco rapido, pero no tiene mucho sentido que lo dejen en letra considerando que ahora la pelota esta en manos de anses
EliminarGracias Charly y Gabriel, voy a consultar al abogado de mi padre, luego les cuento. Consideran que me comunique con Anses????
EliminarBuen dia. No va a lograr nada comunicandose con ANSeS.
EliminarLa gente se olvida que ANSeS es su CONTRAPARTE. Ud le esta haciendo JUICIO al anses. Si Ud. le hace juicio a su vecino, no va y le pregunta si tiene novedad sobre el avance del caso.
Consulte con su letrado, que es el unico que esta de su lado
Gracias Gabriel, muy cierto lo que decis !!!!
EliminarHola de nuevo. Lo unico confiable que le puede dar anses (y se lo dan porque estan obligados a hacerlo) es un estado de tramite 150 impreso. Desconfie de lo que le digan en el aire.
ResponderEliminarDr. Gabriel o Charly: Desde el 1º de octubre estoy tratando de entrar a Mi Anses en la Internet (como siempre lo hago) y no abre ni da explicaciones. Vivo en el exterior y es mi fuente de información (además de ustedes). Abrazos.
ResponderEliminarHola Giuseppe aqui le pongo el link copielo y peguelo en su navegador, si no puede ingresar es muy posible que lo haya bloqueado su proveedor de internet, a mi m ha pasado aquí y tuve qu llamar a mi proveedor.
Eliminarhttps://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=mianses
hola charly soy ernesto, quiero que me aclares algunas dudas segun tu experiencia y buena voluntdad, hice juicio ya hace unos 8 o 9 años, tengo sentencia favorable de la corte suprema, y el expediente paso al anses con codigo 67 y fue a liquidacion de haberes b, de ahi salio a iniciacion y y fue a liquidacion de haberes a, estubo unos meses y ahora salio de esa oficina con codigo 40, y actualmente se encuentra en iniciacion, como sigue esto ahora, hable con mi abogado y me dice que despues del 15 de cada mes sale el rud o algo por el estilo donde va a ver cuanto es lo que me liquidan, hasta hace una semana me salia la reparacion historia que nunca acepte ni rechase, y ahora me sale un cartel que dice: de acuerdo con los datos existentes en anses este caso es de mayor complejidad y es necesario mas tiempo para el analis, pienso pór lo que lei en sus comentarios que me letrado recharo la reparacion para poder cobrar el jucio, bueno la pregunta es la siguiente de acuerdo a su expererien y sabiduria, si tengo un codigo 40 y creo que todavia falta pasar por la oficina previcional por lo que lei en sus asesoramiento, faltara mucho para poder cobrar y si es verdad lo del ruf, cuando se podra saber el importe, desde ya muchas gracias por su amabilidad y atencion.
ResponderEliminarHola Ernesto, primero su abogado no puede rechazar la Reparación Histórica, solo usted puede hacerlo, segundo, esta perfecto lo que le dio su letrado, el pedirá el RUB ( Registro Unico del Beneficiario) en cuanto puee demorar es imposible saberlo pero podría ser entre 60 a 90 días
Eliminarperdon soy ernesto de nuevo tambien queria saludar al señor gabriel y si tb puedo colaborar con mi pregunta, gracias y saludos a ambos
ResponderEliminarHola soy Alfredo, como están charly y Gabriel les hago una consulta ya que son tan amables , yo inicié hace unos años juicio por mis haberes, después de tanto tiempo ya salió de liquidación de haberes A con el código 40, Y mi abogado ya tiene el RUB donde dicen cuanto voy a cobrar, la pregunta es la siguiente el importe es similar al que me ofrecían en la reparación histórica que rechase, porque tenía sentencia favorable, puede ser que el importe sea similar al de la reparación histórica, yo pensaba que iba a ser mucho mayor al ofrecimiento pero hay casi nada de diferencia, como siempre aconsejaron en los medios no aceptar porque el importe era menor, puede ser eso un importe similar, gracias, Y más o menos cuando cobraré según sus conocimientos, muy amables y le mando un abrazo
ResponderEliminarHola Alfredo, no debería ser igual, esto debe cotejar su abogado con los calculos que debe hacer para ver cuanto realmente le corresponde según la sentencia y si hay diferencia se puede reclamar esa diferencia, eso debe hablarlo con su letrado
EliminarHola Alfredo, disculpa, por error se ha borrado tu nueva consulta, si, se cobra y luego si los calculos de su abogado demuestran que es mayor la diferencia se reclama ante el mismo juzgado porque no han cumplido totalmente con la sentencia y se presenta el calculo de lo que debería ser.
Eliminargracias charly sos muy amable, ahora espero que no se demore el pago y despues de tantos años de espera lo pueda cobrar, y si hay alguna diferencia la reclamare porque me corresponde, esdecir cobrare lo que me ofrecen y reclamare la diferencia, una cosulta si hubiere diferencia tendre que esperar años como lo hice en el juicio? gracias
EliminarHola mi nombre Cristina ya hace como un año pedi reajuste de sueldo y reotractivos quisiera saber si ya voy a tener novedad mi num de cuil 27184724761 desde ya gracias mi correo crisechavabsso@gmail.com
ResponderEliminarHola Cristina, yo no trabajo en ANSES, no puedo saber nada con el DNI (sería mejor que no lo pongan ) (tampoco contesto personalmente a mails)lo habitual es que ese reclamo administrativo sea rechazado y con ese rechazo iniciar un juicio. Saludos.
EliminarHola mi nombre es Fernanda y soy de Mendoza , inicie el trámite por la pension derivada por fallecimiento en Junio de este año ,soy discapacitada e incapacitada total para trabajar. Presenté todo lo que me pidieron e incluso hasta mas , el último estado de ayer viernes 3 de noviembre de 2017 dice que ya recibio dictamen del área legal y que continua su curso para la posterior resolución eso que significa? he consultado por todos lados y nadie explica bien que es , necesito cobrarla ya que tengo a cargo a mi hija de 10 años y soy madre soltera dependi toda mi vida de mi madre y ella falleció en Mayo de este año. Necesito su respuesta señor Charly es urgente!!!
ResponderEliminarHola María Fernanda, desgraciadamente esto lleva su tiempo, son todos tramites burocraticos que demoran, supongo que ya ha pasado por el cuerpo médico que dictamina la discapacidada, de laoficina que salió es la que indica si legalmente le corresponde, así que está llevando su curso normal yo conozco el caso de una chica discapacitada que debe cobrar la pensión de su padre jubilado, también discapacitada total y ya pasaron más de 2 años y aún no le fue otorgada
EliminarhOLA! GRACIAS DESDE YA POR SU AMABLE APORTE. ESTE ES EL ESTADO DE EXPEDIENTE DE MI PADRE. SU ABOGADA NO ES MUY ATENTA, Y YO ESTOY LEJOS Y NO ENTIENDO NADA. EN MI ANSES APARECE ASI:
ResponderEliminarEstado del Trámite: 40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 45 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente.
Fecha Estado: 20.12.2017 Fecha Inicio: 15.02.2017
Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B"
Último Pase
Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 11.12.2017
Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Entrada 19.12.2017
CÓMO SIGUE ESTO AHORA? QUE DEBE ESPERAR? CUANDO SE ACTUALIZARÍA SU HABER JUBILATORIO? AL MISMO TIEMPO QUE PAGUEN EL RETROACTIVO? MUCHISIMAS GRACIAS. AH! MI PADRE TIENE 62 AÑOS
Hola Gisella, me resulta etraño que en tan poco tiempo hayan resuelto favorablemente, pero si es así calcule que entre 60 y 90 días para cobrar, en algunos casos se paga el retroactivo en un banco diferente de donde cobra el haber y luego cobra el haber mejorado.
EliminarMI TRAMITE ESTADRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES"B" DESDE EL 22/12 /2017 USTED ME PODRIA INFORMAR COMO SIGUE EL TIEMPO DE LIQUIDACION
ResponderEliminarHola, es imposible decirle cuanto va a demorar en una oficina puede estar hasta 3 meses y luego puede salir aprobada, desaprobada, puede ir a verificación y volver a computos, o puede salir sin tratamiento, ir a inciación y devuelta a Computos y Liquidaciones, al día de hoy muchos abogdos al cumplirse los 120 días hábiles de la notificación por parte de Anses de la sentencia firme deciden iniciar la ejecución de la sentencia para cobrar o embargar a ANSES
EliminarELLOS ME INFORMAN QUE SALIO FAVORABLE ,PERO SI EL PLAZO ES MAYOR A 45 DIAS Y NO FUI NOTIFICADO DEBO PRESENTARME AL ANSES
ResponderEliminarDONDE ESTA EL EXPEDIENTE,
Es muy raro que en tan poco tiempo haya salido favorable, más que dice que ingresó a Computos y no que salió de alli, es muy raro todo, lo normal es que cuando sale de Computos pongan que salió favorable o desfavorable, pero nunca cuando ingresa
EliminarHola buenas tardes mi consulta es se equivocaron en liquidar el año pasado y pasó a requilización. Y ahora estoy en computos y liquidaciones "b" .... es x juicio de reajuste de haberes. Cuál es el siguiente paso? Ya me pagan. ..hace más de.seis.años que espero
ResponderEliminarHola, todavia debe pasar por varias oficinas, siempre y cuando salga favorable (codigo 40) su letrado debería de haber iniciado la ejecución de sentencia al haberse cumplido los 120 días hábiles, hoy ANSES demora mucho más que antes los pagos de sentencias, y ni hablemos la Reparación Histórica
EliminarMuchísimas gracias x contestar ya se pasaron más 120 días.. lo que note que en menos.de.una semana me lo pasaron a computos y liquidaciones b y con una fecha de entrada y salida de.una semana. Tengo que estimar ?
ResponderEliminarNo se puede estimar nada, hay que ver porque paso tan pronto y con que codigo salió
EliminarDisculpa que significa el código 50 de anses ?
ResponderEliminarHola codigo 50 Trámite Inactivo
EliminarBuenas tardes era intimar al Gobierno . ..? No entiendo entonces xq esta con el código 50 si se movió a liquidación
ResponderEliminarNo, cuando se cumplen los 120 días hábiles desde que ANSES fue notificada de la sentencia firme se puede ejecuar la sentencia, su abigado le presenta al juzgaado el calculo con el importe que le corresponde cobrar,el juzgado corron¡borará que está bien hecho el calculo, luego el juez intima a ANSES a que abone ese importe y posteriormente que ANSES presente varios recursos y no pague, el juzgado embargara por ese monto a la ANSES
EliminarQuisiera saber que significa el Código 44 y fue enviado a la anterior Delegación de donde había venido, ya pasaron 9 meses de su inicio de Jubilación con 45 años y medios de aportes Certificados correctamente, ya presente Nota de Pronto Despacho el 4/5/2018 y ahí salió el Dictamen con Cod. 44 luego de pasar por 3 delegaciones de Rosario.
ResponderEliminarFecha Estado 07.05.2018 Fecha Inicio 07.09.2017
44 - Su trámite ha recibido dictamen por parte del área legal, y continúa tratamiento para su posterior resolución. Por favor
vuelva a consultar próximamente. Último Pase 8/5/2018
Gracias por lo que puedan Informarme. Luis
Hola Luis, realmente no entiendo porque le han puesto este codigo "44 Rectificación Ingreso Viaje ", asi que no lo sé, lo único que sé es que están frenando muchos expedientees, sobre todo los de un alto monto.
EliminarBueno, estuve indagando y tambien parece que significa que ha recibido dictamen del area legal pero no indica si fue aprobado o no, si está aprobado esta siguiendo su curso y debería salir pronto
EliminarBuenas noches. A mi padre le salió el mismo código, recuerda como siguió su trámite después del código 44? Gracias
EliminarHola, a mi papá.le salió el mismo código. Cómo siguió su caso después de ese código? Gracias
EliminarEstado: Su trámite se encuentra en etapa de resolución. Para verificar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente.
ResponderEliminarJj
ResponderEliminarhola! q DRSJ ¦ ANÁLISIS DE LIQUIDACIONES que significa el estado de expediente que dice así muchas gracias
ResponderEliminarHola buenas tardes tengo una duda empece el juicio por reajuste de haberes en el 2009 en 2015 lo gane me apelaron y el 3/12/2018 otra vez las 3 camaras dieron por finalizado el juicio a mí favor ...me podrían decir cuál es el estimativo del dinero que me Tendrían que abonar,y en tiemot que lo cobraria...desde ya muchas gracias.
ResponderEliminarHola quisiera saber cuánto más falta que inici la pensión de mí nieta su número de expediente es 041-27-55317797-4-055-1
EliminarBuen dia, en julio de 2017 comienzo a cobrar mi haber con la reparacion historica, luego de que se homologara el convenio en la justicia, cobre normalmente hasta junio de 2018, fecha en la cual y sin aviso previo ni notificacion alguna dejaron de pagarme dicho importe. En la pagina aparece como que esta el expediente en estudio en DRSJ ¦ ANALISIS DE LIQUIDACIONES, yo igual hice un reclamo en la UDAI, y por la pagina en Mi anses y no consigo ninguna respuesta. Agradeceria saber si existe alguna manera de que me contesten si seguire cobrando o no . para poder resolver alguna otra accion. Desde ya muchas gracias.Mi numero de beneficio es 15092076740.
ResponderEliminarExpediente 44210 con sentencia firme.Cuando comienso a cobra el reajuste .???
EliminarTengo sentencia firme desde septiembre 2018.Quisiera que me informé cuanto más tengo qué esperar.??
ResponderEliminarDebe contar los 120 días hábiles para recién iniciar el proceso de ejecución de sentencia, ANSES puede demorar años en pagarle, incluso puede considerarse que no beneficia y no le da nada
Eliminarquisiera saber cuando me van a atulisar el haver. ?
ResponderEliminarQue es su trámite a recibido dictamen por la parte del área legal y continua tratamiento para su posterior resolucion gracias
ResponderEliminarBuen día. Consulto. Mi padre de 77 años, tiene Sentencia Firme publicada el 26/12/2017, en Juicio por Reajuste de Haberes (Juicio iniciado en el 2009). Tiene fecha de notificación de sentencia e inicio de ruta administrativa en Anses el 02/07/2018. Hoy el expediente ha pasado del Área Evaluación “A” al área Iniciación (el 14/05/2019). Nuestra incertidumbre es saber:…-¿qué significa que esté en esa área (inicio de qué?); -¿cuántas áreas u oficinas más faltan para que pase ese expediente y sea finalmente notificado y autorizado el pago? Además necesitamos saber -¿si el cómputo final de la liquidación sólo la determina el Anses o la abogada también tiene injerencia en este cálculo??? La abogada y su equipo en el estudio, no nos dan ninguna información del proceso ni aclara dudas, solamente insiste en que hay que esperar, pero realmente para una persona de 77 años que hace 10 que espera se le devuelva lo que le corresponde, esa incertidumbre (además de la poca empatía de la abogada) y espera, desespera. Gracias y esperamos respuesta.
ResponderEliminarBuen día. Consulto. Mi padre de 77 años, tiene Sentencia Firme publicada el 26/12/2017, en Juicio por Reajuste de Haberes (Juicio iniciado en el 2009). Tiene fecha de notificación de sentencia e inicio de ruta administrativa en Anses el 02/07/2018. Hoy el expediente ha pasado del Área Evaluación “A” al área Iniciación (el 14/05/2019). Nuestra incertidumbre es saber:…-¿qué significa que esté en esa área (inicio de qué?); -¿cuántas áreas u oficinas más faltan para que pase ese expediente y sea finalmente notificado y autorizado el pago? Además necesitamos saber -¿si el cómputo final de la liquidación sólo la determina el Anses o la abogada también tiene injerencia en este cálculo??? La abogada y su equipo en el estudio, no nos dan ninguna información del proceso ni aclara dudas, solamente insiste en que hay que esperar, pero realmente para una persona de 77 años que hace 10 que espera se le devuelva lo que le corresponde, esa incertidumbre (además de la poca empatía de la abogada) y espera, desespera. Gracias y esperamos respuesta.
ResponderEliminarBuenas tardes mí expediente está en el código 44 hace un año q lo inicie y todavía no tengo respuesta podrían informarme cuánto más va a tardar ? Muchas gracias
ResponderEliminarBuen día, quisiera saber que quiere decir el código 60 Rechazo Acción de Amparo
ResponderEliminar60 - Su tramite de Sentencia Judicial se encuentra en etapa de analisis. Para constatar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente o para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
Dependencia Salida: DGSJ-EVALUACION "B" Fecha Salida: 25.06.2019
Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Entrada 25.06.2019
BUENAS TARDES. QUISIERA CONSULTAR SOBRE PENSIÓN DERIVADA. MI PADRE FALLECIÓ EL PASADO 16/6/2019. MI MADRE INICIO EL TRAMITE PARA PODER COBRAR SU JUBILACIÓN. TIENE FECHA DE INGRESO DE TRAMITE EL DÍA 19/7/2019. CASUALMENTE ES LA FECHA DE LA ULTIMA REVISIÓN; SEGÚN DICEN QUE ESTA "ESTANCADA" PORQUE MI PADRE REALIZÓ SU JUBILACIÓN POR MORATORIA.
ResponderEliminarLA VERDAD NO ENTIENDO. QUISIERA SABER SI HAY ALGUNA MANERA DE SABER CUÁNTO ADEUDA DE ESA MORATORIA PARA PODER CANCELARLA Y QUE EL TRAMITE AVANCE.
CABE ACLARAR QUE EN ANSES NO ME SUPIERON ASESORAR EN NADA.
MUCHAS GRACIAS.
Hola mi nombre es marina..
ResponderEliminarY quisiera saber que significa :para liquidar y enviar a guarda.
Gracias
hola tengo el reajuste fallo badaro de mi pariente en Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES B Fecha Salida: 11.05.2021
ResponderEliminarDependencia Entrada: DGSJ-INICIACION... quiere decir que puede salir el otro mes, ?
Lamento informarle que nada que ver, estaba en cómputos,pero no pudo ser evaluada, así que volvió a iniciación y deberá volver en algún momento a cómputos, le aviso que falta pasar por varias oficinas y puede demorar años en salir
EliminarHola una consulta mi pensión directa con moratoria esta en estado 44 anterior 82 y anterior 42 con numero de beneficio la inicie en julio , quiero saber que significa estado 44
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