Este blog sera un desahogo para poder quejarme de todo lo que vea mal y además de todas aquellas circunstancias que me entere o hechos en los cuales yo he sido testigo,no importa el signo politico, y siempre con pruebas.
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sábado, 16 de abril de 2016
ANSES PUBLICÓ LA LISTA DE PAGO DE SENTENCIAS DE ABRIL 2016
Salió publicada la lista de Abril del 2016, Anses publicó la lista con los que Benefician y No Benefician como de costumbre.
Buenos dias, te hago una consulta, que no es para mi sino para mi abuela... gano jucio de reajuste a ANSES, el expediente ya volvio a ANSES, ya paso por DGSJ, y hace unos dias paso por DRJS COMPUTO Y LIQUIDACION, faltara mucho para que se puede hacer efectivo el pago?? mas que nada que le ajusten el haber... gracias espero respuesta... saludos cordiales
Hola Macci, si todavía falta bastante y cuando sale , va con el reajuste del haber y el retroactivo que se computa desde 2 años antes de iniciar el juicio, siempre y cuando ellos consideren que Beneficia, ya que lo pueden desesttimar (decir que no le corresponde)
no, por lo que lei aca Beneficia, salio favorable porque tiene Codigo 04, segun lei aca es "Liquidación favorable - Beneficio Acordado"... estoy en lo correcto??
No Macci 04 es cuando se aprueba la jubilación (justamente Beneficio Jubilatorio Acordado, es cuando te dan la jubilación), el beneficia en las sentencias judiciales es 040 y el no Beneficia es el 041 y sale al final de todo el tramite, ya que Computos y Liquidaciones hace el calculo si beneficia o no.
Ahhh entiendo... bueno igual es lo mismo porque si lo busco por número de DNI sale 04.... pero si lo busco por número de expediente sale 040... gracias charly...
Hola charly buen dia!! Te cuento mi papa esta en juicio con la anses desde el año 2008 la sentencia salio favorable en anses me dicen que esta en liquidacion pero no saben cuanto puede demorar el 26/11/2015 fue el ultimo movimiento dice en despacho y el Afs.dice 139 que la verdad no se que significa su numero de expediente es 21079319/2008 alejo hugo reynoso agradeceria si me podes ayudar a entender si le falta mucho o poco para cobrar gracias!!!!
Hola, el número ese no me ingresa en el PJ (Poder Judicial), ya que lo que me pones esta en la oficina del Juez el expediente judicial, no entiendo como en ANSES te dice que esta en Liquidacion si aparentemente esta en juicio todavía y cuando se refiere a Afs 139, es que estan haciendo una referencia a la pagina 139 del expediente judicial, asi que no se si el juicio finalizo o esta siendo apelado.
Hola Del Amanecer, imposible saberlo, están demorando mucho y hay muchas variables, edad, monto a pagar, etc, además que están muy retrasados para todo, recien conteste de una persona de 84 años con sentencia firme desde 2013 y aún no le han pagado.
Hola Del Amanecer, no me molesta, pero te comunico que tu sentencia no está firme, salio la sentencia defnitiva (NO FIRME) en segunda instancia Hoy y se comunico al fiscal, luego deben hacer el pase al juzgado de primera instancia, el juzgado en primera instancia debe comunicar la sentencia a las partes y desde qe ANSES se notifico tiene creo 10 días hábiles para apelarlo (cosa que lamentablemente estoy siendo comunicado de varios casos que ha ocurrido y cuando antes esto no pasaba)ante loa Corte Suprema de Juticia, esperemos que en este caso no ocurra, y a partir que ANSES fue comunicado y si decide no apelar debes esperar los 120 días hábiles que nunca se respeta.
gracias por la respuesta, yo tenia entendido lo contrario, q hasta diciembre la mayoria eran apelados a la corte y ahora la mayoria estaban saliendo directo de la camara. esperemos quede firme y no empiece todo de nuevo
No Del Amanecer hasta diciembre no apelaban a la Corte, si ocurria era muy raro a pesar que se habian comprometido a no apelar en primera instancia y realmente si apelaban, en cambio desde marzo me estan avisando de varios casos apelados ante la Corte, algo que no esperaba realmente y espero que no lo hagan más, incluso esperaba que no apelaran más en la primera instancia.
Buenas tades queria consultar que significa EVENTO A SENTENCIA es lo que me figura en la pagina https://www.pjn.gov.ar/ Nº EXPDTE 9338/2011. MUCHAS GRACIAS
Hola, no encuentro su expediente en Capital, no se donde lo está tramitando ya que el número que me pone en capital hay uno pero ya tiene sentencia, y pasa a la sala 2 de Mar del Plata y ANSES presentó un Rex (Recurso ) para elevar la causa a la Corte Suprema,y en cambio evento a sentencia significa justamente eso que está para que dicten los jueces la sentencia
Hola Charly quiero saber del tramite de mi suegro. Su DNI es XXXXXXXX el esta enfermo y esta muy preocupado por no resultarle favorable su juicio. Sdos. Gracias.
Hola, mirá en la Camara de la Seguridad SOcial no encuentro nada a su nombre y con el número de documento no `puedo buscar o ver nada en ANSES necesitas el número de expediente si el juicio ya terminó pero yo no lo encuentro salvo que este en los tribunales de Cordoba
Hola Charly, buenos días, Soy la hija de Juan, ya te he consultado por la situación de mi padre, la cual ahora se encuentra en el estado de expediente a despacho con expresión de agravios des de el 1 de febrero de este año. El expediente de mi padre es 57053/2009. Mi pregunta es, anoche hemos leído una información en Clarín sobre qué se han quemado más de 4000000 millones de expedientes de Anses y no sé si sabes algo para poder tranquilizar a mi padre. Muchas gracias!
Hola Jaz, mira, normalmente los juzgados piden una copia del expediente a ANSES, expresión de agravios es para apelar a una instancia superior, además muchos expedientes están digitalizados, y sino, se reconstruirá, a veces pasa que pierden un expediente y deben reconstruirlo.
Hola Charly! Para empezar, quiero agradecerte por tu buena voluntad de ayudar a quienes necesitamos conocer la situación en la que se encuentran nuestros mayores, para que puedan gozar de todo lo aportado en su vida laboral. Te cuento que mi padre comenzó un juicio al anses en el año 2.009. El año pasado tuvo una operación muy delicada que lo dejó con una discapacidad y necesitamos saber cuál es su situación en el juicio, ya que necesita rehabilitación y como sabrás, los tratamientos y el traslado, con la jubilación mínima que cobra se hacen muy difíciles ya que vivimos en el interior de Santiago del Estero. Te paso lo que dice en la última hoja del Sistema de consultas web en Seguridad Social para que me aclares, si es posible, el significado porque no entiendo. Gracias!!!
G03 22/12/2015 EVENTO NOTIFICACION G03 22/12/2015 FIRMA DESPACHO AUTOFIRME 93 / 93 G03 1/12/2015 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE DEVOLUCION ELEVACION G03 1/12/2015 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1 GS1 28/09/2015 PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1 GS1 8/07/2015 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE EXPEDIENTE EN LETRA GS1 8/07/2015 EVENTO NOTIFICACION GS1 8/07/2015 FIRMA DESPACHO RECURSO EXTRAORDINARIO RECHAZO IN LIMINE ANSES 92 / 92 GS1 25/03/2015 INFORMACION EMISION DE CEDULA: MAS OF Nº79072 A ANSES EN PASEO COLON 329 7° GS1 25/03/2015 INFORMACION EMISION DE CEDULA: CED Nº:575597 Lote Nº:59162 A PONTORIERO SILVANA LORENA EN ARAOZ 240 1ERO. E ZONA:182 GF2 20/03/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 GS1 19/03/2015 EVENTO NOTIFICACION AL FISCAL - GS1 19/03/2015 PASE FISCALÍA GENERAL ANTE LA CFSS Nº 2 GS1 17/03/2015 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA - SED: Nro.Reg.:168317/2015 17/03/2015 FIRMA DESPACHO SENTENCIA DEFINITIVA
Hola, parece que le rechazaron un recurso extraordinario (Pasar a la Corte) lo que me extraña que pasa a la sala 1 de apelaciones y vuelve al juzgado de 1ª instancia sin sentencia, y pareceria que la sentencia quedo firme en diciembre del año pasado, deberías fijarte en la ANSES si ya le abrieron un expediente por la sentencia judicial, deberias llamar por teléfono o pasar por una UDAI para que si ya se abrió el expediente que te den el número.
Muchas gracias Charly! En realidad no entiendo mucho pero como me comunico con el anses? Donde consigo el número para conseguir el expediente? Te paso una nota que aparece en un costado: Buenos Aires, de diciembre de 2015.- MFGHabiendo quedado firme el pronunciamiento dictado en autos, hágasesaber a las partes que el plazo establecido por el art. 22 de la ley 24.463(modificada por ley 26.153) para el cumplimiento de la sentencia comenzará acomputarse una vez notificado el presente proveído junto con las actuacionesadministrativas si obraran en la causa, a cuyo vencimiento recién podráiniciarse la ejecución con la presentación de la liquidacióncorrespondiente, en los términos de los arts. 499, 503 y ccs. del CPCCN. Sehace saber que las copias de los decisorios y del presente auto, se hallandisponibles en el sitio web del PJN (conf. Actas CFSS 86/12 y 311/12)Hágase saber a la parte actora que, para dar comienzo a laejecución, deberá encontrarse agregada a la causa la resoluciónadministrativa que otorga el beneficio previsional cuyo reajuste sepretende con más el cómputo de las remuneraciones. Asimismo, laliquidación que se acompañe, deberá contener el primer haber liquidadopor ANSeS.- A fin de dar en tiempo y forma cumplimiento a lo ordenadoprecedentemente, notifíquese la presente por Secretaría por oficio en formamasiva a la ANSeS (Área Contenciosa) y al titular de la Gerencia de Liquidaciónde Sentencias Judiciales (ex UCADEP) de la ANSeS, en Paseo Colón 239 5ºpiso, para que practique la correspondiente liquidación en término, bajoapercibimiento de autorizar a la parte actora a su confección. Asimismo, se hace saber al titular de la última dependencia mencionadaque, en el supuesto que las actuaciones administrativas se hallaren en otra áreade Anses, deberá requerir las mismas a los fines del cumplimiento de lasentencia dictada, bajo apercibimiento de imponer astreintes que seránsoportadas por el organismo previsional. Si podés aclararmela me harías un gran favor, porque realmente no entiendo casi nada del tema. Muchísimas gracias otra vez por tu buena predisposición.
Roxy, llamando al 130 o si vas a la UDAi con el documento te dan el número de expediente que supuestamente se abrio en ANSES para ejecutar la sentencia, en el veredicto se pide a tu letrado que haga los calculos de cuanto deberías cobrar (mejora del haber y calculo del retroactivo) con respecto a tu último haber jubilatorio, e intima a ANSES a cumplir con el pago en tiempo y forma, caso contrario permitira tomar como valido el calculo que realice tu abogado y cobrarles astreintes (una multa monetaria) diarias por imcumplimiento si no hace lugar al pago pasado ese tiempo (normalmente 120 días HÁBILES)que le da el juez a ANSES para que haga los calculos ellos y te pague, si no toma el calculo de tu abogado y le cobrara una multa diaria a la ANSES hasta que haga efectivo el pago de lo que calculo tu abogado.
Hola Charly antes que nada felicitarte por lo que haces! Pregutar ahora sobre esto y sacarme dudas, mi viejo lleva años con esto, se movio el expediente hace dos dias y dice: Agréguese el bono de derecho fijo acompañado. Por iniciada la ejecución de la sentencia recaída en los presentes cuyo trámite será conforme la resolución N° 214/99 del Tribunal de Superintendencia de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social. La ejecución incoada, tramitará de conformidad con lo prescripto en el libro III “Procesos de Ejecución” de sentencias, artículos 499 y subsiguientes del C.P.C.C.N. Consecuentemente, de la presentación que antecede, córrase traslado a la demandada por el término de cinco días. Asimismo, hágase saber a la requerida que de conformidad con lo dispuesto por el art. 493 del C.P.C.C.N. (conf. Ley 17.454/U-0692 – Ley 26939) del CPCCN., se encuentra facultada a oponer las excepciones que considere le asisten en derecho conf. art. 494 C.P.C.C.N. (conf. Ley 17.454/U-0692 – Ley 26939) del CPCCN. como así también acompañar la liquidación correspondiente. Notifíquese con copias y transcripción del presente. Hágase saber a la parte interesada que al confeccionar la cédula ordenada precedentemente deberá observar estrictamente lo dispuesto por el art. 138 del Código de rito.
Por lo que interpreto tu letrado habría pedido la ejecucion de la sentencia ante la demora de ANSES y sería segun los calculos que ha hecho él sobre lo que te correspondería pagar (ANSES siempre hace el calculo de menos) y pediría el embargo.
Caharly antes que nada felicitarte y agradecerte por sacarnos estas dudas que casi siempre son para nuestros queridos padres y no tienen de donde agarrarse y siguen en juicio por años.- Se movio en estos días su expediente y sale esto:
Agréguese el bono de derecho fijo acompañado. Por iniciada la ejecución de la sentencia recaída en los presentes cuyo trámite será conforme la resolución N° 214/99 del Tribunal de Superintendencia de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social. La ejecución incoada, tramitará de conformidad con lo prescripto en el libro III “Procesos de Ejecución” de sentencias, artículos 499 y subsiguientes del C.P.C.C.N. Consecuentemente, de la presentación que antecede, córrase traslado a la demandada por el término de cinco días. Asimismo, hágase saber a la requerida que de conformidad con lo dispuesto por el art. 493 del C.P.C.C.N. (conf. Ley 17.454/U-0692 – Ley 26939) del CPCCN., se encuentra facultada a oponer las excepciones que considere le asisten en derecho conf. art. 494 C.P.C.C.N. (conf. Ley 17.454/U-0692 – Ley 26939) del CPCCN. como así también acompañar la liquidación correspondiente. Notifíquese con copias y transcripción del presente. Hágase saber a la parte interesada que al confeccionar la cédula ordenada precedentemente deberá observar estrictamente lo dispuesto por el art. 138 del Código de rito.
Daniel ya te contesté más arriba, desgraciadamente debo moderar los comentarios ya que hay gente que insulta a los pobres jubilados y tambien está apareciendo spam.
Hola charly sabes algo con respecto a que se qieren pagar todos los juicios caso badaro este año? Y a los jubilados q no tengan juicios tambien con efec..y bonos?? Gracias!!
Hola, con respecto al pago de todos los juicios durante el año fue un comentario o anuncio que efectuó el titular de ANSES en un programa televisivo, yo lo ví y escuche, ahora, que lo cumplan hay mucho trecho, en cuanto al pago a los que no iniciaron juicio no escuche nada.
Gracias Charly p esto q estás haciendo de gran ayuda para todos nosotros. Te cuento q tengo sentencia definitiva en mi expediente pero apeló Anses así q desde el 18/12 no tengo movimiento. Se mantiene en Giro. Tengo 74 y un infarto desde 2004, seria conveniente q mi letrado presentará la epífesis del mismo como comprobante?. Te paso el nro.exped.20933 - 2013. Gracias X tu respuesta!!
Hola Lolydop, desgraciadamente ahora tienes que esperar los tiempos de la justicia, luego cuando ya tengas sentencia definitiva firme y el expediente ingrese en ANSES, si tu letrado presentara los certificados médicos correspondientes que indique cual es la patologia que exigiría un apresuramiento en el trámite ( igual mi padre a pesar de tener 80 años y una enfermedad terminal el expediente dentro de la ANSES se demoró más de tres años y medio en salir.
Hola que tal te quisira preguntar si me falta mucho para cbrar la pension de mi nena ya que desde 2014 esta en tramite y recien el 17de febrero de ahora la mandaron al dto de liquidacion pcn
Hola, mira, realmente no lo sé, sobre las PNC solo sabia que demoraban un año en salir ahora la demora en el tuyo ya no es una barbaridad es una bestialidad, no pueden tardar tanto en evaluar y otorgar o rechazar este tipo de pensiones.
Hola Charly...Tengo mi sentencia en la etapa previa a la de cómputo y liquidación en Alsina 250 hace mas de 120 dias , pero tengo 70 años y cobro mas que la mínima ¿Conviene iniciar por el abogado una demanda por ejecución de sentencia, art 499 ? Por la prelación, no hay fecha cercana me informaron...Gracias por el asesoramiento que nos brindas a todos....
Mirá, el que te tiene que recomendar que hacer es tu abogado, es raro que hayan pasado los 120 Días HÁBILES y aún no haya ingresado a Computos y Liquidaciones.
Hola Charly. Me alegro que te estés recuperando de tu salud. Soy Inés, la docente. hace mucho que no te escribo, porque ya me cansé de espera. En marzo hizo 6 años que cobro $2219. En ANSES no dan respuesta. El abogado presentó 15 días pronto despacho. No puedo esperar más, me arreglo lamentablemente con la pensión. Gracias. Saludos
Hola Ines, a pesar que dicen que van a pagar todos los juicios por reajustes, veo algunos casos que fueron apelados ante la Corte, y como el caso de la chica discapacitada que ahora me he enterado que le han solicitado un montón de documentos (le habían dicho que ellos lo iban a realizar y no lo hicieron)y esto va a dilatar el tramite unos meses más, si sigue asi esta discapacitada que debería cobrar una pension derivada del padre fallecido va a cumplir más de un año de trámite, una locura.
Hola Alfredo, el Dr. Herrero es uno de los tres jueces que integran la Sala 2 de la Camara de Apelaciones de la Seguridad Social, ahora no entiendo dos años para la liquidacion o dos años para emitir sentencia, ya que el que demora en la liquidacion es ANSES y no el juez, ni la Sala.
Hola Charly,antes que nada quiero agradecerte este espacio,por lo que significa para todos.Te hago una pregunta,cuanto tiempo puede estar una jubilación en código 15? el expediente fue presentado el 18/1/16 Abrazo
Hola Hugo, pueden estar todo lo que ellos quieran en el código 15, lo normal era que no estuviera más de tres meses en una misma oficina, pero hoy puede ocurrir cualquier cosa, tengo conocimiento de una discapacitada que está su expediente parado por una pensión derivada del padre jubilado fallecido desde julio del año pasado, ya va a cumplir un año desde el fallecimiento del padre y aún no le ha salido la pensión, increible.
Hola Charly, el 8 de abril pase a Comutos y liquidacion A y el 29 de abril a Computo y liquidacion B, es un ajuste Badaro, me podes decir que significa, muchisimas gracias
Hola Gloria, se ve que la oficina de Computos y Liquidaciones A está atiborrada de expedientes y lo pasaron a la oficina de Computos y Liquidaciones B.
Si la escusa que me ponen es que estan atrasados y que encima paso el cambio de gestion pero no se me diberon que va a salir pero tengo que esperar sera que le otorgaran retroactivo a mi nena gracias
Hola Sabrina, no sabría decirte, es muy poca mi experiencia con PNC, es cierto, están muy atrasados y estuvieron muchos días de paros y asambleas durante fin de año y principios de este.
Hola la consulta es por mi abuelo... No sabemos muy bien como orientarnos recién me acabo de fijar el estado de la en expediente y figura en GIRO que significa???faltara mucho para q le salga el reajuste
Hola Stephanie, por lo que me pones, es un expediente judicial, y puede ser cualquier cosa ya que giro puede indicar que fue apelado si es así , si es en primera instancia debe pasar a la Camara, si es en segunda instancia pasa (giro) a la Corte Suprema de Justicia ( se está viendo en varios casos últimamente)también puede ser que tenga sentencia en segunda instancia y se gira al juzgado de primera instancia, hay que ver en que circunstancia del juicio está.
Hola es la promera ves q entro aca quisiera preguntar ami en micaso me dijeron q estan asiendo el recuento otro ves ya q ''avia salido todo ya para cobrar el reajuste pasa q en ese intant minesposo fallece voy entrego tdo otra ves ase un año aproximadamente del año pasdo marzo y mayo ahora me dicen q esta en un recuento para volver a liquidar supustamente quisiera fuera tan amable sera q m saldra este año para cobrar???
Hola Alt, mirá, seguramente está en Computos y Liquidaciones,supongo que te estás refiriendo a el pago de un juicio por reajuste de haberes, te deben pagar el retroactivo desde dos años antes de de iniciar el juicio hasta la fecha de fallecimiento de tu esposo y la pensión de su jubilación (pensión derivada), cuando va a salir es imposible saberlo ya que vienen muy atrasados.
Hola Charly, me expediente volvio a cambiar, de Computos y liquidaciones B a Supervision operativa, me podrias decir que significa, muchisimas gracias a tu atento interes desinteresado de ayudar a las personas , que desconocemos los pasos de este lento camino , el caso es Badaro
Hola Gloria, muchas gracias por tus palabras, ahora vayamos a la sentencia judicial y al expediente que se abrió en ANSES, si despues de computos tiene que pasar por esa oficina (antes la conocia por otro nombre) donde verifican el calculo que hizo Computos, si les parece que es un importe muy alto lo vuelven a mandar a computos y sino sigue su camino y saldrá con el codigo correspondiente 040 o 041 ( Beneficia o NO Beneficia, mucha suerte. P.D. Casi seguro que es que Beneficia ya que fue a Supervisión, sino abría salido con el codigo 41 directamente.
hola soy Gladys y te consulto por mi mama tiene sentencia firme desde 02/2014 por el caso Baradaro y en el anses esta detenido en DRSJ COMPUTOS Y LIQUIDACION A desde el 22/06/2015 ella tiene 76 años estimas cuanto faltara para que le liquiden
Hola Gladys, te diría que consultes al 130, o concurras a la calle Alsina para ver que pasa con ese expediente ya que no es normal que un expediente esté tanto tiempo en una oficina, lo habitual es que no esten más de tres meses en una misma oficina. En cuanto a tu pregunta de cuanto más va a demorar es muy dificil saberlo, antes a mi padre a pesar de sus 80 años y una enfermedad terminal le demoraron más de tres años y medio, ahora, hoy en día ANSES está muy atrasado en todo, a pesar de ello prometen que a fin de año sacaran todas las sentencias judiciales, espero que por el apuro no laqs liquiden peor que antes ya que antes de por si venian muy mal liquidadas o que las rechacen a la mayoría (que NO Beneficia, que no les paguen nada a la mayoría)
Hola Charly, admiro tu abnegacion frente a una labor tan ardua, mi nombre es Carlos Ledesma y mi expte. por reajustes es el 105266 2011 Podras darme una opinion al respecto? Mi abogada me asegura haber adjunado al expte mi certificado de discapacidad motriz.Desde ya muchas gracias y un un cordial saludo.
Hola Carlos, mirá, si eres discapacitado ANSES ya debe tener tu certificado, igual tu juicio recién termina, ha quedado firme la sentencia y ahora debe pasar el expediente al juzgado de primera instancia,en el expediente judicial no tiene mayor importancia ya que en el expediente de ANSES ya debe figurar tu discapacidad, ahora hay que esperar que ANSES se notifique que la sentencia quedo firme y se inicie el largo proceso que conlleva el nuevo expediente que se abrira en la referida institución.
Hola Charly, mi esposo, tenia el juicio favorablemente y en Julio 2015 estaba en liquidación....de Anses Comodoro Rivadavia...cuanto mas debe esperar ya va a hacer un año.....de esto y desde que inició el juicio van a hacer 11 años.....medio mucho no???? muchas graciassss......
Hola, si, es un montón, mi padre despues que termino el juicio y a partir que se notificó ANSES demoraron más de tres años y medio en pagarle a pesar de tener 80 años y una enfermedad terminal, tengo en conocimiento el caso de una discapacitada que desde julio del año pasado que su expediente está parado y es para cobrar la pension del padre jubilado y que la tenia a cargo (o sea ANSES tenia toda la documentacion de la discapacitada y a pesar de ello tuvo que presentar todo nuevamente y recibir el peritaje de la SRT que indicara que es discapacitada y una pension derivada ya que el padre estaba jubilado) y aun nada,en ANSES parece que el tiempo no pasa, por lo menos para ellos.
Hola Gloria, antes cuando pasaba de una oficina a otra en el medio debía pasar por Coordinacion Mesa de Entradas, posiblemente esto que pones sea lo mismo solo que le cambiaron el nombre pero es una suposición.
hola disculpe me podria hacer el favor de explicarme en que instancias del exp esta mi madre ya que nosotros desconocemos si tenemos que hacer algun tramite para cobrar el exp es css 38071\2005, atentamente esperare su respuesta y muchas gracias.
Hola, me pones el número de un expediente judicial que está a nombre de un hombre, asi que supongo que tu mamá debe ser la pensionada, ahora por lo que lei deberias comunicarte con el letrado que lleva a cabo el juicio ya que hubo un movimiento reciente.
G05 3/05/2016 MOVIMIENTO COMENTARIO (expte adm devuelto para cumplimiento de sentencia)
hola muchas gracias por responder si mi mama es la pensionada, y esta con un señor en el expediente , nosotros no sabemos quien es la letrada, disculpe que nuevamente lo moleste , como tengo que hacer para averiguar, gracias
Debe ir tu mamá al juzgado y solicitar el expediente como la pensionada, además el abogado/a que está siguiendo el caso debe de haber presentado el escrito comunicando el fallecimiento y la aparición de la pensionada que continua el juicio además tu mamá debe de haber firmado algun escrito, sino ANSES no le paga a nadie.
hola como estas gracias por ayudar a personas como yo que entendemos nada de estas sentencias. Mi papa ya fallecio y estaba en juicio por reajuste y mi mama siguio con el juicio y no sabe cuando va a cobrar yo quisiera saber como van los tramites expte Nº 31000266/2012 adjunto como sale el expediente:
CI1 30/11/2015 FIRMA DESPACHO POR PRESENTADA 100 / 100
CI1 30/11/2015 ESCRITO AGREGADO DOCUMENTACION - SE PRESENTA (ESCRITO NO INFORMATIZADO) 96 / 99
CI1 20/11/2015 MOVIMIENTO EN DESPACHO
CI1 12/03/2015 FIRMA DESPACHO ESTESE APERTURA 95 / 95
CI1 11/03/2015 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE JUJUY 1 - SECRETARIA CIVIL 1
PRE 23/02/2015 PASE JUZGADO FEDERAL DE JUJUY 1 - SECRETARIA CIVIL 1
PRE 23/02/2015 MOVIMIENTO EN DESPACHO
PRE 23/02/2015 FIRMA DESPACHO OFICIO DE REMISION DE EXPTES A 1° INSTANCIA 94 / 94
PRE 30/12/2014 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 14000000422384 - NOTIFICADO EL DIA: 30/12/2014 09:06
PRE 30/12/2014 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 14000000422440 - NOTIFICADO EL DIA: 30/12/2014 09:06
PRE 30/12/2014 MOVIMIENTO EN DESPACHO
PRE 30/12/2014 FIRMA DESPACHO CONF SENT DE 1 INSTANCIA 93 / 94
PRE 22/12/2014 MOVIMIENTO A SENTENCIA
PRE 22/12/2014 FIRMA DESPACHO LLAMADO DE AUTOS 91 / 91
PRE 3/12/2014 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE SALTA
Hola, por lo que me pones (es el expediente judicial no el de ANSES) interpreto que la sentencia quedo firme ya que no veo movimiento desde noviembre del año pasado, ahora deberías averiguar en ANSES como continua el tramite y pide el nuevo número de expediente que se debe de haber abierto, ya en el juzgado no debería haber más movimientos, más que el de archivar el expediente
HOLA QUERIA PREGUNTARLE CUAL ES EL PASO QUE SIGUE EL EXPEDIENTE YA ESTUVO EN LIQUIDACION Y COMPUTO Y AHORA ESTA EN ESTA INSTANCIA: DIR.RESOL. SENTENCIAS JUDICIALES Fecha Salida: 14.12.2015 Dependencia Entrada: DGSJ-ASUNTOS LEGALES Fecha Entrada 14.04.2016
Hola Fernando primero no escribas en mayuscula ya que significa que estas gritando. Segundo pueden pasar varias cosas, que vuelva a Computos y Liquidaciones, que salga como que no Beneficia o que pase a Vericacion de Deudas Previsionales
Hola quiero saber si falta mucho para que lo realicen el pago a mi señora ella tiene el juicio ganado ya esta en liquidación. Dni 22416871. Espero su repuesta favorable
Hola Ricardo, no se a que te refieres, ese DNI es de una persona muy joven y más para que hubiera estado jubilada entre el 2000 y el 2009 y ganar un juicio de reajuste por el caso Badaro, así quie no se a que juicio te refieres.
hola charly te consulto tengo un jucio contra anses soy de una ex afjp ya tengo cenetcia en primera instancia el dia 26 del mes 4 del corriente como sigue el tema no se como hacre para seguir el expediente por el sitio web del anses mi de ni 23 252 925 gracias
Hola Roberto, primero ¡, yo no trabajo en ANSES y por número de documento solo lo ven los de ANSES, debes buscar tu número de expediente y segundo tu DNI es de una persona de unos cuarenta y pocos años, como pudiste estar jubilado en tre el 2000 y 2009 para hacer el juicio Badaro, además si tu juicio tiene sentencia reciente hay que ver si no es apelado. Hasta tanto la sentencia no quede firme y el ANSES sea comunicado de ello no se habre expediente en ANSES (sentencia definitiva no significa que esta este firme)
Hola Roberto, me extraqñaba ese número de documento, lo lamento mucho, no se como proceden con las PNC ya que no tienes todos los aportes, ya que normalmente cuando sale d Computos y Liquidaciones, va a un control, puede volver a Computos, puede salir de Computos directamente cuando sale rechazado, y cuando sale aprobado en los comunes sale en verificacion de deudas previsionales, pero en tu caso al no haber todos los aportes no se como continuaría antes del pago
Hola Charly queria consultarte sobre un reajuste caso badaro..qedo con sentencia firme por juzgado..sabes cuanto demora para llegar al anses y los pasos a seguir? Qedo firme en agosto d 2015
Hola, si quedo firme en agosto del año pasado ya deberia de haberse notificado ANSES, así que llama al 130 y con tu número de documento consulta y que te informen el número de expediente completo si ya esta abierto para poder seguirlo por la web
Hola mía mi papá le salió favorable el juicio x 82% móvil ya fallecido adjuntamos la declatoria de herederos y esta completo en la calle alsina desde 12/13 le reconocieron desde el año91 teniendo en cuenta q no hay pensión y tengo 46 años me lo pagarán o me conviene ejecutar la sentencia? Gracias
Hola soy Héctor Vasconcelo mi juicio x reajuste esta en el juzgado 6 d caba x mal pagado trabaje 30 años como estivador portuario con código d insaliblidad cobro la mínima y si tu me podrías informar como esta mi espediente judicial gracias x tu gran trabajo d ayudar y informarnos mi numero d expediente 107802/2014
Hola Hector, si quieres lo puedes consultar tu mismo en la pagina del Poder judicial, consulta de causas, alli buscas la Camara de la Seguridad Social y cliqueas sobre ella pones el número de expediente , año y el número que te indica y listo, tu expediente paso a sentencia en primera instancia recién, hay que ver que sale en la sentencia ya que se te agrego el expediente que abriste en el 2007 ya que si lo consideran como que no prescribió te deberían pagar el retroactivo desde dos años antes o sea 2005 y de alli hasta la fecha en que te lo abonen
Charly: no te voy a pedir info alguna respecto de mi juicio por reajuste. Ya tenés bastante con lo que recibís y respondés. Además, leyendo lo que publicás, me parece que has asumido una tarea francamente heroica, de esas que nos devuelven la fe en la condición humana. Leonardo Goloboff, desde Tucumán.
En el mes de Marzo del 2007 inicie juicio por reajuste de haberes, han pasado mas de 9 años y no tengo ninguna noticia al respecto, tengo mas de 82 años y tengo que seguir esperando, porque!!!, si ya estoy cerca que me bajen la bandera a cuadros- Me gustaria tener noticias. GRACIAS
Elcide: yo también tengo tu edad, con cuatro cirugías cardiovasculares, de las grosas. Pero me he propuesto no darles el gusto y sobrevivir hasta cobrar lo que me corresponde. Te invito a que hagas lo mismo; es un buen objetivo de vida. Además ahora contamos con la fina sensibilidad social y humanitaria de Macri que se muestra muy afligido por nosotros, "los abuelos" jubilados. No les demos el gusto: duremos más que ellos. Fuerza que falta menos y un abrazo. Golo
Hola ya consulte por el expediente me sale codigo 40 dependencia de entrada dgsj coord atencion al publico y archivo? estara cerca del pago? pidiendo un rub me saldria la informacion para cuando estaria el pago?.muchas gracias por sus respuestas
Hola por el codigo que pones (cod.40 Resuelto Favorablemente) deberías de estar por cobrar, podríasz pasarte por alguna UDAi y solicitar el estado del expediente y un RUB si lo amerita para saber si ya está en la proxima lista de pago.
buenas noches,,puede un exp con codigo 40( resolucion favorable) figurar luego en la web con cod 50( liquidacion objetada??) en un tema de reajuste badaro?? el abogado incluso ya se habia comunicado con la beneficiada diciendo q el cobrro seria en breve en virtud del codigo 40-- perdon la molestia--gcias por su ayuda!!
Es la primera vez que veo esto, antes salia y era objetado el calculo antes que se lo aprobara y volvia nuevamente a Computos y Liquidaciones, hoy puedo esperar cualquier cosa
Charly, genio, me encanta tu blog, felicitaciones! Te hago una consulta que parece boba, pero realmente no me pude asesorar al respecto. Mi abuelo falleció hace ya once años. Nunca aportó. Trabajó de albañil en negro toda su vida. Hay alguna posibilidad de que mi abuela tramite una pensión de él, para ella? Ya que ella vive con la jubilación mínima y con suerte llega a fin de mes. Muchas gracias !!! Alejandro.
Hola buenas noches queria hacerte una consulta, mi mama esta tramitando una pension derivada en anses y es la segunda vez que sale resuelto con el codigo 41 - Su trámite ha sido resuelto desfavorablemente. podrias explicarme porque sucede eso ?? ya vamos cerca de 2 años de iniciado el tramite . muchas gracias!!
Realmente no lo puedo saber, deberías pedir donde iniciaste el tramite la causa del rechazo, aunque hay algo que me extraña ya que normalmente el codigo es 05 y no 41 que se usa como no beneficia en las sentencias judiciales de reajuste de haberes
saoy aporedado mi mdre esta en un geriatrico y no se puede hacer poder alguno a lo que voy por presentarme con ella personalmente en banco a lo que esto es un desperdicio a to9do lo que logro mi madre y tiene palos en la rueda desde ya muchas gracias en leer este comentario a uno mas con vueltas y vueltas a hay abogados que cobran hasta un 30 porciento y abusan de viejos de 85 años y enfermos
buen dia Charly, necesito me asesores sobre un codigo q me figura en mi recibo de sueldo, dicho codigo es el 139 x un importe de 15 pesos, que significa es una burla . mi nombre es victor edgardo dominguez dni 23159434, desde ya muchas gracias por responderme
hola charly mi exptenumero 94073-2010,tiene sentencia firme,me gustaria saber cuando se cumplen mis 120 dias,,y poder iniciar mi enbargo al anses,y en ese caso que tiempo tarda hasta lograr mi pago gracias
Hola Susana, para poder contar los 120 días hábiles debes contar en el momento en que ANSES es notificado o sino en el momento en que ANSES abre el expediente de sentencia judicial
hola charly tengo una consulta , mi madre tiene sentencia firme expediente numero 024-27-04675142-1-154-1 , no entendemos en que estado se encuentra, te agradeceria mucho tu ayuda
Hola, mirá a mi me sale como que ese exediente no existe, algún error debe de haber con el número, te recomiendo llamar al 130 y con el número de documento consultar y que te den bien ese número. Mucha Suerte
muchas gracias ,ese es el numero que sale en anses CONSULTA DE EXPEDIENTE
Para seleccionar un expediente, realice un click, sobre la carátula o nro. de expediente deseado. Carátula Tipo de Trámite Número de Expediente LUQUE MARIA ANTONIA Reajustes Varios 024-27-04675142-1-146-000001 LUQUE MARIA ANTONIA Sentencias Judiciales 024-27-04675142-1-154-000001 < >
Hola, mirá, lo estás buscando con número de documento en la pagina web y esto esta desactualizado,ya n dan información confiable en la pagina web con el número de documento, debes pedir el número en el 130 alli si con el número de documento
Podrían informarme si hay alguna posibilidad de contactarme con Cómputos y Liquidación de Anses? Porque he ingresado un expediente en Noviembre del 2015 y todavía está en esa área y no tengo forma para contactarme para que apuren el trámite porque es urgente.
Hola, lo único que puede realizar es un pronto despacho, es raro que un expediente esté más de 3 en un mimo lugar u oficina, si es un expediente por sentencia judicial puede presentarse en ALSINA 250 PB de L a V de 9 hs a 14 hs.
Hola, inicie el tramite de una pension derivada de mi padre. la primera vez me salio rechazada de la comision medica del año 2015. intente la segunda vez y aprobe la comision medica un 70 porciento donde menciona el dictamen el 6 de septiembre de este año. pregunte por telefono en Anses por el estado del expediente y me dijo que el tramite esta en cómputo y liquidaciones que tarda 2 meses o mas. la consulta es? me la dan favorable el trámite? o hay que esperar que me citen del anses? no se si hay que hacer algo más? espero su amable respuesta. gracias.
Hola, si ya fué dictaminada la discapacidad, entra dentro de la ley y ya se encuentra en Computos y liquidaciones es que va por buen camino, ya no se debe hacer nada hasta que ANSES le comunique el otorgmiento de la misma, aún tengo el caso de una discapacitaada que ya lleva más de un año de espera.
Hola charly.m podrás ayudar.el expediente judicial es 55855/2000 el jubilado murió meses después de revocar RL mandato quedó su mujer.estoybx pedir el des archivo pero se q hay una liquidación de anses pero no s q paso...m podrás informar q pasos a seguir si m conviene agarrar reparación histórica o terminar la instancia judicial. D todos los q conozco q hsceb reajustes no quieren tomar casos iniciados y esta persona m pidió puntualmente q l de una mano. Gracias
Hola Carolina, en ese expediente hay algo raro ya que se pidió la ejecución de la sentencia y se intimó a ANSES a realizar la liquidación y el deposito del dinero y todo indicaria por los escritos que ANSES presentó una liquidación desgraciadamente no me permite leer uno de los escritos, pero fue desarchivado en el 2013. Habría que ver si no lo cobró o que pasó con la liquidación que presentó la parte demandada (ANSES) En cuanto a la Reparación Historica debería fijarse si le corresponde por la pensión porque realmente no se si es heredable.
Hola. Trámite una pensión no contributiva. Entro en cómputos y liquidaciones, Por mail me dijeron que esta aprobada 02/03/2016 en RESOLUCIONES. Cuanto más faltaría para poder cobrar. Muchas gracias
Hola Jesica, sobre Pensiones No Contributivas sé muy poco, normalmente el tramite dura un año desde que comienza hasta que lo otorgan o lo niegan, posiblemente esté aprobada, pero muy pocos ponen aqui la experiencia de cuales son los pasos que siguen, cual es el curso del expediente hasta que se cobra.
Hola Charly. te agradezco de antemano puedas ayudarme u orientarme en los pasos a seguir. Mi madre tiene 87 anos, es enferma cardiaca, tiene 2 stens, toma 6 medicamentos diarios y tiene sentencia firme desde hace 1 ano, exactamente el 11 de septiembre de 2015. El dia 15 de septiembre de 2015 el juzgado notifico al Anses. Desde ese momento y esperando los 120 dias habiles por ley empece a chequear por la web de Anses el seguimiento del expediente. Desde el 16 de febrero de 2016 esta en estado 23 a la espera de Archivo Central. Desde la web siempre figura eso. Hace 1 mes llame al 130 y me dieron el mismo informe y me aconsejaron hacer un reclamo en persona y asi lo hice. Ingrese un reclamo escrito y lleve a mi madre para que lo firme. En el mismo adjunte ambas sentencias, la firme y la anterior, la definitiva, asimismo adjunte la internacion de mi madre, la intervension que le hicieron y la medicacion que toma. Solicite que por la edad, por su enfermedad y por hacer ya 1 ano de la sentencia firme me respondan fecha de cobro. Asi mismo indique que NO aceptaba la reparacion historica porque tenia sentencia firme desde hacia 1 ano y que involucraba ajustes varios en su pension mal liquidada, mas badaro, etc, etc. En el seguimiento de este tramite aparece como favorable (40), ya paso por medicina previsional, mesa de entrada y el 16 salio de alli hacia GAC y aun no le dieron ingreso. Ya hace una semana. Mis preguntas respecto a esto son: Que es GAC ?? Donde va despues?? Y cuales son los pasos a seguir que tendria que dar??? Por otra parte, mi madre tuvo 2 abogadas, y los honorarios los regulo el juez en la sentencia en un 18 %. Mi pregunta es si debo abonarle 9 % a cada una o como??? Si Anses perdio y le paga Anses, Si es 9% Anses y 9% la parte. El texto de la sentencia dice asi y no logro entenderlo: "Regular los honorarios de la direccion letrada de la parte actora, en forma conjunta en el 18 % de las sumas que por todo concepto...." mi pregunta es cuanto y como le pago a cada una y que significa "en forma conjunta". Bueno, agradezco tu atencion y tu respuesta, ya que mi madre no esta nada bien, 87 anos y sentencia firme. Sus datos son los siguientes: expediente: 024 23 02552915 4 150 000001 y su cuil 23 02552915 4. Un millon de gracias!
Hola, mirá si tenes codigo 40 quiere decir que está aprobado, desconozco porque paso a administrativa y despacho GAC Gerencia Administrativa Contable normalmente ya tendría que salir, lo regulado por el juez es lo que tiene que pagarle al abogado del actor (su mamá) la parte que perdió ANSES, luego usted lo que tiene que pagar a su letrado es lo que arreglo previo a darle el caso, cada letrado tiene un porcentaje del retroactivo que es exclusivo de cada uno yo desconozco cual ha sido el arreglo entre usted y su letrado.
Te agradezco mucho la respuesta. El tema es que mi mama nunca arreglo ningun porcentaje con ninguna de las dos abogadas. Es decir, no firmo nada. Tendria que tomar como referencia ese porcentaje de la sentencia y dividirlo entre las dos??? Estoy desorientada en eso. Y con respecto a la oficina que esta, en caso que demore podre presentarme ahi con mi madre para informarme o reclamar el pago??. Lamentablemente mi madre no ha tenido suerte con ninguna de las dos abogadas, la primera por no informarle nada y la segunda porque no se dedica a previsional y se la recomendaron a mi esposo... Te molesto nuevamente y mil gracias otra vez!!
Estimado Charly,tengo una confusión con respecto a una notificación del Anses sobre mi padre. Desde el 15 de este mes,consulté en seguimiento de expedientes,sólo abriendo la pestaña de reajuste del caso Badaro,me dice la leyenda de 'su trámite ha sido resultó en forma favorable..'Con el código 04 El es retirado de prefectura e inicio hace unos meses una jubilación abonando una suma de dinero,que por ley le corresponden a los retirados de las fuerzas de seguridad,se posiblemente salga en noviembre,pero me pierde el reajuste con el código, y a que el había iniciado a fines de 1990 un juicio por reajuste y eso me confunde,porque tiene sentencia definitiva,le dejo el número de expediente 13429/07 Alaya Raul Rubén. Mi padre está allí,y no se si tiene algo que ver con el reajuste del anses porque la letrada hace muchos años no se comunica Ojalá pueda orientarme,y disculpe lo extensión de la consulta. Saludo Atte.
Hola, por lo que pones el 04 es cuando se aprobó la jubilación, no tiene nada que ver con los juicios de reajuste y en el Poder judicial sale que en diciembre del 2014 se elevó a la Camara de Apelaciones ya que ANSES apeló, yo le diría que se comunique con la abogada ya que aún no hay nada sobre la Camara de Apelaciones.
Hola charly. te consulto nuevamente. es por una pension derivada de mi padre. aunque ya fue aprobada la comision medica en 70 porciento. resulta que el expediente del 06/09/2016 estaba en cómputo y liquidaciones. Ahora por telefono consulte por Anses y me dijeron que el dia 29/09/2016 esta ahora en otro sector en instancia judicial a dictaminar. lo mismo menciona en la pagina de Anses. Aparece esto: Su trámite está siendo evaluado por el Area Legal de la UDAI para la posterior resolución. Para más información, por favor, vuelva a consultar próximamente. que significa eso? habra que esperar si lo resuelven ellos? espero su repuesta. Gracias.
Si, hay que esperar que resuelvan ellos, todavía tengo el caso de una discapacitada que está esperando la pensión del padre desde julio del año pasado, esta gente parece que demora más ahora que antes.
hola charly te consulto, mi suegra es pensionada, pidio su jubilacion y se la denegaron , presento un amparo y le salio a su favor el tema es que anses apelo pero su expediente sigue en movimiento en anses primero me salia liquidacion c y ahora me figura liquidacion A , me podrias decir porfavor que significa? Gracias
Hola, solo significa que paso de la oficina de liquidaciones C a la A porque debía de haber muchos expedientes en el C, pero son lo mismo, es solo para identififcar en cual oficina de liquidaciones está, pero son lo mismo
Buenas tardes Charly me gustaria hacerle una consulta mi papa esta con una sentencia judicial y hoy ingrese a la pagina de seguimiento de expediente y me informa que el dia 12/10 salio de DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS y entro sin fecha en esta oficina COORD.CONTROL DEUDAS PREVISIONALES,me gustaria que me informes que significa la ultima y si puede existir que en noviembre le paguen. Muchas gracias y disculpa Cecilia
Hola Cecilia, si ya tiene el codigo 40, antes la última oficina era Verificación de Deudas previsionales,suena muy parecido, no creo en Noviembre, pero es muy posible Diciembre o Enero(Enero si sale lista ya que a veces no ocurre y pasa a Febrero)
hola charly buen dia si recien me fije en Mi anses consulta de expediente y el codigo que figura es el 40 en la que dice tramite resuelto,bueno entonces le falta muy poco que alegria!!ojala que le paguen lo antes posible
Hola Charly, muchas gracias por tu atención a todos los jubilados y en particular mi caso. Mi Expte. está en Cómputos y liquidaciones "C", falta mucho para que me paguen? Llevo 8 años de juicio, con sentencia definitiva en Noviembre de 2014, por lo tanto, a la fecha, está firme. He hecho una presentación sobre salud, pero todavía no pasa nada. Desde ya agradezco tu tiempo.
Soy quien escribió el mensaje anterior. Hoy mi expte. está en DGALSJ-SUPERVISION OPERATIVA. Qué significa? Falta aún mucho para cobrar. Muchas gracias por tu amable atención. Cecilia
Hola, alguien puso aqui que es una oficina de control donde verifica los calculos cuando el retroactivo supera una cifra que es importante, no recuerdo si es cuando son superiores a los $375.000.
Hola Charly !!podrias decirme en los expedientes judiciales de Anses es parecido igual o distinto ,al de expediente judicial del juzgado ? ,Y el expediente judicial no lo actulizan porque sera ? Gracias desde ya
Hola Norma, son dos cosas totalmente distintas, uno el expediente judicial, donde el juez dicta sentencia si corresponde la mejora de haber y en base a que casos, y otro el exediente que se abre en la ANSES cuando ya hay sentencia firme y en base a ese fallo debe hacer los calculos de cuanto corresponde la mejora si corresponde y si es asi su respectivo retroactivo que va desde dos años antes de iniciar el juicio hasta la fecha de pago.
Hola Charly, nuevamente distraigo tu atención. Mi Expte de Anses, de Liquidación y Cómputos salió a Iniciación. Puedes explicarme que significa?. Disculpa mi molestia y desde ya sumamente agradecida por todas tus respuestas, tanto en lo que a mí respecta como a todos los jubilados que penan con sus trámites.
Hola Luis, debo decirte que aún no tienes ni una sentencia definitiva (que no es firme) ya que ese juicio estuvo paralizado por muchos años, si tienes dudas puedes verlo por tu mismo en la pagina del Poder Judicial de la Nación, consulta de causas y alli lo puedes buscar.
Charly; te molesto, la razón de ello es saber que quiere decir la Ley 24.463, art 22. modificado por Ley 26153. te mando mi N° expediente para interiorizarte mas 114581/2009.
Art 22 de la Ley 24463 SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 22 DE LA LEY 24.463
Artículo 1°. Sustitúyase el artículo 22 de la Ley 24.463, modificado por el artículo 2º de la Ley 26.153, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 22.- Las sentencias condenatorias contra la Administración Nacional de la Seguridad Social serán cumplidas dentro del plazo de CIENTO VEINTE (120) días hábiles, contado a partir de la recepción efectiva del expediente administrativo correspondiente. En caso de incumplimiento de la sentencia en el plazo establecido precedentemente o en caso de cumplimiento parcial, la parte actora podrá solicitar el embargo de las sumas adeudadas sobre los fondos de la A.N.Se.S. que no se encuentren afectados al pago de las jubilaciones y pensiones. Para ello, deberá existir en el expediente judicial liquidación aprobada y firme. Si durante la ejecución presupuestaria, se agotara la partida asignada para el cumplimiento de dichas sentencias, el Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer ampliaciones o reestructuraciones presupuestarias con el objeto de asegurar el pago en el plazo indicado.
Artículo 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Hola CHARLY, te consulto sobre el tramite de mi pension derivada de mi viejo. resulta que mi expediente estaba en buen camino hace 2 meses. despues pasó que el dia 07/11/16 se encontró en etapa de resolucion y luego el dia 09/11/16 menciona que salió en forma desfavorable. me llamo la atención. no lo podía creer. algo raro hay. porque mi expediente de la comision medica resulto favorable, se aprobó el 70 porciento. aca el problema fue el Anses. me denegaron la pension derivada. la verdad me sorprendió mucho. que se puede hacer contra ellos? hablar con ANSES y retificar el error? o hacer un juicio contra el ANSES mediante un abogado? espero tu repuesta. Gracias.
Hola, primero informate cual fue la causa del rechazo, ya con eso ver si lo puedes solucionar o es una rabitrariedad de ANSES, si es esto deberas consultarlo con un abogado previsionalista, para que evalue el caso.
21/09/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 ..... de fijar el estado de la en expediente y figura en GIRO que significa???faltara ...
20/03/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 ..... de fijar el estado de la en expediente y figura en GIRO que significa???faltara ...
Hola Charly! Esto aparece en la pagina de Mi ANSES en sentencias judiciales por reajuste DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B"Que significa? Falta mucho para cobrar? Que pasos siguen? Desde ya muchisimas gracias!
Hola mimi, veo que has puesto la misma pregunta en diferente temas, bueno está justamente en una oficina de Computos y Liquidaciones, la letra final es solo para identificar en cual está, cuanto puede demorar es imposible saberlo, ya que puede salir de alli y volver a entrar sin haber hecho el calculo y si sale con el calculo debe pasar por la oficina de supervisión operativa que si lo aprueba sigue su curso y sino debe volver a Computos y Liquidaciones
Hola Charly Tengo un juicio iniciado en el 2009 con setencia firme, en Diciembre del 2015 me pagaron parte del retroactivo por un embargo a la cuenta de Banco Nacion, ahora nuevamente piden el embargo de lo que me correponde. En Anses esta asi el expediente 01 - Su trámite ha sido ingresado para su tratamiento pero no tiene novedades recientes. Para constatar su curso, por favor, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130. F.Estado: 31.10.2016 AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 07.06.2016 Última dependencia: DGSJ-INICIACION Último Pase Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 03.11.2016 Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Entrada . Que debo esperar que embarguen nuevamente o antes me pagara Anses . Gracias
Por como va el tramite y lo lento que están (parece que estuvieran más lentos que antes) creo que su abogado nuevamente embargaran a la ANSES, lo que no entiendo porque en esa oportunidad solo embargaron una parte y no el total
Poder Judicial de la NaciónExpte. N°:103881/2009///nos Aires, 04 de septiembre de 2014.AUTOS Y VISTOS:Entrando al estudio de la cuestión traída, respecto de laimpugnación referida a la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463 la misma debe serrechazada pues dicho artículo deviene inaplicable al caso conforme lo dispuesto por laSala I de la Excma. Cámara del Fuero en la causa “Dorcazberro, Martha c/ ANSeS s/Ejecución Previsional” (sent. Del 10.sep.2008).Respecto de la aplicación del precedente “VILLANUSTRE”, es lademandada a quien le correspondía probarlo, conforme lo dispuesto en la sentenciaque se efectúa, circunstancia que no aconteció en autos, razón por la cual correspondesu rechazo.En cuanto a la tasa de interés aplicable para la conversión debonos, las observaciones planteadas por la demandada deben ser desestimadas todavez que no se reclama en autos sumas adeudadas por periodos consolidados. Respecto de las restantes impugnaciones formuladas por lademandada, las mismas resultan genéricas, razón por la cual corresponde su rechazo. En atención al estado de las presentes actuaciones y toda vez quela parte demandada no opuso excepciones de conformidad con lo establecido en losartículos 506 y 507 del CPCCN, corresponde aprobar en cuanto ha lugar por derecho laliquidación practicada por la actora a fs. 104/130, determinando como haber mensualbruto la suma de cuatro mil ciento noventa y ocho pesos con ochenta y tres centavos($4198.83), al 31 de enero de 2014 (fecha de corte de la liquidación), sin perjuicio delos aumentos generales que pudieran corresponder con mas las sumas adeudadas enconcepto de retroactivo de ochenta y cinco mil novecientos ochenta y nueve pesos connoventa y siete centavos ($85989.97), todo ello resultante de la liquidación aprobada yen cumplimiento a lo ordenado en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgadaque aquí se ejecuta.En virtud de lo dispuesto, intímese a la ANSeS a que en el plazo deveinte (20) días ponga al pago las sumas consignadas precedentemente de acuerdo alas pautas allí determinadas y proceda al reajuste del haber de la actora, bajoapercibimiento de tomar las medidas de ejecución pertinentes. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA. ALICIA ISABEL BRAGHINI JUEZ FEDERAL En 04 de septiembre de 2014 se deja constancia que se ingresó en el sistemainformático, que con fecha 9 de septiembre de 2014 se efectuará notificación masiva ala ANSeS del proveído que antecede y se librará una (1) cédula para la misma fechanotificando el mismo . Conste.
Como todo es lento la abogada hizo en febrero del 2014 la cuenta de lo que me correspondia y embargaron esa cantidad pero en diciembre 2015 pero no me actualizaron la pensión y ahora me corresponde desde febrero 2014 y la actualizacion de la pensión a la fecha
Hola Lilian, no ese es solo el pedido de homologación del acuerdo, hay que ver si ANSES reconoce ese importe o lo rechaza, y luego entra en el orden de prioridades (prelación Mayores de 80 años, enfermedades terminales , aumento menor a dos haberes minimos), ya lo explicó muy bien el Doctor Gabriel Greizerstein.
Hola.Mi suegro fallecio el 13 de Noviembre.Habia ganado el juicio al anses en el 2010 (Caso BADARO).Cobrara muy bien.Cuando se abrio la REPARACION HISTORICA en la pagina web de la ANSES figuro que si estaba encuadrado en dicha repración y que su caso era complejo de resolver y asi lo segui estos meses pero nunca se blanqueo cifra alguna ni anses informo algo al respecto.Que es lo que va a pasar con la viuda para que se consolide en su pensión lo que anses le debia,el no estaba en juicio alguno y su voluntad era de acceder a lo que anses le ofreciera sin mas vueltas.Debe la viuda comenzar un juicio contra anses,ya que anses afirmo por web que a mi suegro algo le debian.Muchas gracias
Hola, si su suegro gano el juicio por el caso Badaro y se lo pagaron no le correspondería la Reparación Historica, ya que por el juicio le fue reparado y su viuda debería estar cobrando la pensión que es si no estoy equivocado un 60% de lo que el fallecido cobraba de jubilación´, así que dudo mucho que le den algo de Reparación Historica y mucho menos iniciar juicio salvo que no le estén pagando el porcentaje de ley que le corresponde como pensionada de la jubilación del marido
Hola Charly quería saber mira con fecha del 26 de diciembre o sea ayer salió en el expediente de jubilacion de mi esposo codigo 04 su trámite a sido resuelto favorablemente cuanto podría tardar para cobrar muchas gracias y felicitaciónes por el trabajo que realiza
Hola, y seguramente que entre enero y febrero deberia cobrar, más febrero, si ya le salió el número de beneficiario puede fijarse si figura la fecha de pago y en donde en ¿Donde Cobro? de la pagina principal de ANSES y si no dirigirse a una UDAI cercana y pedir un RUB
Hola Charly mi consulta es por un cambio de estado de mi expe en liquidacion de sentencia yo estaba en codigo 67 desde el mes 10 del 2015 y hoy en marzo del 2017 me pasan a codigo 72 causa pre paralizada me podrias decir que es esto.
Hola,tengo una duda es octubre del 2015 o del 2016, ya que si es del 2015 ya pudo haber salido, no fuiste a cobrar y se paraliza el expediente, ahora si no es así es rarisimo, deberías consultarlo con tu abogado. Si te preguntas si puede haber salido para cobrar y nadie te aviso, es muy posible, ya que las notificaciones las hace ANSES por correo y muchas veces no llega.
Hola Charly. Como veo que muy amablemente contestás todas las preguntas, quisiera saber el estado de mi expediente 15463/2009 ya que me hicieron una propuesta por reparación histórica pero de acuerdo con lo que me dijeron no me convenía aceptarlo dado que el expediente estaba bastante adelantado, pero desconozco si es real. Por eso te pido por favor me comentes, dentro de tus posibilidades si falta poco para cobrar el juicio. Muchas gracias!!
Hola su caso está en la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones de la Seguridad Social a la espera de sentencia, seguramente ANSES para alargar un poco más la causa va a presentar un Recurso extraordinario(Rex) que seguramente será rechazado y quedará la sentencia firme. No crea que la Reparación Historica se la van a pagar inmediatamente, hay gente que firmo en octubre del año pasado y sigue esperando y otros que aceptaron (sin llegar a homologar) y luego ANSES se retracto y dijo que no le pagaba nada.
Estimado Charly: Le consulto por el expediente judicial CSS 064723/2015. La Anses le ha hecho un ofrecimiento por la reparación histórica. Tiene idea en qué instancia se encuentra el juicio? Muchas gracias. Alejandra
Hola Ale, su juicio recién inicia, hace poco el Juzgado solicito su expediente a ANSES, ni siquiera tine su expediente jubilatorio para resolver y dar sentencia
Entonces debo entender que, para el sistema judicial, una causa iniciada en septiembre de 2015 es considerada "recién iniciada" en mayo de 2017. Muchas gracias Charly.
Buenos dias. En el tramite de reparacion historica de mi marido terminado el tramite el 14/11/2016. dice Demandado en anse , quisiera saber que dise , en este mes cobro el aumento pero no el rectoactivo Falta mucho para eso. saludos
Hola, habían prometido qu se agaba en marzo, luego lo pasaron a abril y más tarde a mayo, aún no pagaron, pero tienen 3 años para hacerlo, y no se puede reclamar aqui no corren los 120 días hábiles
Los "amigos" de la UDAI Tucumán y algún supervisor de los que atienden en el 130 (opción 7 e inmediatamente opción 8), respecto del retroactivo que teóricamente nos adeudan, coinciden en dos palabras: "Tenga paciencia" (y trate de no morir en el intento, agrego yo).
No lo sabía. En el estudio jurídico me habían dicho que le correspondía cobrar a mi heredero (mi hijo). Ahora que sé que no por lo que usted me informa, siento que es una razón más para no darle el gusto a Macri.
Hola Leonardo, las sentencias judiciales son heredables, la ley de la Reparación Histórica no die nada al respecto, así que al no especificarlo no se hereda.
hola charly, mi mama esta por cobrar el juicio por pension directa con exp 024-27-11177786-7-006-000001 quisiera saber si hay manera de tener una fecha de cobro, muchas gracias
Hola, lo que pone es el número de expedient e de cuando le fué otorgada la pensión en el 2012, así que debería averiguar el número de expediente por reajuste de haberes por sentencia judicial, este número que pone no es, podría llamar al 130 o concurrir a la udai para que se lo informen. Por lo que pude ver su juicio tiene sentencia en diiembre del 2016 y en febrero del 2017 pareceria que fue notificada ANSES, asi que habría que ver que día fue notificad de febrero y contar los 120 días hábiles para poder iniciar la ejecui´n de sentencia ya que ANSES tarda varios años en pagar y por la Reparación Historica está abonando menos juicios por mes, así que lamentablemente deberá iniciar la ejecución de sentencia
Hola Nando, no hay tiempos para estar en letra, se queda alli hasta que haya un movimiento de expediente, `por ejemplo agregar un escrito, ir a sentencia y si ya tiene sentencia firme o no presenta movimiento en meses va a archivo
Hola Charly, el Expte de mi viejo dice DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B". estara cerca de cobrar? pagaran lo que dice la sentencia o puede ser menos?. por otra parte el abogado inicio ejecucion de sentencia en abril del corriente, sera ese el motivo de avance o son procesos diferentes. muchisimas gracias por tu ayuda. Jose
Hola José, no entiendo lo de avance, es el proceso normal y por ello NO está cerca de cobrar, por eso su letrado inició la ejecución de sentencia, que es otra cosa.
Hola Nando, es cuando ANSES apela argumentando agravio, es un procedimiento comú para apelar y llevarlo a la segunda instancia. ARTICULO 259 .-Cuando el recurso se hubiese concedido respecto de sentencia definitiva dictada en proceso ordinario o sumario, en el día en que el expediente llegue a la cámara, el secretario dará cuenta y se ordenará que sea puesto en la oficina. Esta providencia se notificará a las partes personalmente, o por cédula. El apelante deberá expresar agravios dentro del plazo de DIEZ (10) días o de CINCO (5) días, según se tratase de juicio ordinario o sumario. Ver Comentario del Art.259
Hola, por lo que pones está bastante dmorado ya que deberi estar en alguna de las Salas de la Camara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social ya que sentencia definitiva no es firme
Hola Nando nuevmente, por lo que veo su expediente judicial está en la Sala 2 de la Camara de Apelaciones, ahora desgraciadamente viene la feria lueg cada uno de los tres jueces emitira un fallo y saldra una sentencia unificada, la cual desgraciadamente ANSES ahora apela (antes no lo hacia) presentando un Recurso Extraordinario (Rex) para elevarlo a la Corte Suprema pero que normalmente es rechazado ( lo único que logra es dilatar un poquito más el juicio) y alli la sentencia queda firme
Hola Charly soy gustavo, te quiero hacer una pregunta: tengo sentencia favorable y mi expediente paso de computo y liquidación B a iniciación y luego de iniciación paso a computo y liquidación A. Quisiera saber porque otra oficina falta pasar y mas o menos una fecha de cuando puede llegar a salir, desde ya muchas gracias, agradeceré tu respuesta. Me hicieron un ofrecimiento por la ley de reparación histórica pero no la acepte, gracias por tu tiempo, muy amable
Buenos dias, te hago una consulta, que no es para mi sino para mi abuela... gano jucio de reajuste a ANSES, el expediente ya volvio a ANSES, ya paso por DGSJ, y hace unos dias paso por DRJS COMPUTO Y LIQUIDACION, faltara mucho para que se puede hacer efectivo el pago?? mas que nada que le ajusten el haber... gracias espero respuesta... saludos cordiales
ResponderEliminarHola Macci, si todavía falta bastante y cuando sale , va con el reajuste del haber y el retroactivo que se computa desde 2 años antes de iniciar el juicio, siempre y cuando ellos consideren que Beneficia, ya que lo pueden desesttimar (decir que no le corresponde)
Eliminarno, por lo que lei aca Beneficia, salio favorable porque tiene Codigo 04, segun lei aca es "Liquidación favorable - Beneficio Acordado"... estoy en lo correcto??
EliminarNo Macci 04 es cuando se aprueba la jubilación (justamente Beneficio Jubilatorio Acordado, es cuando te dan la jubilación), el beneficia en las sentencias judiciales es 040 y el no Beneficia es el 041 y sale al final de todo el tramite, ya que Computos y Liquidaciones hace el calculo si beneficia o no.
EliminarAhhh entiendo... bueno igual es lo mismo porque si lo busco por número de DNI sale 04.... pero si lo busco por número de expediente sale 040... gracias charly...
EliminarHola charly buen dia!! Te cuento mi papa esta en juicio con la anses desde el año 2008 la sentencia salio favorable en anses me dicen que esta en liquidacion pero no saben cuanto puede demorar el 26/11/2015 fue el ultimo movimiento dice en despacho y el Afs.dice 139 que la verdad no se que significa su numero de expediente es 21079319/2008 alejo hugo reynoso agradeceria si me podes ayudar a entender si le falta mucho o poco para cobrar gracias!!!!
ResponderEliminarHola, el número ese no me ingresa en el PJ (Poder Judicial), ya que lo que me pones esta en la oficina del Juez el expediente judicial, no entiendo como en ANSES te dice que esta en Liquidacion si aparentemente esta en juicio todavía y cuando se refiere a Afs 139, es que estan haciendo una referencia a la pagina 139 del expediente judicial, asi que no se si el juicio finalizo o esta siendo apelado.
EliminarHoy mire el expediente y quedo con sentencia firme, cuanto puede demorar para el pago?
ResponderEliminarHola Del Amanecer, imposible saberlo, están demorando mucho y hay muchas variables, edad, monto a pagar, etc, además que están muy retrasados para todo, recien conteste de una persona de 84 años con sentencia firme desde 2013 y aún no le han pagado.
Eliminarte molesta mirar el expediente para ver si ves algo alentador? 84535/2011 es de una persona de 80 años
EliminarHola Del Amanecer, no me molesta, pero te comunico que tu sentencia no está firme, salio la sentencia defnitiva (NO FIRME) en segunda instancia Hoy y se comunico al fiscal, luego deben hacer el pase al juzgado de primera instancia, el juzgado en primera instancia debe comunicar la sentencia a las partes y desde qe ANSES se notifico tiene creo 10 días hábiles para apelarlo (cosa que lamentablemente estoy siendo comunicado de varios casos que ha ocurrido y cuando antes esto no pasaba)ante loa Corte Suprema de Juticia, esperemos que en este caso no ocurra, y a partir que ANSES fue comunicado y si decide no apelar debes esperar los 120 días hábiles que nunca se respeta.
Eliminargracias por la respuesta, yo tenia entendido lo contrario, q hasta diciembre la mayoria eran apelados a la corte y ahora la mayoria estaban saliendo directo de la camara. esperemos quede firme y no empiece todo de nuevo
EliminarNo Del Amanecer hasta diciembre no apelaban a la Corte, si ocurria era muy raro a pesar que se habian comprometido a no apelar en primera instancia y realmente si apelaban, en cambio desde marzo me estan avisando de varios casos apelados ante la Corte, algo que no esperaba realmente y espero que no lo hagan más, incluso esperaba que no apelaran más en la primera instancia.
EliminarBuenas tades queria consultar que significa EVENTO A SENTENCIA es lo que me figura en la pagina https://www.pjn.gov.ar/ Nº EXPDTE 9338/2011. MUCHAS GRACIAS
EliminarHola, no encuentro su expediente en Capital, no se donde lo está tramitando ya que el número que me pone en capital hay uno pero ya tiene sentencia, y pasa a la sala 2 de Mar del Plata y ANSES presentó un Rex (Recurso ) para elevar la causa a la Corte Suprema,y en cambio evento a sentencia significa justamente eso que está para que dicten los jueces la sentencia
EliminarHola Charly quiero saber del tramite de mi suegro. Su DNI es XXXXXXXX el esta enfermo y esta muy preocupado por no resultarle favorable su juicio. Sdos. Gracias.
ResponderEliminarHola, mirá en la Camara de la Seguridad SOcial no encuentro nada a su nombre y con el número de documento no `puedo buscar o ver nada en ANSES necesitas el número de expediente si el juicio ya terminó pero yo no lo encuentro salvo que este en los tribunales de Cordoba
EliminarHola Charly, buenos días,
ResponderEliminarSoy la hija de Juan, ya te he consultado por la situación de mi padre, la cual ahora se encuentra en el estado de expediente a despacho con expresión de agravios des de el 1 de febrero de este año. El expediente de mi padre es 57053/2009. Mi pregunta es, anoche hemos leído una información en Clarín sobre qué se han quemado más de 4000000 millones de expedientes de Anses y no sé si sabes algo para poder tranquilizar a mi padre. Muchas gracias!
Un saludo!
Hola Jaz, mira, normalmente los juzgados piden una copia del expediente a ANSES, expresión de agravios es para apelar a una instancia superior, además muchos expedientes están digitalizados, y sino, se reconstruirá, a veces pasa que pierden un expediente y deben reconstruirlo.
EliminarHola. Charly.
ResponderEliminarTe escribo para saber si estás mejor de salud. Cuidate mucho. Saludos
Muchas gracias Mariela, recuperandome de a poco-
EliminarHola Charly! Para empezar, quiero agradecerte por tu buena voluntad de ayudar a quienes necesitamos conocer la situación en la que se encuentran nuestros mayores, para que puedan gozar de todo lo aportado en su vida laboral.
ResponderEliminarTe cuento que mi padre comenzó un juicio al anses en el año 2.009. El año pasado tuvo una operación muy delicada que lo dejó con una discapacidad y necesitamos saber cuál es su situación en el juicio, ya que necesita rehabilitación y como sabrás, los tratamientos y el traslado, con la jubilación mínima que cobra se hacen muy difíciles ya que vivimos en el interior de Santiago del Estero.
Te paso lo que dice en la última hoja del Sistema de consultas web en Seguridad Social para que me aclares, si es posible, el significado porque no entiendo. Gracias!!!
G03
22/12/2015 EVENTO NOTIFICACION
G03
22/12/2015 FIRMA DESPACHO AUTOFIRME
93 / 93
G03
1/12/2015 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE DEVOLUCION ELEVACION
G03
1/12/2015 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1
GS1
28/09/2015 PASE JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1
GS1
8/07/2015 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE EXPEDIENTE EN LETRA
GS1
8/07/2015 EVENTO NOTIFICACION
GS1
8/07/2015 FIRMA DESPACHO RECURSO EXTRAORDINARIO RECHAZO IN LIMINE ANSES
92 / 92
GS1
25/03/2015 INFORMACION EMISION DE CEDULA: MAS OF Nº79072 A ANSES EN PASEO COLON 329 7°
GS1
25/03/2015 INFORMACION EMISION DE CEDULA: CED Nº:575597 Lote Nº:59162 A PONTORIERO SILVANA LORENA EN ARAOZ 240 1ERO. E ZONA:182
GF2
20/03/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
GS1
19/03/2015 EVENTO NOTIFICACION AL FISCAL -
GS1
19/03/2015 PASE FISCALÍA GENERAL ANTE LA CFSS Nº 2
GS1
17/03/2015 EVENTO SENTENCIA DEFINITIVA - SED: Nro.Reg.:168317/2015
17/03/2015 FIRMA DESPACHO SENTENCIA DEFINITIVA
Hola, parece que le rechazaron un recurso extraordinario (Pasar a la Corte) lo que me extraña que pasa a la sala 1 de apelaciones y vuelve al juzgado de 1ª instancia sin sentencia, y pareceria que la sentencia quedo firme en diciembre del año pasado, deberías fijarte en la ANSES si ya le abrieron un expediente por la sentencia judicial, deberias llamar por teléfono o pasar por una UDAI para que si ya se abrió el expediente que te den el número.
EliminarMuchas gracias Charly! En realidad no entiendo mucho pero como me comunico con el anses? Donde consigo el número para conseguir el expediente?
EliminarTe paso una nota que aparece en un costado:
Buenos Aires, de diciembre de 2015.- MFGHabiendo quedado firme el pronunciamiento dictado en autos, hágasesaber a las partes que el plazo establecido por el art. 22 de la ley 24.463(modificada por ley 26.153) para el cumplimiento de la sentencia comenzará acomputarse una vez notificado el presente proveído junto con las actuacionesadministrativas si obraran en la causa, a cuyo vencimiento recién podráiniciarse la ejecución con la presentación de la liquidacióncorrespondiente, en los términos de los arts. 499, 503 y ccs. del CPCCN. Sehace saber que las copias de los decisorios y del presente auto, se hallandisponibles en el sitio web del PJN (conf. Actas CFSS 86/12 y 311/12)Hágase saber a la parte actora que, para dar comienzo a laejecución, deberá encontrarse agregada a la causa la resoluciónadministrativa que otorga el beneficio previsional cuyo reajuste sepretende con más el cómputo de las remuneraciones. Asimismo, laliquidación que se acompañe, deberá contener el primer haber liquidadopor ANSeS.- A fin de dar en tiempo y forma cumplimiento a lo ordenadoprecedentemente, notifíquese la presente por Secretaría por oficio en formamasiva a la ANSeS (Área Contenciosa) y al titular de la Gerencia de Liquidaciónde Sentencias Judiciales (ex UCADEP) de la ANSeS, en Paseo Colón 239 5ºpiso, para que practique la correspondiente liquidación en término, bajoapercibimiento de autorizar a la parte actora a su confección. Asimismo, se hace saber al titular de la última dependencia mencionadaque, en el supuesto que las actuaciones administrativas se hallaren en otra áreade Anses, deberá requerir las mismas a los fines del cumplimiento de lasentencia dictada, bajo apercibimiento de imponer astreintes que seránsoportadas por el organismo previsional.
Si podés aclararmela me harías un gran favor, porque realmente no entiendo casi nada del tema.
Muchísimas gracias otra vez por tu buena predisposición.
Roxy, llamando al 130 o si vas a la UDAi con el documento te dan el número de expediente que supuestamente se abrio en ANSES para ejecutar la sentencia, en el veredicto se pide a tu letrado que haga los calculos de cuanto deberías cobrar (mejora del haber y calculo del retroactivo) con respecto a tu último haber jubilatorio, e intima a ANSES a cumplir con el pago en tiempo y forma, caso contrario permitira tomar como valido el calculo que realice tu abogado y cobrarles astreintes (una multa monetaria) diarias por imcumplimiento si no hace lugar al pago pasado ese tiempo (normalmente 120 días HÁBILES)que le da el juez a ANSES para que haga los calculos ellos y te pague, si no toma el calculo de tu abogado y le cobrara una multa diaria a la ANSES hasta que haga efectivo el pago de lo que calculo tu abogado.
EliminarHola Charly antes que nada felicitarte por lo que haces!
ResponderEliminarPregutar ahora sobre esto y sacarme dudas, mi viejo lleva años con esto, se movio el expediente hace dos dias y dice: Agréguese
el bono de derecho fijo acompañado.
Por iniciada la ejecución de la sentencia recaída en los
presentes cuyo trámite será conforme la resolución N° 214/99 del Tribunal
de Superintendencia de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social.
La ejecución incoada, tramitará de conformidad con lo
prescripto en el libro III “Procesos de Ejecución” de sentencias, artículos
499 y subsiguientes del C.P.C.C.N.
Consecuentemente, de la presentación que antecede, córrase
traslado a la demandada por el término de cinco días.
Asimismo, hágase saber a la requerida que de conformidad
con lo dispuesto por el art. 493 del C.P.C.C.N. (conf. Ley
17.454/U-0692 – Ley 26939) del CPCCN., se encuentra facultada a oponer
las excepciones que considere le asisten en derecho conf. art. 494
C.P.C.C.N. (conf. Ley 17.454/U-0692 – Ley 26939) del
CPCCN. como así también acompañar la liquidación correspondiente.
Notifíquese con copias y transcripción del presente.
Hágase saber a la parte interesada que al confeccionar la
cédula ordenada precedentemente deberá observar estrictamente lo
dispuesto por el art. 138 del Código de rito.
Por lo que interpreto tu letrado habría pedido la ejecucion de la sentencia ante la demora de ANSES y sería segun los calculos que ha hecho él sobre lo que te correspondería pagar (ANSES siempre hace el calculo de menos) y pediría el embargo.
EliminarCaharly antes que nada felicitarte y agradecerte por sacarnos estas dudas que casi siempre son para nuestros queridos padres y no tienen de donde agarrarse y siguen en juicio por años.- Se movio en estos días su expediente y sale esto:
ResponderEliminarAgréguese
el bono de derecho fijo acompañado.
Por iniciada la ejecución de la sentencia recaída en los
presentes cuyo trámite será conforme la resolución N° 214/99 del Tribunal
de Superintendencia de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social.
La ejecución incoada, tramitará de conformidad con lo
prescripto en el libro III “Procesos de Ejecución” de sentencias, artículos
499 y subsiguientes del C.P.C.C.N.
Consecuentemente, de la presentación que antecede, córrase
traslado a la demandada por el término de cinco días.
Asimismo, hágase saber a la requerida que de conformidad
con lo dispuesto por el art. 493 del C.P.C.C.N. (conf. Ley
17.454/U-0692 – Ley 26939) del CPCCN., se encuentra facultada a oponer
las excepciones que considere le asisten en derecho conf. art. 494
C.P.C.C.N. (conf. Ley 17.454/U-0692 – Ley 26939) del
CPCCN. como así también acompañar la liquidación correspondiente.
Notifíquese con copias y transcripción del presente.
Hágase saber a la parte interesada que al confeccionar la
cédula ordenada precedentemente deberá observar estrictamente lo
dispuesto por el art. 138 del Código de rito.
Daniel ya te contesté más arriba, desgraciadamente debo moderar los comentarios ya que hay gente que insulta a los pobres jubilados y tambien está apareciendo spam.
EliminarGracias Charly por tu respuesta. Y disculpas por el doble mensaje. Pense que no se fue el primero.
ResponderEliminarUn saludo y suerte para todos.
Daniel
Hola charly sabes algo con respecto a que se qieren pagar todos los juicios caso badaro este año? Y a los jubilados q no tengan juicios tambien con efec..y bonos?? Gracias!!
ResponderEliminarHola, con respecto al pago de todos los juicios durante el año fue un comentario o anuncio que efectuó el titular de ANSES en un programa televisivo, yo lo ví y escuche, ahora, que lo cumplan hay mucho trecho, en cuanto al pago a los que no iniciaron juicio no escuche nada.
EliminarGracias Charly p esto q estás haciendo de gran ayuda para todos nosotros. Te cuento q tengo sentencia definitiva en mi expediente pero apeló Anses así q desde el 18/12 no tengo movimiento. Se mantiene en Giro. Tengo 74 y un infarto desde 2004, seria conveniente q mi letrado presentará la epífesis del mismo como comprobante?. Te paso el nro.exped.20933 - 2013. Gracias X tu respuesta!!
ResponderEliminarHola Lolydop, desgraciadamente ahora tienes que esperar los tiempos de la justicia, luego cuando ya tengas sentencia definitiva firme y el expediente ingrese en ANSES, si tu letrado presentara los certificados médicos correspondientes que indique cual es la patologia que exigiría un apresuramiento en el trámite ( igual mi padre a pesar de tener 80 años y una enfermedad terminal el expediente dentro de la ANSES se demoró más de tres años y medio en salir.
EliminarMuchas gracias Charly. Espero q tu experiencia no se repita en mi caso. Que sigas bien!!
EliminarHola que tal te quisira preguntar si me falta mucho para cbrar la pension de mi nena ya que desde 2014 esta en tramite y recien el 17de febrero de ahora la mandaron al dto de liquidacion pcn
ResponderEliminarHola, mira, realmente no lo sé, sobre las PNC solo sabia que demoraban un año en salir ahora la demora en el tuyo ya no es una barbaridad es una bestialidad, no pueden tardar tanto en evaluar y otorgar o rechazar este tipo de pensiones.
EliminarHola Charly...Tengo mi sentencia en la etapa previa a la de cómputo y liquidación en Alsina 250 hace mas de 120 dias , pero tengo 70 años y cobro mas que la mínima ¿Conviene iniciar por el abogado una demanda por ejecución de sentencia, art 499 ? Por la prelación, no hay fecha cercana me informaron...Gracias por el asesoramiento que nos brindas a todos....
ResponderEliminarMirá, el que te tiene que recomendar que hacer es tu abogado, es raro que hayan pasado los 120 Días HÁBILES y aún no haya ingresado a Computos y Liquidaciones.
EliminarHola Charly. Me alegro que te estés recuperando de tu salud. Soy Inés, la docente. hace mucho que no te escribo, porque ya me cansé de espera. En marzo hizo 6 años que cobro $2219. En ANSES no dan respuesta. El abogado presentó 15 días pronto despacho. No puedo esperar más, me arreglo lamentablemente con la pensión. Gracias. Saludos
ResponderEliminarHola Ines, a pesar que dicen que van a pagar todos los juicios por reajustes, veo algunos casos que fueron apelados ante la Corte, y como el caso de la chica discapacitada que ahora me he enterado que le han solicitado un montón de documentos (le habían dicho que ellos lo iban a realizar y no lo hicieron)y esto va a dilatar el tramite unos meses más, si sigue asi esta discapacitada que debería cobrar una pension derivada del padre fallecido va a cumplir más de un año de trámite, una locura.
EliminarHola Charly :La sala 2 del Dr Herrero sigue muy atrasada todavia , tengo mi juicio ahi hace un año para liquidacion.
ResponderEliminarHola Alfredo, el Dr. Herrero es uno de los tres jueces que integran la Sala 2 de la Camara de Apelaciones de la Seguridad Social, ahora no entiendo dos años para la liquidacion o dos años para emitir sentencia, ya que el que demora en la liquidacion es ANSES y no el juez, ni la Sala.
EliminarHola Charly,antes que nada quiero agradecerte este espacio,por lo que significa para todos.Te hago una pregunta,cuanto tiempo puede estar una jubilación en código 15? el expediente fue presentado el 18/1/16 Abrazo
ResponderEliminarHola Hugo, pueden estar todo lo que ellos quieran en el código 15, lo normal era que no estuviera más de tres meses en una misma oficina, pero hoy puede ocurrir cualquier cosa, tengo conocimiento de una discapacitada que está su expediente parado por una pensión derivada del padre jubilado fallecido desde julio del año pasado, ya va a cumplir un año desde el fallecimiento del padre y aún no le ha salido la pensión, increible.
EliminarHola Charly, el 8 de abril pase a Comutos y liquidacion A y el 29 de abril a Computo y liquidacion B, es un ajuste Badaro, me podes decir que significa, muchisimas gracias
ResponderEliminarHola Gloria, se ve que la oficina de Computos y Liquidaciones A está atiborrada de expedientes y lo pasaron a la oficina de Computos y Liquidaciones B.
EliminarSi la escusa que me ponen es que estan atrasados y que encima paso el cambio de gestion pero no se me diberon que va a salir pero tengo que esperar sera que le otorgaran retroactivo a mi nena gracias
ResponderEliminarHola Sabrina, no sabría decirte, es muy poca mi experiencia con PNC, es cierto, están muy atrasados y estuvieron muchos días de paros y asambleas durante fin de año y principios de este.
EliminarHola la consulta es por mi abuelo... No sabemos muy bien como orientarnos recién me acabo de fijar el estado de la en expediente y figura en GIRO que significa???faltara mucho para q le salga el reajuste
ResponderEliminarHola Stephanie, por lo que me pones, es un expediente judicial, y puede ser cualquier cosa ya que giro puede indicar que fue apelado si es así , si es en primera instancia debe pasar a la Camara, si es en segunda instancia pasa (giro) a la Corte Suprema de Justicia ( se está viendo en varios casos últimamente)también puede ser que tenga sentencia en segunda instancia y se gira al juzgado de primera instancia, hay que ver en que circunstancia del juicio está.
EliminarHola es la promera ves q entro aca quisiera preguntar ami en micaso me dijeron q estan asiendo el recuento otro ves ya q ''avia salido todo ya para cobrar el reajuste pasa q en ese intant minesposo fallece voy entrego tdo otra ves ase un año aproximadamente del año pasdo marzo y mayo ahora me dicen q esta en un recuento para volver a liquidar supustamente quisiera fuera tan amable sera q m saldra este año para cobrar???
ResponderEliminarMinexpedient esta en paseo colo 327 creo q era dps pasa a alsina 250
ResponderEliminarHola Alt, mirá, seguramente está en Computos y Liquidaciones,supongo que te estás refiriendo a el pago de un juicio por reajuste de haberes, te deben pagar el retroactivo desde dos años antes de de iniciar el juicio hasta la fecha de fallecimiento de tu esposo y la pensión de su jubilación (pensión derivada), cuando va a salir es imposible saberlo ya que vienen muy atrasados.
EliminarHola Charly, me expediente volvio a cambiar, de Computos y liquidaciones B a Supervision operativa, me podrias decir que significa, muchisimas gracias a tu atento interes desinteresado de ayudar a las personas , que desconocemos los pasos de este lento camino , el caso es Badaro
ResponderEliminarHola Gloria, muchas gracias por tus palabras, ahora vayamos a la sentencia judicial y al expediente que se abrió en ANSES, si despues de computos tiene que pasar por esa oficina (antes la conocia por otro nombre) donde verifican el calculo que hizo Computos, si les parece que es un importe muy alto lo vuelven a mandar a computos y sino sigue su camino y saldrá con el codigo correspondiente 040 o 041 ( Beneficia o NO Beneficia, mucha suerte.
EliminarP.D. Casi seguro que es que Beneficia ya que fue a Supervisión, sino abría salido con el codigo 41 directamente.
hola soy Gladys y te consulto por mi mama tiene sentencia firme desde 02/2014 por el caso Baradaro y en el anses esta detenido en DRSJ COMPUTOS Y LIQUIDACION A desde el 22/06/2015 ella tiene 76 años estimas cuanto faltara para que le liquiden
ResponderEliminarHola Gladys, te diría que consultes al 130, o concurras a la calle Alsina para ver que pasa con ese expediente ya que no es normal que un expediente esté tanto tiempo en una oficina, lo habitual es que no esten más de tres meses en una misma oficina.
EliminarEn cuanto a tu pregunta de cuanto más va a demorar es muy dificil saberlo, antes a mi padre a pesar de sus 80 años y una enfermedad terminal le demoraron más de tres años y medio, ahora, hoy en día ANSES está muy atrasado en todo, a pesar de ello prometen que a fin de año sacaran todas las sentencias judiciales, espero que por el apuro no laqs liquiden peor que antes ya que antes de por si venian muy mal liquidadas o que las rechacen a la mayoría (que NO Beneficia, que no les paguen nada a la mayoría)
Muchas gracias, un abrazo a a distancia
ResponderEliminarHola Charly, admiro tu abnegacion frente a una labor tan ardua, mi nombre es Carlos Ledesma y mi expte. por reajustes es el 105266 2011
ResponderEliminarPodras darme una opinion al respecto? Mi abogada me asegura haber adjunado al expte mi certificado de discapacidad motriz.Desde ya muchas gracias y un un cordial saludo.
Hola Carlos, mirá, si eres discapacitado ANSES ya debe tener tu certificado, igual tu juicio recién termina, ha quedado firme la sentencia y ahora debe pasar el expediente al juzgado de primera instancia,en el expediente judicial no tiene mayor importancia ya que en el expediente de ANSES ya debe figurar tu discapacidad, ahora hay que esperar que ANSES se notifique que la sentencia quedo firme y se inicie el largo proceso que conlleva el nuevo expediente que se abrira en la referida institución.
EliminarHola Charly, mi esposo, tenia el juicio favorablemente y en Julio 2015 estaba en liquidación....de Anses Comodoro Rivadavia...cuanto mas debe esperar ya va a hacer un año.....de esto y desde que inició el juicio van a hacer 11 años.....medio mucho no???? muchas graciassss......
ResponderEliminarHola, si, es un montón, mi padre despues que termino el juicio y a partir que se notificó ANSES demoraron más de tres años y medio en pagarle a pesar de tener 80 años y una enfermedad terminal, tengo en conocimiento el caso de una discapacitada que desde julio del año pasado que su expediente está parado y es para cobrar la pension del padre jubilado y que la tenia a cargo (o sea ANSES tenia toda la documentacion de la discapacitada y a pesar de ello tuvo que presentar todo nuevamente y recibir el peritaje de la SRT que indicara que es discapacitada y una pension derivada ya que el padre estaba jubilado) y aun nada,en ANSES parece que el tiempo no pasa, por lo menos para ellos.
ResponderEliminarHola Charly mi tramite volvio a cambiar de Supervision operativa a Cord.de Atencion Publico - Archivo, que significa, muchas gracias
ResponderEliminarHola Gloria, antes cuando pasaba de una oficina a otra en el medio debía pasar por Coordinacion Mesa de Entradas, posiblemente esto que pones sea lo mismo solo que le cambiaron el nombre pero es una suposición.
Eliminargracias Charly
Eliminarhola disculpe me podria hacer el favor de explicarme en que instancias del exp esta mi madre ya que nosotros desconocemos si tenemos que hacer algun tramite para cobrar el exp es css 38071\2005, atentamente esperare su respuesta y muchas gracias.
ResponderEliminarHola, me pones el número de un expediente judicial que está a nombre de un hombre, asi que supongo que tu mamá debe ser la pensionada, ahora por lo que lei deberias comunicarte con el letrado que lleva a cabo el juicio ya que hubo un movimiento reciente.
ResponderEliminarG05
3/05/2016 MOVIMIENTO COMENTARIO (expte adm devuelto para cumplimiento de sentencia)
Para que te indique que pasos a seguir.
hola muchas gracias por responder si mi mama es la pensionada, y esta con un señor en el expediente , nosotros no sabemos quien es la letrada, disculpe que nuevamente lo moleste , como tengo que hacer para averiguar, gracias
ResponderEliminarDebe ir tu mamá al juzgado y solicitar el expediente como la pensionada, además el abogado/a que está siguiendo el caso debe de haber presentado el escrito comunicando el fallecimiento y la aparición de la pensionada que continua el juicio además tu mamá debe de haber firmado algun escrito, sino ANSES no le paga a nadie.
Eliminarhola como estas gracias por ayudar a personas como yo que entendemos nada de estas sentencias. Mi papa ya fallecio y estaba en juicio por reajuste y mi mama siguio con el juicio y no sabe cuando va a cobrar yo quisiera saber como van los tramites expte Nº 31000266/2012 adjunto como sale el expediente:
ResponderEliminarCI1
30/11/2015 FIRMA DESPACHO POR PRESENTADA
100 / 100
CI1
30/11/2015 ESCRITO AGREGADO DOCUMENTACION - SE PRESENTA (ESCRITO NO INFORMATIZADO)
96 / 99
CI1
20/11/2015 MOVIMIENTO EN DESPACHO
CI1
12/03/2015 FIRMA DESPACHO ESTESE APERTURA
95 / 95
CI1
11/03/2015 RECEPCION PASE JUZGADO FEDERAL DE JUJUY 1 - SECRETARIA CIVIL 1
PRE
23/02/2015 PASE JUZGADO FEDERAL DE JUJUY 1 - SECRETARIA CIVIL 1
PRE
23/02/2015 MOVIMIENTO EN DESPACHO
PRE
23/02/2015 FIRMA DESPACHO OFICIO DE REMISION DE EXPTES A 1° INSTANCIA
94 / 94
PRE
30/12/2014 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 14000000422384 - NOTIFICADO EL DIA: 30/12/2014 09:06
PRE
30/12/2014 CEDULA ELECTRONICA TRIBUNAL CEDULA N° 14000000422440 - NOTIFICADO EL DIA: 30/12/2014 09:06
PRE
30/12/2014 MOVIMIENTO EN DESPACHO
PRE
30/12/2014 FIRMA DESPACHO CONF SENT DE 1 INSTANCIA
93 / 94
PRE
22/12/2014 MOVIMIENTO A SENTENCIA
PRE
22/12/2014 FIRMA DESPACHO LLAMADO DE AUTOS
91 / 91
PRE
3/12/2014 RECEPCION PASE CAMARA FEDERAL DE SALTA
Hola, por lo que me pones (es el expediente judicial no el de ANSES) interpreto que la sentencia quedo firme ya que no veo movimiento desde noviembre del año pasado, ahora deberías averiguar en ANSES como continua el tramite y pide el nuevo número de expediente que se debe de haber abierto, ya en el juzgado no debería haber más movimientos, más que el de archivar el expediente
EliminarHOLA QUERIA PREGUNTARLE CUAL ES EL PASO QUE SIGUE EL EXPEDIENTE YA ESTUVO EN LIQUIDACION Y COMPUTO Y AHORA ESTA EN ESTA INSTANCIA: DIR.RESOL. SENTENCIAS JUDICIALES Fecha Salida: 14.12.2015
ResponderEliminarDependencia Entrada: DGSJ-ASUNTOS LEGALES Fecha Entrada 14.04.2016
Hola Fernando
ResponderEliminarprimero no escribas en mayuscula ya que significa que estas gritando.
Segundo pueden pasar varias cosas, que vuelva a Computos y Liquidaciones, que salga como que no Beneficia o que pase a Vericacion de Deudas Previsionales
Hola quiero saber si falta mucho para que lo realicen el pago a mi señora ella tiene el juicio ganado ya esta en liquidación. Dni 22416871. Espero su repuesta favorable
ResponderEliminarHola Ricardo, no se a que te refieres, ese DNI es de una persona muy joven y más para que hubiera estado jubilada entre el 2000 y el 2009 y ganar un juicio de reajuste por el caso Badaro, así quie no se a que juicio te refieres.
Eliminarhola charly te consulto tengo un jucio contra anses soy de una ex afjp ya tengo cenetcia en primera instancia el dia 26 del mes 4 del corriente como sigue el tema no se como hacre para seguir el expediente por el sitio web del anses mi de ni 23 252 925 gracias
ResponderEliminarHola Roberto, primero ¡, yo no trabajo en ANSES y por número de documento solo lo ven los de ANSES, debes buscar tu número de expediente y segundo tu DNI es de una persona de unos cuarenta y pocos años, como pudiste estar jubilado en tre el 2000 y 2009 para hacer el juicio Badaro, además si tu juicio tiene sentencia reciente hay que ver si no es apelado.
EliminarHasta tanto la sentencia no quede firme y el ANSES sea comunicado de ello no se habre expediente en ANSES (sentencia definitiva no significa que esta este firme)
gracias por responder charly si quede en en una renta vitalicia de origenes afjp soy discapacitado motris desde el año 1994
EliminarHola Roberto, me extraqñaba ese número de documento, lo lamento mucho, no se como proceden con las PNC ya que no tienes todos los aportes, ya que normalmente cuando sale d Computos y Liquidaciones, va a un control, puede volver a Computos, puede salir de Computos directamente cuando sale rechazado, y cuando sale aprobado en los comunes sale en verificacion de deudas previsionales, pero en tu caso al no haber todos los aportes no se como continuaría antes del pago
EliminarHola Charly queria consultarte sobre un reajuste caso badaro..qedo con sentencia firme por juzgado..sabes cuanto demora para llegar al anses y los pasos a seguir? Qedo firme en agosto d 2015
ResponderEliminarHola, si quedo firme en agosto del año pasado ya deberia de haberse notificado ANSES, así que llama al 130 y con tu número de documento consulta y que te informen el número de expediente completo si ya esta abierto para poder seguirlo por la web
EliminarHola mía mi papá le salió favorable el juicio x 82% móvil ya fallecido adjuntamos la declatoria de herederos y esta completo en la calle alsina desde 12/13 le reconocieron desde el año91 teniendo en cuenta q no hay pensión y tengo 46 años me lo pagarán o me conviene ejecutar la sentencia? Gracias
ResponderEliminarYa te conteste en Andrea
EliminarHola soy Héctor Vasconcelo mi juicio x reajuste esta en el juzgado 6 d caba x mal pagado trabaje 30 años como estivador portuario con código d insaliblidad cobro la mínima y si tu me podrías informar como esta mi espediente judicial gracias x tu gran trabajo d ayudar y informarnos mi numero d expediente 107802/2014
ResponderEliminarHola Hector, si quieres lo puedes consultar tu mismo en la pagina del Poder judicial, consulta de causas, alli buscas la Camara de la Seguridad Social y cliqueas sobre ella pones el número de expediente , año y el número que te indica y listo, tu expediente paso a sentencia en primera instancia recién, hay que ver que sale en la sentencia ya que se te agrego el expediente que abriste en el 2007 ya que si lo consideran como que no prescribió te deberían pagar el retroactivo desde dos años antes o sea 2005 y de alli hasta la fecha en que te lo abonen
ResponderEliminarCharly: no te voy a pedir info alguna respecto de mi juicio por reajuste. Ya tenés bastante con lo que recibís y respondés. Además, leyendo lo que publicás, me parece que has asumido una tarea francamente heroica, de esas que nos devuelven la fe en la condición humana. Leonardo Goloboff, desde Tucumán.
ResponderEliminarMuchas gracias por tus palabras Leonardo y espero que lo tuyo salga rápido.
EliminarMucha Suerte.
Hola Charly tengo sentencia firme a partir de diciembre de 2015, es verdad que vamos a tener una quita , muchas gracias por su tiempo
ResponderEliminarPor lo que escuche sería para los que no tienen sentencia firme, pero hasta que no salga la ley no lo sabremos.
EliminarEn el mes de Marzo del 2007 inicie juicio por reajuste de haberes, han pasado mas de 9 años y no tengo ninguna noticia al respecto, tengo mas de 82 años y tengo que seguir esperando, porque!!!, si ya estoy cerca que me bajen la bandera a cuadros- Me gustaria tener noticias. GRACIAS
ResponderEliminarElcide, estuve buscando y en la Camara Federal de la Seguridad Social no figura ningún juicio a tu nombre.
EliminarElcide: yo también tengo tu edad, con cuatro cirugías cardiovasculares, de las grosas. Pero me he propuesto no darles el gusto y sobrevivir hasta cobrar lo que me corresponde. Te invito a que hagas lo mismo; es un buen objetivo de vida. Además ahora contamos con la fina sensibilidad social y humanitaria de Macri que se muestra muy afligido por nosotros, "los abuelos" jubilados. No les demos el gusto: duremos más que ellos. Fuerza que falta menos y un abrazo. Golo
ResponderEliminarHola ya consulte por el expediente me sale codigo 40 dependencia de entrada dgsj coord atencion al publico y archivo? estara cerca del pago? pidiendo un rub me saldria la informacion para cuando estaria el pago?.muchas gracias por sus respuestas
ResponderEliminarHola por el codigo que pones (cod.40 Resuelto Favorablemente) deberías de estar por cobrar, podríasz pasarte por alguna UDAi y solicitar el estado del expediente y un RUB si lo amerita para saber si ya está en la proxima lista de pago.
Eliminarbuenas noches,,puede un exp con codigo 40( resolucion favorable) figurar luego en la web con cod 50( liquidacion objetada??) en un tema de reajuste badaro?? el abogado incluso ya se habia comunicado con la beneficiada diciendo q el cobrro seria en breve en virtud del codigo 40--
ResponderEliminarperdon la molestia--gcias por su ayuda!!
Es la primera vez que veo esto, antes salia y era objetado el calculo antes que se lo aprobara y volvia nuevamente a Computos y Liquidaciones, hoy puedo esperar cualquier cosa
EliminarCharly, genio, me encanta tu blog, felicitaciones!
ResponderEliminarTe hago una consulta que parece boba, pero realmente no me pude asesorar al respecto. Mi abuelo falleció hace ya once años. Nunca aportó. Trabajó de albañil en negro toda su vida. Hay alguna posibilidad de que mi abuela tramite una pensión de él, para ella? Ya que ella vive con la jubilación mínima y con suerte llega a fin de mes. Muchas gracias !!! Alejandro.
Hola Rocktuber, creo que aún esta vigente una moratoria, deberías averiguar lo más pronto posible ya que dicen que será la última, mucha suerte.
EliminarHola buenas noches queria hacerte una consulta, mi mama esta tramitando una pension derivada en anses y es la segunda vez que sale resuelto con el codigo 41 - Su trámite ha sido resuelto desfavorablemente. podrias explicarme porque sucede eso ?? ya vamos cerca de 2 años de iniciado el tramite . muchas gracias!!
ResponderEliminarRealmente no lo puedo saber, deberías pedir donde iniciaste el tramite la causa del rechazo, aunque hay algo que me extraña ya que normalmente el codigo es 05 y no 41 que se usa como no beneficia en las sentencias judiciales de reajuste de haberes
Eliminarsaoy aporedado mi mdre esta en un geriatrico y no se puede hacer poder alguno a lo que voy por presentarme con ella personalmente en banco a lo que esto es un desperdicio a to9do lo que logro mi madre y tiene palos en la rueda desde ya muchas gracias en leer este comentario a uno mas con vueltas y vueltas a hay abogados que cobran hasta un 30 porciento y abusan de viejos de 85 años y enfermos
ResponderEliminarbuen dia Charly, necesito me asesores sobre un codigo q me figura en mi recibo de sueldo, dicho codigo es el 139 x un importe de 15 pesos, que significa es una burla . mi nombre es victor edgardo dominguez dni 23159434, desde ya muchas gracias por responderme
ResponderEliminarHola Ale, ni idea debes buscarlo en ANSES con tu número de beneficiario ya no dan más sin los datos
Eliminarhttps://www.argentina.gob.ar/codigo-de-haberes-y-descuentos-anses
hola charly mi exptenumero 94073-2010,tiene sentencia firme,me gustaria saber cuando se cumplen mis 120 dias,,y poder iniciar mi enbargo al anses,y en ese caso que tiempo tarda hasta lograr mi pago gracias
ResponderEliminarHola Susana, para poder contar los 120 días hábiles debes contar en el momento en que ANSES es notificado o sino en el momento en que ANSES abre el expediente de sentencia judicial
Eliminarhola charly tengo una consulta , mi madre tiene sentencia firme expediente numero 024-27-04675142-1-154-1 , no entendemos en que estado se encuentra, te agradeceria mucho tu ayuda
ResponderEliminarHola, mirá a mi me sale como que ese exediente no existe, algún error debe de haber con el número, te recomiendo llamar al 130 y con el número de documento consultar y que te den bien ese número.
EliminarMucha Suerte
muchas gracias ,ese es el numero que sale en anses
EliminarCONSULTA DE EXPEDIENTE
Para seleccionar un expediente, realice un click, sobre la carátula o nro. de expediente deseado.
Carátula Tipo de Trámite Número de Expediente
LUQUE MARIA ANTONIA Reajustes Varios 024-27-04675142-1-146-000001
LUQUE MARIA ANTONIA Sentencias Judiciales 024-27-04675142-1-154-000001
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Hola, mirá, lo estás buscando con número de documento en la pagina web y esto esta desactualizado,ya n dan información confiable en la pagina web con el número de documento, debes pedir el número en el 130 alli si con el número de documento
Eliminargraccias
ResponderEliminarPodrían informarme si hay alguna posibilidad de contactarme con Cómputos y Liquidación de Anses? Porque he ingresado un expediente en Noviembre del 2015 y todavía está en esa área y no tengo forma para contactarme para que apuren el trámite porque es urgente.
ResponderEliminarHola, lo único que puede realizar es un pronto despacho, es raro que un expediente esté más de 3 en un mimo lugar u oficina, si es un expediente por sentencia judicial puede presentarse en ALSINA 250 PB de L a V de 9 hs a 14 hs.
EliminarGracias
ResponderEliminarHola, inicie el tramite de una pension derivada de mi padre. la primera vez me salio rechazada de la comision medica del año 2015.
ResponderEliminarintente la segunda vez y aprobe la comision medica un 70 porciento donde menciona el dictamen el 6 de septiembre de este año. pregunte por telefono en Anses por el estado del expediente y me dijo que el tramite esta en cómputo y liquidaciones que tarda 2 meses o mas.
la consulta es? me la dan favorable el trámite? o hay que esperar que me citen del anses? no se si hay que hacer algo más? espero su amable respuesta. gracias.
Hola, si ya fué dictaminada la discapacidad, entra dentro de la ley y ya se encuentra en Computos y liquidaciones es que va por buen camino, ya no se debe hacer nada hasta que ANSES le comunique el otorgmiento de la misma, aún tengo el caso de una discapacitaada que ya lleva más de un año de espera.
EliminarHola charly.m podrás ayudar.el expediente judicial es 55855/2000 el jubilado murió meses después de revocar RL mandato quedó su mujer.estoybx pedir el des archivo pero se q hay una liquidación de anses pero no s q paso...m podrás informar q pasos a seguir si m conviene agarrar reparación histórica o terminar la instancia judicial. D todos los q conozco q hsceb reajustes no quieren tomar casos iniciados y esta persona m pidió puntualmente q l de una mano. Gracias
ResponderEliminarHola Carolina, en ese expediente hay algo raro ya que se pidió la ejecución de la sentencia y se intimó a ANSES a realizar la liquidación y el deposito del dinero y todo indicaria por los escritos que ANSES presentó una liquidación desgraciadamente no me permite leer uno de los escritos, pero fue desarchivado en el 2013.
EliminarHabría que ver si no lo cobró o que pasó con la liquidación que presentó la parte demandada (ANSES)
En cuanto a la Reparación Historica debería fijarse si le corresponde por la pensión porque realmente no se si es heredable.
Carolina agrego, fué desarchivado en 2013 y en el 2015 fué nuevamente archivado.
EliminarHola. Trámite una pensión no contributiva. Entro en cómputos y liquidaciones, Por mail me dijeron que esta aprobada 02/03/2016 en RESOLUCIONES. Cuanto más faltaría para poder cobrar. Muchas gracias
ResponderEliminarHola Jesica, sobre Pensiones No Contributivas sé muy poco, normalmente el tramite dura un año desde que comienza hasta que lo otorgan o lo niegan, posiblemente esté aprobada, pero muy pocos ponen aqui la experiencia de cuales son los pasos que siguen, cual es el curso del expediente hasta que se cobra.
EliminarHola Charly. te agradezco de antemano puedas ayudarme u orientarme en los pasos a seguir. Mi madre tiene 87 anos, es enferma cardiaca, tiene 2 stens, toma 6 medicamentos diarios y tiene sentencia firme desde hace 1 ano, exactamente el 11 de septiembre de 2015. El dia 15 de septiembre de 2015 el juzgado notifico al Anses. Desde ese momento y esperando los 120 dias habiles por ley empece a chequear por la web de Anses el seguimiento del expediente. Desde el 16 de febrero de 2016 esta en estado 23 a la espera de Archivo Central. Desde la web siempre figura eso. Hace 1 mes llame al 130 y me dieron el mismo informe y me aconsejaron hacer un reclamo en persona y asi lo hice. Ingrese un reclamo escrito y lleve a mi madre para que lo firme. En el mismo adjunte ambas sentencias, la firme y la anterior, la definitiva, asimismo adjunte la internacion de mi madre, la intervension que le hicieron y la medicacion que toma. Solicite que por la edad, por su enfermedad y por hacer ya 1 ano de la sentencia firme me respondan fecha de cobro. Asi mismo indique que NO aceptaba la reparacion historica porque tenia sentencia firme desde hacia 1 ano y que involucraba ajustes varios en su pension mal liquidada, mas badaro, etc, etc. En el seguimiento de este tramite aparece como favorable (40), ya paso por medicina previsional, mesa de entrada y el 16 salio de alli hacia GAC y aun no le dieron ingreso. Ya hace una semana. Mis preguntas respecto a esto son: Que es GAC ?? Donde va despues?? Y cuales son los pasos a seguir que tendria que dar??? Por otra parte, mi madre tuvo 2 abogadas, y los honorarios los regulo el juez en la sentencia en un 18 %. Mi pregunta es si debo abonarle 9 % a cada una o como??? Si Anses perdio y le paga Anses, Si es 9% Anses y 9% la parte. El texto de la sentencia dice asi y no logro entenderlo: "Regular los honorarios de la direccion letrada de la parte actora, en forma conjunta en el 18 % de las sumas que por todo concepto...." mi pregunta es cuanto y como le pago a cada una y que significa "en forma conjunta". Bueno, agradezco tu atencion y tu respuesta, ya que mi madre no esta nada bien, 87 anos y sentencia firme. Sus datos son los siguientes: expediente: 024 23 02552915 4 150 000001 y su cuil 23 02552915 4. Un millon de gracias!
ResponderEliminarHola, mirá si tenes codigo 40 quiere decir que está aprobado, desconozco porque paso a administrativa y despacho GAC Gerencia Administrativa Contable normalmente ya tendría que salir, lo regulado por el juez es lo que tiene que pagarle al abogado del actor (su mamá) la parte que perdió ANSES, luego usted lo que tiene que pagar a su letrado es lo que arreglo previo a darle el caso, cada letrado tiene un porcentaje del retroactivo que es exclusivo de cada uno yo desconozco cual ha sido el arreglo entre usted y su letrado.
EliminarTe agradezco mucho la respuesta. El tema es que mi mama nunca arreglo ningun porcentaje con ninguna de las dos abogadas. Es decir, no firmo nada. Tendria que tomar como referencia ese porcentaje de la sentencia y dividirlo entre las dos??? Estoy desorientada en eso. Y con respecto a la oficina que esta, en caso que demore podre presentarme ahi con mi madre para informarme o reclamar el pago??. Lamentablemente mi madre no ha tenido suerte con ninguna de las dos abogadas, la primera por no informarle nada y la segunda porque no se dedica a previsional y se la recomendaron a mi esposo... Te molesto nuevamente y mil gracias otra vez!!
EliminarEstimado Charly,tengo una confusión con respecto a una notificación del Anses sobre mi padre.
ResponderEliminarDesde el 15 de este mes,consulté en seguimiento de expedientes,sólo abriendo la pestaña de reajuste del caso Badaro,me dice la leyenda de 'su trámite ha sido resultó en forma favorable..'Con el código 04
El es retirado de prefectura e inicio hace unos meses una jubilación abonando una suma de dinero,que por ley le corresponden a los retirados de las fuerzas de seguridad,se posiblemente salga en noviembre,pero me pierde el reajuste con el código, y a que el había iniciado a fines de 1990 un juicio por reajuste y eso me confunde,porque tiene sentencia definitiva,le dejo el número de expediente 13429/07 Alaya Raul Rubén.
Mi padre está allí,y no se si tiene algo que ver con el reajuste del anses porque la letrada hace muchos años no se comunica
Ojalá pueda orientarme,y disculpe lo extensión de la consulta.
Saludo Atte.
Hola, por lo que pones el 04 es cuando se aprobó la jubilación, no tiene nada que ver con los juicios de reajuste y en el Poder judicial sale que en diciembre del 2014 se elevó a la Camara de Apelaciones ya que ANSES apeló, yo le diría que se comunique con la abogada ya que aún no hay nada sobre la Camara de Apelaciones.
EliminarMuchísimas gracias por su respuesta Charly,un cordial saludo desde la Pcía de Corrientes.
ResponderEliminarHola charly. te consulto nuevamente. es por una pension derivada de mi padre. aunque ya fue aprobada la comision medica en 70 porciento. resulta que el expediente del 06/09/2016 estaba en cómputo y liquidaciones. Ahora por telefono consulte por Anses y me dijeron que el dia 29/09/2016 esta ahora en otro sector en instancia judicial a dictaminar. lo mismo menciona en la pagina de Anses. Aparece esto:
ResponderEliminarSu trámite está siendo evaluado por el Area Legal de la UDAI para la posterior resolución. Para más información, por favor, vuelva a consultar próximamente.
que significa eso? habra que esperar si lo resuelven ellos? espero su repuesta. Gracias.
Si, hay que esperar que resuelvan ellos, todavía tengo el caso de una discapacitada que está esperando la pensión del padre desde julio del año pasado, esta gente parece que demora más ahora que antes.
Eliminarhola charly te consulto, mi suegra es pensionada, pidio su jubilacion y se la denegaron , presento un amparo y le salio a su favor el tema es que anses apelo pero su expediente sigue en movimiento en anses primero me salia liquidacion c y ahora me figura liquidacion A , me podrias decir porfavor que significa? Gracias
ResponderEliminarHola, solo significa que paso de la oficina de liquidaciones C a la A porque debía de haber muchos expedientes en el C, pero son lo mismo, es solo para identififcar en cual oficina de liquidaciones está, pero son lo mismo
Eliminargracias Charly! pero significa que le van a pagar o no porque en Anses no me quieren dar ninguna informacion.
EliminarHola Gabriela, supuestamente si está en liquidaciones en algún momento se lo pagarán.
EliminarBuenas tardes Charly me gustaria hacerle una consulta mi papa esta con una sentencia judicial y hoy ingrese a la pagina de seguimiento de expediente y me informa que el dia 12/10 salio de DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS y entro sin fecha en esta oficina COORD.CONTROL DEUDAS PREVISIONALES,me gustaria que me informes que significa la ultima y si puede existir que en noviembre le paguen.
ResponderEliminarMuchas gracias
y disculpa
Cecilia
Hola Cecilia, si ya tiene el codigo 40, antes la última oficina era Verificación de Deudas previsionales,suena muy parecido, no creo en Noviembre, pero es muy posible Diciembre o Enero(Enero si sale lista ya que a veces no ocurre y pasa a Febrero)
Eliminarhola charly buen dia si recien me fije en Mi anses consulta de expediente y el codigo que figura es el 40 en la que dice tramite resuelto,bueno entonces le falta muy poco que alegria!!ojala que le paguen lo antes posible
ResponderEliminarMe alegra mucho, mucha suerte.
EliminarHola Charly, muchas gracias por tu atención a todos los jubilados y en particular mi caso. Mi Expte. está en Cómputos y liquidaciones "C", falta mucho para que me paguen? Llevo 8 años de juicio, con sentencia definitiva en Noviembre de 2014, por lo tanto, a la fecha, está firme. He hecho una presentación sobre salud, pero todavía no pasa nada. Desde ya agradezco tu tiempo.
ResponderEliminarSoy quien escribió el mensaje anterior. Hoy mi expte. está en DGALSJ-SUPERVISION OPERATIVA. Qué significa? Falta aún mucho para cobrar. Muchas gracias por tu amable atención.
ResponderEliminarCecilia
Hola, alguien puso aqui que es una oficina de control donde verifica los calculos cuando el retroactivo supera una cifra que es importante, no recuerdo si es cuando son superiores a los $375.000.
EliminarMuchas gracias Charly, pero faltará mucho para cobrar?
EliminarCecilia, todo depende de si sale observado y debe volver a Computos y Liquidaciones
EliminarMuchas gracias Charly por tu atención. Es el nunca acabar... espero sea pronto.
ResponderEliminarHola Charly !!podrias decirme en los expedientes judiciales de Anses es parecido igual o distinto ,al de expediente judicial del juzgado ? ,Y el expediente judicial no lo actulizan porque sera ? Gracias desde ya
ResponderEliminarHola Norma, son dos cosas totalmente distintas, uno el expediente judicial, donde el juez dicta sentencia si corresponde la mejora de haber y en base a que casos, y otro el exediente que se abre en la ANSES cuando ya hay sentencia firme y en base a ese fallo debe hacer los calculos de cuanto corresponde la mejora si corresponde y si es asi su respectivo retroactivo que va desde dos años antes de iniciar el juicio hasta la fecha de pago.
EliminarHola Charly, nuevamente distraigo tu atención. Mi Expte de Anses, de Liquidación y Cómputos salió a Iniciación. Puedes explicarme que significa?. Disculpa mi molestia y desde ya sumamente agradecida por todas tus respuestas, tanto en lo que a mí respecta como a todos los jubilados que penan con sus trámites.
ResponderEliminarHola Cecilia, antes cuando pasaba de una oficina a otra en el medio ingresaba a Coordinación Mesa de Entradas, ahora parece que utilizan Iniciación
EliminarMuchas gracias Charly, seguiré esperando. Saludos.
ResponderEliminartengo sentencia firme expediente CSS 035293/2009 juzgado federal de la seguridad social numero 7 de abril 08.3016
ResponderEliminarcomo sigue ahora...
Hola Luis, debo decirte que aún no tienes ni una sentencia definitiva (que no es firme) ya que ese juicio estuvo paralizado por muchos años, si tienes dudas puedes verlo por tu mismo en la pagina del Poder Judicial de la Nación, consulta de causas y alli lo puedes buscar.
EliminarCharly; te molesto, la razón de ello es saber que quiere decir la Ley 24.463, art 22. modificado por Ley 26153. te mando mi N° expediente para interiorizarte mas 114581/2009.
ResponderEliminarCHARLY: esperando tu respuesta para ir con mas claridad con la abogada que me lleva el caso. Desde ya muchas gracias y disculpa la molestia.
EliminarArt 22 de la Ley 24463
EliminarSUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 22 DE LA LEY 24.463
Artículo 1°. Sustitúyase el artículo 22 de la Ley 24.463, modificado por el artículo 2º de la Ley 26.153, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 22.- Las sentencias condenatorias contra la Administración Nacional de la Seguridad Social serán cumplidas dentro del plazo de CIENTO VEINTE (120) días hábiles, contado a partir de la recepción efectiva del expediente administrativo correspondiente.
En caso de incumplimiento de la sentencia en el plazo establecido precedentemente o en caso de cumplimiento parcial, la parte actora podrá solicitar el embargo de las sumas adeudadas sobre los fondos de la A.N.Se.S. que no se encuentren afectados al pago de las jubilaciones y pensiones. Para ello, deberá existir en el expediente judicial liquidación aprobada y firme.
Si durante la ejecución presupuestaria, se agotara la partida asignada para el cumplimiento de dichas sentencias, el Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer ampliaciones o reestructuraciones presupuestarias con el objeto de asegurar el pago en el plazo indicado.
Artículo 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Hola CHARLY, te consulto sobre el tramite de mi pension derivada de mi viejo. resulta que mi expediente estaba en buen camino hace 2 meses. despues pasó que el dia 07/11/16 se encontró en etapa de resolucion y luego el dia 09/11/16 menciona que salió en forma desfavorable. me llamo la atención. no lo podía creer. algo raro hay. porque mi expediente de la comision medica resulto favorable, se aprobó el 70 porciento. aca el problema fue el Anses. me denegaron la pension derivada. la verdad me sorprendió mucho. que se puede hacer contra ellos? hablar con ANSES y retificar el error? o hacer un juicio contra el ANSES mediante un abogado? espero tu repuesta. Gracias.
ResponderEliminarHola, primero informate cual fue la causa del rechazo, ya con eso ver si lo puedes solucionar o es una rabitrariedad de ANSES, si es esto deberas consultarlo con un abogado previsionalista, para que evalue el caso.
Eliminar21/09/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 ..... de fijar el estado de la en expediente y figura en GIRO que significa???faltara ...
ResponderEliminarHabría que ver en que contexto esta escrito.
Eliminar20/03/2015 PASE CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 ..... de fijar el estado de la en expediente y figura en GIRO que significa???faltara ...
ResponderEliminarHola Charly! Esto aparece en la pagina de Mi ANSES en sentencias judiciales por reajuste DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B"Que significa? Falta mucho para cobrar? Que pasos siguen? Desde ya muchisimas gracias!
ResponderEliminarHola mimi, veo que has puesto la misma pregunta en diferente temas, bueno está justamente en una oficina de Computos y Liquidaciones, la letra final es solo para identificar en cual está, cuanto puede demorar es imposible saberlo, ya que puede salir de alli y volver a entrar sin haber hecho el calculo y si sale con el calculo debe pasar por la oficina de supervisión operativa que si lo aprueba sigue su curso y sino debe volver a Computos y Liquidaciones
EliminarHola Charly Tengo un juicio iniciado en el 2009 con setencia firme, en Diciembre del 2015 me pagaron parte del retroactivo por un embargo a la cuenta de Banco Nacion, ahora nuevamente piden el embargo de lo que me correponde. En Anses esta asi el expediente 01 - Su trámite ha sido ingresado para su tratamiento pero no tiene novedades recientes. Para constatar su curso, por favor, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
ResponderEliminarF.Estado: 31.10.2016
AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 07.06.2016
Última dependencia: DGSJ-INICIACION
Último Pase
Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 03.11.2016
Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Entrada . Que debo esperar que embarguen nuevamente o antes me pagara Anses . Gracias
Por como va el tramite y lo lento que están (parece que estuvieran más lentos que antes) creo que su abogado nuevamente embargaran a la ANSES, lo que no entiendo porque en esa oportunidad solo embargaron una parte y no el total
EliminarPoder Judicial de la NaciónExpte. N°:103881/2009///nos Aires, 04 de septiembre de 2014.AUTOS Y VISTOS:Entrando al estudio de la cuestión traída, respecto de laimpugnación referida a la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463 la misma debe serrechazada pues dicho artículo deviene inaplicable al caso conforme lo dispuesto por laSala I de la Excma. Cámara del Fuero en la causa “Dorcazberro, Martha c/ ANSeS s/Ejecución Previsional” (sent. Del 10.sep.2008).Respecto de la aplicación del precedente “VILLANUSTRE”, es lademandada a quien le correspondía probarlo, conforme lo dispuesto en la sentenciaque se efectúa, circunstancia que no aconteció en autos, razón por la cual correspondesu rechazo.En cuanto a la tasa de interés aplicable para la conversión debonos, las observaciones planteadas por la demandada deben ser desestimadas todavez que no se reclama en autos sumas adeudadas por periodos consolidados. Respecto de las restantes impugnaciones formuladas por lademandada, las mismas resultan genéricas, razón por la cual corresponde su rechazo. En atención al estado de las presentes actuaciones y toda vez quela parte demandada no opuso excepciones de conformidad con lo establecido en losartículos 506 y 507 del CPCCN, corresponde aprobar en cuanto ha lugar por derecho laliquidación practicada por la actora a fs. 104/130, determinando como haber mensualbruto la suma de cuatro mil ciento noventa y ocho pesos con ochenta y tres centavos($4198.83), al 31 de enero de 2014 (fecha de corte de la liquidación), sin perjuicio delos aumentos generales que pudieran corresponder con mas las sumas adeudadas enconcepto de retroactivo de ochenta y cinco mil novecientos ochenta y nueve pesos connoventa y siete centavos ($85989.97), todo ello resultante de la liquidación aprobada yen cumplimiento a lo ordenado en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgadaque aquí se ejecuta.En virtud de lo dispuesto, intímese a la ANSeS a que en el plazo deveinte (20) días ponga al pago las sumas consignadas precedentemente de acuerdo alas pautas allí determinadas y proceda al reajuste del haber de la actora, bajoapercibimiento de tomar las medidas de ejecución pertinentes. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA. ALICIA ISABEL BRAGHINI JUEZ FEDERAL En 04 de septiembre de 2014 se deja constancia que se ingresó en el sistemainformático, que con fecha 9 de septiembre de 2014 se efectuará notificación masiva ala ANSeS del proveído que antecede y se librará una (1) cédula para la misma fechanotificando el mismo . Conste.
EliminarComo todo es lento la abogada hizo en febrero del 2014 la cuenta de lo que me correspondia y embargaron esa cantidad pero en diciembre 2015 pero no me actualizaron la pensión y ahora me corresponde desde febrero 2014 y la actualizacion de la pensión a la fecha
EliminarX.- PETITORIO. Por lo expuesto, de V.S. solicitamos:
ResponderEliminara) Se nos tenga por presentados, por parte y por constituidos los domicilios procesales y por denunciados los domicilios electrónicos.-
b) Se homologue el presente acuerdo en todo y cada una de sus partes.-_______________________________________
Proveer de conformidad, que SERA JUSTICIA.-
Liquidación N°
Haber reajustado bruto 14772,06
Charly eso es de una señora que no entiende lo que significa, sera que ya esta para cobrar?
Hola Lilian, no ese es solo el pedido de homologación del acuerdo, hay que ver si ANSES reconoce ese importe o lo rechaza, y luego entra en el orden de prioridades (prelación Mayores de 80 años, enfermedades terminales , aumento menor a dos haberes minimos), ya lo explicó muy bien el Doctor Gabriel Greizerstein.
EliminarHola.Mi suegro fallecio el 13 de Noviembre.Habia ganado el juicio al anses en el 2010 (Caso BADARO).Cobrara muy bien.Cuando se abrio la REPARACION HISTORICA en la pagina web de la ANSES figuro que si estaba encuadrado en dicha repración y que su caso era complejo de resolver y asi lo segui estos meses pero nunca se blanqueo cifra alguna ni anses informo algo al respecto.Que es lo que va a pasar con la viuda para que se consolide en su pensión lo que anses le debia,el no estaba en juicio alguno y su voluntad era de acceder a lo que anses le ofreciera sin mas vueltas.Debe la viuda comenzar un juicio contra anses,ya que anses afirmo por web que a mi suegro algo le debian.Muchas gracias
ResponderEliminarHola, si su suegro gano el juicio por el caso Badaro y se lo pagaron no le correspondería la Reparación Historica, ya que por el juicio le fue reparado y su viuda debería estar cobrando la pensión que es si no estoy equivocado un 60% de lo que el fallecido cobraba de jubilación´, así que dudo mucho que le den algo de Reparación Historica y mucho menos iniciar juicio salvo que no le estén pagando el porcentaje de ley que le corresponde como pensionada de la jubilación del marido
EliminarHola Charly quería saber mira con fecha del 26 de diciembre o sea ayer salió en el expediente de jubilacion de mi esposo codigo 04 su trámite a sido resuelto favorablemente cuanto podría tardar para cobrar muchas gracias y felicitaciónes por el trabajo que realiza
ResponderEliminarHola, y seguramente que entre enero y febrero deberia cobrar, más febrero, si ya le salió el número de beneficiario puede fijarse si figura la fecha de pago y en donde en ¿Donde Cobro? de la pagina principal de ANSES y si no dirigirse a una UDAI cercana y pedir un RUB
EliminarHola Charly mi consulta es por un cambio de estado de mi expe en liquidacion de sentencia yo estaba en codigo 67 desde el mes 10 del 2015 y hoy en marzo del 2017 me pasan a codigo 72 causa pre paralizada me podrias decir que es esto.
ResponderEliminarHola,tengo una duda es octubre del 2015 o del 2016, ya que si es del 2015 ya pudo haber salido, no fuiste a cobrar y se paraliza el expediente, ahora si no es así es rarisimo, deberías consultarlo con tu abogado.
EliminarSi te preguntas si puede haber salido para cobrar y nadie te aviso, es muy posible, ya que las notificaciones las hace ANSES por correo y muchas veces no llega.
Hola Charly. Como veo que muy amablemente contestás todas las preguntas, quisiera saber el estado de mi expediente 15463/2009 ya que me hicieron una propuesta por reparación histórica pero de acuerdo con lo que me dijeron no me convenía aceptarlo dado que el expediente estaba bastante adelantado, pero desconozco si es real. Por eso te pido por favor me comentes, dentro de tus posibilidades si falta poco para cobrar el juicio. Muchas gracias!!
ResponderEliminarHola su caso está en la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones de la Seguridad Social a la espera de sentencia, seguramente ANSES para alargar un poco más la causa va a presentar un Recurso extraordinario(Rex) que seguramente será rechazado y quedará la sentencia firme.
EliminarNo crea que la Reparación Historica se la van a pagar inmediatamente, hay gente que firmo en octubre del año pasado y sigue esperando y otros que aceptaron (sin llegar a homologar) y luego ANSES se retracto y dijo que no le pagaba nada.
Muchas gracias por tu gentileza!!
EliminarEstimado Charly: Le consulto por el expediente judicial CSS 064723/2015. La Anses le ha hecho un ofrecimiento por la reparación histórica. Tiene idea en qué instancia se encuentra el juicio? Muchas gracias. Alejandra
ResponderEliminarHola Ale, su juicio recién inicia, hace poco el Juzgado solicito su expediente a ANSES, ni siquiera tine su expediente jubilatorio para resolver y dar sentencia
EliminarEntonces debo entender que, para el sistema judicial, una causa iniciada en septiembre de 2015 es considerada "recién iniciada" en mayo de 2017.
ResponderEliminarMuchas gracias Charly.
Buenos dias.
ResponderEliminarEn el tramite de reparacion historica de mi marido terminado el tramite el 14/11/2016. dice Demandado en anse , quisiera saber que dise , en este mes cobro el aumento pero no el rectoactivo
Falta mucho para eso.
saludos
Hola, habían prometido qu se agaba en marzo, luego lo pasaron a abril y más tarde a mayo, aún no pagaron, pero tienen 3 años para hacerlo, y no se puede reclamar aqui no corren los 120 días hábiles
EliminarLos "amigos" de la UDAI Tucumán y algún supervisor de los que atienden en el 130 (opción 7 e inmediatamente opción 8), respecto del retroactivo que teóricamente nos adeudan, coinciden en dos palabras: "Tenga paciencia" (y trate de no morir en el intento, agrego yo).
EliminarSi Leonardo y trate de no morir ya que sino no lo cobra nadie ya que no se hereda, se lo queda ANSES
EliminarNo lo sabía. En el estudio jurídico me habían dicho que le correspondía cobrar a mi heredero (mi hijo). Ahora que sé que no por lo que usted me informa, siento que es una razón más para no darle el gusto a Macri.
ResponderEliminarHola Leonardo, las sentencias judiciales son heredables, la ley de la Reparación Histórica no die nada al respecto, así que al no especificarlo no se hereda.
Eliminarhola charly, mi mama esta por cobrar el juicio por pension directa con exp 024-27-11177786-7-006-000001 quisiera saber si hay manera de tener una fecha de cobro, muchas gracias
ResponderEliminarHola, lo que pone es el número de expedient
Eliminare de cuando le fué otorgada la pensión en el 2012, así que debería averiguar el número de expediente por reajuste de haberes por sentencia judicial, este número que pone no es, podría llamar al 130 o concurrir a la udai para que se lo informen.
Por lo que pude ver su juicio tiene sentencia en diiembre del 2016 y en febrero del 2017 pareceria que fue notificada ANSES, asi que habría que ver que día fue notificad de febrero y contar los 120 días hábiles para poder iniciar la ejecui´n de sentencia ya que ANSES tarda varios años en pagar y por la Reparación Historica está abonando menos juicios por mes, así que lamentablemente deberá iniciar la ejecución de sentencia
muchas gracias por contestar voy a ir a anses a consultar!
ResponderEliminarESTIMADO MCHARLY: QUE SIGNIFICA DRSJ ?
ResponderEliminarHola significa Dirección de sentencias judiciales la R no se la G es de general
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ResponderEliminarHola Nando, no hay tiempos para estar en letra, se queda alli hasta que haya un movimiento de expediente, `por ejemplo agregar un escrito, ir a sentencia y si ya tiene sentencia firme o no presenta movimiento en meses va a archivo
EliminarHola Charly, el Expte de mi viejo dice DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B". estara cerca de cobrar? pagaran lo que dice la sentencia o puede ser menos?. por otra parte el abogado inicio ejecucion de sentencia en abril del corriente, sera ese el motivo de avance o son procesos diferentes. muchisimas gracias por tu ayuda. Jose
ResponderEliminarHola José, no entiendo lo de avance, es el proceso normal y por ello NO está cerca de cobrar, por eso su letrado inició la ejecución de sentencia, que es otra cosa.
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ResponderEliminarHola Nando, es cuando ANSES apela argumentando agravio, es un procedimiento comú para apelar y llevarlo a la segunda instancia.
EliminarARTICULO 259 .-Cuando el recurso se hubiese concedido respecto de sentencia definitiva dictada en proceso ordinario o sumario, en el día en que el expediente llegue a la cámara, el secretario dará cuenta y se ordenará que sea puesto en la oficina. Esta providencia se notificará a las partes personalmente, o por cédula. El apelante deberá expresar agravios dentro del plazo de DIEZ (10) días o de CINCO (5) días, según se tratase de juicio ordinario o sumario.
Ver Comentario del Art.259
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ResponderEliminarHola, por lo que pones está bastante dmorado ya que deberi estar en alguna de las Salas de la Camara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social ya que sentencia definitiva no es firme
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ResponderEliminarHola Nando nuevmente, por lo que veo su expediente judicial está en la Sala 2 de la Camara de Apelaciones, ahora desgraciadamente viene la feria lueg cada uno de los tres jueces emitira un fallo y saldra una sentencia unificada, la cual desgraciadamente ANSES ahora apela (antes no lo hacia) presentando un Recurso Extraordinario (Rex) para elevarlo a la Corte Suprema pero que normalmente es rechazado ( lo único que logra es dilatar un poquito más el juicio) y alli la sentencia queda firme
EliminarHola Charly soy gustavo, te quiero hacer una pregunta: tengo sentencia favorable y mi expediente paso de computo y liquidación B a iniciación y luego de iniciación paso a computo y liquidación A. Quisiera saber porque otra oficina falta pasar y mas o menos una fecha de cuando puede llegar a salir, desde ya muchas gracias, agradeceré tu respuesta. Me hicieron un ofrecimiento por la ley de reparación histórica pero no la acepte, gracias por tu tiempo, muy amable
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