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viernes, 17 de marzo de 2017

ANSES YA PUBLICÓ LAS LISTAS DE PAGO DE SENTENCIAS DE MARZO 2017

Anses publicó la listas de pagos de sentencias judiciales correspondiente a mes de marzo del 2017 y como ya informara aquí el doctor Gabriel Greizerstein comenzaron a abonarlas el 15 de marzo.

Para ver las listas cliquear Aquí

177 comentarios:

  1. Hola Charly como estas mi abuela de 90 años tiene sentencia firme desde julio de2016 el 4 de agosto fue notificada la anses y desde ahí estamos sin ninguna respuesta la abogada nos dijo que esperemos que en diciembre de 2016 o enero 2017 a mas tardar lo cobraba y estamos casi en abril de 2017 y nada el expediente desde octubre está en codigo 23 el expediente que faltaba ya lo digitalizaron en febrero 2017 puede ser que tarde tanto no se si escribir por acá el expediente pero esta en 150

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    1. Hola, mirá,si, ANSES tarda lo que se le da la gana, hay que contar desde el 4 de agosto 120 días "HÁBILES" y a partir del día 121, recién allí, su abogado puede iniciar la ejecución de sentencia, que va a demorar unos cuantos meses.

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  2. Charly el abogado me llamo y me dijo que tengo que firmar el letrado, una vez que firmo se cobra rápido o hay que esperar mas tiempo ?

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    1. ¿firmar que? ya que letrado se le dice al abogado

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    2. Nose, llamo la secretaria y me dijo que me esta por llamar de nuevo asi voy a firmar unos papeles para cobrar el juicio.

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    3. Posiblemente sea para la ejecución de sentencia, en lo del abogado no se firma nada para cobrar, se firma en el banco cuando le pagan.

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  3. Hola Charlie mi consulta es, mi mamá está en juicio, Ella es jubilada docente por lo cual no entro en la reparación histórica y tiene 91 años, su expedientey está en de DGSJ mesa de entradas, cuando salga la liquidación le van a pagar en una sola vez o en cuotas? Y su jubilación va a seguir siendo la misma o después de la liquidación le van a aumentar?

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    1. Hola Valentina, e pusiste cuatro veces la misma pregunta, te dejo el link donde te respondí por primera vez.
      http://charly-quejese.blogspot.com/2014/08/anses-publico-la-lista-de-sentencias.html?showComment=1490058938195#c2678260429955590930

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  4. Hola charly,podrias pasarme informacion sobre el expediente de mi esposo fallecido, ya que hable ya que hable al juzgado hace unos dias y me dijeron que cuando dijera en letra ya estaba finalizado el juicio y pasaba a la anses y entro ahora a su expediente y hoy dice que esta en despacho...71019145/2008
    Jurisdicción: JUSTICIA FEDERAL DE ROSARIO
    Dependencia: JUZGADO FEDERAL DE SAN NICOLAS 1 - SECRETARIA 1 CIVIL Y PREVISIONAL
    Sit. Actual: EN DESPACHO
    Carátula: C/ ANSES S/REAJUSTES POR MOVILIDAD

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    1. Correcto, en estos momentos el expediente judicial está en el despacho del juez y por un escrito infiero que su letrada está solicitando la ejecución de sentencia

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  5. HOLA TE HAGO UNA CONSULTA mi madre tiene sentencia firme desde 2014 y ahora dice DGSJ-EVALUACION "B" ,que quiere decir , y que puede hacer?? desde ya muchas gracias Datos del Expediente 024-27-04675142-1-146-1

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    1. Hola, si tienes sentencia firme desde el 2014 ya paso largamente los 120 días hábiles para que su letrado haya iniciado la ejecución de sentencia ya que evaluación B es una de las oficinas por las cuales debe pasar el expediente antes del pago, cuanto puede demorar es imposible saberlo y para donde va a salir menos, su letrado debería haber iniciado la ejecución de sentencia.

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    2. El exp 146 es el que origina el reajuste y siempre deberìa aparecer DENEGADO con fecha anterior al inicio del juicio. Debe controlar el expediente 150

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    3. gracias pongo 150 y no me aparece nada



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    4. Muchos NO aparecen por internet, otros todavia no fueron creados. Le diría que se acerque a Alsina 250, pero probablemente no pueda hacer nada con la información que le den ahi. Consulte con su letrado, a ver que pasos esta tomando para que su madre cobre.
      Lo que me esta sucediendo a MI (aclaro que hablo solamente desde mi experiencia y no aseguro que sea la regla) es que ANSeS me esta pagando los juicios de monto bajo. Los que superan los 200 mil pesos solamente los paga si están en ejecución. La ejecución modifica el orden de prelación.

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  6. Ante todo , gracias por tu tiempo en atendernos y contestar nuestras preguntas. Te comento que figuro en la lista de pago de sentencias, y que se incremento el haber jubilatorio pero aun no recibi ninguna notificacion del anses. Es normal esto? . Gracias

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    1. Hola, si salió en la lista de pagos debe ir urgentemente a una UDAI y avriguar donde debe cobrar el retroactivo ya que comenzaron a pagarlo el 15 de marzo y tiene un tiempo limitado para cobrarlo, pasada esa fecha el monto vuelve a ANSES y es muy engorroso cobrarlo

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  7. hola charly, recibi una propuesta, tengo sntencia firme, mi pregunta es si aceptar o esperar, si me descuentan ganancias y qcual es el porcentaje que tendria que pactar con mi abogado, tengo muchas dudas dame una mano campeon gracias mi numero de beneficio es 15081342320

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    1. Hola, primero, no entiendo para que me manda el número de benficio, yo no trabajo en ANSES, así que a mi no me sirve para nada, segundo, disculpeme, pero esa es una decisión privada de cada uno e aceptar o no consulte con su letrado, que le informe cuanto es el calculo que ha realizado de lo que le deben pagar de reajuste y retroactivo, sopese los pro y contras y decida,.
      En cuantocual es el porcentaje que le debe pagar a su letrado, eso es un pacto entre usted y su letrado, es particular de cada uno, eso ya le debería de haber de informado su letrado de cuanto le iba a cobrar, incluso algunos se hacen firmar el acuerdo antes de tener sentencia,incluso al iniciar los trámites judiciales.

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    1. Marcelo, he borrado tu mensaje ya que lo había publicado y no me di cuenta que tenia un número, por lo tato lo eliminé para que no tenga problemas, por favor no poner números de teléfono, n uanto ganancias en la reparación historica supongo que también y que se descuentan en todo, como no tuve noticias de nadie que la haya cobrado no te lo puedo confirmar por ello pongo supongo ya que lo relizan hasta en los pagos de sueldos atrasados cuando supera el minimo

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  9. Hola Charly! Tengo que resolver si aceptar o no el ajuste de la Reparación Histórica. Estoy jubilada desde el 2014 y no tengo juicio iniciado. Consulté con un abogado y me aconseja iniciar juicio porque la diferencia entre lo que me ofrecen y lo que surgiría del juicio, es considerable. He leído de un fallo reciente en que el juez ordenó un reajuste siguiendo los mismos índices que los utilizados en la Rep. Hist. Que expectativas hay de que sigan manteniendo este criterio o que se siga aplicando la jurisprudencia que existía hasta ese fallo?

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    1. Hola Mirta, no se que decirte ya que lleva años un juicio, es verdad que la diferencia es considerable, y además es heredable, la Reparación Histórica no, n cuanto a ese fallo que mencionas no tenía conocimiento, el que podría responder eso sería el doctor Gabriel Greizerstein.

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    2. Gracias Charly! Le agradecería al doctor Gabriel una respuesta. Es importante para mí, tener un panorama sobre los juicios que se inicien, ya que si siguen el criterio del que menciono (del juez Fantini), no me convendría para nada, iniciarlo.

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    3. Buenas tardes. El juicio al que se refiere la Sra. es uno del Juzgado Federal de la Seguridad Social nº 6.-
      Es el ùnico que suele tener esos criterios. Ese Juez se puede recursar, y que no le toque.
      Si su beneficio es del 2014, le aconsejo que si o si le hagan el càlculo correspondiente ANTES de decidir, ya que los beneficios obtenidos con posterioridad al 2009, no suelen encontrarse comprendidos dentro del precedente Quiroga, que deriva para la etapa de ejecuciòn la redeterminación o no de la PBU. Muchos beneficios dependen del ajuste de la PBU para tener una buena diferencia.-

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    4. Estimado Dr Gabriel. Mi beneficio fue cobrado a partir del 2014, pero considerando los últimos 10 años aportados anteriores al 2008, año en que me retiré de mis funciones y esperé hasta el 2014 para llegar a la edad jubilatoria. Por supuesto que contaba con más de 30 años de aportes. El abogado me hizo el cálculo y me da un valor que es un 70% mayor al que me ofrecen en la reparación hist. Mi temor es que cambie la jurisprudencia. Le pregunto además, cuantos años están demorando los juicios por reajustes? Muchas gracias por su respuesta

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    5. Buenos dias. Preguntele al abogado si el monto es CON o SIN reajuste de la PBU. La jurisprudencia yo no creo que vaya a ser modificada. Para que esto suceda, tendriamos que tener una serie de nuevos fallos de la Corte.
      Yo estoy obteniendo sentencia de primera instancia en algunos casos en 8 meses, en otros en 1 año. El problema es que el mismo ANSeS que por un lado apela TODAS las sentencias, por el otro lado la extorsiona con ofrecimientos de reparacion historica. Lo que nunca le dicen es que esos ofrecimientos no tienen una fecha cierta de cobro.

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    6. Muchas gracias Dr por su aporte. Un saludo afectuoso.

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  10. gracias Charly sos un campeon , espero que lo agendes , quiero que me llames si te puedo ser util para algo, me gusta devolver la pelota jajaja abrazo

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  11. Recuerdo a macri y a su gente que decian que hiban a pagar que hiban a agilizar todos los tramites!!!y que resulto ser reparacion historica? Una porqueria... agilizar ? Una mentira...cada ves mas trabas tantos años para cobrar un juicio..plata que le corresponde a cada jubilado..son una mentira..que dios se apiade de esta gente..y que los que nos gobierne sea cual sea de turno... se dejen de joder porque algun dia les va a tocar a ustedes..mangas de ineptos..inservibles..

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    1. Hola, lamento informarte que a ellos nunca les va a pasar ya que sus jubilaciones salen prontamente y son de privilegio como la que ya está cobrando nuestra ex presidenta.

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  12. Hola Charly !! Te hago una pregunta ,se puede pedir un expediente de la seguridad social de Bs As que sea trasladado a otra provincia ?? Desde ya muchas gracias

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  13. ESTIMADO CHARLY:
    POR FAVOR SI PODRIAS INFORMARME QUISIERA SABER LO SIGUIENTE: MI JUICIO SE ENCUENTRA EN "CODIGO DE ESTADO DE EXPEDIENTE" A LIQUIDACION O SEA EL Nº 67 DE SEGUIR TODO NORMAL COMO SEGUIRIA EL TRAMITE. MUCHISIMAS GRACIAS.
    ROBERTO ALONSO GOMEZ

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    1. Hola Roberto, supongo que debe ir a Computos y Liquidaciones, han cambiado algunas cosas, pienso que es ese el siguiente paso.

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  14. lo vuelvo a molestar me podria informar que es una remision CRR enviada por el poder judicial

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  15. Hola Charli !! te consulto lo siguiente, mi mama de 87 años había iniciado un reclamo judicial por reajuste, le hicieron una buena oferta por reparación histórica sin retroactivo y la acepto !!! primero en diciembre la acepto por internet y después el 8 de febrero junto con la abogada en el UDAI de Barracas. Hoy estamos a marzo y no cobro el reajuste en su jubilación ?? hay alguna fecha de cuando empezara a cobrar con el reajuste ?? y si el reajuste corre desde el 8 de febrero ??? le corresponde retroactivo desde el momento que se homologo el convenio en el UDAI con su letrada. Gracias y muy amable !!!

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    1. Hola, creo que si es sin rtroactivo, no hay retroactivo, la homologación no es en la UDAI, en ant la justicia en un juzgado, y e pago hay un orden de prelación, por edad, enfermedad terminal y monto a abonar, cuanto menor el monto más pronto se cobra, según la ley tienen 5 años para pagar, estos 5 años son prorrogables 5 años más.

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    2. Buenas tardes. Si el reclamo de su mamà estaba en juicio, primero tiene que homologarse en ese expediente. En las UDAI no se homologa, meramente se ratifica la aceptaciòn del acuerdo. La homologaciòn es judicial. Como consta en el acuerdo que le proporciona ANSeS, el pago se realiza LUEGO de homologado el acuerdo. El orden de prelación para pagar los acuerdos homologados es el de la Circular 9/17.-
      En las UDAI le estan diciendo a la gente que "en un par de meses" cobra, y eso es totalmente falso, nadie sabe cuando se cobra.

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  16. Hola Chary , ¿que singnifica que un exp. esté en coordinación de gestión digital ? si podés contestame gracias.

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    1. Hola Sergio, lo desconozco, supongo que puede ser cuando manda el expediente a digitalización y ahora le han puesto este nombre rimbombante

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  17. hola charly , te molesto con la siguiente consulta , mi expte tiene sentencia firme desde marzo de 2016 ,todo ese año paso por distintas oficinas incluidas las de computo y liquidacion a,b y c ,cuando aparentaba estar a punto de salir , este año 2017, volvio a las siguientes : iniciacion - evaluacion B - coordinacion mesa de entradas y en este momento a coordinacion asuntos contenciosos interior , no se que pensar , si solo lo hacen para demorarlo y que pase el tiempo o no tienen personal competente para liquidar el expte , este es por una jubilacion por minusvalia y lleva once años de gestion , no se inicio ejecucion pensando que saldria en cualquier momento , pero pasa el tiempo y la ultima oficina que te menciono no le da ENTRADA , me gustaria tener tu opinion , desde ya gracias.

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    1. Hola, no entiendo es un tramite de jubilación por discapacidad o es un reajuste de haberes, si es esto últio esta oficina que pone nunca la oí nombrar ( coordinación asuntos contencioso interior), qu no figure la fecha de ingreso no significa que no le quiere dar entrada, es solo que aún nadie de esa oficina di por ingresado aún el expediente en sistema, yo creo que si es un rejuste de haberes su letrado debe iniciar la ejecución de sentencia.

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  18. Hola Charly, te consulto: a los 120 días hábiles para pagar juicio por reajuste de jubilación se le descuentan el mes de enero por la Feria Judicial? en Anses me dijeron que permaneció trabajando normalmente durante enero pero mi abogado me comentó que estuvo abierto pero no para liquidación de Sentencias, a quien le creo? imagínate que estamos hablando de 22 días menos, tengo sentencia firme desde 29 de setiembre de 2016. Gracias.

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    1. Hola, realmente no lo sé para mi no correspondería ya que son hábiles para la administración pública, quien mejor te podría responder esto sería el doctor Gabriel Greizerstein

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    2. Buenas tardes. Enero no se cuenta. No le debe faltar mucho igualmente para que pase el plazo

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    3. Gracias doctor Gabriel por su respuesta, creo que ya estoy en los últimos días para finalmente cobrar lo que me pertenece, la ansiedad después de 8 años de juicio me lleva a averiguar por todos los medios posibles, gracias nuevamente.

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  19. Hola Charly te comento que ya me pagaron el ajuste jubilatorio por caso badaro (empezaron este mes) y estoy el la lista para cobrar la retroctividad pero no recibi ninguna notificacion al respecto, la letrada me dijo que tampoco ella lo recibio,sera que tendre que esperar mas o el anses puede dilatar a proposito el pago de dicha sentencia , desde ya muchisimas gracias.

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    1. Hola, ya comente que muchas veces no llega la notificación porque la envian por correo y este muy pocas veces llega, si salió en la lista debe ir urgentemente a la UDAI más cercana y averiguar en que banco le pagan el retroactivo, ya que tiene pocos días para cobrarlo.

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    2. Si puede vaya a Alsina 250 a averiguar, a veces en las UDAI no saben en que parte del sistema mirar, o directamente ese empleado no tiene acceso. El plazo para el cobro de marzo vence el 10 de abril

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  20. Hola lo molesto para saber que debería hacer con mi jubilacion cuyo 1er.fecha de cobro salió el 20/enero fui al bco. me informan que está retenido hago el reclamo en el udai en febrero y ahora me dicen que no saben porque esta retenido ni cuando voy a cobrar

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    1. Hola, donde le dicen que no saben, debe ir a la UDAi donde inicio el tramite y consultar la causa de la retención del pago

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  21. hola Charly, mi pregunta es cuanto puede tardarel anses en hacer efvo el pago en caso de aceptar la propuesta de reparacion historica, hay por ley un plazo estimativo , gracias

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    1. Imposibl decirle cuanto van a demorar, según la ey tienen 5 años para pagarle y estos pueden ser prorrogados otros 5 más

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  22. JAJAJAJA PARA QUE ENTONCES SACARON ESA LEY , ES TODA PROPAGANDA POLITICA, MAS MENTIRAS , NO ENTIENDO LA FIMALIDAD , DIEZ AÑOS PARA CUALQUIERA ES UNA ETERNIDAD , PARA UN JUBILADO ES CASI NUNCA, MORITE ESPERANDO TE DIRIA

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  23. Buenas tardes Charly, consulta de mi papa. Sentencia firme x reajuste de haberes. La abogada le informa que la anses le aviso q en abrí cobra. Le informo el monto retroactivo (son 11 años) que el anses va a abonarle y que ese monto se acerca bastante a su calculo(el de la abogada). La consulta de mi papa es saber como puede aproximadamente sacar el calculo del monto que le corresponde x retroactivo x q dista bastante lo que el piensa que le corresponde con el calculo que dice el anses. Muchas gracias

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    1. Hola, es un calculo bastante complicado, normalmente los estudios juridicos tienen un contable que realiza ese cálculo.

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  24. Hola Charly! Antes de hacerte mi consulta quiero agradecer tu muy buena predisposición para aclarar, en la medida de lo que está a tu alcance, todos las dudas de quienes no estamos al tanto del tema jubilaciones.
    Te cuento cuál es la mía: a mi padre le salió una sentencia firme en diciembre de 2.015 y todavía está esperando que le paguen (hace ya un año y medio). La abogada dice que hay que esperar, pero... sabés más o menos cuanto puede tardar el cobro del dinero? Muchas gracias nuevamente.

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    1. Hola, mir´, ni idea cuanto más pueden demorarlo, pero parece que hoy día no habría intenciones de pagar cuando el retroactivo es alto, así que tu letrada debería iniciar la ejecución de sentencia.

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  25. hola crarly como puedo saber mi numero de expediente,mi abogada no me lo dice anse dice que si tengo abogado no me pueden dar informacion que le pregunte al abogado y asi me tienen a las vueltas y mi abogada no hace nada y si pregunto mucho me trata mal y no me atiende me trata de ignorante y si ,en el tema tal ves porque si fuera abogada no la nesecitaria

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    1. Hola, lo que le dicen de ANSES es una mentira, deben darle el número de expediente excepto que este no exista porque aún no tenga sentencia firme su juicio.

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  26. hola charly ,te molesto en cuanto a una consulta realizada el 29-03-2017 , en la que tu me dices no comprender de que tipo de tramite es , se trata de una jubilacion por discapacidad { minusvalia} ,ley 20475 ,
    con sentencia firme ,que hoy esta para ingresar a coordinacion asuntos contenciosos interior, NO es reajuste ya que nunca otorgaron el beneficio y obvio nunca pagaron nada , desde ya gracias , tu opinion siempre ayuda.

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    1. Hola, bueno, sobre eso no se nada, así que desgraciadamente no puedo guiarte en el mismo.

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  27. Disculpame Charly una vez màs te consulto ( me carcome la ansiedad ) finalizó hace bastante mi juicio por invalidez y jubilación, se cumplieron los 120 días y la itimación , hoy pasó el exp. con recurso cerrado a la csj porqué motivo ??? no debería ejecutarse ya ??? gracias.

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    1. Hola sergio , si lo tuyo no es un rajuste de haberes no corren los 120 días hábiles,eso es para los rajustes, y porque se pone recurso cerrado desconozco, y para los reajustes el que debe iniciar la ejecución de sentencia es su abogado no e juzgado.

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  28. Hola Charly, felicitaciones por el blog, gracias a el pude seguir mi juicio de reajuste y controlar los diferentes plazos que tienen las partes para hacer las correspondientes presentaciones. Pero ahora hay algo que no me coincide con lo publicado por otros consultantes y es el plazo que tiene Anses para presentar el Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema.¿ Podrías informarme cual es ? Mi juicio está en letra desde el 27/03/2017. Desde ya muchas gracias.

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    1. Hola, el plazo es de 10 días hábiles, no se cuentan sábados, domingos, feriados y días de paro.
      5.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD a) Término Debe interponerse dentro del plazo de diez días hábiles previsto por el artículo 257 del C.P.N. (http://www.saij.gob.ar/doctrina/dacf000097-rodriguez_saiach-recurso_extraordinario_federal.htm)

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  29. Gracias por la respuesta, si no saque mal las cuentas, desde el 27/03/2017 los 10 dias habiles se hubieran cumplido este viernes y por el paro se cumplirán el lunes 10.

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    1. Hola, creo que en el medio hubo un paro de judiciales

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    2. Buenas noches. El plazo comienza a correr desde el dia habil siguiente al que la accionada queda notificada de la sentencia de Camara

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  30. hola charly tengo sentencia firme el 29 del 11 2016 estoy en los 120 dias habiles puedo averiguar en el anses 89612 2011 muchas gracias

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    1. Hola,se debe contar a partir que ANSES se notifica no en la fecha en que queda firme la sentencia.
      #25011415#167841151#20161125131848085
      Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
      Poder Judicial de la Nación
      JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3

      89612/2011
      Buenos Aires, de noviembre de 2016.- ALV
      Por devueltos.-
      Habiendo quedado firme el pronunciamiento dictado en autos, hágase
      saber a las partes que el plazo establecido por el art. 22 de la ley 24.463
      (modificada por ley 26.153) para el cumplimiento de la sentencia comenzará a
      computarse una vez notificado el presente proveído junto con las actuaciones
      administrativas si obraran en la causa,

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  31. hola charli disculpame pero no entiendo las leyes que me pusiste y que me queda esta en los 120 dias 89612 2011 disculpame muchas gracias

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    1. No tiene importancia par ti ls articulos de la ley, esto lo puse par que veas que es a partir que ANSES se notifica NO desde que queda firme la sentenci y además como muy gentilemnte explica el doctor Gabriel Greizerstein en otro post que empieza a correr a partir del día hábil siguiente de la notificación

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  32. hola charly mi expediente esta en hace 5 meses por que tanto tiempo perdoname mi ex 89612 2011 gracias

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  33. hola charly mi ax esta en letra hace 5 meses es normal tanto tiempo mi ex 89612 2011 te pido disculpa gracias

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    1. Hola, su juicio ya terminó, el expediente ya no debería moverse más hasta que ocurra una de estas dos circunstancias, se archive o su abogado solicite la ejecución de sentencia.

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  34. Buenas tardes, Charly. Mi madre tiene sentencia firme desde 06/16. Habiendo transcurrido los 120 días e iniciado la ejecución de sentencia, al consultar por curiosidad la oferta por Rep Histórica y consultar con la letrada sobre los montos, ella me afirma que la oferta habitual por Rep Histórica es de un 30 ó 40% de la liquidación que realmente corresponde. Esto, habitualmente es así?
    Gracias por tu tiempo, Charly.
    Saludos.

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    1. Hola, si, por los datos aportados por varios anda en ese porcentaje, además si ya se inició la ejecución de sentencia, tu letrada ya debe de haber presentado el monto a ejecutar y este es según los calculos en base a la sentencia, así que ella sabe cuanto debe cobrar realmente.

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    2. Buenas noches. Le pido que tenga en consideración que así como ANSeS no cumplió con la sentencia, puede suceder con la reparación histórica. La diferencia es que la sentencia la puede ejecutar, la reparación histórica no.

      Es algo a tener en cuenta al evaluar ambas opciones.

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    3. Buenas noches, disculpe pero aquí hay algo que no entiendo, no se puede reclamar por incumplimiento del acuerdo homologado en la justicia, o es que directamente cuando no se cumple hay que iniciar juicio que sabemos llevan muchos años.

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    4. Buen día. Así como no hay un plazo para aceptar la oferta de ANSeS desde que aparece, tampoco hay un plazo para que la paguen una vez aceptada y homologada. Como alguna vez dije, una vez que se encuentra homologada e ingresa en circuito de pago dentro de ANSES, se maneja con las mismas pautas que una sentencia judicial.
      El plazo para pagar, es el de vigencia de la ley (por ahora 3 años prorrogable a 3 más). Que sucede si no pagan? Nadie sabe. Se manejará todo en tribunales federales? Se manejará en los juzgados donde fue homologado? Se podrá reclamar el cumplimiento con intereses, o los jueces darán por caído el acuerdo?
      Cuando uno hace un juicio de reajuste, entran en juego derechos protegidos por la Constitución, es por eso que los jueces pueden declarar inconstitucionales ciertas partes de las leyes jubilatorias que se encuentran vigentes. En cambio la reparación histórica es un acuerdo entre partes. Al ingresar, uno renuncia a reclamar esos derechos.

      Que pasará a futuro es un misterio, pero si no cumplen con algo tan importante como una sentencia judicial, no creo que cumplan con un acuerdo entre partes, que tiene el mismo proceso de pago que la sentencia, pero no la obligatoriedad de 120 días.

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  35. hola Charly, leyendo al anónimo 16.01 quisiera aportarle un dato que le puede servir: si entra en la página del Poder Judicial donde le figura que su expediente está en Letra, en el costado izquierdo de ese detalle aparece un "ojito" y si le hace clik aparece el detalle de toda su Sentencia Firme con la fecha exacta en que Anses es notificado en forma masiva, a partir de allí se cuentan los 120 días. Es un aporte que hago ya que yo estoy en la misma situación y lo he ido siguiendo, ahora a través del 130 con mi número de expediente, el que me facilitó mi abogado. Espero le sea útil.

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    1. Si Estela, pero me he estado fijando y no figura la fecha en que fue notificado ANSES, solo la fecha de sentencia firme que no es lo mismo.

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    2. Charly, en mi Sentencia figura la fecha en que quedó firme y luego dice la fecha de notificación a Anses al pié de la misma:

      / ANSES s/REAJUSTES VARIOS
      Buenos Aires, 26 de septiembre de 2016 .- ELC
      Por recibido
      Declárese firme la sentencia recaída en autos. NOTIFIQUESE A LA
      ACCIONADA POR SECRETARIA EN FORMA MASIVA

      y esto figura al final

      ELVIRA MULEIRO
      JUEZA FEDERAL.
      En 29/09/2016 se libra notificación masiva a la ANSeS. Conste

      Gracias por responderme.

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    3. Hola Estela, en algunos figura en otros no, en tu caso figura que se envió una notificación masiva, tampoco toma como notificcado ese día lo cual tampoco es ya que se considera el primer día hábil posterior a recibida la notificación, explicado muy gentilmente por el doctor Gabriel Greizerstein

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  36. Perdon Charly por mi falta de entendimiento, pero no me queda claro si la fecha de 10 dias habiles corre desde la notificacion eectrónica o desde que esta en letra el expediente, para disipar cualquier malentendido de hago un copy de las pasos últimos del expediente
    GS1
    27/03/2017 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA

    GS1 27/03/2017 RECEPCION PASE FISCALIA DE CAMARA N° 2

    GS1 20/03/2017 PASE FISCALIA DE CAMARA N° 2

    GS1 20/03/2017 PUBLICACION SENTENCIA SENTENCIA DEFINITIVA ANSES - 20/03/2017

    GS1 20/03/2017 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 17000008154364 - NOTIFICADO EL DIA: 20/03/2017 12:41

    GS1 20/03/2017 EVENTO NOTIFICACION

    GS1 20/03/2017 EVENTO NOTIFICACION AL FISCAL

    GS1 20/03/2017 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA

    GS1 20/03/2017 FIRMA DESPACHO SENTENCIA DEFINITIVA anses 87 / 87

    GS1 8/03/2017 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

    V01 8/03/2017 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

    V01 /02/2017 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 1

    V02 8/02/2017 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 1

    V02 6/02/2017 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2

    V03 6/02/2017 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - VOCALÍA 2

    Como tanpoco se cuantos dias hubo paro de judiciales me es imposible hacer la cuenta de cuando se vence el plazo

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    1. Hola, es desde el momento que ANSES se notifica, supuestamente debería haber sido el 21 de marzo o 22 de marzo ya que se considera al día siguiente de recibida, no sé cuantos días de paro hubo en la justicia, así que calculo que la semana qu viene debería quedar firme la sentencia, cuando ello ocurra, el expediente debe pasar al juzgado de primera instancia

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  37. Buenos días, podrían informarme si ya están abonando la pensión a la vejez? o aún falta reglamentar la nueva ley que la contempla? Muchas gracias

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  38. Hola Charly como estas espero que muy bien como te comenté en el primer mensaje de este Blog el expediente de mi abuela de 90 años tenía sentencia firme desde 07-2016 y desde noviembre figuraba en codigo 23 en el dia de ayer paso a código 67 y lo enviaron de despacho a mesa de entradas . cual sería el paso a seguir ahora será que ya está pronto a salir y otra cosa lo busco por el número de expediente y me sale que no corresponde ya tendrá otro número espero puedas ayudarme

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    1. Hola, por la fecha que pones de la sentencia firme, te diría que tu letrado debería iniciar la ejecución de sentencia ya que se está viendo que no están pagando las sentencias donde es importante el pago que deben realizar, codigo 67 es a liquidación,así que aún falta bastante para cobrar ya que debe ir a computos y liquidaciones, y si siempre consultasste por un número, ese numero no cambia, deberías llamar al 130

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  39. muchas gracias Charly!!! nos pusimos contentas pensando que ya estaría por salir cuando vimos el codigo 67 pero bueno seguiremos esperando . espero salga pronto porque la abuela todos los días pregunta

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  40. Tengo sentencia en 2da instancia firme y consentida. Anses puede apelar o sólo le queda abonar la sentencia. Gracias

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    1. Hola Eliseo, a que se refiere con sentencia consentida? Si la sentencia quedo firme ( lo dictamina el juez) ya no se puede apelar.

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    2. Buen dia. Si la sentencia de Camara se encuentra firme, el expediente debe retornar al Juzgado. Si la sentencia todavia se encuentra en plazo, ANSeS puede presentar un recurso extraordinario ante la CSJN.

      Una vez que retorna al Juzgado, falta la remision o notificacion al ANSeS y que comience a correr el plazo de 120 dias habiles para el pago.

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  41. Hola Charly, recien encuentro éste espacio, me parece muy bueno!, quería consultarte, mi abuelo, tiene un juicio iniciado por un abogado, ya le dijo que tenía sentencia firme y le dijo lo que el anses ofrece, se puede ver ese juicio entrando en anses?, porque siempre lo trato con el y quería serciorarme si es ese el monto, desde ya muchas gracias.. ADRIAN

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    1. Hola Adrian, aqui hay dos cosas muy diferentes, una el juicio con la sentencia firme (aquí ANSES no tiene nada que ofrecer, le tiene que pagar lo que dicta la sentencia) y otra muy distinta lo que ofrece el ANSES por la Reparación Historica que no tiene nada que ver y generalmente entre lo que debe pagar ANSES por la sentencia y lo que ofrece ANSES por la reparación es muy grande la diferencia si por el juicio le corresponde 10000 ANSES ofrece 3000 (es un ejemplo)además lo del juicio a los 120 días hábiles de la sentencia se puede pedir la ejecución de la sentencia, en cabio en la Reparación Historica NO.
      Para consultar el monto ofrecido por ANSES se debe ingresar a la pagina web de la misma con una clave que debe sacar el jubilado.

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  42. maria del carmen biondi2 de mayo de 2017, 20:25

    hola charly te comento mi esposo en el dia de la fecha salio un comentario de la camara federal Numero expediente 75705 del 2011 lembo miguel aurelio sala 3 vocalia 2 me podes contestar gracias por todo

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  43. buenas dias, consulta..... tengo sentencia firme y consentida por un juicio a anses del 24/10/2016, obviamente no hay ninguna noticia, que convendria hacer en estos casos o como averiguar la situacion en anses, gracias...

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  44. Charly antes de todo gracias.Yo le comenté que tengo sentencia firme y CONSENTIDA. Esto de consentido lo dice un escrito un escrito del expediente en el juicio por reajuste que ahora paso a letra. Gracias

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    1. Hola, Eliseo, por lo que busque el consentido realmente no tiene mayor importancia

      IV.- LAS EXPRESIONES SUPERFLUAS

      4.1 - firme y consentida

      Toda sentencia consentida, como es obvio, está firme. Y cuando decimos que hay sentencia firme... ¿es necesario agregar que fue consentida?.

      En la habitual frase "firme y consentida", puede estar sobrando una palabra.

      Esto no significa ignorar que entre esas dos expresiones no hay sinonimia perfecta, sino una relación de género a especie. Una sentencia de primera instancia, al no ser apelada, adquiere firmeza por vía de consentimiento y, cuando la firmeza se logra en la instancia superior, corresponde decir que está ejecutoriada. Así, el género firmeza tiene dos especies: consentimiento y ejecutoria.

      En la práctica tribunalicia hemos visto miles de veces la frase "firme y consentida", pero nunca o casi nunca "firme y ejecutoriada", lo que hace pensar que estamos frente a un vicio y no a precisión terminológica, confirmando aquella observación de que, generalmente, está sobrando una palabra.

      Example sentence(s):

      http://www.terminologiaforense.com.ar/cuerpo_4.htm

      con respecto a su consulta podría ir a ALSINA 250 y consultar como está el estado del expediente

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    2. Charly gracias y buenísima tu aclaración. Un abrazo

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  45. Charly como te dije antes tengo fallo firme en 2da instancia y quiero tu opinión sobre como puede afectar a mi liquidación luego del Fallo Gualtieri de la SCJN. Gracias

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  46. El fallo Gualtieri salió hace unos días donde la CSJN firmado por los 5 jueces dice que los cálculos deben de hacerse con los los topes de la 24241. En Google aparece. Gracias

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    1. No lo sé, no creoya que es por un caso en particular y además esta persona tenía la posibilidad de haber aportado por el total del sueldo y no lo hizo (figura en la sentencia)

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    2. Cuando salieron las AFJP en 1994 yo tenía 48 años de edad y 30 años de servicio y en el trabajo siempre nos dijeron que teníamos que optar por el sistema de reparto o por una AFJP, no que podíamos aportar a los dos sistemas. Es correcto?

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  47. Gracias Charly me quedo un poco más tranquilo. Un abrazo

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  48. Eliseo30 de mayo de 2017, 14:51
    Cuando salieron las AFJP en 1994 yo tenía 48 años de edad y 30 años de servicio y en el trabajo siempre nos dijeron que teníamos que optar por el sistema de reparto o por una AFJP, no que podíamos aportar a los dos sistemas. Es correcto?

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    1. Hola Eliseo, no lo recuerdo bien, pero creo qu se debía optar por una y si no se optaba se pasaba directamente a las afjp, aquellos que tenian sueldos muy importantes optaban por las afjp ya que se juntaba un gran valor en cambio en la pública había un limite.

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  49. Hola Charly te agradecerè tu respuesta: tengo sentencia firme y consentida y el ANSES recibió la notificación de la Cámara Federal de la Seguridad Social el 22-3-17, mi letrado me dice que están corriendo los 120 días hábiles aunque el ANSES se pudo tomar 60 días hábiles para dar entrada a la sentencia. Entro en el ANSES Y DICE QUE MI EXPEDIENTE TIENE OTRO NUMERO PORQUE CAMBIO DE TRAMITE Y FUE A REPARACION HISTORICA Y LE HAN CAMBIADO EL NÙMERO Y NO PUEDO SEGUIR MI EXPEDIENTE CON MI CLAVE DEL ANSES PARA VER SI SE LE DIO ENTRADA, CUÀNDO SE PAGA, ETC. PREGUNTO COMO PUEDE DECIR QUE ME PASE A REPARACION HISTORICA SI YO YA TENGO MI SENTENCIA DEFINITIVA FIRME Y CONSENTIDA Y ¿QUE DEBO HACER? MI LETRADA PRESENTARA UN ESCRITO INVOCANDO MIS SERIOS PROBLEMAS DE SALUD CON DOCUMENTACIÒN ORIGINAL AVALANDO MIS FUNDAMENTOS PARA QUE NO DEMOREN EL PAGO DE REAJUSTE RECLAMADO LEGALMENTE EN EL 2012. OTRA PREGUNTA PAGAN A LOS QUE SE AMPARAN EN LA RESOLUCION SSS 56/97 O TAMBIÈN LAS PATEAN? GRACIAS POR TU RESPUESTA . ROSA

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    1. Hola Rosa, si ANSES recibió la notificación de sentencia el 22 de marzo, empiezan a correr los 120 días hábiles a partir del 23 de marzo si fué hábil, es cierto hay qu renunciar a la Reparación Histórica para poder cobrar la sentencia, consulte con su letrada, miré lo de la resolución teoricamente se coontnua, pero muchas veces la saltan ya que como se rige por varios parametros el orden de prelación y generalmente toman la edad, enfermedades terminales, y el monto(a mayor monto mayor demora)es todo muy relativo, calculo que su letrada deberá iniciar la ejecución a los 120 días hábiles previo haber renunciado a la Reparación Histórica ya que ellos quieren que la gente acepte esta ya que es muchisimo menor el monto a pagar, sin fecha y no es heredable hasta ahora.

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    2. Hola Charly, un millón de gracias por su pronta respuesta. Charly me ha clarificado el tema. Manana ire al estudio para actualizarme, ya que también han entregado mi historia clínica con un escrito en el ANSES para ser amparada en el orden de prelación por la SSS 56/97 - Saludo afectuoso Rosa

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  50. Buenas tardes, mi consulta es por una persona que acepto la reparacion historica y ya tiene sentencia homologatoria del acuerdo. Pero de buenas a primeras la pagina de Anses elimino toda informacion del acuerdo firmado respecto de esta persona.... literalemente le borro el acuerdo. Cuando llamo al 130 le dijeron que Anses en algunos casos se equivoco con las liquidaciones y va a volver todo atras.... como puede ser si ya hay sentencia judicial de homologacion. Conocen otros casos similares? Gracias por el servicio que presta este blog!!

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    1. Hola, aquí partimos de un premisa falsa, no existe ninguna sentencia, solo se homologa un acuerdo de partes entre usted y ANSES por lo tanto ANSES luego puede incumplirla que es lo que paso y no es el primer caso que me entero que ANSES luego lo niega, aunque es el primero que me entero luego de homologado ante la justicia, igual lo único que puede hacer es iniciar un juicio por reajuste de haberes como cualquiera con los tiempos que esto conlleva

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  51. Hola Charly una pregunta te consulto por que mi padre recibio el retroactivo de anses y el aumento de la jubilacion y en vez de aceptar cuando estaba pendiente de aceptacion/rechazo. oprimio la tecla mal y lo rechazo POR ERROR (tiene maculopatia), el queria cobrar el monto del retroactivo y que se le incremente la jubilacion!!!!!!!!!, o sea el sistema dice que esta en revision de causas por inconsistencia con PJN, ya que su abogado indico diferencias y no tiene ningun juicio, ni ningun abogado designado. esto se puede volver para atras? hay algun forma??. desde ya muchas gracias. Roberto

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    1. Hola Roberto, aquí hay cosas que se contradicen ¿que inconcistencias en el Poder Judicial de la Nación? ¿Que abogado indicó diferencias? ¿Que le pagaron ? (usted pone que recibió retroactivo y aumento) Si usted dice que no inició juicio, que no tiene abogado y que rechazo la Reparación Historica (creo que hay que rechazarla en ANSES) No entiendo que abogado indicó diferencias si usted dice que no tiene abogado, que inconsistencias con el Poder Judicial si dice que no inició juicio, no comprendo

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  52. en marzo firme rechazo oferta reparacion historica ya que tenia sentencia a cumplir desde julio 2016 ahora tengo fecha de cobro pero el abogado me dice que me pagaran el monto ofrecido como reparacion en una sola vez y no el monto de la sentencia, esta bien o alguien cometio un error

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    1. Hola, puede ser, su letrado deberá hacer el calculo correspondiente para ver si hay diferencia y si la hy deberá reclamar, igual no se preocupe ya que hay personas que aceptaron a Reparación y luego e dijeron que no le correspondia y no le pagaban nada.

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  54. Hola Charly es cierto que si el juicio no sale con sentencia firme no lo pueden cobrar los hetederos?

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    1. Si el juiccio no tiene sentencia firme no cobra nadie, Pero eel juicio debe continuar hasta su fin, al sair la sentencia firme los herederos deben cobrar el retroactivo (que se computa desde dos años antes de iniciar el juicio, en su caso desde el 2013 hasta la fecha de fallecimiento) en cambio la Reparación Histórica no se hereda

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  55. Hola Charly, como te comenté tengo sentencia firme y consentida, luego de pasar por letra, confronta ahora dice en despacho. Que pasa volvió para atrás o es lógico que al final el expte quede en el despacho del juez actuante. Muchas gracias nuevamente

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    1. Hola Eliseo, no, no es lo habitual, lo común es que el expediente quede en letra y luego se archive, alguna de las partes presentó un escrito para informar o pedir algo

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  56. Gracias Charly.Un abrazo

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  57. HOLA , QUERIA SABER QUE SIGNIFICA " INCONSISTENCIA PJN"

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  58. HOLA CHARLY, ACEPTE UN AUMENTO Y UN RETROACTIVO, DESIGNE ABOGADO, PERO APARECE UN MENSAJE " INCONSISTENCIA CON EL PJN", QUE SIGNIFICA ESTO?
    GRACIAS

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  59. Buenos dias. La consulta es por un caso de un acuerdo transaccional homologado ante la justicia (en el marco de la Reparacion Historica) cuyo firmante fallece antes de llegar a percibirlo. La viuda tramita la pension pero como el esposo no llego cobrar ese ajuste se ignora el acuerdo y se liquida sobre el haber que percibia el esposo al momento de fallecer. Ante los reclamos realizados por escrito, se obtiene como respuesta que el Organismo no tiene normativa al respecto. Ya pasaron desde la firma del acuerdo 11 meses y desde la homologacion 6 meses. La pension se liquido hace 3 meses momento en que se realizo el primer reclamo por escrito. Alguna recomendacion?

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    1. Hola Elena, ya hemos dicho en varias oportunidades que la ley de la Reparación Histórica no indica nada de que sea heredable como si lo es la sentencia judicial por lo tanto seguramente deberá consultar con un abogado previsionalista e iniciar juicio.

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  60. Buenas tardes queria saber porque la reparacion historica dice RECIBIDO del PJN que significa esto, ya se cobro el aumento pero no retroactivo

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    1. Hola, eso significa que han recibido la homologación ante un juez, cuando va a cobrar si lo va a cobrar el retroactivo imposible saberlo

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  61. Hola:quisiera saber que mas puede hacer mi abogado para que me paguen mi sentencia fuera de la RH con 4 años de antiguedad.El dice que hizo 5 intimaciones pero yo creo que no es suficiente

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    1. Hola Gladys, lo que su abogado debería hacer es luego de transcurrido los 120 días hábiles de notificado ANSES iniciar la ejecución de sentencia solicitando el embargo a la ANSES, ya que hoy están demorando muchisimo en abonar

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  62. hola charlie cobro mi sentencia en enero 2018 y no pagan la totalidad la abogada puede seguir reclamando

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    1. Hola, si usted debe cobrar y su letrada con el calculo de lo que debe cobrar realmente debe presentar un escrito en el juzgado

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  63. Hola Charly, estamos bastante desorientados...mi papá ganó el juicio al Anses,en enero 2018 recibe orden de pago de su nuevo importe y del retroactivo. El tema es que resulta ser mucho menos de lo que Anses había ofrecido como arreglo de la reparación histórica... después de 10 años de juicio,puede ser ésto correcto??? Gracias por tu tiempo.

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    1. Hola, no debería ser así, tendría que hablarlo con tu letrado ya que últimamente están dando la Reparación Historica en lugar de la sentencia

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  64. La espera nos carcome!! Ya que su abogado está de feria y hasta febrero no hay noticias. Lo extraño es que lo que recibió mi papá es mucho menor que los dos ofrecimientos que le hizo el Anses con la Reparación. Vuelvo a decir, gracias!!

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  65. Hola charly te quería preguntar a mi papá le llegó un mail q empieza así señor juez... y los datos y un montón de pautas esa es la propuesta

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    1. Hola Roxana, no tengo idea, es la primera vez que escucho algo así. ¿Quien le mando el mail? Pareceria un escrito para presentar al juez para aceptar la Reparación Histórica ya que las sentencias judiciales se pagan y se comunican directamente a juzgado no al jubilado, por lo menos que yo sepa, la comunicación se la hacen por carta y ponen el importe que le pagaran.

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  66. Hola charly te quería preguntar a mi papá le llegó un mail q empieza así señor juez... y los datos y un montón de pautas esa es la propuesta

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  67. Hola Charly: mi esposo aceptó reparación histórica patrocinado por abogado de Defensoría y tiene entendido que ahora la Anses la enviará al PJN para su homologación. Mi pregunta es si a través de la página del PJN, solapa reparación histórica, se puede controlar la llegada y posterior homologación. Ello a fin de controlar los tiempos, ya que según abogada no puede estimar lo que demore. Muchas gracias. Raquel

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    1. Hola, si puede controlarlo, pero no entiendo la premura ya que eso no va a acelerar el pago, ya que hay gente que lo está cobrando sin haberlo aceptado y otros que ya homologaron y luego se lo negaron aduciendo un error en los cálculos.

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  68. buenas tardes charly, a mi esposo le ingreso el expediente en asuntos contencioso interior mas de un mes y esta listo para liquidar, que debo hacer para que se liquide o se mueva o que debe hacer mi abogado y el juzgado federal o mandar un pronto despacho

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  69. BUENAS TARDES CHARLY,el expediente paso a asuntos contenciosos interior y ya estaba para liquidarlo y hace mas de un mes que no se mueve de ahi, que debo hacer o debe hacer el juzgado federal o me recomienda algo. desde ya muchas gracias.
    desde ya gracias.

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  70. HOLA , TE HABLO POR UNA REHABILITACION DE BENEFICIO ESTABA EN LIQUIDACION Y LO MANDAN A ASUNTOS CONTENCIOSOS HACE MAS DE UN MES , CUANTO MAS DEBO ESPERAR PARA QUE ELLOS ME HABILITEN EL BENEFICIO Y QUE DEBO HACER O QUE DEBE HACER EL ABOGADO O EL JUZGADO, SE ENCUENTRA CON CODIGO 85 , GRACIAS !

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    1. Hola Edgar, en otro post en otro tema pregunta que significa, realmente no lo sé, solo le puedo decir que un expediente se puede encontrar en una oficina hasta tres meses, eso es lo habitual, como puedde acelerarlo,dudo mucho que tenga algún efecto pero puede presentar un pronto despacho, como es una rehabilitación de beneficio aqui en esta circunstancia no puede iniciar un embargo, antes la rehabilitación de beneficio demoraba cuatro meses como minimo, hoy desconozco.

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  71. Gracias charly por su respuesta, me olvide de comentarle que es una sentencia judicial por una rehabilitacion de beneficio que esta suspendida del año 2016. anses recibio el oficio el 4 de octubre del 2017 y desde marzo del 2018 se encuentra en asuntos contenciosos del interior, ya que es una sentencia puedo realizar un embargo o que debo hacer desde ya muchas gracias y te pido mil disculpas por todo.

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  72. Hola Charly, 1º quiero felicitarte por la información que brindas ya que la misma es muy clara. 2º Me gustaría que me expliques un poco en que paso esta el trámite 65530/2014 y que es lo que faltaria para que el mismo finalice
    001
    26/06/2018 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9 - SECRETARIA Nº 1
    GS1
    18/06/2018 PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9 - SECRETARIA Nº 1
    GS1
    18/06/2018 FIRMA DESPACHO REMISION CRR
    108 / 108
    GS1
    18/06/2018 EVENTO CIERRE RECURSO
    GS1
    18/06/2018 EVENTO PASE
    GS1
    18/06/2018 MOVIMIENTO EXPEDIENTE A DESPACHO
    GS1
    11/05/2018 PUBLICACION SENTENCIA RECURSO EXTRAORDINARIO RIPTE IN LIMINE - 11/05/2018
    GS1
    11/05/2018 MOVIMIENTO EXPEDIENTE EN LETRA
    GS1
    11/05/2018 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE RECURSO EXTRAORDINARIO - RESOLUCION RECHAZA
    GS1
    11/05/2018 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 18000017587071 - NOTIFICADO EL DIA: 11/05/2018 10:21
    GS1
    11/05/2018 EVENTO NOTIFICACION
    GS1
    11/05/2018 FIRMA DESPACHO RECURSO EXTRAORDINARIO RIPTE IN LIMINE
    107 / 107
    GS1
    11/05/2018 ESCRITO AGREGADO RECURSO EXTRAORDINARIO (Parte 2 de 2)
    91 / 91
    GS1
    11/05/2018 EVENTO RESOLUCION INTERL.SIMPLE
    GS1
    11/05/2018 ESCRITO AGREGADO RECURSO EXTRAORDINARIO (Parte 1 de 2)

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  73. Buenas...estuve leyendo las respuestas anteriores para ver si podia encontrar alguna info, pero no, asi que te consulto mi expte esta con sentencia firme desde febrero 2017 pero ahora desde 2 de febrero de este año esta en "COORD.ASUNTOS CONTENCIOSOS INTERIOR" sabrias decirme porque se quedo ahi se movia bien antes!! o que oficina es??

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  74. Hola Charly . Mi consulta es la siguiente: mi tia fallecio y quedo a cobrar la reparacion històrica que ya tiene un año y medio de antigueda por $ 350.000. La pregunta es: su hijo tiene que iniciar la sucesiòn para cobrarla? y èste monto se reajusta? Gracias

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  75. POR QUE NO COBRO NI ESTOY EN NINGUN LISTADO ,Y ME DICEN,QUE ESTA EN.PJN--QUE SIGNIFICA ,

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    1. No entiendo.¿Que quiere cobrar? Si es una sentencia judicial en Anses no va haber ningún expediente hasta tanto no haya una sentencia firme y si le dicen que esta en PJN significa que todavía su juicio está en el Poder Judicial de la Nación y que aún no tiene sentencia firme

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  76. Hola Charly te quiero hacer una pregunta me salió la sentencia definitiva el 23_10_18 cuánto demora el anses en contestar mi expediente es 14995 año 2013 gracias.

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    1. Hola, sentencia definitiva, no es sentencia firme, ANSES va a apelar.

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  77. Hola gracias por informarme no sabía que Hera sentencia firme y cuánto demora el Anses en apelar eso lo puedo seguir viendo en mi expediente abrazo.

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  78. Buenos dias, Charly te molesto de nuevo tengo una otra consulta ES UNA REHABILITACION DE BENEFICIO POR SENTENCIA JUDICIAL. PASO POR TODAS LAS OFICINAS LO ESTABAN POR LIQUIDAR Y LO MANDARON A ASUNTOS CONTENCIOSOS DEL INTERIOR AHI MURIO SEIS MESES, SALE DE AHI PASA NUEVAMENTEPOR TADAS LAS OFICINAS HASTA LLEGAR A ASUNTOS LEGALES, ME DIJERON QUE YA ESTABA LISTO PARA LIQUIDARLO HOO QUE PASO LO MANDARON DE VUELTA A ASUNTOS CONTENCIOSO, ME PARECE QUE ME ESTAM TOMANDO EL PELO O ESTAN ACOSTUMBADO A JUGAR CON LA GENTE. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.

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  79. Hola Charly perdón por mi inocencia ya tengo centencia firme cuánto demora Anses en apelar desde ya muchas gracias.

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    1. Hola, si no estoy equivocado creo que tiene 10 días hábiles para presentar la apelación a partir del momento que se notifica de la sentencia definitiva

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  80. Muchas gracias Charly por su atención.

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  81. Cuánto tiempo tiempo tarda la seguridad social en rechazar una apelación extraordinaria del anses perdón no se se lo dije bien..

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    1. Buenas noches, a que se refiere con apelación extraordinaria?

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    2. Si usted se refiere al recurso extraordinario (Rex) para elevarlo a la Corte Suprema de Justicia eso solo demora los días en que los jueces preparan el alegato para rechazarla o aceptarla, no son muchos

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  82. Desde ya muchas gracias perdón por expresarme mal.

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  83. Me salió el recurso extraordinario del Anses cuánto demora en resolverce gracias.

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  84. Yo inicie el juicio Badaro en mayo del 2009, me dijo la abogada que tengo sentencia firme, hasta cuando tengo que esperar, ya que pasaron 9 años y 5 meses. Es posible que tarde tanto.

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  85. Perdón una pregunta Charly yo puedo seguir viendo en la página de la cámara federal de la seguridad social la resolución de los jueces en el recurso extraordinario que presentó Anses o ya tengo que verlo en el Anses gracias tengo el rex el 5/11/18.

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    1. Hola, todo lo referente a la instancia judicial se sigue en la página del poder judicial, recién cuando haya sentencia firme y se haya comunicado a la ANSES se sigue en la página de la ANSES.

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  86. En el Anses me sale determinación a derecho no se que lo que es.

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  87. Cuánto tiempo demora el recurso extraordinario del Anses para que desidia la cámara ya lleva 30 días perdón por mis ansias de saber algo.

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  88. Cuándo se cobra el retroactivo?y ¿es en base al sueldo d la fecha d gestión o d

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  89. Charly..que se puede hacer en el caso de que se haya aceptado la reparacion historica pero no se hizo el convenio de homologacion, llame al anses y me dijeron que tengo que ver en mi anses constantemente que le vuelvan a hacer el ofrecimiento no son muyy claros pero eso pude entender

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  90. Charly..que se puede hacer en el caso de que se haya aceptado la reparacion historica pero no se hizo el convenio de homologacion, llame al anses y me dijeron que tengo que ver en mi anses constantemente que le vuelvan a hacer el ofrecimiento no son muyy claros pero eso pude entender

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