aviso

martes, 23 de agosto de 2016

ANSES , SALIÓ LA LISTAS DE PAGOS DE SENTENCIAS DE AGOSTO DEL 2016

Finalmente salió la lista de pagos de sentencias y NO pago (aquellos que figuran como NO BENEFICIA) correspondiente al mes de agosto del 2016, lo que si está lista viene con una variante, viene el apellido pero no los nombres, en algunos casos con la primera Inicial del nombre y en otros casos nada, una nueva complicación para los pobres jubilados ya que deberan buscar el número de Beneficio jubilatorio que figura en el recibo de haberes y ver si coinciden los primeros y los últimos números ya que estos tampoco están completos, no se si lo hicieron para preservar la identidad (JAJAJA, parece una burla ahora que le acaban de pasar toda la base de datos del ANSES al Gobierno Nacional) pero realmente es un nuevo incordio para con los pobres jubilados que generalmente la busqueda se la hace un familiar cercano o tercera persona que carece de estos datos y debe jorobar al jubilado para que le alcance un recibo de haber ( haciendo que el familiar o esa tercera persona se entere cuanto cobra, donde y cuando ya que muchas veces los jubilados no saben buscar este dato).
Solo salen beneficiados aquellos que tienen un apellido que no es común.

Para ver esta insuficiente y lamentable lista cliquear Aquí

195 comentarios:

  1. Hola Charly....Te comento que de cod 40 , mi sentencia en control de deudas previsionales pasó a cod 50...Se que esto es para atrás, para que recalculen...Tenés idea de cuanto tiempo demora hasta que se resuelva nuevamente, de acuerdo a otros casos que les sucedió lo mismo?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Fernando, no sé cuanto más puede demorar antes hacian el control sin ponerle el codigo 40, primero salia de computos iba al control y si para estos le parecia que era muy alta la cantidad a pagar volvia a Computos para rectificar la cifra y cuando control daba el visto bueno volvia a computos y de alli salia directamente con codigo 40 para no crear falsas espectativas, hoy están haciendo esto de salir con el codigo 40 y volver para atrás.

      Eliminar
    2. Efectivamente, lo mandaron "para atras" a re-liquidar por el monto. Le sugiero que de manera urgente y apenas cobrar, controlen la liquidaciòn con su abogado, ya que puede haber diferencias.

      Eliminar
  2. Como estas, ante todo te agradezco por este blog ya que a mi familia la ayudo tremendamente para aclararnos dudas, un familiar aparece en esta lista, que debe hacer para cobrar? o cuales son los pasos a seguir?, muchísimas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, lo que debe hacer es acercarse lo más pronto posible a una UDAI informar que salió en la lsita de pago pero no recibio la comunicación correspondiente y solicitar si es posible un RUB o donde debe cobrar ya que generalmente NO ES en el mismo banco donde cobra su jubilación

      Eliminar
    2. Si es de capital, puede acudir a Alsina 250, que es el area sentencias judiciales. Suelen explicar mejor que en una UDAI

      Eliminar
  3. hola Charly, te comento porque llamé 2 veces al 130, y me dicen cualquier cosa, hasta me hacen esperar porque lo consultan , insólito, esta es lo que aparece es un juicio x reajuste caso badaro desde 2009, mi papá falleció y mi mamá sería la beneficiaria, estaremos en los próximos meses para el pago de la sentencia ??

    40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente. F.Estado: 18.08.2016
    AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 01.03.2016
    Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A"
    Último Pase
    Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Salida: 23.08.2016
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, si tu padre ha fallecido tu madre deberá o debió hacer el tramite de pensión, si ya lo realizo le deben pagar a ella el retroactivo y además si ya está cobrando le deben mejorar el haber de la pensión ya que la pensión es un porcentaje de lo que el jubilado debería cobrar, ahora cuando te van a hacer el pago es dificil saberlo.
      ANSES está notificada del fallecimiento?
      Tu madre ya está pensionada o todavía está en trámite?

      Eliminar
    2. si Charly, anses fue notificada del fallecimiento , y mi madre desde hace 5 años es pensionada, el reajuste Badaro es por la pensión, por eso pregunto si ya pasaron los 120 dias desde que ingresó la sentencia en Anses, el 18/08 aparece el cod. 40, saldrá en 1 o 2 meses el pago ??

      Eliminar
    3. Si es así, si debe cobrar entre 1 y 3 o 4 meses,ahora solo falta que verifiquen si estan bien los cálculos y no vuelva para atrás, y pasar por otras oficinas antes de salir.
      Mucha suerte

      Eliminar
    4. muchas gracias Charly, mandar{e novedades si es que las hay.

      Eliminar
    5. Me pasa lo mismo estaba en 04 y paso a 50 ayer me aparecio Dependencia Salida: DRSJ-PROCESAMIENTO DE PAGOS Fecha Salida: 21.09.2023
      Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION C Fecha Entrada 21.09.2023
      igual eso pertenece por el retroactivo que era importante el 13 de junio despues lo frenaron y me estan pagando la jubilacion desde julio pero el retroactivo no sera pronto para cobrar despues de 7 años de espera con una discapacidad

      Eliminar
  4. Hola charly, Me gustaria saber que significa esto cuando consulto mi expediente en el sitio de ANSAS, Estado: Su trámite está en espera de nuevo marco legal que lo comprenda.Desde ya muchas gracias y espero que este bien.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, realmente no tengo idea.
      Si alguien de buena voluntad le puede responder agradecido.

      Eliminar
    2. Recuerdo dos oportunidades en las que vi usar ese còdigo. Cuando estaban las afjp, y despues con servicio domèstico.
      Probablemente lo pusieron en ese còdigo para que no figure atrasado en el stock de expedientes.

      Eliminar
  5. Hola, a mi papá le aparece la leyenda " salida a direcc de digitalizacion" 11-8-16
    No tiene fecha de entrada aún.
    Los 120 días han. Se cumplen el 9-9-16.
    Qué quiere decir???
    Será que anses ya comenzó a trabajar en el cumplimiento de su sentencia????
    Cuánto más deberá esperar mi papá?
    Tiene 77 años.
    Gracias charly x tu tiempo, tus respuestas y las de Gabriel son muy claras y útiles!
    Gladys martinez

    ResponderEliminar
  6. Hola Gladys, eso no tiene nada que ver con la sentencia, todos los expedientes están siendo digitalizados, lo que deberías averigüar los movimientos del expediente por reajuste si ya en el juzgado termino el juicio y la sentencia definitiva haya quedado firme.Por lo que pones ya que calculas los 120 DÍAS HÁBILES.que nunca cumplen

    ResponderEliminar
  7. Hola Charly cómo estas? me podes indicar que significa y si se puede estimar una fecha de cobro
    Dicho expediente luego será remitido a la Dirección de Gestión de Sentencias Judiciales donde se incorporará al Orden Operativo de Trabajo de acuerdo a la Circular DP 10/16 y sus modificatorias la cual, en el marco de la Ley 24.463 y la Resolución SSS N° 56/97, establece un “Orden Operativo de Liquidación” de los expedientes de sentencias judiciales previsionales, de acuerdo a dicho orden operativo, se toma en consideración la edad y el monto del haber del titular, y la antigüedad de cumplimiento de su expediente.
    Asimismo, es importante destacar que, las únicas excepciones al orden operativo de trabajo mencionado las constituyen los casos encuadrados en la Resolución SSS N° 56/97 y sus modificatorias, Resolución SSS N° 78/97 y Resolución SSS N° 35/00, las cuales hacen referencia a enfermedades graves del titular del expediente cuyo desarrollo o desenlace pueda frustrar los efectos de la cosa juzgada. Estos expedientes tendrán prioridad en el pago de sus acreencias establecidas por sentencia judicial firme.


    Fecha Alta 040316
    Beneficio Fecha DDMMAA F.Inicio(ANSES-AFJP) 04.03.2016
    Estado del Tramite 22 ESPERA DE EXPTE.DE ARCHIVO OTRA ARE AFJP ANSE
    Oficina de Alta 48900001 AREA RECEPCION JUDICIAL
    Relacionado Cod.Relacion
    Exp.Provin ** SIN EXPEDIENTE PROVINCIAL C.Prov.
    -----------Org.-Cuil-Exped.- Ttr Sec.--------------------- * POST-INVENTA.* ----
    Ultima Dependencia 48900007 ADMINISTRATIVA Y DESPACHO - GAC
    * ULTIMO GIRO *
    Remito 52094 F.Salida: 09.03.2016 F.Entrada: 10.03.2016
    Dependencia Salida 48900001 AREA RECEPCION JUDICIAL
    Dependencia Entrada 48900007 ADMINISTRATIVA Y DESPACHO - GAC

    Gracias x todo
    Saludos
    Laura

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Laura, esto recien empieza y lo que pones son los ordenes de liquidación o prelación de pago, son las pautas que manejan para el pago, pero tampoco las respetan , mi padre con una enfermedad terminal le demoraron casi 4 años en pagarle, lo tuyo recién empieza, falta mucho y e imposible cuanto van a demorar.

      Eliminar
    2. El Orden Operativo de Trabajo tambièn queda de lado cuando se ejecuta la sentencia.-
      Si veo bien, esta remitido desde marzo, en un mes mas o menos se cumplen los 120 dìas.

      Eliminar
  8. hola Charly! queria saber que significa oficina GME, fecha 5/7/16, tipo pase, descripcion/ detalle cfdss sala 3. Es por un juicio por reajuste jubilatorio. Se puede saber cuando cobra? Gracias!!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Mesa general de entradas, Sala III. No esta tèrminado todavìa, asì que no se puede saber cuando cobra

      Eliminar
  9. Estimado Charly, el juicio de mi esposo –ya fallecido- lo gano en el año 2012, pero la ANSE le reajusto el beneficio y le pago la mitad del retroactivo, asi que hubo que continuar juicio por la parte que faltaba, según me explico mi abogado. En el 09/2014 salio la nueva sentencia favorable y no fue apelada por la ANSES y se llego a la etapa de ejecución de sentencia. Ahora bien, consultado el sistema de ANSES figura que el trámite ha sido resuelto favorablemente (cod. 40), pero al salir en el listado del mes de mayo/16 figura como que no beneficia. Esto, ¿Significa que no me van a pagar la parte del retroactivo que falta?. Hasta la fecha no he tenido ninguna novedad, mi abogado me dice que tengo seguir esperando. Desde ya le quedo muy agradecida por la gran ayuda que nos brinda. Lo saludo cordialmente. Graciela

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Graciela, veo muchas cosas contradictorias, si est´en ejecución no debería salir en la lista, ya que lo estarían ejecutando judicialmente (embargo), si salió con codigo 40 le deberian pagar, pero si en la lista sale que No Beneficia es que no le van a pagar. Acaso ese codigo 40 no seria correspondiente a lo que ya le pagaron.Es todo muy contradictorio

      Eliminar
    2. Hola Charly, atento su contestación a mi solicitud del día 30, la que agradezco muchísimo, le comento que el expediente (cuya terminación es 4-151-1) en el que me asigna el código 40 (Su trámite ha sido resuelto en forma favorable…) en el figura. F. Estado: 18/3/16, F. Inicio (ANSES – AFJP) 09/10/14, o sea casi dos después que se abonara la primera sentencia. Ultimo pase, Dependencia de salida: DGSJ-COORD ATENCIÓN PUBLICO – ARCHIVO, Fecha de salida: 29/6/16, por lo que entiendo que ésta es una nueva resolución, otro Expte. nuevo, además, la sentencia de Cámara salio con el importe faltante que debía pagar la ANSES y esta no fue apelada. Por lo tanto estoy totalmente desorientada para colmo no recibo una respuesta clara de mi abogado, solo me dice que me van a pagar y hay que esperar. Bueno mucha gracias Charly, cordiales saludos. Graciela.

      Eliminar
  10. Hola charly, te consulto por el caso de mi mama, esto significa que definitivamente ya no cobra? gracias y saludos:
    stado del Trámite: 41 - Su trámite ha sido resuelto desfavorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
    F.Estado: 26.08.2016
    AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 25.02.2016
    Última dependencia: DGSJ-INICIACION
    Último Pase
    Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C" Fecha Salida: 27.08.2016
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada 29.08.2016

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Juan eduardo, es como dicen, ellos dictaminan que no le corresponde ninguna mejora, ahora tu abogado deberá hacer los calculos y si le sale que si corresponde mejora, deberá iniciar los pasos para solicitar el cumplimiento de sentencia, ahora si al hacr los calculo le sle que no no podrá hacer nada y estos calculo normalmete demoran en hacerlos.

      Eliminar
    2. Hola Charly, te consulto: tengo sentencia definitiva con fecha 26/5/2016, o sea antes que se promulgara la ley, quisiera saber cómo sigue mi caso ya que lo voy viendo por la página de la Seguridad Social, seguimiento de expedientes, y todavía está en el Poder Judicial y figura el 16/8 que se presenta Recurso Extraordinario, luego, Parte demandada desiste, luego, Expediente a Despacho (a despacho par) y finalmente, Expediente a Despacho (para dar traslado de rex)todo con fecha 16/8.A partir de allí no hay más movimientos, que significa y cuanto tiempo pasará hasta que el abogado mande la liquidación a Anses? Gracias Charly

      Eliminar
    3. Hola, que la sentencia salga antes o después de la ley no tiene gran importancia ya que la adhesión es voluntaria, además tu sentencia no está firme ya que el recurso extraordinario es una apelación a esa sentencia para que sea elevada a la Corte Suprema de Justicia, a pesar de salir un decreto para que no se apele, aún lo siguen haciendo, algunos jueces están rechazando esa apelación pero otros no, debemos esperar a ver cual es la resolución del juez.

      Eliminar
    4. Hola Charly, soy 21.07, gracias por tu respuesta pero no me queda claro el tema de mi sentencia: según lo que me expresaste, que tenga Sentencia Definitiva no me sitúa en ningún plano de proximidad para que se me pague el retroactivo y se me regule mi jubilación? estaría entonces en la misma situación que los que aún no la tienen? te pregunto porque según informaron a partir del 15/9 se podrá consultar los montos en la página web, yo pensaba que no me convenía aceptar la propuesta pero ahora estoy en la duda por el tiempo que puede pasar si Anses apeló mi Sentencia. Podrías darme alguna pista? Gracias !!

      Eliminar
    5. Hola, es correcto, si figura recurso extraordinario es que la ANSES apeló ante la Corte Suprema de Justicia, ahora hay que ver si el juez la rechaza y queda firmme esa sentencia definitiva o si eleva la causa ante al Corte, ultimamente los juecs estan rechazando estos recursos, pero no todos.En cuanto si debes aceptar o no eso depende de ti a que estás a un ppaso de tener la sentencia y la diferencias de porcentaje de aumento en el haber son altas, el retroactivo en caso del juicio son desde dos años antes de iniciar el juicio hasta el momento de pago en cambio la nueva propuesta hay que contratar un abogado, hacer una presentación ante la justicia que se abstiene de iniciar cualquier causa judicial contra ANSES y esto demora bastante y luego hay un orden de prelación de pago que se supone que los dos primeros años va a ser para los mayores de 80 años y enfermos terminales. Así que hay que hay que pensro y mucho.

      Eliminar
  11. Hola Charly, soy la misma persona de los comentarios anteriores, te cuento que hoy mi expediente tuvo movimiento donde el Juez desistió el R. Extraordinario que interpuso Anses, hablé con mi abogado y me dijo que esto equivale a "caso cerrado" y me felicitó por haber concluido con mi juicio de 7 años. A partir de ahora resta que se envíe mi expediente a Anses desde la Cámara de Seguridad Social con la liquidación y a partir que Anses lo reciba se cuentan 120 días hábiles para hacerlo efectivo, es así? no es que no le crea pero haciendo abuso de tu amabilidad me gustaría saber tu opinión. Gracias Charly.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, el juez a rechazar el recurso extraordinario dej la entencia firme y ahora debe comunicar al ANSES, no se le envía ninguna liquidación, solamente la sentencia, los calculos los debe hacer ANSES, luego tu letrado deberá hacer los calculos también para ver si cuando te pagan te están pagando bien o deber reclamar, pero si el juicio en si culminó, ya hay sentencia firme al rechazar el recurso extraordinario.

      Eliminar
  12. Hola Charly, te hago una consulta, un familiar inicio jubilación ordinaria en diciembre de 2014, en el transcurso del tiempo paso por los siguientes estados 14, 08, 90, 08, 90, 82, 44 y finalmente cuando se veia que ya estaba en la ultima etapa volvió a 08. Se presentaron diversas notas a anses para ver si se podía acelerar los tiempos para una pronta resolución pero nada. La verdad que no entiendo nada acaso volvió todo casi al inicio del tramite?.
    Este tiempo de espera se encuentra dentro de periodos legales?
    Desde ya muchas gracias, saludos.
    Diego

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Diego, tendrías que vr si ingresó a la oficina de Cómputos y Liquidaciones, si es asi vamos más o menos encaminados, ya que ese código lo pueden haber puesto porque va a esa oficina, los tiempos en ANSES son muy relativos.

      Eliminar
    2. Bien, voy verificar si es que llego a la oficina de cómputos. Muchas gracias por tu respuesta Charly. Saludos

      Eliminar
  13. hola charly , mi suegra de 89 años tiene sentencia favorable , el expediente esta en anses , CÓDIGO 84 , desde el mes de mayo , cuanto tiempo se estima pueda permanecer en ese estado ? gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Felipe, el codigo 89 "Ejecución con Sentencia de Corte" si que no se como va a seguir, ya que es una ejecución, además no sé porque ero están demorarndo todo y ahora apelan ante a Corte todos los juicios, a pesar que hay un decreto para no hacerlo

      Eliminar
    2. hOLA PERDON , PERO EL CODIGO ES 84 , LA EDAD DE MI SUEGRA ES 89 AÑOS , ESTA EN EVALUACION A , DESDE EL 2 / 5 / 2016

      Eliminar
    3. Disculpá, tenes razón, leí mal,pero que raro ya que el codigo 84 es En Análisis por AFJP y dudo que ella haya aportado en AFJP (por la edad) y en cuanto que está en evaluación A puede estar alli hasta tres meses, igual esuna barbaridad si tiene e edad y el juiio ntencia firme desd el 2014 y todavía en evalución A salvo que ya haya psado ppor computos y lo etén evaluando el calculo que hizo computos.

      Eliminar
  14. gracias charly , ella se jubilo en 1989, si llega a ser como vos decis que estan evaluando el calculo .el tiempo esta correcto ?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gustavo, realmente está por la edad está yendo muy lento, ya debería haber estado en Computos y Liquidaciones y salir, ahora no se como van realmente ya que va lento pero no se puede hacer nada más que presentar un pronto despacho, pero dudo que surta efecto, deberías hablarlo con el letrado ya que han pasado los 120 días hábiles y por la edad deberían agilizarlo.

      Eliminar
    2. Hola Charly , feliz 2017 , 2 consultas , siguiendo con el expediente de mi suegra en noviembre paso a codigo 90 y el 13 de enero lo pasaron a codigo 2 que me dirija a la UDAI en la que se encuentra el expediente , ella ya tiene mas de 90 años , siempre fue docente municipal , a que se debera esta modificación de estado ? ( el abogado esta de vacaciones ! ) .
      segunda consulta , por el tema de su pensión en el tema reparacion historica , le sigue saliendo la leyenda que su tema esta en estudio por la complejidad , etc ... hay alguna forma de averiguar ,que sucedera ? ( ella gano un juicio de reajuste por este tema tambien pero fue calificado como NO REAJUSTA por ANSES en 2014 , gracias !

      Eliminar
    3. No sé que decirte, el codigo 2 es a la espera de documentación y en cuanto a la segunda consulta no creo que le den nada ya que se lo negaron en la sentencia judicial donde le pusieron que no beneficia
      Lo lamento.

      Eliminar
    4. hola , perdón la insistencia , sale que esta en codigo 02 , ( segun me informaron telefonicamente es a la espera de documentacion interna ), pero dependencia de entrada en computos y liquidaciones ? , espero que salga pronto , gracias !

      Eliminar
    5. HOLA , Perdon la insistencia , sigue en codigo 2 , pero ahora dice que esta en computos y liquidación , desde enero , espero sea lo normal , saludos !

      Eliminar
    6. Hola Gustavo, no te se decir porque la demora en la llegada de la documentación que requieren, pero hasta que está no llegue no avanzará, antes en donde estaba con codigo 2, o al entrar en Computos le pusieron codigo 2?

      Eliminar
    7. el codigo 02 esta desde antes , se movio de lugar con el mismo codigo ..

      Eliminar
    8. Entonces seguramente ya recibieron la documentación y entonces por ello pasó a Computos y Liquidaciones, y aún no han cambiado el código.

      Eliminar
    9. por ultimo como sigue teoricamente el espiral de computos... va a alguna otrA U otras oficinas ? gracias !

      Eliminar
    10. Gustavo, aqui pueden ocurrir varias cosas, que vuelva para atras porque no lo pudo tomar ningún computista y deberá esperar nuevamente a que pueda ser asignado a un Computista, pueden hacer el cálculo e ir a verficacion o control donde controlan si el calculo está bien hecho o no según ellos, si lo desaprueban vuelve a Computos y Liquidaciones y nuevamente cuando salga deben verificar si para ellos es una cifra razonable y luego antes pasaba por verificacion de deudas previsionales, hoy no lo sé y después de aprobado todo pagan, o no, si para ellos no beneficia.

      Eliminar
    11. hola charly , finalmente luego de 4 meses en computos y liquidaciones , salio codigo 40 . favorable . sin pasar por ninguna otra oficina , cuanto se estima se tarda en cobrar y como se puede saber cuanto es el monto , gracias !

      Eliminar
    12. ola Gustavo, aún debe pasar por la oficina de Verificación por lo menos son de 60 a 90 días para que le paguen, cuando salga de Verificación puede pasar por una UDAI y solicitar un RUB donde le informaran cuanto cobrara y cual será el retroactivo

      Eliminar
    13. muchas gracias por la informacion , un RUB que vendría a ser ?

      Eliminar
    14. Gustavo, el RUB es el registro único de beneficiario, alli figura toda la información de su jubilación o pensión

      Eliminar
    15. hola charly , hoy pasaron el expediente a COORD. CONTROL DE DEUDAS PREVISIONALES , es por el monto ? quizas quieran rectificarlo ? , o es común no deberÍA pasar por Verificación ?

      Eliminar
    16. Hola Gustavo, es el paso final antes de pagar, antes se llamaba Verificación de Deudas Previsionales, ahora lo denominan así, ganas de cambiar los nombres de las oficinas, aasi que cunado salga de allí en 60 o 90 días abonan.

      Eliminar
    17. gracias por tu pronta respuesta !

      Eliminar
    18. hola charly , siguen las preguntas , perdón , hace 2 dias el expediente desaparecio de la pagina de anses , llame al 13o , y me informaron que seguia en control de deudas... es buena señal ? , gracias !!

      Eliminar
    19. Hola Gustavo, no es buena ni mala, está en el mismo lugar, importante va a ser cuando salga de allí, por ahora nada, sin importancia.

      Eliminar
  15. Hola Charly, te consulto respecto de mi caso: tengo Sentencia Definitiva con fecha 12/8/2016, entro en la página de consultas de expediente y me figura a continuación con fecha 7/9 APELAN AMBAS PARTES, SE CONCEDE LIBREMENTE, luego EXPEDIENTE A DESPACHO (PARA LLEVAR),luego ELEVACIÓN A CÁMARA y finalmente PASE A CAMARA DE SEGURIDAD SALA 1. Mi abogado es de Bs As y yo estoy en Córdoba, te pregunto a vos antes que a él para que me orientes antes de llamarle, me podrías informar que significan estos movimientos posteriores a mi Sentencia Definitiva? Muchas gracias Charly

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, ya dije muchas veces que una Sentencia Definitiva no significa nada hasta que esta queda firme, en este caso por lo que me pones no llegó a quedar firme ya que fué apelado y por tu escrito indicas que fue apelado por ambas partes (ANSES y tu letrado)y que tu expediente judicial ya fue elevado a a Camara de Apelaciones de la Seguridad Social Sala 1, ahora debes esperar la sentencia definitva de esta nueva estancia la cual seguramente será apelada por ANSES nuevamente ante la Corte Suprema de Justicia(últimamente están apelando todas las causas, antes esto no ocurria, solo en algunos pocos casos) que va a figurar como recurso extraordinario, y aqui cabe la posibilidad que la Camara acepte el recurso (Rex) o lo rechace.

      Eliminar
    2. Hola Charly, gracias por tu explicación, seguramente ya lo has comentado anteriormente casos parecidos, discúlpame pero te escribí porque me aconsejaron tu blok. Gracias de nuevo

      Eliminar
  16. Hola Charly cómo estás? sabes cuando publican las sentencias a pagar del mes de septiembre
    Gracias
    Saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, no, ni idea, el mes pasado tardaron bastante en publicarla, antes salía para el 20 del mes, ahora están variando mucho.

      Eliminar
  17. Hola Charly te molesto nuevamente creo que fue Gabriel q dijo q el orden operativo queda de lado cuando se ejecuta la sentencia esto es así o interprete mal, el abogado me dijo q pasado los 120 dias se pide la ejecución de la sentencia pidiendo el embargo de las cuentas de anses
    este es el paso a seguir verdad?? tenes idea que tiempo puede tardar
    Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Laura, la ejecución es un pedido de embargo que solicita el juez luego de ciertos pasos procesales, no es inmediato, pero si ahí ya no hay orden de prelación, sino de los tiempos procesales hasta que sale el embargo y luego hasta que se te permita tener acceso a ese dinero que se deposita en una cuenta judicial.

      Eliminar
  18. Charly siempre se cumplen los 120 días que dictamina la ley o puede se antes o después según los casos que ya conoces? ?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, nunca cumplen los 120 días hábiles, siempre es mucho más, a mi padre con 80 años y una enfermedad terminal le demoraron en pagar casi 4 años.

      Eliminar
  19. Hola Charly, te pregunto si sabés algo respecto a la página de Anses que hoy 15/9 iba a informar montos de retroactivo y ajuste de haberes pero en definitiva no publica nada? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. No, no lo sé,solo me he enterado de personas que ya tienen sentencia firme que han recibido la cifra de lo que les pagarían por el retroactivo de la Reparación Historica, pero la cifras son muy diferentes a lo que les correspondería por la sentencia, por ejemplo ellos darían $100.000 y por la sentencia le correspondería realmente entre $300.000 y $400.000, es lógico ya que el porcentaje de aumento sería menor y los años son muchos más ya que los juicios se considera el retroactivos desde dos años antes de iniciado el juicio hasta el momento de pago lo que implica muchos años, en cambio la reparación historica es de solo dos años, no importa cuando le paguen, siempre sería 2 años, otra duda que tengo también es si el importe de retroactivo es heredable ya que el retroactivo por juicio si es heredable en cambio el de la reparación historica no lo sé, más que solo se paga el 50% en efectivo y el resto en cuotas trimestrales, lo que implica que para terminar de cobrar ese 50% se demoraría 3 o 4 años ya que no recuerdo en cuantas cuotas es el pacto.
      Así que realmente no se que dice la ley de Reparación Historica sobre que ocurriría con el retroactivo en caso de fallecer el jubilado, tanto si fallece antes de cobrar el primer 50% luego de haber aceptado dicha reparación y con el otro 50% que se paga en cuotas, ya que el retroactivo judicial en caso de fallecimiento del jubilado si lo cobra su heredero en su totalidad desde dos años antes de iniciado el juicio hasta el día de fallecimiento del jubilado.

      Eliminar
  20. Porque la reparación histórica es tan confusa, y nada esclarecida.-
    Parece la letra ilegible de los contratos de servicios.
    Dios no permita que se termine con una burla mas a los jubilados.
    Alvaro

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Lo que pasa es que es una ley y hay que ver como se interpreta, más que hay muchas cosas confusas como por ejemplo si el retroactivo es heredable o no ya que para que se abone completamente van a pasar 3 o 4 años, no recuerdo cuantas cuotas trimestrales son, ya que el retroactivo por el juicio si es heredable.

      Eliminar
  21. Hola charly quisiera consultar sobre la situacion de mi papà , ya le salio sentecoa dsd el ms de junio pero hasta ahora no hay novedad
    4-20-0820XXXXXX-8-14X-1
    Carátula: FLORES PEDRO NOLASCO Documento: DU - 8202XXX
    Estado del Trámite: 04 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
    F.Estado: 22.09.1999
    AFJP: F.Inicio(ANSES-AFJP):
    Última dependencia: AREA RECEPCION JUDICIAL
    Último Pase
    Dependencia Salida: AREA RECEPCION JUDICIAL Fecha Salida: 01.06.2016

    ResponderEliminar
  22. Hola, lo que pasa es que lo estás viendo con el número de expediente con que se inició el tramite jubilatorio, deberías llamar al 130 preguntar el estado del expediente y que te den el número completo de ese nuevo número de expediente que se abre cuando se recibe la notificación de que la sentencia quedo firme, ojo ese número consta de 22 0 24 digitos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. hay dos expedientes uno prestaciones por vejes el exdiente que te mande y reajuste varios que tiene otro nº

      Eliminar
    2. El otro expediente es por el pedido de reajustes por via administrativa condicion indispensable para poder iniciar el juicio, por lo que veo lo buscaron por número de documento alli ya no salen más los expedientes por sentencia judicial, ese número lo deben averigüar por via telefónica al 130 o personalmente en una UDAI o en la calle ALSINA 250 PB.

      Eliminar
  23. donde dice 14x, ponga 150 o 151. Pruebe con los dos.

    ResponderEliminar
  24. hola ...te queria comentar por que no entiendo esto : si un jubilado cobro el juicio por sentencia judicial y le arreglaron el haber por que figura esto que te pongo en la reparacion historica? y dice asi:
    De acuerdo a los datos existentes en ANSES, este beneficio está comprendido dentro de los casos de mayor complejidad. Por ello, se encuentra en proceso de evaluación pues requiere un análisis exhaustivo. ANSES podrá tener una definición respecto a su caso en el mes de octubre de 2016. Si sabes algo te lo agradesco por que quede desorientada

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, realmente no lo sé, es la primera vez que escucho que alguien que cobro ya el retroactivo por el caso Badaro le salga algo de la reparación historica, salvo que haya sido un juicio viejo que fue por el caso Chocobar

      Eliminar
    2. Que este en evaluacion no quiere decir que va a tener una diferencia.

      Eliminar
  25. Hola los molesto ya que aparecio esto y ya la abogada de mi madre habia apelado, significa que ya no hay caso ? saludos y gracias chicos, mi vieja estaba tan ilusionada con cobrar algo :(

    Datos del Expediente 024-27-05678441-7-150-1
    Carátula: CARRE#O NORMA DORA Documento: DU - 5678441
    Beneficio Nro.: 15-0-3962019-0 Fecha:
    Estado del Trámite: 41 - Su trámite ha sido resuelto desfavorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
    F.Estado: 26.08.2016
    AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 25.02.2016
    Última dependencia: DGSJ-INICIACION
    Último Pase
    Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 08.09.2016
    Dependencia Entrada: DGSJ-COORD ATENCION PUBLICO-ARCHIVO Fecha Entrada

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Juan, esto significa que para la ANSES no corresponde ninguna mejora, ahora tu abogada deberá hacer los calculos a ver si corresponde o no mejora, si llega a corresponder debera iniciar el reclamo correspondiente ante la justicia por el incumplimiento de la sentencia judicial, si le llega a salir que no corresponde nada no podrá hacer nada

      Eliminar
  26. Hola te molesto por lo siguiente , mi mama es jubilada y pensionada , cobra normalmente su jubilación y pensión de mi papa , consultamos a Anses y en el caso de ella dice que no corresponde actualización pero en la pension de mi papa sale esta notificacion que copio debajo , nos podran orientar como debemos continuar con este tema , gracias .

    Beneficio Pensión Número: 15514671....
    De acuerdo a los datos existentes en ANSES, este beneficio está comprendido dentro de los casos de mayor complejidad. Por ello, se encuentra en proceso de evaluación pues requiere un análisis exhaustivo. ANSES podrá tener una definición respecto a su caso en el mes de octubre de 2016.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, lo que significa es que en octubre van a decidir si se encuandra o no dentro de la reparación Historica, nada más que eso

      Eliminar
  27. quisiera saber como hacer tengo un expediente numero 024-27-25072164-7-837-1 por la cars y me salio favorable codigo 40 volvio de la cars a anses de mercedes y habrieron otro expediente con el numero024-27-25072164-7-299-2 y esta con codigo 15 en computo y liquidacion y hable con el tipo que lleva el expediente y me dijo que un 99.9 por ciento no cobro nada es asi me podes ayudar gracias mep

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Yo te diría que consultes con el letrado que lleva tu caso, no entiendo porque dos expedientes, es muy raro eso.

      Eliminar
  28. Hola Charly mamá falleció en abril y tenía sentencia firme de la corte el juicio q había iniciado mi papá tienes idea si pagaran el retroactivo en las sucesiones?

    ResponderEliminar
  29. Si, hasta el año pasado se pagaba a los herederos previa declaratoria de herederos y se deposita en el juzgado que tiene la sucesión

    ResponderEliminar
  30. Hola Charly..te queria hacer una consulta. Realice un juicio por reajuste de haberes, soy pensionada..mi juicio tiene sentencia firme desde el año 2013, aun estoy a la espera para cobrar, debido a que los ultimos movimientos fueron..computo y liquidacion A..luego computo y liquidacion C..y ahora mi estado de expediente se encuentra en ESPERA DE NUEVO MARCO LEGAL..Podrias asesorarme que significa ?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, es muy raro esto, no debería, parecería como si estuvieran esperando a ver si aceptas la Reparación Historica que son migajas en lugar de pagarte lo que corresponde segun la sentencia, deberías consultar con tu abogado.

      Eliminar
  31. Le agradezco su atencion, muchas gracias por la respuesta. Siempre me guio leyendo su blog. Si..si hoy tomamos conocimiento de esta noticia,con mi abogado. Veremos que sucede..tambien me parece muy raro, trabas y trabas para postergar todo, seguramente.Muy indignada estoy con todo lo que sucede. Gracias por su respuesta !!

    ResponderEliminar
  32. Hola Charly mi expediente esta desde 13/9/2016 en computos y liquidacion que significa esto gracias juan

    ResponderEliminar
  33. Hola Charly mi expediente esta desde 13/9/2016 en computos y liquidacion que significa esto gracias juan

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Juan, eso significa que está en la oficina donde hacen el cálculo de si te deben modificar el haber o no y si deben hacerlo, cuanto te deben aumentar el haber y cuanto te deben dar de retroactivo.

      Eliminar
  34. Hola Charly:
    Tengo una presentación ante la carss por una pension derivada ya que estoy incapacitada. El primer pedido de pensión lo hice en septiembre de 2015 por insistencia. Me contestaron que no me aceptaban la presentación y realicé el recurso para la CARSS en mayo de 2016. Recien entró a la CARSS el 6 de agosto de 2016.
    Cuánto tiempo puede demorar la CARSS para dar su resolución. Y la CARSS suele mantener la línea de los dictámenes anteriores o hacen cualquier cosa.
    Muchas gracias por tu atención

    Mi nombre es María

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola María, no tengo idea, ya que hay muchos requisitos para otorgar las pensiones derivadas a un discapacitado, yo todavia tengo el caso de una chica que está esperando la pensión derivada del padre, siendo que posee ua discapacidad mayor del 75% y haber sido mantenida por su padre jubilado hasta el momento de su muerte.

      Eliminar
    2. Hola Charly:
      Leyendo el blog viendo si podía entender algo me encuentro que yo ya había hecho esta consulta-
      Te cuento que los primeros días de febrero salió de la carss con 40, su trámite ha sido resuelto favorablemente que consulte si en 30 días etc, etc
      El primer día creo haber leido algo como remitase a udai para nueva resolución en ...
      MI PREGUNTA ES: Qué va a pasar ahora.
      En el 130 me dicen que en abril voy a cobrar pero yo tengo miedo que no sea verdad.
      Vos qué creés
      Gracias
      María

      Eliminar
    3. También tengo otro expdte porque me pagaron menos meses de retroactividad de lo que correspondía y el importe de la jubilación es bajo.
      Ese expdte también decia 40 su tramite ha sido resuleto favorablemtne y al día siguiente me dijeron que era un error y ahora aparewce 15 su trámite está en estapa de resolución en cómputos y liquidación.
      Qué puede haber pasado y qué va a pasar?

      Eliminar
    4. Hola María, si salió con codigo 40, es muy factible que cobre en abril o mayo, mucha suerte

      Eliminar
    5. María, lo del otro expediente ni idea que puede haber sucedido, eso debería hablarlo con su letrado

      Eliminar
    6. Muchas Gracias Charly. Ojalá se cumpla porque estoy muy mal. Les tengo miedo.

      Eliminar
    7. Gracias Charly.
      Espero que lo cumplan

      Eliminar
    8. María, yo también, jamás pensé que iban a firmar el decreto para pagar menos a los jubilados.

      Eliminar
  35. Hola Charly :
    Una consulta...mi expediente tuvo los siguientes movimientos..paso de estar en computo y liquidacion c.. a Direccion de resolucion de sentencias judiciales...que significa ?..ese estado en que se encuentra...

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, creo, si no me equivoco por alli pasan cuando el retroactivo pasa de cierto montó para una reevaluación.

      Eliminar
  36. Muchas gracias por responder. Saludos.

    ResponderEliminar
  37. Ya acepte todo ante anses, con huella, ahora que debo esperar, anses me hizo la propuesta y acepte, ya esta todo, charly que pasas sigo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Lilian , ahora a esperar ya que hay un orden de prelación, todo depende de cuantos hayan aceptado ya que primero van a cobrar los mayores de 80 años, los qte tengan enfermedades graves y los que la cifra para cobrar sea baja, y luego el resto.

      Eliminar
  38. HO A CHARLY TENGO SENTENCIAS AL PAGO MES DE OCTUBRE CUANTO TARDAN EN ACREDITARME EL DINERO, MUCHAS GRACIAS.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. CHARLY no pregunte nada raro , a todos le contesta enseguida, y yo sigo esperando. pero gracias igualmente ....

      Eliminar
    2. No entiendo tu pregunta, que es tener sentencia en octubre, la tenes firme o solo definitiva, definitiva no es firme y se puede apelar, ANSES ya fue notificado, tenes el número de expediente de ANSES por reajuste por sentencia judicial, no se a que te refieres.

      Eliminar
    3. Esperaba que aclares lo que pusiste porque no se entiende nada.

      Eliminar
  39. Hola, mi mama es jubilada y pensionada, cobra normalmente su jubilación y la pensión heredad de mi papa, consulte en la web de Anses en octubre y le corresponde actualización sobre la pension de mi papa y nos daba el nuevo valor a cobrar. Como no tenia abogada para iniciar el tramite en ese momento lo deje para despues. La semana pasada ya no salia el importe y salia una notificacion, que en este monento no me acuerdo y hoy sale esta que copio debajo. Te agradeceria me des una idea de que esta pasando porque primero le correspondía un importe y ahora esta en veremos.

    De acuerdo a los datos existentes en ANSES, este beneficio está comprendido dentro de los casos de mayor complejidad. Por ello, se encuentra en proceso de evaluación pues requiere un análisis exhaustivo. ANSES podrá tener una definición respecto a su caso en el mes de noviembre de 2016.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, es extraño que te haya aparecido monto, ya que a la mayoría les salia este cartel pero con fecha de octubre y luego lo pasaron a noviembre y si siguen así pasará a diciembre, realmente no se que decirte.

      Eliminar
  40. Hola Charly, pregunta, a mi papá que es jubilado le tocaba el reajuste por reparación histórica, le salía el monto y yo acepte e incluso imprmí el convenio, pero ahora me dice que al ser un caso complejo lo están estudiando y que en noviembre va a haber una respuesta. la verdad es insólito, si le daban un monto, porque ahora esa resolución?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si, ya el doctor Gabriel puso aqui que hasta que no se homologa pueden cambiar las reglas de juego, o sea cambiar el importe

      Eliminar
  41. Hola Charly,consulta: mi madre es pensionada desde el 2003.- En Agosto al registrarse y sacar la clave para la Rep.Historica, le aparecio una Oferta de Anses de $ 19.420, la cual ACEPTO, pasados unos dias en la pagina cambiaron a un cartel, que decia que el beneficio le correspondia la Rep.hist., y que debia registrar la huella y notificar n abogado.- este aqui, que la huella digital ya la tenia y consultado un abogado dijo que se debia esperar y no tomo el caso.- Hace una semana cambiaron el cartel y pusieron otro que dice: De acuerdo a los datos existentes en ANSES, este beneficio está comprendido dentro de los casos de mayor complejidad. Por ello, se encuentra en proceso de evaluación pues requiere un análisis exhaustivo. ANSES podrá tener una definición respecto a su caso en el mes de noviembre de 2016.
    Pregunta, ¿que debe Hacer? gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, te comento que eso que pones le está sucediendo a muchos, incluso a algunos con abogado mediante, y las huellas digitales presentadas, no se sabe porque, aunque como dice le doctor Gabriel Greizerstein al no estar homologado a pesar de haber aceptado lo pueden modificar a su gusto, que hacer dependerá de cada uno llegado el momento

      Eliminar
    2. ok gracias por tu respuesta. habrá que esperar.. Si hay algun cambio para bien o no, lo haré saber.-

      Eliminar
  42. Hola charly mi hija tiene un tramite de pension por fallecimiento de su papa hace mas de un año proximamente el expediente entro en un código 42 con numero de beneficio ahora le pusieron un codigo 90 q signigica

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola codigo 42 es preacordado y codigo 90 es Determinación de Derecho es is le corresponde legalmente, tengo a una chica discapacitada que ya lleva un año y medio esperando la pension del padre jubilado fallecido.

      Eliminar
  43. Veo que hay muchos casos de los cuales han aceptado el reajuste y luego les ponen que es un caso complejo y estan igual que al principio...pregunto pueden hacer eso? en caso que lo arreglen tendria que ser mayor o igual valor...muchos de los que aceptaron la propuesta se ilusionaron y no pueden jugar asi, los que imprimimos los acuerdos con nuestros datos y luego nos salen con otra cosa desfavorable, tendriamos que actuar, nuestros abogados tendrian que actuar.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Si, lo pueden y lo están haciendo, el importe puee ser mayor (lo dudo muchisimo) igual (también lo dudo) o menor, ya que el acuerdo no está homologado ante la justicia y hasta tanto lo pueden variar como quieran, además el retroactivo el 50% restante tienen hasta 5 años 11 meses y29 dias para pagarselo como bien pone el doctor Gabriel Greizerstein
      http://charly-quejese.blogspot.com/2016/11/anses-ya-publico-la-lista-de-pagos.html?showComment=1480178661642#c528292722285895409

      Eliminar
  44. Hola Charly! Que instancia es esta???? DGSJ-COORD ATENCION PUBLICO-ARCHIVO ya esta para cobrar? Desde ya gracias!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Mimi, eso es Dirección de Gestión de Sentencias Judiciales y tu expediente ha pasado a archivo, habría que ver con que codigo esta si es 40 es que beneficia y deberías estar cobrando o por cobra o codigo 41 que no beneficia y no te pagana nada

      Eliminar
    2. Si Charly es 40... Tardan mucho en pagar??? Tenes idea de cuanto tiempo??? Gracias!!!!

      Eliminar
    3. Mimi te recomiendo que te dirijas a la UDAI más cercana para averiguar ya que si fue a archivo deberías de estar cobrando (este mes o el que viene) o ya cobrado

      Eliminar
  45. Hola Charly,(soy Néstor) mi expte. tiene sentencia judicial firme y desde el mes de abril/16 está con código 67 con este estado:

    Estado del Trámite: 67 - Su trámite judicial se encuentra en proceso. Para más información, por favor comuníquese con su representante legal o bien consulte la página web del Poder Judicial de la Nación www.pjn.gov.ar. Opción Consulta de causas del fuero federal de la Seguridad Social
    Fecha Estado: 30.03.2016 Fecha Inicio: 17.11.2015
    Última dependencia: DGSJ-INICIACION
    Último Pase
    Dependencia Salida: DGSJ-EVALUACION "B" Fecha Salida: 01.04.2016
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada 05.04.2016
    Ingresó a ANSES el 27-11-15, contando los 120 dias hábiles vencieron el 16 de Mayo de 2016, mis preguntas son las siguientes: 1)me conviene esperar ó iniciar la ejecucion de sentencia, 2)en éste último caso es imprescindible aportar la liquidación (bluecorp), ó solicitar a Anses se apliquen los parámetros de la sentencia???
    Desde ya infinitamente agradecido!!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, hay alguna cosas que no comprendo primero codigo 67 es A Liquidación, despues dice que esta en proceso judicial y que consulte con su letrado cuando supuestamente el expediente ya tiene sentencia firme y se está evaluando en ANSES y enviado a Liquidación, la fecha habria que ver cuando fue notificada de la sentencia firme y para iniciar la demanda de cobro (ejecución de la sentencia) su abogado debe presentar la liquidación de lo que le deben pagar o que el Juzgado debe ejecutar, si o si, si le conviene y cuando eso debe hablarlo con su letrado

      Eliminar
  46. Hola Gabriel te quería consultar ,mi pariente tiene la pensión por fallecimiento en tramite , y le salio la liquidación para cobrar este mes ( ya tiene fecha y monto).Pero figura fecha inicial de pago 30 agosto 2015 , en el expediente de pensión directa figura fecha inicio 30 agosto 2016 , y en el expediente de actuaciones figura que el tramite fue iniciado 6 abril 2010 . me podrías decir como podemos hacer para reclamar que nos liquiden desde el 2010 que es cuando figura que fue comenzado el tramite ?
    Por otro lado en la liquidación figura así
    001 000 HABER MENSUAL xxxxxx
    102 000 AJUSTE HABER ANUAL COMPLEMENTARIO 6755,01
    108 000 AJUSTE PRIMERA LIQUIDACIÓN xxxxxx

    Pd: EL tramite fue iniciado hace 20 años y por causa del incendio trajeron el tramite al año 2010 , ahora ya salio para cobrar pero no figura ni retroactivo ni nada solo los tres puntos mencionados arriba .

    Desde ya muchas gracias , saludos cordiales y buen 2017-

    ResponderEliminar
  47. Hola Charly! Antes que nada gracias por la buena predispocicion de siempre! Mi suegra esta por cobrar el juicio de reajuste caso Badaro. Ella al firmar el poder a la abogada puso en uno de los puntos que le cobraría el 30 % pero la juez en la sentencia dispuso el 18 %. Preguntas: Cuanto le debe pagar mi suegraa la abogada? Como se le debe pagar o es la ANSES la encargada tomar el dinero del juicio y pagarla a la abogada? Y por ultimo como se puede saber cuanto le deben pagar? En la clave de seguridad esta esa información.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Mimi, su suegra se comprometio a pagar el 30% de lo cobrado de honorarios y eso es lo que le debe pagar, el 18% que fija el juez es la parte que le debe pagar ANSES por perder el juicio ya que debe pagar las costaspero no tiene nada que ver con su 30% que es aparte por todos los años de trabajo y seguimiento del expediente, su suegra al darle el caso ya sabia que le iba a abonar el 30% de lo cobrado y no le importó, sino en ese momento tendría que no darle el caso y haber buscado otro letrado a ver si le cobraba menos y si llevaba a buen puerto el caso.

      Eliminar
  48. Hola Gabriel te quería consultar ,mi pariente tiene la pensión por fallecimiento en tramite , y le salio la liquidación para cobrar este mes ( ya tiene fecha y monto).Pero figura fecha inicial de pago 30 agosto 2015 , en el expediente de pensión directa figura fecha inicio 30 agosto 2016 , y en el expediente de actuaciones figura que el tramite fue iniciado 6 abril 2010 . me podrías decir como podemos hacer para reclamar que nos liquiden desde el 2010 que es cuando figura que fue comenzado el tramite ?
    Por otro lado en la liquidación figura así
    001 000 HABER MENSUAL xxxxxx
    102 000 AJUSTE HABER ANUAL COMPLEMENTARIO 6755,01
    108 000 AJUSTE PRIMERA LIQUIDACIÓN xxxxxx

    Pd: EL tramite fue iniciado hace 20 años y por causa del incendio trajeron el tramite al año 2010 , ahora ya salio para cobrar pero no figura ni retroactivo ni nada solo los tres puntos mencionados arriba .

    Desde ya muchas gracias , saludos cordiales y buen 2017-

    ResponderEliminar
  49. Hola Charly! después de recibir el llamado de la abogada se presento en su despacho con toda la ilusión de cobrar su juicio, después de seis años, y se encontró con que la abogada le dijo que hicieron mal la liquidación y le liquidaron diez veces menos de lo que sentencio el juez.
    La abogada le dijo que cobre lo que estaba en el banco que después de la feria le va a pedir al juez que haga cumplir la sentencia como el la ordeno. Ahora me dicen algunas personas que si acepto ese pago ya no hay derecho a reclamar nada.... Es eso verdad??? Se que a veces la gente habla por hablar por eso te pido que me saques la duda. Desde ya muchisimas gracias!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Mimi, yo tengo entendido que se puede cobrar, luego el abogado presenta el cálculo de lo que realmente corresponde e inicia la ejecución por incumplimiento de sentencia, además si tu letrada dice que corresponde cobrar así debe ser ya que sino ella cobra menos de lo que calculó.

      Eliminar
  50. Hola Charly, me llamo gustavo, te quiero hacer una pregunta así me guíes, tengo sentencia favorable de la corte suprema, y mi expediente paso de cómputos y liquidación B, a DGSJ iniciación, tiene código 67, me podrías decir porque otra oficina tiene que pasar hasta tener código 40, y me salga el pago, muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gustavo, código 67 es a liquidación, como no salió con código 40 o 41 es muy factble que nadie haya tomado el expediente en Computos y Liquidaciones y vuelva a ingresar a la misma, para que realicen el calculo.

      Eliminar
  51. gracias charly por tu respuesta soy gustavo, luego de que salga de cómputos y liquidaciones, que oficinas me falta que pase el expediente, hasta que cumplan con la sentencia y me efectivicen el pago, te cuento que me hicieron una oferta por la ley de reparación histórica y la rechase, quiero esperar hasta que me salga lo que me corresponde y lo que ordeno la justicia, por eso quería saber si que oficinas quedaría por pasar el expediente, desde ya muchas gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Gustavo, es complejo ya que si sale con codigo 41 directamente es que no te pagan y listo, si sale con codigo 40 va a una verificación, la cual puede rechazar el calculo y volver a Computos y Liquidaciones, y de nuevo a esa verificación, y si pasa este paso puede salir (demora entre 60 y 90 días en pagar) o puede ir a verificación de deudas previsionales y luego los 60 a 90 días hasta el pago.

      Eliminar
    2. gracias charly, soy gustavo, esperemos que salga con código 40 entones, según lo que me decís a lo mejor hasta fin de año tenga novedad, esperemos que no sea código 41, lo que me lleva a pensar que teniendo sentencia firme y si me hicieron una oferta no debería, pero hay que esperar, gracias por tus respuestas, muy amable.

      Eliminar
  52. Estado: Su acuerdo fue enviado a la Justicia(Hola Charly que significa ese texto?)

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Lilian , eso significa que has aceptado la Reparación Histórica y que se ha enviado a la justicia para su homologación.

      Eliminar
  53. Buen dia charly mi padre inicio juicio hace dos años en el mes 10/16 tubo sentencia favorable que fue apelada x anses . Ahora esta en la camara el ptofesional que asiste me recimienda aceptar ofrecimiento de reoaracion historica . Dice como viene la cosa esto se va a prolongar demasiado dado que mi padre tiene 81 años que me aconsejas? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, es muy raro que el profesional recomiende aceptar la Reparación Histórica, es más le dejo un comentario que hace al respecto el doctor Gabriel Greizerstein.

      Gabriel Greizerstein ha dejado un nuevo comentario en su entrada "ANSES, SALIÓ LA LISTA DE PAGOS DE SENTENCIAS DE FE...":

      Si su padre esta en juicio, no le aconsejo adherirse a la reparación sin hablar con SU letrado. En primer lugar, los procesos judiciales una vez terminados tienen un plazo determinado para el pago. La reparaciòn historica NO. Esto quiere decir, que si ANSeS quiere empezar a pagarle a su papa dentro de 5 años, lo puede hacer, y no hay forma alguna de reclamar.

      No me crea a mi, informese, lea la ley y reglamentación.

      Una nota de color, la rep historica no cobrada no parece pasar a pension. Herencia, menos.

      Eliminar
  54. HOLA, RECIEN CONOZCO EL BLOG, PODRIAN INFORMARME SI ESTA INFORMACION SIGNIFICA QUE YA SE VA A COBRAR? GRACIAS!!!
    40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente.
    Fecha Estado: 14.03.2017 Fecha Inicio: 18.11.2016
    Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A"
    Último Pase
    Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Salida: 20.03.2017
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, si se va a cobrar pero todavia falta que pase por Verificació y no sé si alguna oficina más, normalmente se debería cobrar entre los 60 a 90 días.

      Eliminar
  55. Hola. Tengo la siguiente consulta: un familiar inició juicio por reajuste de haberes contra anses en 2008, ya cuenta con sentencia firme en noviembre , Anses fue notificado y cuando ingreso al expediente en Anses figura trámite resuelto favorablemente, pero no se ha recibido ninguna notificación.En el sistema de consultas judiciales solo figura que se recibió en Anses el oficio solicitando que se proceda a efectuar la liquidación en un plazo perentorio de 15 días. Interpreto que esto ya sucedió. Qué plazo hay que esperar? .El profesional que lleva el caso me parece que no está muy al tanto de cómo se procede o en su defecto no le está dedicando la atención necesaria.Debo esperar que se publiquen las sentencias al cobro?
    Gracias por la ayuda que puedan darme.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Claudio, es muy, pero muy raro que una sentencia firme de noviembre del año pasado ya haya sido resuelto, me extraña ese oficio perentorio de 15 día cuando todas las sentecias salen con los 120 días hábiles y hasta tanto no se cumplna estos días (aproximadamente 6 meses) no se puede iniciar la ejecución de sentencia, es muy raro todo lo que me pone.

      Eliminar
  56. Hola Charly: el 22 Noviembre 2016,te consulte por el caso de mi madre ella es Pensionada ben. 15587836010, desde 2003.- Recibio una oferta de 19.420 Acepto y luego, desaparecio y lo cambiaron por un cartel, que su caso era complejo.- Tu consejo era esperar y que esa oferta podian cambiarla a su antojo, cosa que ocurrio.- Hoy 20-04-17, recibio el aviso: que despues del analisis final del caso, NO surgen diferencias en su haber que la beneficien.- Ella es pensionada por ferroviarios (mi padre se jubilo por invaldez), cobra 8000 con descuentos 6000. La consulta es, porque estaria fuera de la ley 27260, que mi padre se jubilo por invalidez, seria un motivo.- Puede efectuar algun reclamo y como lo haria?.
    desde ya muchas gracias.- Hector

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Hector, que verguenza, lo único que te queda es ir a un abogado y ver si puedes iniciar juicio ya que te dan la contestación que no le ofrecen nada.

      Eliminar
  57. Hola Charly: Cuando le avise del resultado final a m madre, se sintiio como desplazada y deprimida, ya que guardaba mucha ilusion, como es el caso de todos los jubiladosy ensionados.- Agradesco y valoro tu pronta respuesta y seguire tu consejo, de lo resultado te comunicare para referencia de casos similares.- Muchas gracias.- Hector

    ResponderEliminar
  58. Hola! Donde consulto el estado del expediente ? gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El judicial en la pagina del Pode judicial, el de ANSES en la pagina de ANSES

      Eliminar
  59. Hola, A mi padre le sigue saliendo hacemuchos meses estre cartel:

    De acuerdo a los datos existentes en ANSES, este caso es de mayor complejidad y por ello es necesario más tiempo de análisis para su resolución. Si todavía no se visualiza la información del reajuste y retroactivo, consultá nuevamente en breve para ver novedades.

    ¿Hay algo que se pueda hacer?

    Muchas gracias!!

    Daniel

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Daniel, supongo que ete cartel te aparece por la Reparación Histórica, me han comentado que ha personas que les habian ofrecido una cifra (algunos incluso la aceptaron) y luego en el tiempo les ha aparecido este cartel, después de varios meses les salió que no les corresponde nada, esto no es para los juicios.

      Eliminar
  60. Hola Charly me pagaron con el reajuste pero del retro nada.se puede hacer algo?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Lilian, no recuerdo, es un juicio o es la Reparación Histórica, si es está última es muy factible que no te corresponda, si es por juicio, es muy raro deberías hablarlo con tu abogado.

      Eliminar
  61. Hola Char, quería que me sacaras la duda. Mi apoderada tiene ya el acuerdo de reajuste de haber firmado el 10/4 , ahora me figura SU ACUERDO FUE ENVIADO A LA JUSTICIA , que significa esto? A ella le van a pagar retroactivo desde que firmó hasta que salga? Tiene 85 años y es sumamente importante para ella.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Lucia, si el acuerdo debe ser homologado en la justicia, en cuanto al retroactivo no lo sé bien pero no creo que te paguen por ete tiempo transcurrido si te llegan a pagar algún retroactivo, hoy día ya hay problemas en el pago de retroactivos reconocidos.

      Eliminar
  62. hola charly una pregunta mi expediente en anses dice,tipo reajuste de sentencia judicial ,alta de expediente 03.04.2017,fecha ultimo estado 04.05.2017 estado, de tramite judicial se encuentra en proceso ultima dependencia DGSJ iniciacion.no ponen los codigo que significa esto mi numero de expediente es con el codigo 150

    ResponderEliminar
  63. HOLA CHARLY, MI PENSION X FALLECIMIENTO DE CONJUGUE ESTA EN CÓMPUTOS Y LIQUIDACIÓN, ME DIRIGÍ A LA UDAI Y ME DIJERON Q FUE DENEGADA, ES ESTO POSIBLE? POR QUE ESTA EN CÓMPUTOS ENTONCES?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Grisel, si está en Computos y Liquidaciones no esta denegada, y si estuviera denegada (es posible pero le tienen que informar la causa) no estaria en Computos y Liquidaciones, así qe espere a que salga de Computos y Liquidaciones y luego consulte

      Eliminar
  64. gracias x la respuesta! la causa es x diferencia entre mi domicilio y el de mi marido, q x razones familiares tuvo q cambiar, habra posibilidad de apelar? tiene idea de como resultan estos casos?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Grisel, ahora tendrá que demostrar con testigos que convivian juntos hasta el final de sus días, si se puede apelar

      Eliminar
  65. gracias x la respuesta! la causa es x diferencia entre mi domicilio y el de mi marido, q x razones familiares tuvo q cambiar, habra posibilidad de apelar? tiene idea de como resultan estos casos?

    ResponderEliminar
  66. Hola Charly quería consultar estoy tramitando la pensión Jubilatoria para adulto mayor ase 90 días y me aparece que está en un nuevo marco legal que lo comprenda que significa por favor??

    ResponderEliminar
  67. HOLA CHARLY, TE COMNTO Q SALIO DENEGADA LA PENSION X SUPUESTOS TESTIGOS Q DECLARARON Q MI MARIDO Y YO ESTABAMOS SEPARADOS, COSA Q ES MENTIRA, ADEMAS DE ESO ME PASARON DOMICILIOS DE TESTIGOS EN LOS CUALES NO VIVE NADIE, YA Q LAS CASAS ESTAN VACIAS, Q OPINAS AL RESPECTO? GRACIAS.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Grisel, que extraño ya que los testigos los pone el que pide la pensión, es muy raro, debería consultar con un abogado

      Eliminar
  68. Hola una duda si el jubilado iba a cobrar el retroactivo por reparacion historoca ahora en junio pero fallecio antes de hacerlo. Eso se perdio? O queda para la persona que tramita la pension? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, la ley no especifica nada, es muy posible que el retroactivo se pierda, solo cobre la mejora del haber de la pensión.

      Eliminar
  69. Hola mi tio ya tenia fecha para cobrar el retroactivo de la reparacion hiatorica pero fallecio. Que pasa con eso? Lo cobra la viuda?

    ResponderEliminar
  70. Hola mi tio tenia fecha para cobrar el retroactivo de la reparacion historica pero fallecio. Eso le corresponde a mi tia? Que deberia hacee?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola,la ley no especifica nada, debería consultarlo con su letrado, creo que se pierde.

      Eliminar
  71. hola Charly como estas, espero que bien, te quiero hacer una pregunta soy pablo, si mi expediente tiene sentencia favorable y se encuentra en cómputos y liquidación A, cuanto demora en salir de ahi y luego que oficinas falta recorrer, mas o menos de acuerdo a tu experiencia cuanto mas tendré que esperar

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Pablo, es imposible decirte cuanto puede demorar, es normal que un expediente no esté más de tres meses en una misma oficina, ero eso no indica que trabajen sobre él, o sea, puede salir y volver a la misma oficina, en lugar de ser la A pasa a la B, la mayoria de los abogados hoy día esperan os 120 días hábiles vncido ese plazo inician la ejecución de sentencia

      Eliminar
  72. Hola Charly, desde ya muchas gracias por tus comentarios y ayuda. Mi mamá tiene sentencia desde Octubre 2016 (juicio iniciado en 2008). Hoy en Agosto me fijo en Anses y dice esto..... Qué quiere decir? Cobrará?

    67 - Su trámite judicial se encuentra en proceso. Para más información, por favor comuníquese con su representante legal o bien consulte la página web del Poder Judicial de la Nación www.pjn.gov.ar. Opción Consulta de causas del fuero federal de la Seguridad Social
    Fecha Estado: 26.06.2017 Fecha Inicio: 19.10.2016
    Última dependencia: DGSJ-INICIACION
    Último Pase
    Dependencia Salida: DGSJ-EVALUACION "A" Fecha Salida: 28.06.2017
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada 28.06.2017

    Mil gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, su expediente apenas ha comenzado el largo camino que debe recorrer, no le uedo afirmar o negar si va a cobrar, ya que eso sale al final de la evaluación de su expediente, igual cuando se cumplan los 120 días hábiles su letrado presentando el calculo de cual debería ser su mejora y su retroactivo podrá iniciar la ejecución de sentencia

      Eliminar
    2. Gracias por tu respuesta Charly, a partir de cuando se cuentan los 120 días hábiles? Muchas Gracias

      Eliminar
    3. Hola Ana, los 120 días hábiles se comienzan a contar a partir del día siguiente de que ANSES es notificada de la sentencia, no se cuenta enero

      Eliminar
  73. Hola en mi cuenta figura coord. Control deudas previsionales. Que significa eso. Puedo cobrar pronto, Tengo sentencia firme. Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Por lo u me pone supongo que ya est´con codigo 40 y si es así deberia cobrar a los 90 días aproximadamente después de que salga de esa oficina

      Eliminar
  74. Hola, quería saber cuando cobraría mi padre, este es el estado actual:

    Estado del Trámite: 40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 45 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente.
    Fecha Estado: 04.10.2017 Fecha Inicio: 05.04.2017
    Última dependencia: DGSJ-INICIACION
    Último Pase
    Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 07.11.2017
    Dependencia Entrada: DGSJ-COORD ATENCION PUBLICO-ARCHIVO Fecha Entrada

    ResponderEliminar
  75. Hola Charly: una pregunta mi papá hizo el juicio en el año 2007 del reajuste. Hoy en día hicimos una consulta por la página de anses,y dice "estado de trámite" 04_ su trámite ha Sido resuelto en forma favorable.si la fecha de resolución es mayor a 45 días acérquese a Anses. O llame al 130. Eso por un lado. Después dice último pase; dependencia de salida: Dgsj-INICIACION : fecha de salida :20/12/17 y después dice,DEPENDENCIA DE ENTRADA: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIÓN "A" fecha entrada 21/12/17. Que quiere decir todo esto? Estamos lejos? Estamos cerca? Que me podés decir

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, aquí hay una mezcla de expedientes, 04 es cuando se otorga el benefiio jubilatorio o de pensión y 40 cuando se considera que beneficia el juicio por reajuste de haberes, el año de iniciación solo interesa a los fines del ppago del retroactivo que se cuentan desde dos años antes de iniciado el juicio en su caso deben calcular desde el 2005, en cuanto a que ingreso a Computos y Liquidaciones no significa nada más que eso lo impotante es la fecha en la cual ANSES se notificó de la sentencia firme para contar los 120 días hábiles para iniciar la ejecución de sentencia ya que al día de hoy ANSES está demorando muchisimo, además que esté en computos no indica que haya sido aprobado aún puede salir de allí diciendo que no beneficia y no le paguen nada

      Eliminar
  76. Hola Charly, te cuento que mi tío tiene sentencia firme y estaba en la lista de pagos en agosto de 2017, pero dice "no beneficia", y no hay respuesta de anses. Leí que el "no beneficia" significa que no van a pagarle, eso es así o puede haber algun error ? Muchas gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, si figura en la lista como No Bneficia es que consideran según sus calculos que no le corresponde retroactivo ni mejora de haber, deberías de haberte comunicado con tu abogado para que haga los calculos y reclame lo que corresponde ya que muchisimas veces si le corresopnde mejora y retroactivo y ellos ponen que no

      Eliminar
  77. Buenas noches, mi padre hace varios años inicio juicio por mejora de haberes, y obtuvo sentencia firme...pero dsd el año pasado (mayo 2017) que su expediente se encuentra en la misma oficina... en etapa de analisis y posterior liquidación...esto es normal? Hemos adjuntado en varias oportunidades su historia clinica ya que padece de mal de parkinson en etapa avanzada y demencia pero no tenemos novedades y mi madre también de edad avanzada está muy apremiada economicamente por la enfermedad de mi padre... queríamos saber si la liquidación se encuentra cercana o no y sino fuera asi..si podemos hacer algo... Transcribo los datos que aparecen en Consulta De Expediente. Gracias. Marisa


    CONSULTA DE EXPEDIENTE
    Datos del Expediente 024-20-06879029-9-150-1
    Carátula: CONTI ATILIO FERNANDO Documento: DU - 6879029
    Beneficio Nro.: 15-0-8953942-0 Fecha:
    Estado del Trámite: 67 - Su tramite de Sentencia Judicial se encuentra en etapa de analisis y posterior liquidación. Para constatar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente o para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
    Fecha Estado: 29.06.2017 Fecha Inicio: 30.03.2017
    Último Pase
    Dependencia Salida: DGSJ-EVALUACION "A" Fecha Salida: 29.06.2017
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada 03.07.2017

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, no es normal que un expediente se encuentre más de tres meses en una misma oficina, esto es muy extraño, yo le recomendaria a su letrado que inicie la ejecución de la sentencia presentando el calculo de lo que le deben, no sabemos que puede pasar en el futuro, ya que ANSES ha reducid drasticamente la cantiidad de retroactivos de sentencias que paga por mes, no esta paagndo muchas de ellas a pesar de figurar en la lista y no esta pagando los retroactivos de la Reparación Histórica por lo que estoy escuchando, es másconozco una señora de más de 90 años que hace meses (creo que ya pasó casi un año)que firmó y acepto la misma y aún está esperando el pago de la misma.

      Eliminar
    2. Gracias por su pronta y atenta respuesta, a raiz de su consejo empecé a revisar los papeles que tiene mi madre, y encontré una clave con la cual pude entrar a MIanses... cdo entré a consulta de expedientes... no solo aparecía el que aparece cdo ingreso datos para consultar expedientes en la pag ppal de anses.. que es el expediente que copie en mi comentario anterior sino varios más...
      Carátula Tipo de Trámite Número de Expediente
      CONTI ATILIO FERNANDO
      Jubilaciones
      024-20-06879029-9-009-000001

      CONTI ATILIO FERNANDO
      Reajustes Varios
      024-20-06879029-9-146-000001

      CONTI ATILIO FERNANDO
      Sentencias Judiciales
      024-20-06879029-9-150-000001

      CONTI ATILIO FERNANDO
      Reajustes Varios
      024-20-06879029-9-357-000001

      CONTI ATILIO FERNANDO
      Otros
      024-20-06879029-9-404-000001

      CONTI ATILIO FERNANDO
      Pensiones no contributivas
      024-20-06879029-9-811-000001

      CONTI ATILIO FERNANDO
      Reajustes Varios
      024-20-06879029-9-854-000001

      1
      Datos del Expediente 024-20-06879029-9-357-1
      Carátula: CONTI ATILIO FERNANDO Documento: DU – 6879029
      Beneficio Nro.: 15-0-8953942-0 Fecha:
      Estado del Trámite: 41 - Su trámite ha sido resuelto en forma desfavorable, si la fecha de resolución es mayor a 45 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente.
      Fecha Estado: 16.11.2009 Fecha Inicio: 09.11.2009
      Último Pase
      Dependencia Salida: DGSJ-EVALUACION "A" Fecha Salida: 29.06.2017
      Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada 03.07.2017
      y este otro...

      Datos del Expediente 024-20-06879029-9-404-1
      Carátula: CONTI ATILIO FERNANDO Documento: DU – 6879029
      Beneficio Nro.: 15-0-8953942-0 Fecha: 03.10.2017
      Estado del Trámite: 83 - Su trámite ha quedado sin efecto atento su solicitud, o ha sido archivado por no presentar el cese solicitado.
      Fecha Estado: 04.10.2017 Fecha Inicio: 04.10.2017
      Último Pase
      Dependencia Salida: Fecha Salida:
      Dependencia Entrada: Fecha Entrada
      y uno mas actual...
      Datos del Expediente 024-20-06879029-9-811-1
      Carátula: CONTI ATILIO FERNANDO Documento: DU – 6879029
      Beneficio Nro.: Fecha:
      Estado del Trámite: 40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 45 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente.
      Fecha Estado: 21.03.2018 Fecha Inicio: 20.02.2018
      Último Pase
      Dependencia Salida: COORD. MEDICINA PRESTACIONAL Fecha Salida: 21.03.2018
      Dependencia Entrada: DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS Fecha Entrada 27.03.2018


      perdón que copie todo..espero que no sea perjudicial publicar esos datos...pero realmente mi mamá está super angustiada...hablamos con el letrado y nos dice que escribamos una carta para que ambos expedientes ..se junte,.. el del numero150 y el del número 811

      Eliminar
  78. Hola Charly, mi expediente con sentencia firme y consentida esta ya en Anses con codigo 67 y ahora DGSJ INICIACION desde el 3/9/2018
    Pregunta: que pasos y tiempo falta para cobrar retroactivo y reajuste jubilatorio.
    Un abrazo

    ResponderEliminar
  79. Quisiera hacer una pregunta, relacionada a una sentencia judicial contra la
    anses, el estado del trámite es: 40 - Su trámite ha sido resuelto en forma
    favorable. Pero la duda que tengo es la sgte: qué es DRSJ-COMPUTO Y
    LIQUIDACION "C"? Junio no me liquidaron el juicio empecé a cobrar en julio
    2023 la jubilación por invalidez lo de junio quedo el retroactivo en ese
    estado me van a liquidar? Al día 4/11/2023 esta así ?

    ResponderEliminar
  80. Quisiera hacer una pregunta, relacionada a una sentencia judicial contra anses, el estado del trámite es: 40 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable. Pero la duda que tengo es la sgte: qué es DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C"? Junio no me liquidaron el juicio lo que es el retroactibo recien empecé a cobrar en julio
    2023 la jubilación normal por por invalidez lo de junio quedo el en ese estado me van a liquidar? Al día de hoy 4/12/2023 esta así ?

    Responder

    ResponderEliminar